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Observation (CEACR) - adopted 1992, published 79th ILC session (1992)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Ireland (Ratification: 1967)

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1. La Comisión ha tomado nota de dos memorias del Gobierno relativas a los períodos sucesivos que van del 1.o de julio de 1988 al 30 de junio de 1989 y del 1.o de julio de 1989 al 30 de junio de 1990. Los datos comunicados por el Gobierno, así como los que figuran en informes y estudios de la OCDE, muestran una actividad económica dinámica durante el período considerado (con un aumento del PIB de 5 y de 6,6 por ciento en 1989 y 1990, respectivamente) y de un rápido progreso del empleo (3,3 por ciento en 1990), con la consiguiente disminución notable de la tasa de desempleo que del 16,7 por ciento en 1988 pasó al 15,6 por ciento en 1989 y al 13,7 por ciento en 1990, según las tasas normalizadas de la OCDE. El desempleo de los jóvenes en relación con el total del desempleo disminuyó ligeramente pero permaneció estable el alto nivel, de aproximadamente el 45 por ciento, del desempleo de larga duración. Además, el deterioro de la situación del empleo, que comenzó luego del fin del período tratado en las memorias, ha puesto en tela de juicio las conquistas logradas en dos años de crecimiento económico sostenido. Así, en 1991 la tasa de desempleo registró un fuerte aumento alcanzando un nivel ligeramente superior al de 1989, de 15,8 por ciento. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de que sigue siendo inquietante la situación del empleo, caracterizada por una de las tasas de desempleo más elevadas de Europa.

2. El Gobierno indica que la mejora de la situación del empleo en el curso del período tratado en las memorias es el resultado de las medidas adoptadas para crear un entorno favorable al desarrollo de la economía, principalmente por la limitación del gasto público. Destaca que la aplicación de su política se vio reforzada por el apoyo de los interlocutores sociales, con quienes concluyó en octubre de 1987 un acuerdo general para establecer un Programa de recuperación nacional, de tres años de duración. El clima de confianza y estabilidad así instaurado permitieron el aumento de las inversiones, la mayor competitividad de las empresas y mejores niveles de vida, además de la creación de más empleos. La Comisión toma nota de que el comité tripartito encargado de velar por la aplicación del programa para la recuperación nacional indicaba en su informe de febrero de 1990 que el objetivo de crear 20.000 empleos por año había sido alcanzado en 1988 y en 1989. El Gobierno describe además medidas de política industrial encaminadas a promover el desarrollo de industrias y servicios competitivos que puedan contribuir así al crecimiento del empleo e indica que actualmente dicha política se orienta a dar prioridad a los esfuerzos de investigación y comercialización que desarrollen las empresas.

3. La Comisión toma nota de las informaciones relativas a las medidas sobre la política del mercado de trabajo, que principalmente se refieren a la promoción del empleo independiente y a la formación profesional. La Comisión también toma nota de las informaciones comunicadas por el Gobierno en sus memorias sobre la aplicación del Convenio núm. 88 sobre el servicio del empleo, 1948, y núm. 142 sobre el desarrollo de los recursos humanos, 1975, donde se mencionan en particular la introducción de programas orientados a favorecer la inserción profesional de los jóvenes sin calificaciones y de los desempleados de larga duración.

4. La Comisión toma nota de que en marzo de 1989 se publicó el Plan Nacional de Desarrollo 1989-1993, donde se prevé un conjunto de medidas estructurales que el Gobierno se propone aplicar en cooperación con fondos estructurales de la Comunidad Europea y cuyo objetivo es crear 100.000 empleos durante dicho período. La Comisión agradecería al Gobierno se sirva comunicar un ejemplar de dicho Plan e indicar en su próxima memoria los resultados alcanzados en relación con los objetivos establecidos en materia de empleo. La Comisión invita además al Gobierno a que continúe comunicando informaciones detalladas sobre las medidas adoptadas por la Oficina de Formación y Empleo (FAS), precisando especialmente el alcance de los distintos programas y sus resultados en cuanto a la inserción de los beneficiarios en el empleo. Habida cuenta de la persistencia de una situación preocupante del empleo, la Comisión espera que el Gobierno perseguirá como objetivo esencial de una política activa la promoción del pleno empleo, productivo y libremente elegido.

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