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Social Policy (Basic Aims and Standards) Convention, 1962 (No. 117) - Nicaragua (RATIFICATION: 1981)

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Observation
  1. 2019
  2. 2018
  3. 1995

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Partes I y II del Convenio. Mejoramiento del nivel de vida. La Comisión toma nota de las informaciones detalladas proporcionadas por el Gobierno, en la memoria recibida en agosto de 2013, en respuesta a la solicitud directa de 2009. El Gobierno indica que el Plan Nacional de Desarrollo Humano (PNDH 2012 2016) tiene como alta prioridad el crecimiento económico con incremento del trabajo y reducción de la pobreza y desigualdades, reafirmando el objetivo de mejorar las condiciones de vida de todos y todas las nicaragüenses, especialmente de los más pobres. La Comisión espera que en su próxima memoria el Gobierno incluya una síntesis actualizada sobre los resultados alcanzados por el PNDH 2012-2016 y las otras iniciativas adoptadas destinadas a asegurar que «el mejoramiento del nivel de vida» ha sido considerado como el objetivo principal de los planes de desarrollo económico (artículo 2 del Convenio).
Parte III. Trabajadores migrantes. La Comisión toma nota de las acciones desarrolladas en el marco del convenio binacional suscrito por Nicaragua y Costa Rica, y en particular de la elaboración de un modelo concertado de contrato de trabajo para los trabajadores nicaragüenses que laboran en Costa Rica. El Gobierno indica que las personas cubiertas por el programa de trabajadores temporales suscriben su contrato de trabajo en la frontera (Peñas Blancas) y en presencia de un funcionario del Ministerio del Trabajo de Nicaragua. El Gobierno indica que durante el período que abarca la memoria, se han movilizado 10 008 personas trabajadoras migrantes. La Comisión invita al Gobierno a continuar informando sobre los progresos realizados sobre las cuestiones relativas a las migraciones laborales cubiertas por el Convenio.
Artículo 13. Ahorro voluntario. La Comisión toma nota de las indicaciones del Gobierno en lo que respecta al incremento del ahorro en el año 2012 y al desarrollo progresivo de nuevos servicios financieros en beneficio de los asociados de las cooperativas de ahorro y crédito, así como de la población en general. La Comisión toma nota de la creación, en junio de 2012, del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa. La Comisión invita al Gobierno a que continúe informando sobre la manera en que las cooperativas de ahorro y crédito han contribuido a estimular las formas de ahorro voluntario de los trabajadores y de los productores independientes.
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