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Observation (CEACR) - adopted 1993, published 80th ILC session (1993)

Abolition of Forced Labour Convention, 1957 (No. 105) - United Republic of Tanzania (Ratification: 1962)

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La Comisión toma nota de las informaciones comunicadas por el Gobierno en su memoria. La Comisión también toma nota de la discusión mantenida en la Comisión de la Conferencia de 1992.

La Comisión toma nota de la declaración que figura en la memoria del Gobierno según la cual aún proseguían las consultas ministeriales encaminadas a enmendar una serie de disposiciones del Código Penal, la ley sobre la prensa, la ley sobre la marina mercante y la ley sobre los tribunales permanentes de trabajo, añadiendo un comentario sobre la situación política imperante tras la adopción de la novena enmienda constitucional. La Constitución en su tenor enmendado, permite un sistema de partidos políticos múltiples y la ley de 1992 sobre los partidos políticos dispone específicamente sobre su formación y registro.

La Comisión espera que el proyecto de legislación que actualmente está en estudio concluirá disponiendo la derogación de todas las disposiciones incompatibles con el Convenio y que el Gobierno se sirvirá indicar las medidas tomadas. La Comisión también espera que el Gobierno comunicará informaciones sobre las enmiendas o la derogación de las disposiciones de diversos textos legislativos que menciona en sus comentarios sobre el Convenio núm. 29 que están en contradicción con el apartado b) del artículo 1 del Convenio núm. 105.

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