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Individual Case (CAS) - Discussion: 2010, Publication: 99th ILC session (2010)

Freedom of Association and Protection of the Right to Organise Convention, 1948 (No. 87) - Belarus (Ratification: 1956)

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El Gobierno ha comunicado por escrito la siguiente información sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones realizadas por la Comisión de Encuesta desde el último examen de este caso, que se llevó a cabo en la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia de junio de 2009.

Durante los últimos años, el Gobierno de Belarús ha adoptado medidas concretas para desarrollar el diálogo social en el país. El Gobierno ha empezado a incluir a todos los sindicatos, comprendidos los que no están afiliados a la mayor asociación de sindicatos del país (la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB)), y a asociaciones de empleadores en el proceso de diálogo social. Asimismo, ha intensificado las negociaciones con la Oficina Internacional del Trabajo en relación con la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. El Gobierno y los interlocutores sociales, con la ayuda de la Oficina, está promoviendo el respeto de los principios fundamentales de la OIT y su plena observancia en Belarús.

En junio de 2009, durante la 98.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, el Gobierno de la República de Belarús informó detalladamente a la Comisión de Aplicación de Normas sobre la labor del Consejo tripartito para la Mejora de la Legislación en los Ámbitos Social y Laboral que está facultado para examinar todas las cuestiones relacionadas con las recomendaciones de la Comisión de Encuesta: desde situaciones específicas relacionadas con el registro de sindicatos o la conclusión de convenios colectivos hasta el examen de enmiendas a la legislación.

Siguiendo los deseos expresados por los miembros del Consejo y las recomendaciones de la Oficina Internacional del Trabajo, la reunión del Consejo, que se celebró el 26 de noviembre de 2009, tuvo un orden del día abierto. Todas las partes representadas en el Consejo tuvieron la oportunidad de proponer que se discutiesen las cuestiones que consideraban de gran importancia. Durante la reunión, el Consejo debatió las cuestiones de reglamentación legal del registro de los sindicatos y la conclusión de convenios colectivos.

El tema principal de la reunión del Consejo, que se celebró el 14 de mayo de 2010, fue la legislación y las perspectivas de trabajo a fin de cumplir con el plan de acción sobre la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. El Consejo adoptó una importante decisión en relación con la mejora del procedimiento de preparación y examen de las cuestiones legislativas. En particular, el Consejo decidió establecer un grupo de trabajo (6 miembros), del que deberían formar parte representantes de todas las partes interesadas (el Gobierno, la FPB, el Congreso de Sindicatos Democráticos (CDTU) y asociaciones de empleadores), a fin de examinar las cuestiones señaladas por los miembros del Consejo y preparar propuestas en relación con las decisiones de éste, teniendo en cuenta las posiciones de todas las partes.

El Consejo tripartito lleva a cabo su labor utilizando principios totalmente transparentes y democráticos y teniendo en cuenta los intereses de todas las partes representadas en él. En su labor, el Consejo utiliza un principio, apoyado por los interlocutores sociales, en virtud del cual las conclusiones sobre las cuestiones más importantes y fundamentales tienen que adoptarse siguiendo una posición aprobada por todos los miembros del Consejo. Al mismo tiempo, los miembros del Consejo y otras personas invitadas a participar en las reuniones tienen la oportunidad de expresar sus opiniones de manera libre y son completamente independientes en lo que respecta a desarrollar sus puntos de vista.

Durante su labor a fin de aplicar el plan de acción, el Consejo tripartito ha conseguido resolver una serie de cuestiones relacionadas con la promoción de los derechos sindicales:

? La organización de base del Sindicato Independiente de Belarús (BITU) en la empresa «Belshina» recibió ayuda para su registro. Esta organización de base se registró el 10 de octubre de 2009.

? A partir de las conclusiones del Consejo tripartito, el Ministerio de Justicia hizo pública una nota explicativa según la cual el requisito de que para crear un sindicato es necesario tener un mínimo de un 10 por ciento de afiliados entre los empleados de una empresa, establecido mediante Decreto presidencial núm. 2, no concierne a las organizaciones sindicales de base. Debido a que, por el momento, sólo actúan a nivel de empresa organizaciones sindicales de base (que son estructuras organizativas de sindicatos sectoriales), la nota explicativa del Ministerio de Justicia es aplicable, sin excepción alguna, a todas las organizaciones sindicales que actúan a nivel de empresa.

? No existe ningún caso de negativa injustificada a registrar un sindicato. En 2009, las autoridades competentes no registraron tres organizaciones sindicales (estructuras del REWU en Mogilev, Vitebsk y Gomel). Sin embargo, antes de que eso ocurriera, el 14 de abril de 2009, el Consejo tripartito examinó la situación en relación con esas tres estructuras sindicales, y tras la discusión, todos los miembros del Consejo, incluidos los representantes de la FPB y el CDTU decidieron por unanimidad que esas tres estructuras sindicales no podían registrarse como organizaciones sindicales.

Actualmente, en la República de Belarús están registrados 35 sindicatos y más de 22.000 estructuras organizativas sindicales, incluidas organizaciones sindicales de base. Asimismo, existen dos asociaciones de sindicatos: la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB) y el Congreso de Sindicatos Democráticos (CDTU).

La labor llevada a cabo por el Gobierno, en colaboración con los interlocutores sociales y la Oficina Internacional del Trabajo, a fin de aplicar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta establece las condiciones necesarias para que los empleadores den más importancia a la observancia de los derechos sindicales y alienta a los tribunales y a los fiscales para que examinen de manera detenida las quejas en las que se alega violación de los derechos sindicales. Cuando se confirma que existe una violación de la legislación actual, los sindicatos y sus miembros recuperan sus derechos.

En diciembre de 2009, tras una queja presentada por el Sindicato Libre de Belarús (BFTU), el tribunal de la región de Chashniksky (Vitebsk Oblast) examinó un caso de despido en razón de la afiliación sindical (era la primera vez que los sindicatos presentaban una queja de este tipo) y tomó una decisión favorable al sindicato. Luego de la decisión judicial, se reintegró a su anterior empleo al Sr. Aleksey Gabriel, dirigente de la organización sindical de base del BFTU en la central eléctrica Lukoml (Lukomlskaya, Vitebsk Oblast), que había sido despedido.

Asimismo, pueden señalarse cambios positivos en el ámbito de la negociación colectiva. De conformidad con el Código del Trabajo de la República de Belarús, todos los sindicatos, independientemente de cuál sea su representatividad, tienen derecho a la negociación colectiva. Esto significa que todos los sindicatos deben tener las mismas oportunidades de participar en el proceso de negociación colectiva. Por ejemplo, en algunas de las empresas más grandes del país, la empresa unitaria republicana «Belaruskaliy» y la sociedad por acciones «refinería de petróleo Mozyr», algunos sindicatos afiliados a la FPB y el CDTU han firmado convenios colectivos.

Después de la Conferencia Internacional del Trabajo de 2009, se resolvieron positivamente las cuestiones relacionadas con el establecimiento de convenios colectivos en la sociedad por acciones «Naftan» y la central eléctrica Lukoml: las estructuras del BITU y del BFTU se sumaron a los convenios colectivos firmados por los empleadores y los sindicatos afiliados a la FPB.

En la República de Belarús se están llevando a cabo negociaciones colectivas a nivel nacional, sectorial y local, así como a nivel de empresa. A fecha de 1.º de abril de 2010 en la República de Belarús se habían concluido: un acuerdo general, 46 acuerdos sectoriales de tarifas, 483 acuerdos locales y 18.181 convenios colectivos a nivel de empresa.

El 8 de abril de 2010, el Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales decidió iniciar el proceso de preparación de un nuevo acuerdo general para 2011-2013, que firmarán el Gobierno de Belarús y las asociaciones de empleadores y de sindicatos a nivel de la República.

Mientras aplicaba el plan de acción adoptado el 20 de febrero de 2009, el Gobierno de Belarús ha realizado muchos progresos en lo que respecta a la observancia de los principios de libertad sindical. La Comisión de Expertos valoró positivamente las medidas adoptadas por la República de Belarús, y acogió con beneplácito el compromiso con el diálogo social demostrado por el Gobierno.

El Gobierno de la República de Belarús pone de manifiesto su actitud firme y su coherencia a través de su trabajo en relación con la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Resulta evidente que los progresos observados durante la 98.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que se celebró en junio de 2009, son de naturaleza estable y tienen un impacto real sobre el respeto de los derechos sindicales en la República de Belarús.

Además, ante la Comisión una representante gubernamental indicó que en estos últimos años el Gobierno de Belarús ha venido adoptando medidas concretas para desarrollar el diálogo social en el país. Todos los sindicatos, incluidos los no afiliados a la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB), la mayor organización sindical, y las asociaciones de empleadores han estado participando en este proceso. La FPB y el Congreso de Sindicatos Democráticos (CSDB) pertenecen al Consejo Nacional de Trabajo y Asuntos Sociales (NCLSI), el organismo principal para el diálogo social. En años anteriores han tenido lugar en el país los siguientes acontecimientos positivos: ambas organizaciones sindicales, la FPB y el CSDB, rubricaron un Acuerdo General para 20092010; a comienzos de 2009 se celebró en Minsk un seminario tripartito sobre la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta con la participación del Gobierno y de los interlocutores sociales, la OIT, la Confederación Sindical Internacional (CSI) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE); el NCLSI adoptó y aprobó un Plan de Acción sobre la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta; y se estableció el Consejo de Mejora de la Legislación en la Esfera Social y Laboral. A este último se le confirió la potestad de examinar todo el abanico de cuestiones resultantes de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. En 2009, el Consejo celebró tres reuniones para discutir las cuestiones del registro de las organizaciones sindicales, la discriminación antisindical, la negociación colectiva y la mejora de la legislación sindical. Todos los miembros del Consejo pudieron expresar sus puntos de vista libremente y las decisiones del Consejo reflejaron las opiniones de todas las partes interesadas. Como resultado de la labor del Consejo, el Sr. Stukov fue reintegrado en su puesto sin pérdida de prestaciones y el Sr. Shaitor encontró un nuevo empleo. Además, en octubre de 2009 se registró la principal organización sindical de la empresa «Belshina» de Bobruisk.

Con respecto a la cuestión de la negociación colectiva, según el Código del Trabajo todos los sindicatos, independientemente de su representatividad, pueden disfrutar de la negociación colectiva. Ello significa que todos los sindicatos tienen las mismas oportunidades en cuanto a su participación en el proceso de negociación colectiva. En la práctica, en algunas de las mayores empresas del país, como «Belaruskaliy» y la Refinería Petrolera de «Mozyr», han firmado convenios colectivos varios sindicatos afiliados tanto a la FPB como al CSDB. Tras la Conferencia Internacional del Trabajo de 2009 se solventaron cuestiones relacionadas con la negociación colectiva en la empresa «Naftan» y en la Central Eléctrica «Lukoml»: las organizaciones del Sindicato Independiente de Belarús (BITU) y el Sindicato Libre de Belarús se unieron a los convenios colectivos firmados por los empleadores y los sindicatos afiliados a la FPB. Se trata de ejemplos concretos de cooperación entre sindicatos grandes y pequeños, estén o no afiliados a la FPB.

Como consecuencia de la colaboración entre el Gobierno, los interlocutores sociales y la OIT, los empleadores han venido prestando la debida atención a los derechos sindicales y no ha habido quejas de interferencia por parte de los empleadores en los asuntos sindicales. Al mismo tiempo, los tribunales y los fiscales examinaron los alegatos de violaciones de derechos sindicales e impusieron las oportunas reparaciones en los casos en que se probaron las violaciones. A este respecto, la oradora aludió al caso de Soligorsk, en el que el tribunal falló a favor del BITU, ordenando al empleador que transfiriera al sindicato las sumas debidas mediante el sistema de deducción de las cotizaciones sindicales en nómina.

En 2009 no se produjeron casos de denegación infundada de registro, y si bien la oradora confirmó que no se habían registrado tres organizaciones sindicales del Sindicato de Trabajadores de la Radioelectrónica, señaló que esta cuestión fue debatida por el Consejo tripartito y que todos sus miembros, incluidos los representantes del CSDB, apoyaron la decisión. Subrayó que no ha habido casos de denegación de registro por ausencia de domicilio legal. Añadió que la cuestión de la legislación sindical es una de las que el Consejo ha debatido constantemente.

En la reunión del Consejo del 14 de mayo de 2010 se decidió establecer un grupo de trabajo tripartito compuesto por seis personas encargado de examinar las cuestiones planteadas por los miembros del Consejo y de preparar propuestas de decisiones del Consejo teniendo en cuenta las posiciones de todas las partes afectadas.

El Gobierno de Belarús considera que todos estos acontecimientos positivos demuestran su actitud positiva y la coherencia de su acción en pro de la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Esto ya se ha reconocido por la Comisión de Expertos, que se congratuló del compromiso asumido por el Gobierno con el diálogo social. Es evidente que los progresos observados en la 98.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de junio de 2009 fueron de carácter estable y repercutieron realmente en la debida observancia de los derechos sindicales en Belarús.

Los miembros trabajadores agradecieron al Gobierno las informaciones comunicadas verbalmente y por escrito. Recordaron que este caso es objeto de discusión, sin interrupciones, desde 2000 y que el Gobierno dispone de todos los elementos que permitirían el ejercicio de la libertad sindical en conformidad con el Convenio núm. 87 a partir del momento en que la Comisión de Encuesta formuló 12 recomendaciones inequívocas y muy concretas como resultado de su visita de 2003. A pesar de eso, la Comisión de la Conferencia ha reexaminado el caso en varias oportunidades, en particular: en 2007, para tomar debida nota de los progresos alcanzados con relación a ciertas recomendaciones pero también para formular sus preocupaciones sobre el proyecto de ley sobre los sindicatos; en 2008, para manifestar su confianza hacia el Gobierno tomando nota de su compromiso de organizar un seminario sobre la discriminación antisindical con la participación de la OIT, y en 2009 tomando nota del establecimiento del Consejo para el mejoramiento de la legislación en el ámbito social y laboral para abordar los acontecimientos futuros en lo que respecta a la legislación sobre sindicatos y también sobre el compromiso del Gobierno para entablar discusiones sobre propuestas concretas, las que incluirían a miembros del BKDP. Los miembros trabajadores toman nota de que el Gobierno informa sobre reuniones mantenidas en noviembre de 2009 y en mayo de 2010 acerca, en particular, de un plan de acción de aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, pero se interrogan sobre la creación de grupos y de subgrupos en el seno del Consejo.

Los miembros trabajadores observan que las informaciones sobre derechos sindicales proporcionadas por el Gobierno a la Conferencia, ya se mencionaron en el informe de la Comisión de Expertos, en el que se señaló que la cuestión del registro de sindicatos sigue sin estar resuelta a causa de la falta de diálogo. Las instrucciones del Gobierno en relación con el registro de los sindicatos mencionados en las recomendaciones de la Comisión de Encuesta son ambiguas y sólo permitieron registrar algunos sindicatos que obtuvieron un domicilio legal. Esta exigencia de un domicilio legal genera dificultades y continúa obstaculizando, según el CSDB, la constitución y funcionamiento de sindicatos.

Los miembros trabajadores lamentan que el Gobierno se limite a informar sobre la continuación de los trabajos acerca de la legislación sobre los sindicatos sin precisar las medidas adoptadas para modificar el decreto presidencial núm. 2 y los textos adoptados en aplicación de este último, siendo que desde 2003 es objeto de críticas de la Comisión de Encuesta. Además, a pesar de las repetidas manifestaciones de preocupación de la Comisión de Expertos, diferentes sindicatos, y entre ellos el CSDB, todavía se enfrentan a negativas del Gobierno de autorizar piquetes de huelga y reuniones. De ese modo, las disposiciones legislativas que impiden el ejercicio de los derechos sindicales garantizados en el Convenio núm. 87 y en el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) todavía no han sido suprimidas a pesar del tiempo transcurrido. Es difícil, por lo tanto, creer las afirmaciones del Gobierno cuando se refiere a progresos considerables en materia de respeto a los principios de libertad sindical y cuando subraya la coherencia y firmeza de sus acciones para aplicar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Los miembros trabajadores lamentan que, a pesar de este estancamiento, la CNUCED y la Unión Europea intensifiquen los intercambios y la cooperación con Belarús sin tener en cuenta las violaciones de los derechos fundamentales de los trabajadores. No es aceptable que un Gobierno no respete el trabajo de esta Comisión ni de la Organización en general. Las conclusiones de esta Comisión deberían reflejar esta cuestión.

Los miembros empleadores recordaron que este caso grave y que se viene arrastrando desde hace tiempo ha sido examinado cada año desde 2001 y ha resultado en una Comisión de Encuesta. En 2007, el Gobierno cambió de posición, reconociendo que las recomendaciones de la Comisión de Encuesta no tenían por qué ajustarse a las condiciones nacionales, dejando de lado las propuestas legislativas que iban en la dirección equivocada e instaurando el diálogo social. Actualmente, el Gobierno coopera con la OIT y un proceso de diálogo social positivo está en curso. Sin embargo, todavía falta un largo camino por recorrer, por cuanto todavía no se han resuelto cuestiones legislativas fundamentales. Al tiempo que constatan que el Gobierno tiene que hacer frente a los intereses divergentes que no son los de los empleadores y los trabajadores, las recomendaciones de la Comisión de Encuesta se refieren, entre otras cosas, a cuestiones tales como la discriminación antisindical y el registro de sindicatos, que podrían resolverse independientemente de las diferencias de opinión entre los interlocutores sociales. En consecuencia, los miembros empleadores creen que ya es hora de que el Gobierno de Belarús aplique las recomendaciones de la Comisión de Encuesta en la legislación y en la práctica. Esperan que el año próximo sea posible discutir en la Comisión de la Conferencia el contenido de las propuestas legislativas transmitidas a la OIT para que las examine.

El miembro empleador de Belarús declaró que, en opinión de los empleadores de Belarús, las medidas adoptadas por el Gobierno para dar efecto a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta de cara a la mejora de las relaciones con los trabajadores y con miras a la normalización de la situación sindical, han sido constructivas y han redundado en mejoras tangibles de la situación relativa al diálogo social. En particular, el Consejo Tripartito ha venido funcionando en base al consenso y al entendimiento mutuo, pudiendo participar y concluir convenios colectivos todas las organizaciones sindicales. Si bien no se han resuelto todos los problemas, consideró que se han producido progresos continuos en lo que respecta a las cuestiones principales. Los despidos se debieron a la no renovación de los contratos y los trabajadores pudieron buscar en los tribunales una protección contra la discriminación sindical. Aún existen fricciones entre la FPB y el CDTU, pero eso es algo normal para los sindicatos. Los empleadores quieren que el Gobierno mejore el clima a fin de facilitar las actividades empresariales y generar condiciones más favorables para las inversiones extranjeras. Belarús participa en el Programa de Asociación Oriental con la Unión Europea y se espera que siga participando en él. Destacó que la asociación con la Unión Europea es de gran importancia para el desarrollo de la economía de Belarús y para ayudar a que los trabajadores encuentren empleo. Las sanciones impuestas por la Unión Europea han sido tales que han impedido que progresen las pequeñas y medianas empresas. Por consiguiente, hizo un llamamiento para que se eliminaran las sanciones en interés de todos los trabajadores de Belarús.

El miembro trabajador de Belarús explicó que en Belarús hay dos sindicatos. Su organización, la FPB, con sus 28 organizaciones afiliadas, es con mucho la organización sindical más grande. La CSDB no representa más que a algunos millares de trabajadores y se compone de cinco sindicatos. A pesar de ello, ambas centrales sindicales tienen los mismos derechos. Su organización se felicita de la oportunidad de trabajar con todos los sindicatos de Belarús. Subrayó que en su país se han producido algunos acontecimientos positivos: a pesar de la reciente crisis financiera, no ha habido despidos masivos importantes; se han pagado puntualmente las pensiones y los salarios; ha continuado el diálogo social; se han resuelto los problemas en relación con el registro de sindicatos y la negociación colectiva; no ha habido más alegatos de interferencias y abusos, y se ha establecido el Consejo tripartito, que está funcionando. Con respecto a este último, se congratula que todos sus miembros pudieran expresar libremente sus opiniones y de que el Consejo tenga un programa abierto, permitiendo por tanto a los miembros proponerle sus asuntos. Si bien es verdad que el Gobierno puede hacer más y el Consejo podría estar más activo, se ha logrado un avance sustancial. El Gobierno continuará esforzándose por lograr el cumplimiento del Convenio núm. 87 en colaboración con los interlocutores sociales de Belarús y con sus interlocutores internacionales.

Un observador representante de la Confederación Sindical Internacional (CSI) recordó que este año se celebra el décimo aniversario de la presentación ante la OIT del caso núm. 2090. En 2009, la Comisión de la Conferencia señaló los progresos realizados por el Gobierno de Belarús y, en particular, el plan de acción y las primeras mediadas arbitradas de cara a su aplicación. Sin embargo, lamentó tomar nota de que el Gobierno no aprovechó la oportunidad que se le brindó el año anterior. Se ha venido produciendo un aumento del número de violaciones de los derechos sindicales. Los miembros de los sindicatos afiliados al CDTU, aún sufren una discriminación sindical, incluidos los despidos y la no renovación de los contratos de trabajo, presiones y acosos. Ante esta situación, el verdadero problema consiste en conservar las organizaciones sindicales existentes, y establecer y registrar nuevas organizaciones sindicales. El Gobierno ha emprendido deliberadamente una campaña contra los sindicatos independientes, confirmando, así, que no se encuentra preparado para aplicar las recomendaciones de la OIT. El Gobierno rechazó el uso del Consejo Tripartito para discutir en esencia los asuntos relativos a la violación de los derechos sindicales. Como consecuencia, se ha privado a millones de trabajadores de Belarús del derecho de constituir y afiliarse a los sindicatos que estimen convenientes. A pesar de estos antecedentes negativos, dijo que por varias razones no pediría a la Comisión que presentase un veredicto de culpabilidad. En primer término, el puesto de Ministro de Trabajo y Protección Social, ha estado vacante por algún tiempo, lo cual ha afectado, naturalmente, a la aplicación de las recomendaciones de la OIT. En segundo término, a lo largo del año, prosiguió el diálogo social en todos los niveles, con la participación de sindicatos independientes. En tercer término, todas las partes interesadas han realizado esfuerzos comunes para encontrar soluciones acordadas mutuamente. El Gobierno debería mostrar flexibilidad y paciencia y buscar las modalidades de aplicación de todas las recomendaciones.

El miembro gubernamental de España, hablando en nombre de los gobiernos miembros de la Comisión, Estados miembros de la Unión Europea e indicando que el Gobierno de Noruega hace suya esta declaración, expresó su preocupación por la situación de la libertad sindical y del derecho de sindicación y de negociación colectiva en Belarús. Se felicitó del seminario celebrado en 2009 conjuntamente con la OIT sobre la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, así como del plan de acción adoptado por el Consejo Nacional de Trabajo y Asuntos Sociales, de carácter tripartito. Aunque toma nota de las medidas positivas adoptadas por el Gobierno para aplicar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta y las conclusiones de la Comisión de la Conferencia de 2009, la Unión Europea estima que la situación actual no asegura todavía el pleno cumplimiento de los convenios de la OIT. Es de lamentar que la legislación nacional no garantice todavía el derecho de los trabajadores a organizar sus actividades sin interferencias de las autoridades públicas y que se siga entorpeciendo la creación de sindicatos mediante el requisito del domicilio legal. La Unión Europea también expresa su preocupación por las violaciones de los derechos humanos ocurridas desde comienzos de 2010, como el acoso a las minorías nacionales, la imposición de varias penas de muerte y las irregularidades ocurridas durante las elecciones locales del 25 de abril de 2010. Es necesario que el Gobierno de Belarús atienda las preocupaciones relacionadas con la democracia, la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales en el país. En la política futura de la UE con respecto a Belarús se tendrán en cuenta las conclusiones adoptadas por esta Comisión de la Conferencia.

La Unión Europea exhorta al Gobierno a que asegure la libertad sindical simplificando el procedimiento de registro que deben seguir los sindicatos y suprimiendo la prohibición de actividades por parte de asociaciones no registradas. Reiterando su disposición a colaborar con las autoridades de Belarús, la Unión Europea urge al Gobierno a que aplique el Convenio núm. 87 en estrecha colaboración con los interlocutores sociales y con asistencia de la OIT.

El miembro gubernamental de la República Bolivariana de Venezuela declaró que es necesario tener en cuenta los aspectos positivos y que implican progreso en el marco de la implementación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. En ese sentido, citó el Plan de Acción de 2009 para aplicar dichas recomendaciones, adoptado de manera tripartita, y la creación del Consejo Nacional de Trabajo y Asuntos Sociales y del Consejo para el mejoramiento de la legislación en el ámbito social y laboral, ambos tripartitos. Recordó que en la 98.ª reunión de la CIT la Comisión de Aplicación de Normas reconoció progresos en el caso y que en el informe de la Comisión de Expertos publicado en 2010 se destacan con interés avances relativos al registro de organizaciones sindicales y tomó nota de desarrollos legislativos con base a los Convenios núms. 87 y 98, todo lo cual se ha considerado de manera tripartita. Subrayó que su Gobierno considera que continúan los progresos y que la Comisión de Normas debería destacarlos en las conclusiones, con la plena confianza de que esos avances proseguirán.

La miembro trabajadora de Polonia observó que la situación en Belarús no ha cambiado significativamente ni en la legislación ni en la práctica y que los esfuerzos realizados por el Gobierno tienen como objeto cuestiones técnicas y no el fondo de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Los esfuerzos del Gobierno se centran en hablar de medidas en lugar de tomarlas. Se trata de un caso de «proceso» más que de «progreso», como lo muestran el que continúen los obstáculos al registro de sindicatos en virtud del decreto núm. 2 y las presiones que se ejercen sobre los sindicatos independientes mediante el sistema de contratos a corto plazo. En suma, la legislación y la práctica no han cambiado en Belarús de manera que aseguren un entorno propicio para la actividad sindical independiente y el diálogo social. Es cierto que es mejor poco diálogo social que ninguno, pero aún es necesario desarrollarlo y reforzarlo. El Gobierno tiene que hacer mucho más por mejorar la situación de los trabajadores, y en especial: i) aplicar plenamente las recomendaciones de la Comisión de Encuesta; ii) modificar el decreto núm. 2 sobre el registro de sindicatos con el fin de asegurar que se garantice efectivamente el derecho de sindicación; iii) mejorar las medidas jurídicas y administrativas para que los trabajadores disfruten de los derechos consagrados en el convenio sin ninguna discriminación en la legislación ni en la práctica; iv) asegurar la autenticidad del diálogo social y que éste trate cuestiones de fondo con la participación de todos los interlocutores sociales, y que el mecanismo tripartito establecido para ocuparse de los derechos sindicales esté cumpliendo plenamente su función, y v) poner fin inmediatamente al acoso y a la discriminación contra las organizaciones sindicales independientes, en especial mediante el uso masivo de contratos a corto plazo.

La miembro gubernamental de los Estados Unidos señaló que, aunque su Gobierno cree que ha avanzado considerablemente en la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, sigue a la espera de pruebas firmes y progresos tangibles a este respecto. A la oradora le preocupa que los trabajadores sigan encontrando obstáculos para el registro de sindicatos, particularmente con respecto al requisito del domicilio legal, y que se impida a los sindicatos organizar piquetes y reuniones, organizar sus actividades y defender sus intereses profesionales. A pesar de las peticiones de los órganos de control, no se han modificado las disposiciones jurídicas en cuestión. Se insta al Gobierno a que en su momento tome las medidas necesarias para garantizar el derecho de sindicación en la legislación y en la práctica. A tal objeto, la oradora alienta al Gobierno a que siga colaborando estrechamente con los interlocutores sociales y con la OIT, de modo que la Comisión de Expertos esté el año próximo en condiciones de evaluar resultados positivos sostenibles. El Gobierno de los Estados Unidos espera que llegue el día en que el respeto pleno de la libertad sindical sea una realidad en Belarús, sin obstáculos al derecho de los trabajadores a afiliarse a un sindicato, registrar sus sindicatos y expresar sus opiniones sin amenazas de injerencia o de represalias.

El miembro gubernamental de la Federación de Rusia declaró que resulta evidente que se ha hecho un claro y sustancial progreso en la aplicación de las normas internacionales del trabajo y las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Los interlocutores sociales han mantenido un diálogo constructivo sobre una variedad de temas que incluyan la aplicación de las recomendaciones de la OIT. Se organizó en Minsk un seminario tripartito, con la cooperación de la OIT, sobre la libertad sindical, el diálogo social y la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. En seguimiento del Plan de Acción elaborado con la asistencia de la OIT, se comisionó al Consejo de mejora de la legislación en la esfera social y laboral para examinar la cuestión del registro de sindicatos y la protección contra los actos de discriminación antisindical. En sus reuniones de 2009-2010, el Consejo examinó varias quejas relativas a la negativa de registro y despidos antisindicales y examinó la cuestión de la legislación sindical. De conformidad con la decisión del Consejo, se han mejorado los procedimientos para el registro de sindicatos de primer nivel, se ha reintegrado a algunos sindicalistas y se estableció en el marco del Consejo un grupo de trabajo tripartito con el fin de elaborar propuestas para mejorar la legislación sindical. Se ha alcanzado un progreso sustantivo sobre la base de la colaboración social. El Gobierno ha iniciado una cooperación sincera y constructiva con la OIT tal como ha demostrado en repetidas ocasiones por medio de sus acciones.

La miembro gubernamental de Suiza apoyó la declaración del miembro gubernamental de España en nombre de los gobiernos de los Estados miembros de la Unión Europea.

El miembro gubernamental del Canadá lamentó observar que el Gobierno sigue ignorando los principios de los derechos humanos y la democracia, incluido el derecho de los trabajadores a sindicarse y a defender pacíficamente sus intereses profesionales. Instó al Gobierno a examinar el requisito del domicilio legal en la legislación nacional, que continúa siendo un obstáculo para la constitución y el funcionamiento de sindicatos independientes. Además, pidió al Gobierno que cree un entorno democrático suprimiendo todos los obstáculos al desarrollo de sindicatos democráticos y eliminando las restricciones a la libertad sindical y de opinión para todos los sectores de la sociedad civil. El Gobierno también debería adoptar en su totalidad las recomendaciones de los órganos de control y responder a sus peticiones.

El miembro gubernamental de la India consideró que el desarrollo del diálogo tripartito, la promoción de las normas de la OIT y la protección de los derechos sindicales constituyen algunas de las medidas alentadoras adoptadas por el Gobierno de Belarús en aplicación del Convenio núm. 87. El Consejo Nacional de Trabajo y Asuntos Sociales y el Consejo de mejora de la legislación en la esfera social y laboral han sido reforzados, a la vez que se integran de manera más representativa. Además, el acuerdo general de cooperación para 2009-2010, adoptado como resultado del diálogo social y el tripartismo ha dado lugar a un plan de acción útil para la implementación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. El modo en que el Gobierno de Belarús ha incluido a los interlocutores sociales en este proceso demuestra un enfoque útil y participativo que debe ser alentado. El miembro gubernamental de la India concluyó señalando que el compromiso constructivo y la cooperación del Gobierno de Belarús, así como el progreso alcanzado hacia el cumplimiento del Convenio núm. 87, son alentadores y elogió a la OIT por su cooperación técnica y su asistencia en los esfuerzos del Gobierno para cumplir las recomendaciones de la Comisión de Encuesta.

La miembro gubernamental de la República Islámica del Irán consideró que el Gobierno de Belarús ha demostrado su determinación en aplicar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta y en cumplir con las disposiciones pertinentes del Convenio núm. 87 por medio de la atmósfera de diálogo constructivo existente, la consulta con los interlocutores sociales, los esfuerzos para poner su legislación sindical en conformidad con los convenios de la OIT pertinentes y una cooperación constructiva con las diversas misiones de la OIT y de la CSI. Junto con la Comisión de Expertos, su Gobierno aprecia el compromiso continuo del Gobierno de Belarús con el diálogo social y alienta a la Comisión a tomar nota de manera positiva del progreso alcanzado por el Gobierno de Belarús hacia el cumplimiento del Convenio núm. 87.

La miembro gubernamental de China declaró que el Gobierno ha prestado mucha atención a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta y ha aplicado el Plan de acción correspondiente. Asimismo, ha realizado esfuerzos y progresos para reforzar y salvaguardar los derechos sindicales y el tripartismo, el diálogo social y la negociación colectiva. La Comisión debería tomar nota de la sincera determinación del Gobierno para reforzar su cooperación con la OIT para mejorar la aplicación del Convenio.

La representante gubernamental destacó que su Gobierno está muy abierto al diálogo y que considerará todos los asuntos que se están discutiendo como una orientación para sus futuras acciones. El Gobierno entiende que no tiene que escatimar esfuerzos para mejorar la legislación y solucionar las dificultades que surgen en la práctica. El Consejo Tripartito desempeñará un papel instrumental al respecto. Ya se han discutido los asuntos mencionados en las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, incluido el asunto de la mejora de la legislación. Reconoce la dificultad para llegar a decisiones unánimes y la existencia de algunas divergencias de opinión, especialmente respecto de la cuestión de la representatividad sindical y de la obligación impuesta a los empleadores de dotar a los sindicatos de locales sindicales. En éstos y otros asuntos, si bien el Gobierno podría haber adoptado decisiones independientes, prefirió tener en cuenta los intereses de todas las partes interesadas. Por consiguiente, decidió establecer, dentro del Consejo, un grupo de trabajo tripartito responsable del examen de los asuntos planteados por sus miembros y de la elaboración de documentos de información que tengan en cuenta las opiniones de todas las partes interesadas. Resaltó que su Gobierno tiene un gran respeto por la OIT y los procedimientos de sus órganos de control, que siempre cumplió con sus obligaciones de presentación de memorias, que ha colaborado con la OIT y cuenta con que se lleven a cabo varias misiones y con que se organicen seminarios conjuntos. El apoyo de la OIT al diálogo constructivo ha fortalecido la autoridad del Consejo Tripartito. Además de los recursos judiciales ordinarios, el Consejo puede garantizar una protección de los trabajadores contra los actos de discriminación y llamó a los interlocutores sociales para que examinen esos casos en el marco del Consejo. Por último, indicó que la Comisión de Expertos valora el compromiso del Gobierno con el diálogo social y aseguró que el Gobierno seguirá adoptando todas las medidas necesarias para estar a la altura de la elevada evaluación de la Comisión de Expertos.

Los miembros empleadores señalaron que hay motivos para ser optimistas, habida cuenta en particular de los acontecimientos que ocurrieron desde 2007. Sin embargo, la situación actual puede evolucionar de diversos modos, o se avanza tal y como se ha hecho hasta ahora, a un ritmo gradual, paso a paso, o el Gobierno redobla sus esfuerzos para garantizar el cumplimiento de las disposiciones del Convenio. Señalaron que el diálogo social debe continuar, ya que es esencial avanzar hacia un consenso tripartito. Al tiempo que tomaron nota de que el diálogo social requiere mucho tiempo, y de que no siempre logran resultados concretos o que puedan aplicarse de modo general, subrayaron que la plena aplicación del Convenio sólo se puede garantizar mediante la adopción y la aplicación estricta de los estatutos y los reglamentos necesarios. Por consiguiente, instaron a un cambio en la legislación como medida de urgencia para aplicar las 12 recomendaciones de la Comisión de Encuesta.

Los miembros trabajadores indicaron que tomaron nota de la asistencia propuesta por la Unión Europea y observaron que en un primer momento pensaron solicitar que se incluyera el caso en un párrafo especial del informe, dadas las numerosas promesas del Gobierno que no han sido cumplidas hasta ahora. Sin embargo, no formularán dicha solicitud a fin de otorgar por última vez un poco de tiempo al Gobierno. Los elementos que permiten avanzar hacia la solución negociada del problema incluyen en particular las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, las consultas mantenidas con la Oficina hasta 2007 y las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical. El Gobierno debe por lo tanto continuar colaborando con la Oficina y dialogando con todos los interlocutores sociales incluidos los sindicatos que no están afiliados a la FSB con el fin de llevar a cabo las modificaciones legislativas necesarias con miras a la aplicación del Convenio.

Conclusiones

La Comisión tomó nota de la información escrita y oral facilitada por el representante gubernamental, así como de la discusión que tuvo lugar a continuación.

La Comisión tomó nota de la información facilitada por el representante gubernamental en relación con la evolución que ha tenido lugar desde el debate sobre el caso el año pasado. En particular, la Comisión tomó nota de que se llevaron a cabo en noviembre de 2009 y mayo de 2010 dos reuniones del Consejo Nacional Tripartito sobre Cuestiones Laborales y Sociales durante las cuales se discutieron las cuestiones de registro de sindicatos, legislación sindical y negociación colectiva. El Gobierno explicó que los miembros del Consejo decidieron recientemente conformar un grupo de trabajo — que incluirá a representantes de la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB) y del Congreso de Sindicatos Democráticos (CSDB) y asociaciones de emperadores — que se encargará de examinar las cuestiones planteadas por los miembros del Consejo y de preparar sugerencias para las decisiones del Consejo, teniendo en cuenta las posiciones de todas las partes interesadas.

La Comisión tomó nota con interés de que como resultado del trabajo del Consejo Tripartito, el sindicato de base de la empresa «Belshina» en Bobruisk fue registrado en octubre de 2009 y que organizaciones afiliadas al CSDB y la FPB concluyeron convenios colectivos en la empresa «Naftan» y en la Estación Eléctrica Lukoml.

Al tiempo que tomó nota de esta información, la Comisión lamentó que por el momento no existe una propuesta concreta para modificar el decreto presidencial núm. 2 relativo al registro de sindicatos, la Ley de Actividades de Masas o el decreto presidencial núm. 24 relativo al uso de ayuda extranjera gratuita, tal como lo pidió la Comisión de Encuesta hace seis años. La Comisión recordó el vínculo intrínseco entre la libertad sindical y la democracia, y en particular confió en que el decreto presidencial núm. 2 será modificado o derogado de manera de eliminar los obstáculos que aún dificultan el espacio del derecho de organización.

En vista del compromiso continuo al diálogo social expresado por el Gobierno, la Comisión le alentó a que intensifique sus esfuerzos para garantizar sin demora una plena aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, en estrecha colaboración con todos los interlocutores sociales y con la asistencia de la OIT. La Comisión espera que el Gobierno facilite información detallada en relación con las modificaciones propuestas a las leyes y decretos antes mencionados, así como sobre el plan de duración determinada solicitado el año pasado, a la Comisión de Expertos para que pueda examinarla en su reunión de este año y confió en que en su reunión del próximo año esta Comisión pueda constatar progresos significativos en relación con todas las cuestiones pendientes.

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