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Observation (CEACR) - adopted 2006, published 96th ILC session (2007)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Cameroon (Ratification: 1970)

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La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno recibida en noviembre de 2005, de los comentarios formulados por la Unión General de Trabajadores de Camerún (UGCT), de los comentarios de la Confederación General del Trabajo-Libertad de Camerún (CGT-Libertad), así como de las observaciones formuladas en respuesta por el Gobierno.

1. Elaboración y aplicación de una política nacional del empleo. El Gobierno indica que en 2000 se redactó una declaración de política nacional del empleo pero debido al escaso nivel de desarrollo económico no pudo elaborarse una política nacional del empleo. La financiación obtenida en el marco de la iniciativa reforzada para los Países Pobres muy Endeudados (PPME) ha permitido que se estableciera un Ministerio del Empleo y Formación Profesional (MINEFOP), una de cuyas funciones consiste en elaborar y aplicar una política nacional en materia de empleo, de formación y de inserción profesional. Al respecto, la Comisión toma nota del decreto núm. 2005-103, de 15 de abril de 2005, por el que se organiza el MINEFOP y, en particular, de las disposiciones relativas a las funciones de la División de la Promoción del Empleo (artículo 23). El Gobierno indica que el MINEFOP organizó en noviembre de 2006 los estados generales del empleo, cuyas resoluciones deberían permitir la elaboración de la política nacional del empleo. Numerosos participantes en dicha reunión subrayaron que el empleo sigue siendo un problema preocupante pese a las estrategias aplicadas en el plano económico y social y constataron la ausencia de una política nacional coherente del empleo integrada en la política económica. La Comisión toma nota de que la reunión de los estados generales del empleo permitió la identificación de grupos vulnerables en el mercado de trabajo (mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, poblaciones marginalizadas, desempleados de larga duración y población carcelaria), así como formular recomendaciones y estrategias de promoción del empleo en diversos sectores, que servirán de base para la elaboración de una política nacional del empleo. En este sentido, la Comisión toma nota de que el Gobierno se comprometió a instituir una comisión de apoyo, aplicación, seguimiento y evaluación de las recomendaciones de los estados generales del empleo, que incluye a todos los interlocutores económicos y sociales. La Comisión espera que el Gobierno estará en condiciones de indicar en su próxima memoria las medidas concretamente adoptadas y aplicadas para promover el pleno empleo, productivo y libremente elegido (artículo 1 del Convenio).

2. Coordinación de la política del empleo con la reducción de la pobreza. El Gobierno indica que Camerún, incluido en el marco de la iniciativa reforzada en favor de los Países Pobres muy Endeudados (PPME), a partir de octubre de 2000, redactó un documento estratégico de reducción de la pobreza (PRSP) en que el empleo constituye un eje fundamental. La Comisión toma nota de que los servicios de la Asociación Internacional de Desarrollo (IDA) y del Fondo Monetario Internacional (FMI) declararon que Camerún reúne las condiciones para alcanzar el punto de culminación en el marco de la iniciativa PPME, habida cuenta, en particular, de la aplicación satisfactoria de la estrategia de reducción de la pobreza, el mantenimiento de la estabilidad macroeconómica, las reformas de estructura y del sector social, y las medidas de mejoramiento de la gobernanza y de reducción de la corrupción (informe de los servicios del FMI sobre las economías nacionales núm. 06/190, mayo de 2006). La Comisión toma nota de que el tercer informe de etapa anual del PRSP correspondiente a 2005, finalizó en febrero de 2006 y que los servicios de la IDA y del FMI consideraron que la aplicación del PRSP en 2005 fue satisfactoria. El Fondo Nacional del Empleo continuó sus acciones de integración socioprofesional de jóvenes trabajadores en empleos asalariados e independientes, en particular, mediante la firma de un acuerdo entre el Gobierno y la Agrupación Interpatronal de Camerún (GICAM), la integración de los solicitantes de empleo y la conclusión de convenios con centros de orientación profesional y empresas para la homologación de módulos de formación (informe del FMI núm. 06/206, de julio de 2006). La Comisión solicita al Gobierno se sirva comunicar en su próxima memoria informaciones actualizadas sobre las medidas adoptadas para garantizar que el empleo, elemento clave en la reducción de la pobreza, esté en el centro de las políticas macroeconómicas y sociales. La Comisión solicita especialmente al Gobierno tenga a bien facilitar informaciones desglosadas por grupos sobre los resultados alcanzados, en particular para los grupos vulnerables identificados en el punto 2 de la presente observación, como consecuencia de la adopción de esas medidas (artículos 1 y 2).

3. Recopilación y análisis de la información estadística. El Gobierno señala que se encuentra en la imposibilidad de proporcionar informaciones estadísticas fiables, aunque indica que el Observatorio Nacional del Empleo y la Formación Profesional (ONEFOP) funciona desde el 1.º de julio de 2005. La Comisión toma nota de que durante la reunión de los estados generales del empleo los participantes subrayaron la falta de conocimiento del mercado del empleo y de su funcionamiento debido a que la información estadística, cuando se dispone de ella, carece de fiabilidad. La Comisión observa que el Gobierno ha iniciado una encuesta general sobre la población que debería permitir, en particular, determinar la distribución de la mano de obra, la naturaleza, extensión y tendencias del desempleo y del subempleo, así como de los ingresos y la pobreza. La Comisión espera que el Gobierno proporcionará en su próxima memoria informaciones sobre las actividades del ONEFOP y sobre los progresos realizados para establecer informaciones estadísticas fiables. Sírvase indicar además de qué manera las medidas adoptadas en el contexto de la política nacional del empleo son decididas y revisadas en el marco de una política económica y social coordinada (artículo 2).

4. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y la aplicación de las políticas. El Gobierno indica en su memoria que el objetivo principal de los estados generales del empleo consistía en obtener las opiniones de todos los interlocutores sociales para establecer de manera definitiva la política nacional del empleo y que, a este respecto, se llevó a cabo una amplia consulta con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, las administraciones e incluso la sociedad civil. La Comisión observa que los participantes subrayaron la necesidad de establecer un marco funcional de concertación permanente de diálogo social entre el Gobierno y los interlocutores sociales. Los estados generales del empleo recomendaron la creación de comisiones de ayuda al desarrollo del empleo local, asociando a los interlocutores sociales con objeto de reflexionar y adoptar medidas concretas para la creación de empleos en el ámbito local. La Comisión invita al Gobierno a facilitar informaciones sobre las medidas adoptadas como consecuencia de dichas recomendaciones para garantizar que los representantes de las personas interesadas, en particular las del sector rural y de la economía informal, cooperen plenamente en la labor de formular las políticas del empleo (artículo 3).

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