Preámbulo
La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo:
Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina
Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 2 de junio de
2010, en su nonagésima novena reunión;
Tomando nota de que el VIH y el sida tienen un grave impacto en la sociedad y
las economías, en el mundo del trabajo tanto en el sector formal como en
el informal, en los trabajadores, sus familias y las personas a su cargo, en
las organizaciones de empleadores y de trabajadores y en las empresas
públicas y privadas, y socavan el logro del trabajo decente y el desarrollo
sostenible;
Reafirmando la importante función que desempeña la Organización
Internacional del Trabajo para abordar el VIH y el sida en el mundo del
trabajo y la necesidad de que la Organización intensifique sus esfuerzos
para alcanzar la justicia social y luchar contra la discriminación y la
estigmatización respecto del VIH y el sida en todos los aspectos de su
labor y de su mandato;
Recordando la importancia que reviste reducir la economía informal a través
del trabajo decente y el desarrollo sostenible para movilizar mejor el
mundo del trabajo en la respuesta contra el VIH y el sida;
Tomando nota de que el alto grado de desigualdad social y económica, la falta
de información y de sensibilización, la falta de confidencialidad y el
acceso insuficiente a un tratamiento y su inobservancia aumentan el riesgo
de transmisión del VIH, los niveles de mortalidad, el número de niños que
han perdido a uno o a ambos progenitores y el número de trabajadores de
la economía informal;
Considerando que la pobreza, la desigualdad social y económica y el
desempleo aumentan el riesgo de falta de acceso a la prevención,
el tratamiento, el cuidado y el apoyo, con el consiguiente incremento del
riesgo de transmisión;
Tomando nota de que la estigmatización, la discriminación y la amenaza de
perder el empleo que sufren las personas afectadas por el VIH o el sida
constituyen obstáculos para que conozcan su propio estado serológico
respecto del VIH, lo cual aumenta la vulnerabilidad de los trabajadores
al VIH y socava su derecho a prestaciones sociales;
Tomando nota de que el VIH y el sida tienen un efecto más adverso en los
grupos vulnerables y en los grupos expuestos a riesgos;
Tomando nota de que el VIH afecta tanto a los hombres como a las mujeres,
si bien las mujeres y las niñas están expuestas a un mayor riesgo y son
más vulnerables a la infección por el VIH y se ven afectadas de manera
desproporcionada por la pandemia de VIH en comparación con los
hombres debido a la desigualdad de género, y de que el empoderamiento
de la mujer es, por consiguiente, un factor clave en la respuesta mundial
al VIH y el sida;
Recordando la importancia de proteger a los trabajadores mediante programas
integrales de seguridad y salud en el trabajo;
Recordando el valor que tiene el Repertorio de recomendaciones prácticas de
la OIT sobre el VIH/SIDA y el mundo del trabajo, 2001, y la necesidad
de reforzar su impacto, debido a que existen limitaciones y lagunas en su
aplicación;
Tomando nota de la necesidad de promover y aplicar los convenios y
recomendaciones internacionales del trabajo y otros instrumentos
internacionales relacionados con el VIH y el sida y el mundo del trabajo,
incluidos los que reconocen el derecho al disfrute del más alto nivel
posible de salud y de niveles de vida decentes;
Recordando la función específica que desempeñan las organizaciones de
empleadores y de trabajadores para promover y apoyar los esfuerzos
nacionales e internacionales de respuesta al VIH y el sida que se
despliegan en el mundo del trabajo y por intermedio de éste;
Tomando nota de la importante función que desempeña el lugar de trabajo por
lo que se refiere a la información sobre la prevención, el tratamiento, la
atención y el apoyo en el marco de la respuesta nacional contra el VIH y
el sida, y al acceso a estos servicios;
Afirmando la necesidad de proseguir e incrementar la cooperación
internacional, en particular en el marco del Programa Conjunto de las
Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA, para apoyar los esfuerzos
destinados a dar efecto a la presente Recomendación;
Recordando el valor de la colaboración en los planos nacional, regional e
internacional con los organismos relacionados con el VIH y el sida,
incluido el sector de la salud, así como con las organizaciones pertinentes,
especialmente las que representan a personas que viven con el VIH;
Afirmando la necesidad de establecer una norma internacional con objeto
de orientar a los gobiernos y a las organizaciones de empleadores y de
trabajadores para definir sus funciones y responsabilidades respectivas
en todos los niveles;
Después de haber decidido adoptar varias proposiciones relativas al VIH y el
sida y el mundo del trabajo, y
Después de haber decidido que dichas proposiciones revistan la forma de una
recomendación,
adopta, con fecha diecisiete de junio de dos mil diez, la siguiente Recomendación,
que podrá ser citada como la Recomendación sobre el VIH y el sida, 2010.