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Direct Request (CEACR) - adopted 1998, published 87th ILC session (1999)

Human Resources Development Convention, 1975 (No. 142) - El Salvador (Ratification: 1995)

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La Comisión toma nota de la primera memoria del Gobierno sobre la aplicación del Convenio, y de la memoria recibida en mayo de 1998. Toma nota con interés que la Constitución de la República establece un sistema de formación profesional para la capacitación y calificación de los recursos humanos (artículo 40) y que le compete al Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP) la dirección y coordinación del sistema de formación profesional para la capacitación y calificación de los recursos humanos (ley de formación profesional, de 1993). Teniendo presente sus comentarios sobre la aplicación de los Convenios núms. 88 y 122, la Comisión agradecería al Gobierno tener a bien, en su próxima memoria, describir cómo se asegura una coordinación eficaz y por qué medios se establece una relación entre las políticas y programas de orientación y formación profesional, por una parte, y el empleo y los servicios públicos del empleo, por otra (artículo 1, párrafos 1 a 4 del Convenio).

De manera general, la Comisión ruega al Gobierno facilitar extractos de informes (por ejemplo de las actividades del INSAFORP), estudios y encuestas y datos estadísticos que le permitan estar en mejores condiciones de conocer la manera en que se aplican las disposiciones del Convenio. En particular, la Comisión apreciaría que en su próxima memoria el Gobierno brinde una respuesta tan detallada como le sea posible a las cuestiones que plantea el formulario de memoria para los párrafos 2 a 5 del artículo 1, para el artículo 2, los párrafos 1 a 3 del artículo 3, y para el artículo 4.

Artículo 5. El Gobierno evoca en su memoria un programa de aprendizaje empresa-centro colaborador con la participación gremial. Mucho se apreciaría obtener mayores indicaciones sobre la colaboración de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, y de otros organismos interesados (por ejemplo, las organizaciones no gubernamentales u otras organizaciones intergubernamentales) en la formulación e implantación de las políticas y programas de orientación y formación profesionales.

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