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Observation (CEACR) - adopted 1992, published 79th ILC session (1992)

Forced Labour Convention, 1930 (No. 29) - Myanmar (Ratification: 1955)

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La Comisión comprueba que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior sobre los siguientes puntos:

La Comisión tomó nota de los comentarios de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) sobre la aplicación del Convenio y de la información presentada en los documentos anexos.

En sus comentarios, la CIOSL indica que la práctica del acarreo obligatorio de equipajes está extendida en el país y que implica a muchos miles de trabajadores: los mozos de equipajes utilizados por el ejército son, en su gran mayoría, reclutados a la fuerza y duramente explotados, rara vez, o nunca, pagados, alimentados y cuidados de modo inadecuado, exigidos para portar cargas excesivas y expuestos a pruebas y peligros físicos agudos. Según los documentos, no existe reglamento o supervisión formales de las condiciones de trabajo de los mozos de equipajes; éstas se establecen en la práctica a discreción de las autoridades militares locales. Como consecuencia, muchos de ellos mueren o se les da muerte en el curso del trabajo forzoso, algunos son utilizados como escudos humanos durante las acciones militares, a otros se les dispara cuando tratan de escapar o se les da muerte o son abandonados cuando, como consecuencia de mal nutrición o agotamiento, ya no son capaces de llevar su carga.

La documentación completa presentada por la CIOSL contiene indicaciones detalladas y específicas que respaldan estas declaraciones.

La Comisión expresa de nuevo la esperanza de que el Gobierno comunicará comentarios detallados sobre estas afirmaciones, así como información completa sobre toda medida tomada o prevista para garantizar el cumplimiento del Convenio.

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