ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards
NORMLEX Home > Country profiles >  > Comments

Individual Case (CAS) - Discussion: 2009, Publication: 98th ILC session (2009)

Freedom of Association and Protection of the Right to Organise Convention, 1948 (No. 87) - Belarus (Ratification: 1956)

Other comments on C087

Display in: English - FrenchView all

El Gobierno comunicó por escrito la siguiente información.

Después de la Conferencia Internacional del Trabajo de junio de 2008, el Gobierno ha continuado adoptando medidas con la participación de todos los interlocutores sociales, con el fin de poner en práctica las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. El 18 de junio de 2008 en Minsk, el Gobierno organizó junto con la OIT un seminario sobre la protección de los sindicalistas contra la discriminación, en el que participaron todas las partes interesadas: la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB), el Congreso de Sindicatos Democráticos (CDTU), el Sindicato de Trabajadores de la Radio y la Electrónica (REWU), las organizaciones de empleadores, los organismos estatales, la oficina del fiscal y el Poder Judicial. En otoño de 2008, el Gobierno redujo diez veces el precio de alquiler de los locales ocupados por los sindicatos, independientemente de su afiliación. En diciembre de 2008, el Gobierno y las asociaciones nacionales de empleadores, FPB y CDTU, firmaron un acuerdo general que cubre los años 2009-2010. Por primera vez, el acuerdo estipula que se aplica a todos los empleadores y a todos los sindicatos del país, independientemente de su afiliación. El Gobierno y la OIT organizaron conjuntamente un seminario tripartito el 21 de enero de 2009 en Minsk sobre el cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, en el cual participó un número igual de representantes del Gobierno, de los sindicatos (FPB, CDTU y REWU) y de los empleadores y que fue seguido por la Misión Tripartita de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT), la Confederación Sindical Internacional (CSI) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE).

El Gobierno, basándose en las recomendaciones y con la ayuda de todas las partes participantes en el seminario mencionado, desarrolló, en colaboración con la OIT, un Plan de Acción para la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, que fue oficialmente aprobado el 20 de febrero de 2009 por el Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales (NCLSI). El plan establece un mecanismo efectivo para la protección de los derechos sindicales y atribuye un papel clave al Consejo para la Mejora de la Legislación en el ámbito social y laboral, ente tripartito conformado por un número igual (7) de representantes del Gobierno, de los sindicatos y de las asociaciones de empleadores. El Gobierno está representado en dicho consejo por el Ministro de Trabajo y Protección Social, incluyendo el Departamento de Inspección Estatal del Trabajo, el Ministro de Justicia, la Oficina de Arbitraje Laboral de la República y la Oficina del Fiscal General. Los sindicatos están representados en el consejo por cuatro miembros de la FPB y tres miembros de la CDTU. Los empleadores tienen cuatro miembros de la Asociación Nacional de Empresas Industriales y tres miembros de la Unión de Empleadores y Empresarios, denominada posteriormente profesor Kuniavsky. El consejo está presidido por el Ministro de Trabajo y Protección Social.

En la reunión del consejo de 30 de abril de 2009, en la cual participó un representante de la REWU, se debatió la cuestión del registro de las organizaciones sindicales y se tomaron conclusiones de común acuerdo en relación con las organizaciones regionales del Sindicato Libre de Belarús (BFTU) en Baranovichi, Mohilev y Novopolotsk-Polotsk, el sindicato de empresarios individuales «Together», una organización de base de la organización del Sindicato Independiente de Trabajadores de Belarús de la OAO «Belshina» (ciudad de Bobruisk), organizaciones de base de la REWU en Rechitsa, Smolevichi, Mohilev y Gomel (dos organizaciones). El consejo confirmó el estatuto de la organización regional de la BFTU en Novopolotsk-Polotsk y de las organizaciones de base de la REWU en Smolevichi y Rechitsa, que fueron ulteriormente registradas. El consejo observó que la organización regional de la BFTU en Baronovichi no había sometido a los organismos competentes documentos para su registro. Examinó la información del Ministerio de Justicia y de los representantes de la CDTU en relación con la denegación de registro en 1999-2000 a la organización regional de la BFTU en Mohilev, así como también de la negativa en 2007 de registrar el sindicato de empresarios individuales «Together» y señaló que actualmente no se han superado algunos problemas. En oportunidad de la reunión del consejo, sólo una organización sindical de las consideradas tuvo dificultades para obtener una dirección legal — la organización de base de trabajadores de la OAO «Belshina» — y por esta razón no puede recibir registro. El consejo apoyó por unanimidad la necesidad de una solución positiva a esta situación y ya se han encontrado locales apropiados para establecer el domicilio legal, lo que debería permitirle registrarse a su debido tiempo.

Tras el examen de la denegación de registro a las organizaciones de base del REWU en Mohilev y Gomel, el consejo decidió unánimemente que ello se justificaba, pues no son sindicatos auténticos, porque sus miembros no están unidos por intereses profesionales comunes, en violación del artículo 1 de la Ley sobre Sindicatos. El consejo rechazó el argumento del representante de la REWU acerca de que el interés común de los miembros de estas organizaciones es que todos son trabajadores asalariados. Eso, sin embargo, no viola el derecho de la REWU a fijar libremente la estructura y las actividades de sus organizaciones y confirma la legitimidad de crear esas organizaciones en el ámbito de profesiones e industrias distintas de las del sector de la radio y la electrónica, siempre que el artículo 1 de la Ley sobre Sindicatos sea aplicado plenamente.

En la misma reunión del consejo se abordó el futuro desarrollo de la legislación de Belarús sobre los sindicatos inspirándose en los Convenios núms. 87 y 98. Se reconoció la necesidad de consultas entre los interlocutores sociales sobre estas cuestiones, las áreas prioritarias concernidas por los principios y las condiciones de creación de sindicatos, incluyendo su registro, la negociación colectiva cuando existe una multiplicidad de sindicatos y de representatividades. Los miembros del Consejo deben presentar sus propuestas concretas sobre estas cuestiones para consideración del Consejo, antes del 1.º de julio de 2009.

Con respecto a la aplicación de la legislación existente sobre los sindicatos, el representante del Ministerio de Justicia confirmó que la exigencia de contar con el 10 por ciento del número total de trabajadores de la empresa, no se refiere a la estructura organizacional de los sindicatos. Las organizaciones de base pueden constituirse con el número de miembros estipulado en los estatutos del sindicato (por lo general de tres a diez miembros). Esta aclaración fue incluida en las actas de la reunión del consejo y transmitida por el Ministro de Justicia a las autoridades locales responsables del registro de los sindicatos. A nivel nacional, los sindicatos se han constituido tradicionalmente, ya estén afiliados o no al FPB, con organizaciones de base que actúan a nivel de empresa. La decisión del consejo sobre la exigencia del 10 por ciento tendrá un impacto directo en la salvaguarda de los principios de libertad sindical en virtud de la legislación nacional existente.

En la reunión del consejo de 14 de mayo de 2009 se trataron los casos de los trabajadores despedidos mencionados en el informe del Comité de Libertad Sindical (Gaichenko, Duchomenko, Obuchov, Shaitor, Cherbo, Stukov), invitados y participantes en la reunión (con excepción del Sr. Gaichenko) y a quienes sus empleadores les concedieron un día de licencia a estos fines. El Sr. Gaichenko informó a la secretaría del consejo que estaba satisfecho con su actual empleo en la empresa «Naftan» (ciudad de Novopolotsk). El consejo destacó que en todos los casos hubo una decisión judicial contra el trabajador respectivo. En esta situación, cualquier intento del consejo para reintegrar estos trabajadores en sus empleos anteriores habría sido nula: el reintegro hubiera sido posible sólo después de la revisión de las decisiones judiciales anteriores y de la calificación del despido como ilegal, en tanto que los trabajadores afectados se negaron a apelar la decisión judicial dictada en el 2004. Habiendo examinado cada situación individual en detalle, el consejo adoptó medidas que redundaron en encontrar un nuevo empleo para el Sr. Cherbo y el Sr. Shaitor, en la confirmación del período ininterrumpido del empleo para el Sr. Stukov, a pesar de su despido y posterior reintegro en un trabajo anterior y en el ofrecimiento de otros tipos de ayuda para el Sr. Duchomenko y el Sr. Obuchov.

El Gobierno de Belarús considera que durante el año pasado hubo un cambio radical y progresos considerables en la aplicación de las recomendaciones de la OIT. Los problemas con el registro de los sindicatos están siendo resueltos y los casos de presión sobre los sindicalistas están siendo abordados con el órgano tripartito encargado por las partes interesadas. Cabe señalar que todas las decisiones del Consejo para la Mejora de la Legislación en el ámbito social y laboral adoptadas el 30 de abril y el 14 de mayo de 2009 reflejan la opinión concertada de todos sus miembros. Con respecto a las futuras actividades, el Consejo decidió considerar la cuestión de la mejora de los actuales mecanismos para la protección de las personas contra la discriminación en el empleo debido a su afiliación a un sindicato, con base en las propuestas que los miembros del Consejo presenten a más tardar el 1.º de agosto de 2009. El Gobierno continuará la cooperación con la OIT en relación con las actividades del Consejo.

Un representante gubernamental (Viceprimer Ministro). Declaró que su Gobierno es optimista respecto de la situación actual y que, como resultado de las medidas constructivas adoptadas por su Gobierno, se han realizado progresos considerables en la implementación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Subrayó que sobre la base del diálogo social y en estrecha cooperación con todos los interlocutores sociales, se han hecho frente a un número considerable de asuntos. Sin embargó, su Gobierno no se detendrá aquí. En consecuencia, llamó a la Comisión de la Conferencia a tomar en cuenta los progresos realizados en la implementación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta.

Los miembros empleadores observaron que este caso ha sido objeto de una doble nota a pie de página en el informe de la Comisión de Expertos y que es la novena vez que lo examina la Comisión de la Conferencia. Recordaron que en noviembre de 2003 el Consejo de Administración estableció una Comisión de Encuesta. Estimaron que es importante señalar el cambio habido en el caso si se lo compara con la situación imperante en 2005 y 2006. La actitud del Gobierno es ahora mucho más positiva. Hay que felicitarse de que, allí donde el Gobierno antes hablaba de la necesidad de adaptar a la situación nacional las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, ahora se refiere a su aplicación directa y plena sin reservas. A lo largo de los tres últimos años, el Gobierno ha indicado su cooperación con la OIT, que comprende seminarios y asistencia técnica y cuyo resultado ha sido un nuevo proyecto de ley con el que se prevé dar respuesta a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. No obstante, como ha indicado la Comisión de Expertos, sigue habiendo problemas con el contenido del proyecto de ley, por ejemplo: el establecimiento de sindicatos a nivel de empresa sin personalidad jurídica; el requisito de un domicilio legal para el registro; el vínculo entre la representatividad y los derechos de los sindicatos; el nivel de formalidad del procedimiento de registro; la prerrogativa de las autoridades de registro de solicitar y obtener información sobre las actividades estatutarias de los sindicatos; y el requisito de contar con un 10 por ciento de afiliados para registrarse a nivel de empresa. Recalcaron, en reconocimiento del Gobierno, que éste ha retirado el proyecto de ley encaminándose en otra dirección.

Los miembros empleadores señalaron que la observación de la Comisión de Expertos es relativamente breve debido al cambio de enfoque en este caso. No obstante, recalcaron que la próxima observación deberá ser más amplia, aportando más pormenores sobre la situación real. Como se detalla en las informaciones comunicadas por el Gobierno por escrito, existen algunos procesos tripartitos que se ocupan de cuestiones clave, como el Plan de Acción, la legislación y la reglamentación de los sindicatos. No obstante, añadieron que habría sido preferible que el Gobierno hubiera estado más cerca de cumplir las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. La Comisión de Expertos ha indicado en su observación que el Gobierno no ha facilitado la información solicitada sobre determinados aspectos sustantivos del caso. La Comisión de Expertos habrá de determinar si las informaciones facilitadas por escrito por el Gobierno responden a sus preguntas. En particular, el Plan de Acción debe enviarse a la Comisión de Expertos.

En conclusión, los miembros empleadores acogieron positivamente la información facilitada y la actitud constructiva mostrada por el Gobierno. No obstante, expresaron la preocupación acerca de que lo que fue descrito como un procedimiento procesal con una base tripartita pueda imponerse a las cuestiones jurídicas y normativas de fondo. Consideraron que lo que hace falta es un plan de acción claro y enmarcado en un plazo que cumpla las recomendaciones de la Comisión de Encuesta y dé pleno efecto en la práctica al Convenio núm. 87. Por ejemplo, el procedimiento relativo al registro de sindicatos es muy burocrático y hace falta simplificarlo más en la práctica. Finalmente, pidieron que se actúe con urgencia y rapidez en la aplicación del Convenio.

Los miembros trabajadores recordaron las conclusiones adoptadas con ocasión del examen de este caso por la Conferencia en 2008 y la confianza que se manifestó en el Gobierno. En esas conclusiones se recogía el compromiso de Belarús de organizar un seminario sobre la discriminación antisindical con la participación de representantes de la OIT y de organizar también un seminario más amplio en el otoño de 2008 sobre la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta establecida en 2003. Finalmente, la Comisión expresó la firme esperanza de que tanto el Consejo de Administración de noviembre de 2008 como la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones estuvieran en condición de observar una evolución positiva y dispusieran de estadísticas completas sobre el registro de sindicatos y las quejas por discriminaciones antisindicales.

Conviene observar que en junio de 2008 representantes de la Oficina, de la Confederación Sindical Internacional y de la Organización Internacional de Empleadores se desplazaron a Minsk para asistir a un seminario sobre la discriminación antisindical para el poder judicial organizado por el Gobierno de Belarús. No se trataba, sin embargo, de abordar la cuestión de la puesta en conformidad con el Convenio de la ley nacional relativa al registro de los sindicatos o la del Código de Trabajo ni de la situación de los trabajadores huelguistas. Esta elección parece explicarse por el hecho de que la cuestión del registro de los sindicatos compete al Ministro de Justicia y no al Ministro de Trabajo. Conviene observar que este ejercicio tiene la apariencia de un seminario de formación y se inscribe, al menos formalmente, en el marco de las conclusiones de la Comisión adoptadas el año pasado. Además, en enero de 2009, o sea, después de la reunión de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, se celebró el seminario tripartito sobre la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta de 2003 con la presencia de un Director Ejecutivo de la OIT, de representantes del Gobierno, de los sindicatos afiliados y no afiliados a la Federación de Sindicatos de Belarús y de organizaciones de empleadores, de la OIT, de la CSI y de la OIE. Los sindicatos independientes contaron con 20 participantes entre los 55 sindicalistas que asistieron a este seminario, cuyo resultado fue el establecimiento de un plan de acción aprobado por el Consejo Nacional Tripartito de Cuestiones Sociales y del Trabajo en febrero de 2009. En este marco, el Gobierno presentó una propuesta cuyo fin era modificar la composición del Consejo para la mejora de la ley social y del trabajo con el fin de hacerla tripartita. Se ha pedido al CDTU que entre los escaños asignados a las organizaciones sindicales reserve tres para delegados que representen a sindicatos independientes. Se trata de una instancia que hasta la fecha ha celebrado dos reuniones y cuya función principal es recibir de las organizaciones sindicales quejas y peticiones relativas a casos de denegación de registro o de discriminación contra afiliados sindicales.

En lo que respecta a la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, conviene observar que, contrariamente a lo adelantado por el Gobierno, no se han resuelto plenamente los problemas de registro de los sindicatos independientes, lo cual, para los sindicatos que han dejado de existir, es irremediable. En cuanto a la discriminación sindical, aún no ha sido eliminada completamente, puesto que algunos sindicatos independientes todavía ven rechazado su derecho a concluir convenios colectivos, y conviene poner fin al acoso de que son víctimas. En conclusión, en la mayoría de las recomendaciones no se observa ningún avance concreto. Es imposible que en tres o cuatro meses se consiga lo que no se ha resuelto en varios años, y numerosas situaciones seguirán de hecho sin solución, pues no se pueden remediar los daños que se han hecho irremediables. Como subraya la Comisión de Expertos, debe encontrarse cuanto antes una solución para evitar que se deteriore la situación en lo que respecta al registro de los sindicatos que lo solicitan.

El Gobierno demuestra una voluntad de responder a ciertas recomendaciones de la Comisión de Encuesta, como se desprende de la nueva composición del Consejo y de sus acciones encaminadas a la mejora de la legislación social y laboral. Por otra parte, como indica la Comisión de Expertos, el Gobierno no ha facilitado las estadísticas detalladas que se le habían solicitado en lo que concierne al registro de sindicatos y a las quejas por casos de discriminación antisindical.

En conclusión, aunque se ha creado un mecanismo, se trata de un pequeño primer paso. A partir de julio de 2009 se pondrá a prueba la credibilidad del Gobierno en la puesta en marcha de este mecanismo, cuando el Consejo tenga que tratar de la evolución futura de la legislación nacional sobre los sindicatos a la luz de los Convenios núms. 87 y 98 en lo que concierne concretamente a los principios y las condiciones de su creación, registro y representatividad. Se ha invitado a todos los sindicatos a presentar propuestas a este respecto; el grupo de los trabajadores no duda de que las propuestas que inevitablemente presentarán los miembros del CDTU serán objeto de un serio debate. Es de esperar que todo el Gobierno se haya fijado como prioridad asumir este proyecto y llevarlo a cabo. El mecanismo, una vez existente, debe funcionar respetando los procedimientos tripartitos y garantizar la implicación de interlocutores sociales cada vez más autónomos. Sería inaceptable que después de las numerosas discusiones consagradas a este caso, el Gobierno aún creyera que ha cumplido con sus obligaciones.

El miembro gubernamental de la República Checa intervino también en nombre de los miembros gubernamentales de los Estados Miembros de la Unión Europea, de los países candidatos a la adhesión: Croacia, la ex República Yugoslava de Macedonia y Turquía, de los países del Proceso de Estabilización y Asociación, de los candidatos potenciales Albania, Bosnia y Herzegovina y Montenegro, los países de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), Islandia y Noruega, los miembros de la Zona Económica Europea, así como de Ucrania y la República de Moldova. Señaló que el caso de Belarús ha sido examinado por la Comisión ocho veces en el curso de los nueve últimos años y que el informe de la Comisión de Expertos reitera que persisten importantes problemas en cuanto a la aplicación del Convenio núm. 87 en lo que respecta al procedimiento de registro de los sindicatos, en particular la exigencia de un domicilio legal, la prohibición de ejercer los derechos sindicales y la prohibición de recibir asistencia financiera de fuentes extranjeras.

Se refirió a las observaciones de la Comisión de Expertos y a la información actualizada proporcionada al Consejo de Administración en marzo de 2009, ocasión en que la Unión Europea acogió con agrado la adopción tripartita de un Plan de Acción. Previsto para comenzar a aplicarse este año, dicho plan abarca la mayor parte de los problemas destacados por la Comisión de Expertos. De aplicarse plenamente y de buena fe, podría hacer aportes considerables para una resolución satisfactoria del caso.

Recordó que en años anteriores la Unión Europea expresó su inquietud con respecto a al cumplimiento del Convenio núm. 87 por parte de Belarús. Observó que recientemente se han constatado ciertos avances y agradeció la participación de la Oficina y de los representantes de los interlocutores sociales en el proceso. Alentó a todas las partes involucradas a redoblar sus esfuerzos para que prosiga esta colaboración a fin de eliminar todos los obstáculos que impiden la creación y el funcionamiento de organizaciones independientes de trabajadores y de empleadores. El ejercicio efectivo de la libertad sindical es una condición indispensable para el establecimiento de un diálogo social fructífero, tanto en las empresas como a escala nacional y, por ende, para la realización de cualquier actividad importante en el mundo del trabajo.

Aunque la Unión Europea advierte señales de un compromiso renovado por parte del Gobierno de Belarús respecto del cumplimiento de sus obligaciones internacionales, reviste la mayor importancia el hecho de que, en el futuro cercano, los pasos dados se transformen en un progreso concreto y tangible. Espera que el Gobierno continúe avanzando en el camino de colaboración con la OIT para asegurar el ejercicio pleno de los derechos de libertad sindical y de sindicación para todos los trabajadores de Belarús. Instó asimismo al Gobierno a que en su próxima memoria sobre la aplicación del Convenio proporcione suficiente información pertinente, de modo que la Comisión de Expertos pueda evaluar en toda su extensión la situación concreta y el impacto real de las diversas medidas adoptadas por el Gobierno.

La Unión Europea seguirá supervisando de cerca la evolución de la situación en Belarús. Exhortó al Gobierno a que aplique plenamente y sin mayor dilación las recomendaciones formuladas por la Comisión de Encuesta.

La miembro gubernamental de los Estados Unidos indicó que desde la última vez que la Comisión de la Conferencia examinó el caso y desde que la Comisión de Expertos formuló sus observaciones cabe apreciar cambios significativos. En marzo de 2009 el Consejo de Administración fue informado sobre la misión tripartita y la celebración de un seminario en Minsk, organizado conjuntamente por la OIT y el Gobierno de Belarús, donde se pudo discutir franca y abiertamente la situación sindical, lo que resultó en la aprobación de un Plan de Acción destinado a aplicar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. A su entender, como respaldo de dicho plan de acción los interlocutores sociales tripartitos examinaron recientemente las cuestiones relativas al registro de los sindicatos, el desarrollo futuro de la legislación sindical y la aplicación de la legislación en vigor. Señaló asimismo que el Gobierno considera que durante el año transcurrido se constató un cambio radical y un progreso sustancial en la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Tomó nota con agrado de esta evolución y confió en que el Gobierno seguirá colaborando estrechamente con la OIT y los interlocutores sociales para poner en práctica todas las medidas contempladas en el Plan de Acción. Manifestó sin embargo que, mientras la Comisión de Expertos no evalúe los últimos acontecimientos, continuará observando con preocupación el estado de la libertad sindical en Belarús, en particular con respecto al registro de sindicatos libres e independientes. Espera que llegará el día en que en Belarús se respete plenamente el ejercicio de la libertad sindical, el día en que no existan obstáculos, ni en derecho ni en la práctica, al ejercicio del derecho de todos los trabajadores de sindicarse, organizarse, inscribir su sindicato y expresar sus opiniones sin temor a represalias o interferencias. Confía en que esto ocurrirá pronto.

El miembro empleador de Belarús dijo que, a juicio de los empleadores, las medidas adoptadas por el Gobierno para aplicar el Convenio, mejorar las relaciones con los trabajadores y normalizar la situación de los derechos sindicales han sido constructivas y se han traducido en una mejora tangible de la situación en materia de diálogo social. El CDTU en su calidad de miembro del Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales firmó el Acuerdo General concluido entre el Gobierno y las organizaciones de trabajadores y de empleadores. Dicho Consejo examinó y llegó a un acuerdo sobre varias cuestiones de orden social y económico, y actualmente promueve la conclusión de un acuerdo entre todas las partes sobre cuestiones de interés nacional. Se organizaron dos seminarios en cooperación con la OIT, tras lo cual se elaboró un Plan de Acción que cuenta con el apoyo de las organizaciones de empleadores y de trabajadores. El Consejo para la mejora de la legislación en los ámbitos social y laboral ha examinado varias cuestiones, entre ellas el problema que plantea el registro de los sindicatos y los medios para subsanar las dificultades relacionadas con los locales sindicales. Los empleadores del país también han ayudado a los sindicatos a encontrar locales, lo que demuestra la emergencia de una cultura de pluralismo. Desean, sobre todo, que el Gobierno mejore el ambiente en que se desarrolla la actividad empresarial. Belarús participa en el Programa de Asociación Oriental, de la Unión Europea, y cabe esperar que continúe participando en él. Hizo hincapié en que la asociación con la Unión Europea reviste gran importancia para el desarrollo de la economía de Belarús, así como para ayudar a los trabajadores a encontrar empleo, en especial aquellos que viven en zonas pobres, como la zona afectada por el desastre de Chernóbil. Instó, por consiguiente, a la Conferencia a que aliente al Gobierno en su acción, lo que tendrá efectos positivos en las condiciones de trabajo y de vida.

El miembro trabajador de Belarús manifestó que el Gobierno toma actualmente medidas para dar efecto a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Aunque aún no ha dado pleno efecto a todas ellas, muestra una cierta voluntad política de hacerlo y en esta vía se ha progresado. Los considerables esfuerzos desplegados se pueden apreciar en la información que ha suministrado por escrito. El Gobierno trabaja actualmente en estrecha colaboración con todos los interlocutores sociales, inclusive las organizaciones de trabajadores de todo el país. El seminario celebrado en junio de 2008, en el que participaron representantes de la OIT, constituyó la primera ocasión en que los sindicatos pudieron asistir y hacer uso de la palabra en un evento de ese tipo. Tuvieron igualmente la oportunidad de entablar discusiones con las autoridades, entre ellas, funcionarios del Ministerio del Trabajo y Protección Social, del Ministerio de Justicia y de la Oficina del Fiscal Público. Desde entonces, la participación de los interlocutores sociales se ha desarrollado hasta tal punto que durante el seminario organizado en enero de 2009, en el que participaron representantes de la OIT, de la Confederación Sindical Internacional y de la Organización Internacional de Empleadores, tuvieron lugar libremente amplios debates. Un importante progreso lo constituyó la adopción, por el Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales, del Plan de Acción en cuya preparación y aplicación ha participado una amplia serie de actores sociales. Por ejemplo, en las últimas dos sesiones del Consejo para la mejora de la legislación en los ámbitos social y laboral se consideraron varias cuestiones importantes, tales como el registro de los sindicatos y la reincorporación de los activistas sindicales despedidos. Posteriormente el Gobierno adoptó varias medidas para mejorar el procedimiento de registro de los sindicatos.

Hizo hincapié además en que la legislación que rige la inscripción de los sindicatos en el registro se aplica a todas las organizaciones sindicales del país. En consecuencia, es importante asegurar que todas las partes estén representadas en el Consejo Nacional sobre Asuntos Laborales y Sociales, inclusive el CDTU. Exhortó a todos los sindicatos a trabajar juntos, en particular en la elaboración del nuevo plan nacional para los años que vienen, abundantemente documentado en la prensa. Aunque está claro que la situación no es perfecta, se han hecho progresos considerables y se espera que ello sea reconocido por la OIT. Si bien no se han puesto en práctica aún las 12 recomendaciones formuladas por la Comisión de Encuesta no es posible pensar que ello se alcance de la noche a la mañana. Actualmente Belarús participa en el Programa de Asociación Oriental, de la Unión Europea, y es importante que adhiera plenamente a dicho programa. No obstante, ciertos círculos se oponen a su inclusión en el citado programa, lo que da lugar a críticas injustificadas de la situación en el país.

Por último, subrayó que los interlocutores sociales necesitan colaborar para lograr la plena aplicación del Convenio. Espera que el Gobierno ayude a mejorar y ampliar las oportunidades de participación sindical en el país. Instó al Gobierno a que permita que representantes de otros sindicatos participen en las labores del Consejo para la mejora de la legislación en los ámbitos social y laboral. Instó igualmente a las organizaciones de trabajadores a participar activamente en el proceso de negociación colectiva, e hizo un llamamiento a todos los dirigentes sindicales para que trabajen juntos en la aplicación de todas las recomendaciones de la OIT destinadas a dar pleno efecto a las disposiciones del Convenio.

El miembro gubernamental de la República Bolivariana de Venezuela felicitó al representante gubernamental de la República de Belarús por la excelente exposición sobre los esfuerzos de su Gobierno en la implementación del Convenio núm. 87. Destacó la existencia de aspectos positivos que la Comisión debe estimar debidamente. Declaró que el Gobierno ha señalado con detenimiento las medidas que evidencian progresos en el marco de la implementación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Ya en el año 2006 el Gobierno de Belarús tomó medidas para reforzar el diálogo con los interlocutores sociales, entre ellas la conformación del «Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales» y el «Consejo para el Mejoramiento de la Legislación en el ámbito social y laboral» conocido como Consejo de Expertos.

En reuniones de pasadas Conferencias Internacionales del Trabajo, la Comisión de Aplicación de Normas ha reconocido progresos del Gobierno de Belarús, e incluso igualmente lo ha considerado el Consejo de Administración. En la 304.ª reunión del Consejo de Administración de marzo de 2009, se tomó nota del Informe del Director General en el que se informó de un seminario tripartito sobre la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, celebrado en Minsk, en enero de 2009, en el que participaron representantes de la OIT, la Confederación Sindical Internacional (CSI) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE); además de organizaciones sindicales y empresariales del país, junto a la alta representación gubernamental. Valoró que, como resultado de dicho seminario, se concibió un plan de acción del Gobierno para la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta en materia de derechos sindicales, el cual fue adoptado tripartitamente.

Consideró que existen amplios avances en Belarús en el cumplimiento del Convenio núm. 87, tal como lo han confirmado los distintos interlocutores sociales. Subrayó que la Comisión de Aplicación de Normas ha de destacar en las conclusiones de esta reunión, que estamos en presencia de un «caso de progreso».

El miembro trabajador de la Federación de Rusia manifestó que el movimiento sindical ruso en su conjunto observa atentamente la manera en que el Gobierno da efecto a las 12 recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Hizo hincapié en que existen vínculos de orden político, económico, social y cultural muy estrechos entre la Federación de Rusia y Belarús como también numerosos vínculos humanos y familiares ya que muchos trabajadores rusos tienen familiares en Belarús. La protección de los derechos sindicales en ambos países reviste por lo tanto gran importancia para los sindicatos rusos. Cuando se examinó el caso en el Consejo de Administración en marzo de 2009, el Grupo de los Trabajadores expresó un optimismo cauteloso frente a las positivas medidas adoptadas por el Gobierno. Los sindicatos rusos también se muestran bastante optimistas ya que parece que el diálogo social cuenta con el apoyo de todos los sindicatos del país, pese a que las medidas adoptadas son bastante fragmentarias y requieren un mayor desarrollo. La legislación que infringe las disposiciones del Convenio aún no se ha derogado por lo que sigue limitando la negociación colectiva y dificultando la recepción de la ayuda de las federaciones internacionales a las que se han afiliado. Pese a ello, se aprecian cambios positivos: el Gobierno y los interlocutores sociales, con la ayuda de la OIT, adoptaron un Plan de Acción, que es una suerte de hoja de ruta, y han confirmado la intención de las autoridades de resolver el problema que se examina. Las medidas adoptadas deben ser cuidadosamente examinadas por el sistema de control de la OIT y cabe esperar que el Plan de Acción se desarrolle en detalle y se traduzca en la aplicación plena de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, a las que aún no se da efecto. Por último, instó al Gobierno a que utilice los diversos aniversarios que se conmemoran, entre ellos, el de 60.º aniversario de la adopción de los Convenios núms. 87 y 98, y el 90.º aniversario de la OIT, como un estímulo para acelerar la plena aplicación de las recomendaciones de la OIT.

El miembro gubernamental de la Federación de Rusia agradeció al representante gubernamental por la información proporcionada sobre las medidas que se estaban tomando para la aplicación del Convenio. Como en las discusiones del caso en las reuniones del Consejo de Administración en noviembre de 2008 y marzo de 2009, es evidente que se han logrado progresos claros y considerables en la aplicación de las normas internacionales del trabajo, en especial con respecto al Convenio núm. 87 y las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Actualmente se está desarrollando un diálogo con todos los interlocutores sociales, sobre una serie de cuestiones, incluida la aplicación de las recomendaciones de la OIT en el caso presente. Se está efectuando el trabajo para el desarrollo de la nueva legislación sindical que toma en consideración las recomendaciones de la OIT y las opiniones de los interlocutores sociales. El Gobierno continúa su cooperación con la OIT y se ha celebrado un seminario tripartito en enero sobre libertad sindical, diálogo social y la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Los especialistas de la OIT participaron en la formulación del Plan de Acción que fue aprobado por el Consejo para la mejora de la legislación en las esferas social y laboral. El Consejo, cuyos miembros incluyen a representantes de sindicatos independientes, celebró recientemente dos reuniones en las cuales se examinaron cuestiones relativas al registro de los sindicatos, el empleo de los activistas sindicales despedidos y las perspectivas para el desarrollo de una nueva legislación sindical. Se tomaron muchas decisiones. Se han mejorado los procedimientos para el registro de sindicatos de base y algunos activistas sindicales despedidos han sido reintegrados. Por consiguiente, se han logrado progresos sustanciales con base en la participación de los interlocutores sociales. El Gobierno ha iniciado una cooperación sincera y constructiva con la OIT como lo ha demostrado repetidamente a través de sus actuaciones.

La miembro gubernamental de Cuba declaró que resultan de particular interés las acciones realizadas en 2008 con el concurso de la OIT y que, además de los seminarios tripartitos realizados, se firmó un acuerdo general que cubre los años 2009 y 2010 y se aplica a todos los sindicatos del país y a todos los empleadores, independientemente de su afiliación. En el seminario tripartito realizado en Minsk sobre el cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta participaron representantes del Gobierno, de los sindicatos y de los empleadores y fue seguido por la Misión Tripartita de la Oficina Internacional del Trabajo, la CSI y la OIE.

El Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales, que es un ente tripartito con amplia representación de organismos gubernamentales de empleadores y de trabajadores, aprobó el Plan de Acción elaborado por el Gobierno y la OIT en consulta con los interlocutores sociales para la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Dicho Plan establece un mecanismo para la protección de los derechos sindicales y atribuye un papel fundamental a dicho Consejo para la mejora de la legislación laboral. Se debe destacar el registro de varias organizaciones sindicales y que, según el Gobierno, se trabaja por encontrar soluciones positivas para una organización que tuvo dificultades para su registro. Otra serie de acciones se llevaron a cabo en el transcurso de este año que demuestran la preocupación del Gobierno por dar cumplimiento a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta que reflejan la opinión concertada de empleadores y de trabajadores.

A tenor de estas informaciones consideró que se han dado pasos positivos tanto en la práctica como en la perspectiva de una legislación que consagre los principios del Convenio núm. 87 y que se desarrolla un proceso de diálogo e institucionalización de un órgano tripartito aceptado por todas las partes interesadas, lo cual se debe destacar en las conclusiones de esta Comisión.

El miembro gubernamental de China agradeció al representante gubernamental por la información suministrada. Desde 2005, el Gobierno ha estado tomando medidas efectivas para mejorar la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, que produjo importantes progresos que deberían ser reconocidos plenamente por la Comisión. Mientras la OIT y el Gobierno continúen su cooperación y se refuercen la confianza mutua y el diálogo, se podrán resolver los problemas relativos a la aplicación del Convenio.

El miembro gubernamental de Canadá agradeció al representante gubernamental por la información suministrada. Tomó nota con agrado de las declaraciones de la Unión Europea y de Estados Unidos y dijo que su Gobierno está preocupado por la permanente desconsideración ante los llamamientos internacionales al respeto de los derechos humanos y los principios democráticos, incluidos los de derechos de los trabajadores a crear las organizaciones que estimen convenientes y afiliarse a ellas. Aunque ha habido algunos progresos desde la última Conferencia, incluidos la convocatoria del Consejo para la mejora de la legislación en las esferas social y laboral, y la organización de seminarios tripartitos, todavía siguen existiendo muchos obstáculos legales y burocráticos enraizados que impiden el registro de los sindicatos y el ejercicio de sus actividades legítimas, incluida la organización de reuniones libres de la injerencia de las autoridades públicas. Su Gobierno continuará trabajando con los otros miembros de la OIT para alentar la reforma en Belarús e instó al Gobierno a que continúe reforzando la cooperación tripartita y que armonice plenamente la legislación y la práctica con el Convenio. Por último, instó al Gobierno a que aplique las recomendaciones de la Comisión de Encuesta y manifestó la esperanza de que la OIT continúe apoyando al Gobierno para lograr resultados tangibles en la práctica.

Un observador representante de la Confederación Sindical Internacional recordó que la OIT ha venido examinando el caso núm. 2090 desde hace casi diez años. Ésta es la primera vez, sin embargo, que parece entreverse la luz de la esperanza al final del túnel. En 2008 la Comisión de la Conferencia alcanzó un compromiso con el Gobierno de Belarús, lo que demostró ser una buena decisión. El problema de los derechos sindicales se ha estado planteando desde hace mucho tiempo y los esfuerzos del propio Ministerio del Trabajo no bastaron para resolverlo. Aunque un plan de acción destinado a dar efecto a las recomendaciones de la OIT se elaboró conjuntamente entre el Gobierno, la Confederación Sindical Internacional y los interlocutores sociales, y se adoptaron medidas para darle efecto, las recomendaciones formuladas por la Comisión de Encuesta aún no se aplican plenamente. Los sindicatos y sus afiliados siguen sometidos a presiones y se sigue discriminando a los sindicatos. La intención del Gobierno de resolver el problema de los sindicalistas despedidos en razón de sus actividades sindicales es importante y es fundamental eliminar los mecanismos y prácticas de discriminación de los sindicatos y garantizar que los afiliados a sindicatos independientes no sean objeto de presiones por parte de la administración de las empresas. Si bien es importante que el Gobierno empiece a tomar medidas para terminar con la negativa a registrar a los sindicatos independientes, es incluso más importante eliminar las razones por las cuales dichos sindicatos dejaron de existir. El requisito de contar con una autorización previa para la creación de un sindicato debe suprimirse.

Añadió que, en violación de las leyes en vigor, en ciertos casos los empleadores se niegan a concluir acuerdos colectivos con sindicatos independientes y presionan a sus miembros en ese sentido. Además, la Oficina del Fiscal Público y los tribunales ignoran las violaciones de los derechos de los sindicatos independientes. En virtud de la legislación en vigor es prácticamente imposible organizar reuniones, marchas, manifestaciones, piquetes y otras acciones para defender los derechos sindicales. Un progreso genuino sólo se podrá alcanzar cuando los principios de libertad sindical de la OIT se apliquen plenamente, y cuando los trabajadores puedan adherir libremente al sindicato de su elección, sin temor a represalias. Si bien cabe considerar que con la elaboración del Plan de Acción, el Gobierno demostró un cierto grado de voluntad política de trabajar con los interlocutores sociales, hizo hincapié en que lo que importa es poder constatar resultados concretos en un futuro próximo.

El miembro trabajador de China tomó nota de la información proporcionada por el representante gubernamental e indicó que ha seguido de cerca la cuestión de la aplicación del Convenio en Belarús, así como los progresos realizados. Por consiguiente, espera que el Gobierno siga fortaleciendo su colaboración con la OIT, con miras a la protección de los derechos sindicales y la realización del objetivo de un trabajo decente para los trabajadores del país.

El representante gubernamental de Belarús dio las gracias a los oradores y destacó que su Gobierno está muy abierto al diálogo y a la discusión de las cuestiones planteadas. Las intervenciones durante el debate se examinarán y utilizarán para orientar la adopción de medidas en el futuro. El éxito de la acción de los interlocutores sociales depende en gran medida de la confianza que llegue a establecerse entre todos los participantes. La experiencia en su país ha demostrado que muchas de las cuestiones fueron menos difíciles de abordar gracias a la actitud positiva de los interlocutores sociales, los cuales se involucraron plenamente en la preparación y aprobación del Plan de Acción y continúan considerando conjuntamente las cuestiones planteadas con miras a la adopción de medidas. Hizo hincapié en que todos los participantes en el Consejo para la mejora de la legislación en los ámbitos social y laboral participaron en calidad de miembros independientes con derecho a expresar libremente sus propias opiniones. No obstante, desarrollaron una posición común, aprobaron todos el Plan de Acción y ahora trabajan juntos en su aplicación. El Gobierno demostró su voluntad de trabajar con todas las partes, en calidad de interlocutores sociales a los efectos de elaborar la legislación encaminada a aplicar los Convenios núms. 87 y 98 y abordar todos los problemas pendientes. Por consiguiente, puede considerarse que la labor ha sido realizada paulatinamente, con constancia y de manera lógica. El Gobierno ha celebrado consultas en cada etapa y por tanto ha cumplido todas las promesas que hizo a la Comisión de la Conferencia y a los interlocutores sociales. También está trabajando en la presentación de nuevas propuestas a los interlocutores sociales. Ha cooperado estrechamente con la OIT, lo que ha contribuido a la organización y a la financiación del seminario tripartito celebrado en enero, en el que los expertos de la OIT desempeñaron un papel muy activo. Su Gobierno aprecia enormemente el apoyo prestado, que espera que continúe. Recuerda que cuando la Comisión de la Conferencia examinó el presente caso el año anterior, fue la primera ocasión en la que no figuró en un párrafo especial del informe de la Comisión. Para el Gobierno y los interlocutores sociales, eso supone una clara indicación de que la OIT apoya los esfuerzos que se están realizando para mejorar la situación y todos los interlocutores han intensificado sus esfuerzos, logrando avances sustantivos en la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Por tanto, la Comisión de la Conferencia tiene al alcance de su poder alentar a todas las partes implicadas a que logren aún más avances.

Los miembros empleadores indicaron que el Gobierno merece un reconocimiento por la acción rápida y constructiva llevada a cabo desde la última Conferencia y por el enfoque adoptado de mejorar paso a paso la situación. Con todo, están convencidos de que en el futuro próximo se apliquen todas las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Como mínimo, se debería exhortar al Gobierno a que facilite dentro de plazo una memoria detallada para la próxima reunión de la Comisión de Expertos que contenga una copia del Plan de Acción. Por tanto, alentaron al Gobierno a que mantenga sus esfuerzos y su actitud positivos y a que continúe tomando medidas para la aplicación sostenible del Convenio.

Los miembros trabajadores estimaron que en este caso no cabe en modo alguno considerar que ha habido progresos significativos que induzcan a pensar que se respetan todas las recomendaciones formuladas en 2003. Se ha creado un mecanismo, y ello representa un primer paso que ha sido destacado por numerosos oradores; no obstante, aún quedan por resolver cuestiones muy concretas. Esperan que el Gobierno apoye el proyecto y lo perfeccione de conformidad con el Convenio núm. 87, en caso necesario, con la asistencia de la OIT. Ese mecanismo exige tomar escasas medidas para funcionar que, sin embargo, revisten gran importancia. El Consejo para el mejoramiento de la legislación social y del trabajo debe establecer, y comunicar a todas las organizaciones sindicales sin excepción, una hoja de ruta que prevea procedimientos transparentes e incluya los puntos siguientes: establecer un calendario para la tramitación de denuncias y solicitudes relativas a casos de denegación de inscripción o discriminación antisindical, lo que aportará transparencia y seguridad jurídica; instaurar reglas sobre los plazos de una rápida tramitación de las peticiones; y respetar los procedimientos tripartitos y asegurar la participación de los interlocutores sociales cada vez más autónomos. Los miembros trabajadores pidieron que se invitara al Gobierno a presentar una memoria sobre el funcionamiento en la práctica del Consejo, en particular en lo que respecta a los puntos mencionados precedentemente, a fin de que la Comisión de Expertos la examine en su próxima reunión, con miras a proporcionar estadísticas detalladas sobre la inscripción de sindicatos y sobre denuncias por discriminación antisindical tal como se solicitó con anterioridad.

Conclusiones

La Comisión tomó nota de la información escrita y oral facilitada por el representante gubernamental, el Viceprimer Ministro, sobre las recientes medidas adoptadas por el Gobierno para aplicar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, así como de la discusión que tuvo lugar a continuación.

La Comisión tomó nota de la detallada información facilitada por el representante gubernamental en relación con la evolución que ha tenido lugar desde el debate sobre el caso el año pasado. La Comisión tomó nota con interés de la cooperación con la OIT a este respecto.

La Comisión tomó nota del seminario sobre discriminación antisindical, celebrado en Minsk en junio de 2008, y apreció que propiciara un debate franco y abierto sobre la situación de los sindicatos en Belarús. La Comisión apreció también el resultado de un seminario tripartito sobre la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta organizado conjuntamente por la OIT y el Gobierno de Belarús, en enero de 2009. En particular, la Comisión apreció el plan de acción para aplicar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, adoptadas ulteriormente por el Consejo Nacional Tripartito sobre Cuestiones Laborales y Sociales.

Además, la Comisión tomó nota con interés de que en seguimiento al plan de acción, el Consejo para la mejora de la legislación en las esferas social y laboral se ha convertido en un órgano plenamente tripartito en el que los sindicatos pueden plantear sus preocupaciones y que en la composición del Consejo figuran ahora tres representantes del Congreso de Sindicatos Democráticos (CDTU). La Comisión tomó nota de la información detallada proporcionada por el Gobierno sobre las dos sesiones del Consejo en las que se discutieron temas relativos a la inscripción de los sindicatos en el registro, los despidos de sindicalistas y la necesidad de celebrar consultas con los interlocutores sociales para desarrollar más la legislación sindical. La Comisión entendió que se invitó a los miembros del Consejo a presentar propuestas concretas de enmiendas legislativas antes del 1.º de julio de 2009 para que sean consideradas por el Consejo.

La Comisión también tomó nota con interés de que el CDTU es ahora parte del Acuerdo General para 2009-2010 y que el Gobierno redujo a la décima parte el precio del alquiler para los sindicatos, con independencia de su afiliación, lo que había provocado un obstáculo adicional para cumplir con el requisito necesario del domicilio legal para el registro.

La Comisión consideró que las medidas emprendidas por el Gobierno y la voluntad mostrada por el Ministerio de Trabajo y Protección Social, ahora reforzada con la declaración del Viceprimer Ministro, de dar curso a las recomendaciones pendientes de la Comisión de Encuesta constituyen un cierto progreso que si se concreta y se transforma en avances tangibles en el sentido de la libertad sindical en la práctica, puede convertirse en una contribución importante para la aplicación del Convenio. No obstante, la Comisión expresó su preocupación de que dichas medidas se queden en un ámbito procedimental, sin dar lugar a mejoras sustantivas. A este respecto, la Comisión lamentó que no hubiera todavía propuestas concretas para la modificación del Decreto Presidencial relativo al Registro Sindical (núm. 2), la Ley sobre Actividades de Masas y el Decreto Presidencial relativo al Uso de Ayuda Extranjera Gratuita (núm. 24). Teniendo en cuenta los alegatos de que las organizaciones sindicales independientes continúan experimentando dificultades en la práctica en relación con su registro y de discriminación antisindical, la Comisión consideró que las modificaciones solicitadas por la Comisión de Encuesta al respecto siguen siendo necesarias.

Teniendo en cuenta el continuado compromiso con el diálogo social expresado por el Gobierno, la Comisión le alentó a que redoble sus esfuerzos para garantizar una libertad sindical plena en estrecha cooperación con todos los interlocutores sociales y con la asistencia de la OIT. En particular la Comisión pidió al Gobierno que prepare un plan de trabajo estricto y claro en términos de plazos para la plena aplicación de todas las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, incluyendo procedimientos transparentes de participación de todas las organizaciones sindicales y destinado a la eliminación de todos los mecanismos y prácticas que subsisten y que se utilizan para intimidar y perseguir a los trabajadores que desean organizarse en sindicatos independientes. La Comisión pidió al Gobierno que facilite información sobre todo progreso en este sentido, así como sobre cualquier otra evolución a la Comisión de Expertos para su reunión de este año. La Comisión esperó estar en condiciones de constatar progresos significativos en relación con todos los asuntos pendientes cuando se reúna el próximo año.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer