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Observation (CEACR) - adopted 2004, published 93rd ILC session (2005)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Brazil (Ratification: 1969)

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  1. 2007
  2. 2001

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1. Aplicación de la política del empleo en el marco de una política económica y social coordinada. La Comisión toma nota de las informaciones detalladas transmitidas por el Gobierno en las memorias recibidas en 2002 y 2003. En 2003, la tasa de desocupación urbana alcanzó un 12,4 por ciento (13,1 por ciento en el primer trimestre de 2004). La tasa de desempleo juvenil aumentó más que la de los adultos (Panorama Laboral 2003 indica que, en 2003, la tasa de desempleo de los jóvenes de 15 a 17 años creció en 3,3 puntos porcentuales y la de los 18 a 24 años en 1,7 puntos porcentuales en circunstancias que la tasa de desocupación total lo hizo en 0,4 puntos porcentuales). El Gobierno pone de relieve que, si se comparan los períodos 1998-2002 y 1992-1997, la participación en el mercado de trabajo de las personas entre 25 y 39 años ha aumentado en el último período y que los jóvenes postergan su ingreso en el mercado de trabajo. Teniendo en cuenta la mayor demanda de mano de obra calificada, son más los jóvenes que prefieren prolongar su escolaridad (tanto en el sistema formal como en cursos de calificación profesional). La tasa de participación de las mujeres ha aumentado, mientras que disminuyó la de los hombres.

2. El Gobierno informa sobre las actividades que realiza el Sistema Nacional de Empleo (SINE), que contribuyó a la colocación, en 2002, de cerca de 900.000 trabajadores - en colaboración con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, así como de entidades privadas. Se describen también las actividades del Programa de Creación de Empleos e Ingresos (PROGER urbano y PROGER rural), destinado a promover empleo e ingresos mediante créditos especiales a pequeñas y microempresas cooperativas y unidades productivas de la economía informal; el Programa de Expansión del Empleo y Mejora de la Calidad de Vida del Trabajador (PROEMPREGO), destinado a crear nuevos empleos a la población de más bajos recursos; y PROTRABALHO, destinado a financiar proyectos estructurales en sectores estratégicos. Se financian proyectos para la creación de empleo mediante el Programa de Crédito Productivo Popular (PCPP) y la Financiadora de Estudios y Proyectos (FINEP) y el Programa de Fortalecimiento de la Agricultura Familiar (PRONAF). Además, para favorecer el desarrollo económico con crecimiento e inclusión social se ha introducido el concepto de economía solidaria.

3. La Comisión aprecia las iniciativas e importantes programas que realiza el Gobierno para favorecer la creación de empleo. La Comisión recuerda que el objetivo del pleno empleo productivo y libremente elegido requiere que se lo integre prioritariamente, desde una estrategia coordinada, en todas las políticas económicas y sociales. La Comisión desearía conocer mejor la manera en que el Gobierno ha hecho de la promoción del empleo un objetivo central de todos los mecanismos de política macroeconómica disponibles, especialmente de las políticas monetaria, financiera, presupuestaria, comercial y de desarrollo. En efecto, la Comisión considera esencial que se tomen en cuenta los objetivos del empleo, «como un objetivo de mayor importancia» desde el inicio de las discusiones para la formulación de políticas económicas y sociales de modo que dichos objetivos formen realmente parte integrante de las políticas que se adopten (véanse párrafos 487 y 490 del Estudio general, de 2004, Promover empleo). En este sentido, la Comisión alienta al Gobierno a que, en su próxima memoria, incluya informaciones sobre la manera en que se han tomado en cuenta los objetivos del pleno empleo al formular la política económica y social.

4. En sus comentarios anteriores, la Comisión se había referido al funcionamiento del PROGER, en particular en Ceará, y agradecería al Gobierno que haga llegar indicaciones sobre las evaluaciones efectuadas de los distintos programas ejecutados y en particular su impacto en relación con los grupos más vulnerables tales como la población pobre, las mujeres, los jóvenes, la población negra y mulata y quienes residen en zonas con altas tasas de desempleo.

5. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. En relación con las consultas que requiere el artículo 3 del Convenio, el Gobierno menciona nuevamente al Consejo Deliberativo del Fondo de Asistencia al Trabajador (CODEFAT). La Comisión agradecería al Gobierno indicaciones sobre la manera en que el diálogo social contribuye a la adopción y aplicación de las políticas de empleo y reitera su interés por recibir informaciones sobre el impacto del enfoque descentralizado del FAT y las medidas adoptadas para garantizar la eficacia de las consultas realizadas en las diversas comisiones de empleo del FAT. Sírvase también seguir comunicando información acerca de las medidas adoptadas para consultar a los representantes de la economía informal sobre los medios destinados a mejorar sus perspectivas de obtención de trabajo decente.

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