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Direct Request (CEACR) - adopted 2001, published 90th ILC session (2002)

Right to Organise and Collective Bargaining Convention, 1949 (No. 98) - Brazil (Ratification: 1952)

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La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno.

La Comisión recuerda que en su solicitud directa anterior se había referido al decreto núm. 908 de 31 de agosto de 1993 que establece limitaciones a la negociación colectiva de los salarios en las empresas públicas y sociedades de economía mixta, condicionando los aumentos reales de salario a determinados criterios, como por ejemplo el aumento de productividad, la distribución de dividendos o la compatibilidad de la remuneración global de los empleados con los niveles vigentes en el mercado de trabajo. La Comisión toma nota de que el Gobierno informa que: 1) el decreto en cuestión ha sido tácitamente derogado por el decreto núm. 3735 de 24 de enero de 2001 que establece las directrices aplicables a las empresas estatales federales; 2) y que en la práctica en virtud de los decretos en cuestión el Ministerio de Planeamiento, Presupuesto y Gestión instruye a los ministerios supervisores de las empresas estatales federales acerca de los parámetros, criterios e indicadores a observar en la negociación colectiva, especialmente en lo relativo a la actividad empresarial, los niveles salariales en el mercado laboral y el impacto de los salarios en el gasto público. La Comisión pide al Gobierno que le comunique en su próxima memoria una copia del decreto núm. 3735 del 24 de enero de 2001.

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