National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión se remite a su observación y agradecería al Gobierno que en su próxima memoria incluya también indicaciones en relación con los siguientes asuntos.
1. La Comisión toma nota de que mediante el acuerdo gubernativo núm. 242-2003, de 20 de abril de 2003, se ha establecido la Dirección General de Capacitación y Formación Profesional (encargada de diseñar políticas de capacitación del recurso humano y formación profesional) y la Dirección General del Empleo (encargada de diseñar la política nacional del empleo). La Comisión pide al Gobierno que indique las medidas de una política activa del empleo que se han formulado y llevarán a cabo. En particular, la Comisión confía en que el Gobierno podrá mostrar que el empleo ocupa un lugar central de las políticas macroeconómicas y sociales al elaborarse y llevarse a cabo la estrategia nacional para la reducción de la pobreza. La Comisión considera esencial que se tomen en cuenta los objetivos del empleo, «como un objetivo de mayor importancia», desde el inicio de las discusiones para la formulación de políticas económicas y sociales de modo que dichos objetivos formen realmente parte integrante de las políticas que se adopten (párrafo 490 del Estudio general de 2004, Promover empleo.
2. La Comisión ha tomado nota con interés de que se han realizado arreglos con el Ministerio de Economía y el Instituto Nacional de Estadística para generar encuestas nacionales trimestrales de empleo e ingresos y que se impulsa el uso de datos estadísticos, el análisis y la investigación de problemas sociales. En este sentido, la Comisión espera que el Gobierno tenga a bien seguir incluyendo en sus memorias informaciones estadísticas y evaluaciones que permitan examinar la manera en que la promoción del empleo ha sido considerado como un objetivo central de todos los mecanismos de política macroeconómica disponibles, especialmente de las políticas monetaria, presupuestaria, comercial y de desarrollo (artículos 1 y 2 del Convenio).
3. Sírvase continuar brindando informaciones sobre los progresos realizados en relación con la certificación de competencias laborales y describir la medida en que se han coordinado los objetivos de la política de enseñanza y de formación profesional con las oportunidades de empleo.
4. El Gobierno indica en su memoria que de la industrialización derivada de la maquila se pretende tener elementos competitivos en los diversos escenarios del comercio internacional, tales como el Tratado de Libre Comercio de los Estados Unidos con Centroamérica. El Gobierno se refiere también a la migración de trabajadores agrícolas hacia Belice para el corte de caña de azúcar y al programa de migración temporal - realizado en colaboración con el Gobierno de Canadá y la Organización Internacional para las Migraciones - para la recolección de frutas y verduras en fincas canadienses. La Comisión agradecería al Gobierno que continúe informando sobre la manera en que se ajustan las medidas de política del empleo a los cambios que se producen en la política comercial. Sírvase continuar informando sobre la influencia en el mercado de trabajo local de los movimientos internacionales de trabajadores migrantes temporales o permanentes.