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Observation (CEACR) - adopted 2010, published 100th ILC session (2011)

Discrimination (Employment and Occupation) Convention, 1958 (No. 111) - Yemen (Ratification: 1969)

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La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

Política nacional en relación con la opinión política, el origen social y la ascendencia nacional. La Comisión lamenta tomar nota de que el Gobierno no ha respondido a sus repetidas solicitudes de información sobre las medidas tomadas para adoptar e implementar una política nacional en relación con todos los motivos enunciados en el Convenio. La Comisión insta al Gobierno a tomar medidas inmediatas para compilar y transmitir información detallada sobre todas las medidas adoptadas o previstas para garantizar que no se discrimina por motivos de opinión política, origen social y ascendencia nacional en el empleo y la ocupación de conformidad con los artículos 2 y 3 del Convenio.

La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

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