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Direct Request (CEACR) - adopted 2008, published 98th ILC session (2009)

Human Resources Development Convention, 1975 (No. 142) - Nicaragua (Ratification: 1977)

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Observation
  1. 1998

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La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. La Comisión espera que se envíe una memoria para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contenga informaciones completas acerca de las cuestiones planteadas en su solicitud directa anterior, que estaba redactada del modo siguiente:

La Comisión toma nota con interés del documento titulado Evaluación Final del Instituto Nacional Tecnológico (INATEC) 2002, de febrero de 2003, transmitido por el Gobierno con la memoria recibida en agosto de 2003. La Comisión se remite también a sus comentarios sobre la aplicación del Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) y del Convenio sobre la licencia pagada de estudios, 1974 (núm. 140). La Comisión entiende que en la formulación de una Política Nacional de Empleo (PNE), prevista en octubre de 2002 entre el Gobierno y la Oficina, se han incluido lineamientos de política para mejorar las condiciones de empleabilidad de la fuerza de trabajo. Además, en la Estrategia Reforzada de Crecimiento Económico y Reducción de Pobreza, se han previsto medidas tendientes a promover la orientación y formación profesionales. Teniendo en cuenta lo anterior, la Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno brindará indicaciones detalladas sobre la manera en que se ha ido ampliando el sistema de formación profesional incluyendo todas las informaciones que se requieren en el formulario de memoria sobre la aplicación del Convenio núm. 142.

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