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Observation (CEACR) - adopted 1995, published 82nd ILC session (1995)

Equal Remuneration Convention, 1951 (No. 100) - Guyana (Ratification: 1975)

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La Comisión toma nota con satisfacción de que el artículo 24, 2), f), de la ley de establecimientos fabriles (que facultaba al Ministro de Trabajo a dictar reglamentos en virtud de los cuales se fijaban tasas diferentes de remuneración para hombres, mujeres y jóvenes en concepto de horas extraordinarias) fue modificado por la ley de 1990 sobre igualdad de derechos, a fin de sustituir la palabra "adultos" por las palabras "hombres y mujeres".

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