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Observation (CEACR) - adopted 2004, published 93rd ILC session (2005)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Guatemala (Ratification: 1988)

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1. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. La Comisión ha tomado nota con interés de las informaciones transmitidas por la memoria del Gobierno, recibida en agosto de 2003, sobre los avances celebrados en el marco de la Subcomisión tripartita de generación de empleo. Para las labores de la subcomisión, el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) ofreció datos estadísticos sobre el mercado laboral formal para el período 1997-2001. En el sector formal se encuentran solamente 928.000 trabajadores afiliados al IGSS - mientras que en la economía informal se ubican 2.300.000 trabajadores rurales informales y 1.600.000 trabajadores por cuenta propia. Con la asistencia de la OIT, la subcomisión estableció temas y se realizaron talleres tripartitos sobre los lineamientos de políticas de empleo para la estrategia de reducción de la pobreza en Guatemala. De acuerdo con los datos gubernamentales, seis de cada diez habitantes son pobres - siete de cada diez en el área rural - tres indígenas de cada cuatro son pobres o indigentes. Las propuestas para la generación de empleo del sector gubernamental preveían la asistencia técnica de la OIT y el financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo para lograr la capacitación de la fuerza laboral rural pobre, el fortalecimiento de la intermediación laboral y la implementación de un sistema de estadísticas laborales. La Comisión pide al Gobierno incluir en su próxima memoria informaciones sobre las medidas adoptadas para llevar a cabo una política activa del empleo en el sentido del Convenio como consecuencia de la asistencia técnica que haya prestado la OIT.

2. La Comisión ha tomado nota de las observaciones formuladas en agosto de 2003 por la Unión Sindical de Trabajadores de Guatemala (UNSITRAGUA) en relación con la aplicación del Convenio núm. 122 y que fueran transmitidas al Gobierno en octubre de 2003. UNSITRAGUA manifiesta su alarma por el incremento que ha existido tanto en los índices de desempleo como en la economía informal. UNISTRAGUA sostiene que el trabajo disponible no representa una garantía real para los trabajadores debido a que el nivel salarial se encuentra muy por debajo de la satisfacción de las necesidades básicas del trabajador y su familia. La oferta de mano de obra estaría dispuesta a trabajar en condiciones muy inferiores a las mínimas que establece la legislación nacional.

3. La Comisión recuerda que el artículo 3 del Convenio requiere que se realicen consultas con todas las personas interesadas - y en particular, con representantes de empleadores y de trabajadores - para la elaboración y la adopción de las políticas de empleo. La Comisión estima que es responsabilidad común de los gobiernos y de las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores velar por que los representantes de los sectores más frágiles o marginales de la población económicamente activa participen en la medida de lo posible en la elaboración y en la aplicación de unas medidas de las que deberían ser los principales beneficiarios [véase párrafo 493 del Estudio general, de 2004, Promover empleo]. En este sentido, la Comisión desearía conocer las propuestas para la generación de empleo de los sectores empleador y trabajador, así como las medidas ejecutadas por el Gobierno como consecuencia de los consensos alcanzados. En general, la Comisión confía en que el Gobierno continuará brindando informaciones sobre las consultas celebradas para la elaboración y aplicación de las medidas tendientes a alcanzar los objetivos del pleno empleo productivo establecidos por el Convenio incluyendo consultas con otros sectores interesados, tales como los representantes del sector rural, de la economía informal y del sector de la maquila.

4. En una solicitud directa, la Comisión continúa el examen de la aplicación del Convenio en relación con la formulación de políticas económicas y sociales; la coordinación de los objetivos de la política de enseñanza y de formación profesional con las oportunidades de empleo; la creación de empleo en la industria de la maquila y la influencia en el mercado de trabajo local de los movimientos internacionales de trabajadores migrantes temporales o permanentes.

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