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Observation (CEACR) - adopted 2009, published 99th ILC session (2010)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Morocco (Ratification: 1979)

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Artículos 1 y 2 del Convenio. Aplicación de una política activa del empleo. La Comisión ha tomado nota de las indicaciones comunicadas por el Gobierno en su memoria enviada en agosto de 2008 en respuesta a las cuestiones planteadas en la solicitud directa de 2007. El Gobierno señala que la estabilidad del cuadro macroeconómico se considera como una condición previa y esencial para la construcción de una economía sana que ofrezca una mayor visibilidad a los inversores nacionales e internacionales, haciendo más atractiva la economía marroquí y, en consecuencia, del potencial de creación de empleos. Asimismo, el Gobierno comunica los resultados positivos obtenidos en 2006, entre los que cabe mencionar una disminución del desempleo que del 11,5 por ciento en 2005 descendió al 9,7 por ciento en 2006. Los esfuerzos realizados tuvieron repercusiones positivas en la reducción de la pobreza cuya tasa bajó de 6,3 puntos entre 2001 y 2007. La tasa de pobreza relativa descendió del 15,3 por ciento en 2001 al 9 por ciento en 2007. La Comisión toma nota de que 1,7 millones de marroquíes salieron de la pobreza y 1,2 millones se liberaron de las condiciones de vulnerabilidad. En 2008, pese a la crisis, el crecimiento económico fue del 5,8 por ciento. La Comisión espera que en su próxima memoria, el Gobierno informará también sobre las políticas monetarias, presupuestarias y comerciales que contribuyen «como parte integrante de una política económica y social coordinada» a lograr los objetivos del pleno empleo establecidos por el Convenio. La Comisión subraya a este respecto la importancia de la colaboración entre las principales instituciones nacionales encargadas de la aplicación de la política del empleo y espera que la próxima memoria del Gobierno incluirá asimismo informaciones sobre las modalidades de cooperación entre la Agencia Nacional de Promoción del Empleo y las Competencias (ANPEC) y las demás administraciones ministeriales que participan en la elaboración y aplicación de medidas que tienen repercusiones sobre el empleo.

El Gobierno indica que ha puesto en marcha para el período 2006-2008 un plan de acción denominado «Iniciativas–Empleo», cuyo objetivo es la inserción de 200.000 solicitantes de empleo a través de tres programas activos: IDMAJ (Inserción), TAEHIL (Calificaciones) y MOUKAWALATI (Mi empresa). La Comisión toma nota de que, entre enero y finales de mayo de 2008, el programa «Inserción», cuya finalidad es mejorar las competencias de los jóvenes a través de una primera experiencia profesional en la empresa, ha beneficiado a 19.233 jóvenes diplomados. El programa «Calificaciones», cuya finalidad es mejorar la empleabilidad de los solicitantes de empleo, ha beneficiado a 23.000 personas. El programa «Mi empresa» tiende a apoyar proyectos destinados a la creación de empresas. En 2009 el Observatorio Nacional del Empleo llevará a cabo una evaluación de las repercusiones del plan de acción. La Comisión invita al Gobierno a que, en su próxima memoria, proporcione una evaluación de los resultados alcanzados por los tres programas activos del plan de acción «Iniciativas–Empleo» en términos de inserción de los solicitantes de empleo. Asimismo, se solicita al Gobierno que complete su memoria con datos sobre la evaluación de la puesta en práctica del programa MOUKAWALATI, tanto respecto del número de empresas creadas, los sectores económicos que comprende y la participación de las mujeres y de los jóvenes en el dispositivo, como respecto de sus repercusiones en el empleo y el desempleo.

Empleo de las mujeres. El Gobierno declara en su memoria que el sistema de formación profesional no presenta en su estructura ningún sesgo discriminatorio contra las jóvenes. No existe reglamentación alguna que limite o prohíba el acceso de las jóvenes a una formación determinada y, jurídicamente, tienen abiertas todas las posibilidades de elección. El Gobierno indica además que toma medidas para eliminar cualquier tipo de discriminación contra las jóvenes en el sistema de formación profesional. El Gobierno comunicó también datos cuantitativos sobre la participación de las mujeres en los diferentes niveles de formación. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre las medidas destinadas a garantizar el progreso de la participación de las mujeres en el mercado de trabajo, las repercusiones de todas las medidas adoptadas en ese sentido, y las perspectivas de empleo que se abren para las beneficiarias como resultado de la formación recibida.

Promoción del empleo en las pequeñas y medianas empresas. El Gobierno recuerda que se han establecido dispositivos para estimular y financiar la creación de pequeñas empresas, entre los que cabe mencionar la Carta de las pequeñas y medianas empresas. En las respuestas al cuestionario para el Estudio General sobre el empleo (2010), el Gobierno indica que la promoción de las pequeñas empresas es un sector que exige una atención particular de las autoridades públicas, tanto respecto al papel que desempeñan para reforzar la economía nacional, como la capacidad de adaptación a las restricciones que impone la competencia del mercado internacional. En el marco del programa «Mi empresa», se crearon hasta finales de mayo de 2008, cerca de 1.000 pequeñas empresas y se generaron 3.230 empleos. La Comisión invita al Gobierno a comunicar, en su próxima memoria, informaciones más precisas sobre el monto de las diferentes ayudas financieras establecidas para el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas, el número de empresas beneficiarias y los sectores económicos concernidos.

Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y formulación de políticas. El Gobierno indica en su memoria que ha establecido un Consejo Nacional Superior y consejos regionales y locales de promoción del empleo. El Consejo Superior de Promoción del Empleo es un organismo consultivo del que son miembros los interlocutores sociales. En sus dos reuniones, de diciembre de 2007 y febrero de 2008, el Consejo adoptó varias recomendaciones para evaluar las medidas de promoción del empleo, la elaboración de nuevos dispositivos y el fortalecimiento del papel de los interlocutores sociales. La Comisión pide al Gobierno que comunique informaciones sobre las actividades de este organismo tripartito y sobre la manera en que se le consulta en la elaboración y la revisión de las políticas y programas de empleo. Sírvase además indicar si tiene en cuenta las opiniones de «otros sectores de la población económicamente activa», y especialmente los que trabajan en el sector rural y en la economía informal con objeto de lograr su plena cooperación en la elaboración de la política del empleo y de obtener el apoyo necesario para su ejecución.

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