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Observation (CEACR) - adopted 2004, published 93rd ILC session (2005)

Abolition of Forced Labour Convention, 1957 (No. 105) - Sierra Leone (Ratification: 1961)

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La Comisión toma nota de la respuesta del Gobierno a sus comentarios anteriores.

Artículo 1, a), del Convenio. En sus comentarios anteriores, la Comisión había solicitado al Gobierno que comunicara informaciones sobre la evolución de la situación política en lo que respecta a la aplicación del Convenio. La Comisión había tomado nota de que en julio de 1996, la Ley de Restauración de las Disposiciones Constitucionales puso nuevamente en vigor parte de las disposiciones suspendidas de la Constitución de 1991 y solicitado al Gobierno que proporcionara informaciones acerca de la aplicación de las disposiciones relativas a la libertad de expresión y de prensa, la libertad de celebrar reuniones pacíficas y la libertad de asociación.

La Comisión toma nota de las indicaciones del Gobierno en su memoria de que, desde 1996, la situación política de Sierra Leona ha mejorado por lo que respecta a la libertad de expresión y de prensa, la libertad de celebrar reuniones pacíficas y la libertad de asociación, que se ha creado una comisión independiente de medios de comunicación, y que se observa la aparición de un mayor número de estaciones de radio y de periódicos. El Gobierno también indica que la Comisión de Revisión de la Constitución sigue funcionando.

La Comisión espera que el Gobierno comunicará en su próxima memoria información sobre la aplicación en la práctica de los artículos 24, 32 y 33 de la Ley de Orden Público (relativos a las reuniones públicas, la publicación de noticias falsas y los delitos de sedición) así como información sobre las actividades de la comisión independiente de medios de comunicación a la que hace referencia el Gobierno en su memoria. La Comisión solicita asimismo al Gobierno se sirva proporcionar detalles acerca del resultado de las labores de la Comisión de Revisión de la Constitución, a la que el Gobierno se viene refiriendo desde 1995.

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