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Observation (CEACR) - adopted 2008, published 98th ILC session (2009)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Guatemala (Ratification: 1988)

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1. Artículos 1 y 2 del Convenio. Coordinación de la política del empleo con la reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de las indicaciones detalladas transmitidas por el Gobierno en agosto de 2007 y de los ilustrativos anexos relacionados con su observación de 2006. El Gobierno indica que el componente de empleo corresponde a uno de los objetivos fundamentales del Programa de Reactivación Económica y Social. En el marco de dicho Programa, se impulsa la creación de empleo mediante la promoción de sectores claves como el turismo, las industrias agrícolas, forestales y manufactureras. Se busca además la generación de un mejor clima para atraer inversiones. La gestión integral de las acciones del sector público para reducir la pobreza y cumplir con los Objetivos de Desarrollo del Milenio se incluyen en el marco del programa Guate Solidaria Rural — según indica la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia. El Gobierno menciona también el respaldo recibido de la Agencia para el Desarrollo Internacional del Gobierno de los Estados Unidos (USAID) para elaborar políticas públicas que atiendan a los trabajadores de la economía informal y trabajadores migrantes de Guatemala. En la propuesta preliminar (mayo de 2007) del Programa Nacional de Trabajo Decente se ha previsto la adopción tripartita y ejecución de un Plan Nacional de Empleo y Trabajo Decente. La Comisión pide al Gobierno que, en su próxima memoria, informe sobre los progresos alcanzados por la ejecución del Plan Nacional de Empleo y Trabajo Decente de manera de asegurar que el empleo ocupa un lugar central de las políticas macroeconómicas y sociales.

2. Artículo 2. Recopilación y utilización de información relativa al empleo. La Comisión toma nota de las informaciones detalladas agregadas por la Dirección General de Empleo y el Instituto Nacional de Estadística. Los datos disponibles indicarían que la situación del empleo se mantuvo estable desde 2004. La Comisión pide al Gobierno que, teniendo en cuenta los resultados de sus encuestas más recientes sobre empleo y desempleo, incluya en su próxima memoria informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del mercado de trabajo. La Comisión espera que los datos que se hayan reunido permitan determinar nuevas medidas que favorezcan el empleo de los sectores más vulnerables (mujeres, jóvenes, trabajadores de edad avanzada, trabajadores rurales y de la economía informal).

3. Coordinación de la política de enseñanza y de formación con las oportunidades de empleo. La Comisión toma nota con interés de las informaciones transmitidas por el Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTECAP) en cuyo plan estratégico 2006-2010 se consideran aspectos tales como la certificación de las competencias, el fortalecimiento de la formación ocupacional inicial, el apoyo a los procesos administrativos y de calidad de las organizaciones, la atención a grupos vulnerables y el fortalecimiento del talento humano y de la infraestructura institucional. Por su parte, el Ministerio de Educación ha contribuido con un detallado informe sobre las medidas tomadas para mejorar el currículo nacional, la cobertura educativa, el apoyo de la competitividad — y otras medidas destinadas a mejorar las escuelas y la capacitación del personal docente. La Comisión pide al Gobierno que continúe informando sobre el impacto alcanzado por los beneficiarios de los planes y programas del Ministerio de Educación y de INTECAP para que las personas que hayan adquirido la formación necesaria puedan ocupar empleos decentes.

4. Zonas francas e impacto de los acuerdos comerciales. En respuesta a la observación de 2006, el Gobierno ha transmitido informaciones detalladas proporcionadas por la Dirección de Política Industrial del Ministerio de Economía sobre el empleo generado en las zonas francas y en las maquilas. Cerca de 200 fábricas de vestimenta ocupan a 90.335 trabajadores. El Gobierno indica además que, para estimar el impacto del empleo generado por el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos (CAFTA), se recurre a la medición de la elasticidad entre el crecimiento del PIB y del empleo formal. La elasticidad crecimiento-empleo de los sectores agrícola e industrial lleva a estimar que ante un aumento del 1 por ciento del PIB en dichos sectores, el empleo habría disminuido un 0,86 por ciento en el sector agrícola y aumentado en un 2,19 por ciento en el sector industrial. Unos 700 empleos formales se habrían perdido en el sector agrícola y cerca de 4.400 empleos adicionales se habrían generado en el sector industrial en los primeros nueve meses de vigencia del CAFTA. En observaciones del Movimiento Sindical, Indígena y Campesino Guatemalteco en defensa de los derechos de los y las trabajadores, que se transmitieron al Gobierno en septiembre de 2007, se evocó que el CAFTA conllevaría la pérdida de aproximadamente 60.000 empleos en su primer año de vigencia. La organización sindical alude también a la recrudescencia del desempleo por la pérdida de fuentes de trabajo debido a la destrucción de la agricultura nacional y de la pequeña y mediana empresa. La Comisión pide al Gobierno que siga informando sobre las medidas adoptadas para el desarrollo de infraestructuras y su impacto en la creación de empleos, así como la contribución de las zonas francas de exportación a la creación de empleo duradero y de calidad y el impacto que han tenido los acuerdos comerciales en el mercado laboral.

5. Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. El Gobierno informa sobre las labores de la Subcomisión Tripartita sobre Generación de Empleo. Además, en el documento preliminar del Programa Nacional de Trabajo Decente figura como segunda prioridad la de fortalecer al Gobierno y a las organizaciones de empleadores y a las organizaciones de trabajadores, en el desarrollo de sus capacidades para la adopción y ejecución de un Plan Nacional de Empleo y Trabajo Decente y para mejorar la calidad y cobertura de los servicios que ofrecen. La Comisión insiste en que el artículo 3 del Convenio requiere que se realicen consultas con los representantes de todas las personas interesadas — y en particular, con representantes de empleadores y de trabajadores — para la elaboración y la adopción de las políticas de empleo. La Comisión estima que es responsabilidad común de los gobiernos y de las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores velar por que los representantes de los sectores más frágiles o marginales de la población económicamente activa participen en la medida de lo posible en la elaboración y en la aplicación de unas medidas de las que deberían ser los principales beneficiarios (véase el párrafo 493 del Estudio general de 2004, Promover empleo). En este sentido, la Comisión espera que la próxima memoria incluirá informaciones más concretas sobre las medidas ejecutadas como consecuencia de los consensos tripartitos alcanzados en relación con la política del empleo. La Comisión confía en que la memoria incluirá también informaciones sobre las consultas celebradas para la elaboración y aplicación de las medidas tendientes a alcanzar los objetivos del pleno empleo productivo establecidos por el Convenio, incluyendo indicaciones sobre las consultas con todos los sectores interesados, tales como los representantes del sector rural, de la economía informal y del sector de la maquila.

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