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Individual Case (CAS) - Discussion: 2013, Publication: 102nd ILC session (2013)

Freedom of Association and Protection of the Right to Organise Convention, 1948 (No. 87) - Belarus (Ratification: 1956)

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2013--Belarus-C87-Es

El Gobierno comunicó la siguiente información escrita.

En los últimos años, las relaciones entre los interlocutores sociales se han estabilizado considerablemente. El 1.º de enero de 2013, había en Belarús 554 acuerdos (un acuerdo general, 47 acuerdos salariales sectoriales y 506 acuerdos locales) y 18 351 convenios colectivos en vigor; existían 319 consejos para cuestiones laborales y sociales a diversas escalas (nacional, sectorial, provincial, de distrito y municipal). En los últimos diez años, el número de acuerdos ha aumentado en un 50 por ciento y el de convenios colectivos en un 40 por ciento, mientras que el número de consejos se ha duplicado.

Todas las partes interesadas están esforzándose por cumplir las recomendaciones formuladas por la Comisión de Encuesta, en particular, la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB), el Congreso de Sindicatos Democráticos de Belarús (CSDB) y las asociaciones de empleadores. A este respecto, es preciso destacar el papel favorable que ha desempeñado el Consejo para la mejora de la legislación en los ámbitos social y laboral (el Consejo), que ya se ha reunido dos veces en 2013, el 26 de marzo y el 30 de mayo.

En 2012, no hubo casos de sindicatos a los que se denegase el registro. En la República de Belarús no ha habido casos de ciudadanos a los que se haya sancionado a raíz de una acusación relativa a delitos administrativos o penales respecto de actividades sindicales. Esa cuestión está siendo objeto de una supervisión especial por parte del Estado. Todas las denuncias se examinan minuciosamente. Los resultados indican que los casos de activistas sindicales a los que se ha acusado de haber cometido delitos administrativos que ha mencionado el CSDB no están en modo alguno relacionados con las actividades sindicales de las personas implicadas. En cuanto a los casos de los Sres. Kovalkov y P. Stanevsky, a los que se ha referido el CDTU, al Sr. Kovalkov se le acusó de un delito administrativo y se le sancionó con una multa de 35 000 rublos (unos 3 euros) por una infracción administrativa en virtud del artículo 18.14 del Código de Delitos Administrativos de la República de Belarús (incumplimiento de señales de tráfico e infracción de las normas relativas al transporte de viajeros). El Sr. Kovalkov no fue puesto en arresto administrativo. El Sr. Stanevsky, según la información ofrecida por el Ministerio del Interior, se encontraba en un lugar público cercano al 38 de la calle Serdich (en Minsk) cuando comenzó a faltarle el respeto a las personas que estaban a su alrededor e insultar a los transeúntes. El Sr. Stanevsky hizo caso omiso a las repetidas advertencias de los agentes de policía y se puso agresivo. Los agentes de policía emplearon la fuerza y esposaron al Sr. Stanevsky para poner fin a la situación. El 21 de abril de 2011, el Tribunal de Distrito de Frunzensky, en Minsk, condenó al Sr. Stanevsky a arresto administrativo durante ocho días por haber cometido un delito administrativo en virtud del artículo 17.1 del Código de Delitos Administrativos (actos de vandalismo leves).

Con respecto al cumplimiento por parte del sindicato de las disposiciones del decreto presidencial núm. 24 relativo a la recepción y el uso de ayuda directa extranjera (28 de noviembre de 2003), en 2012, la FPB y la representación provincial de Mogilev del Sindicato de Trabajadores del Sector Agrícola (ASWU) de Belarús registraron ayuda directa extranjera destinada a servicios sociales por valor de 23 031 dólares de los Estados Unidos, ante el Departamento de Actividades Humanitarias de la Presidencia de la República de Belarús. No ha habido casos de sindicatos a los que se haya denegado el registro de ayuda directa extranjera. Por consiguiente, y a pesar de una serie de conflictos sin resolver, en los últimos años se ha observado una clara tendencia a la estabilización en Belarús. La tensión entre los interlocutores sociales ha disminuido. Por supuesto, sigue habiendo un número considerable de cuestiones polémicas. Sin embargo, es evidente que esto forma parte del proceso de diálogo social que en ningún país está exento de dificultades.

El Gobierno de la República de Belarús y los interlocutores sociales otorgan la máxima prioridad a la mejora de la legislación de conformidad con las recomendaciones formuladas por la Comisión de Encuesta. Así pues, en una reunión del Consejo para la mejora de la legislación en los ámbitos social y laboral, celebrada el 20 de mayo de 2013, en la que se debatieron las medidas que Belarús había adoptado para dar cumplimiento a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta y las propuestas de acción futura, se planteó la necesidad de suprimir la prescripción según la cual, para crear un sindicato, es preciso que al menos el 10 por ciento de los trabajadores de la empresa participe en su constitución. Dicha prescripción figura en el decreto presidencial núm. 2 sobre ciertas medidas destinadas a regular la actividad de los partidos políticos, sindicatos y otras organizaciones de carácter público, de fecha 29 de enero de 1999 (en adelante, el decreto núm. 2). El Consejo aprobó la propuesta del Gobierno de suprimir esta disposición en el decreto núm. 2 y encomendó al Ministerio de Trabajo y Protección Social, que actúa en calidad de secretaría del Consejo, que informara al Gobierno de la República de Belarús al respecto, con miras a la adopción de las medidas pertinentes. El 4 de junio de 2013, el Ministerio de Trabajo y Protección Social remitió esa propuesta al Consejo de Ministros. En consecuencia, se han adoptado medidas concretas para aplicar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta sobre la mejora de la legislación relativa al registro de los sindicatos. Es importante destacar que el Gobierno de Belarús está abierto al diálogo y el debate con los interlocutores sociales y la OIT sobre cualquier asunto que se considere problemático. A este respecto, se declara favorable a la celebración de un seminario, conjuntamente con los interlocutores sociales y la OIT, sobre la promoción del diálogo social en la República de Belarús, para definir las medidas que se podrían adoptar en el futuro para aplicar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. El Gobierno de Belarús ha propuesto reiteradamente a la OIT y a los interlocutores sociales que se celebre ese seminario en el marco de la labor del Consejo para la mejora de la legislación en los ámbitos social y laboral.

Además, ante la Comisión, una representante gubernamental, refiriéndose a la información escrita, añadió que los sindicatos son las organizaciones más importantes de la sociedad y cuentan en sus filas con un 90 por ciento de miembros activos. Su Gobierno apoya y pone en práctica los principios del pluralismo sindical. La ley garantiza el derecho de toda persona a afiliarse, sin autorización previa, a cualquier sindicato, a condición de respetar los estatutos. Los dos sindicatos que actúan en el país — la FSB y el CSDB — participan en el diálogo social, en los consejos consultivos y en el desarrollo y la conclusión de convenios colectivos. Tanto si son grandes como si son pequeños, los sindicatos pueden participar en las negociaciones colectivas como lo demuestran las negociaciones en dos grandes empresas, donde participaron las dos organizaciones en la elaboración del convenio colectivo. Las recomendaciones de la Comisión de Encuesta proporcionan una guía para el Gobierno y los interlocutores sociales para desarrollar una cooperación constructiva y en los últimos años se observa una tendencia positiva; en 2012 no hubo ningún caso de rechazo de registro de un sindicato. El Gobierno presta especial atención a las cuestiones relativas de los directivos de empresas en los asuntos internos de los sindicatos, independientemente de su tamaño y de su afiliación, y la Ley de Sindicatos garantiza la independencia de los sindicatos en el ejercicio de sus funciones; toda obstrucción en la materia está sancionada penalmente. Si el convenio colectivo lo prevé, la ley autoriza que el empleador coopere con los sindicatos para resolver ciertas cuestiones.

En cuanto al diálogo social, hay que señalar el papel positivo desempeñado por el Consejo Tripartito, que funciona con su nueva composición desde 2009, con siete miembros representantes de cada uno de las tres partes, incluyendo representantes del FSB y del CSDB. El Consejo cumple una actividad de órgano independiente basado en el principio del pluralismo en el que cada parte podrá proponer la inclusión en el orden del día de temas de actualidad relacionados con el derecho a la libertad sindical con vistas a su resolución. Las reuniones celebradas en 2013 tuvieron en cuenta las propuestas del FSB y del CSDB. La propuesta del FSB de modificar las disposiciones legales sobre la celebración de convenios colectivos, se ha traducido en la creación de un grupo de trabajo tripartito encargado de presentar propuestas en la materia. Por su parte, el CSDB propuso discutir sobre la situación de la empresa Granit. Esas reuniones fueron una oportunidad para un intercambio constructivo de puntos de vista y demostraron una vez más la heterogeneidad de la situación actual. Modificar la legislación no es un proceso fácil, debido a la necesidad de encontrar soluciones equilibradas aceptables para todas las partes. Dicho esto, el Gobierno se da cuenta de la necesidad de avanzar en la implementación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta en lo que respecta a las cuestiones legislativas. El Consejo Tripartito, es el órgano más adecuado para tratar estas cuestiones que fueron examinadas en la última reunión de dicho Consejo, celebrada el 30 de mayo de 2013. En dicha ocasión este Consejo apoyó la propuesta del Gobierno de modificar el decreto presidencial núm. 2 eliminando el requisito mínimo de 10 por ciento de los trabajadores de la empresa para formar un sindicato. En esta etapa, el Gobierno y los interlocutores sociales necesitan el apoyo de la OIT para celebrar un seminario tripartito sobre el tema del desarrollo del diálogo social y el tripartismo, ya propuesto por el Gobierno en 2011 pero que aún no se pudo realizar porque el CSDB se opuso al seminario con la participación de la OIT. Pero ese seminario podría resultar útil para el desarrollo del diálogo social en el país como el seminario de 2009 celebrado en Minsk, junto con la OIT, la Confederación Sindical Internacional (CSI) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE), lo que llevó a la creación del Consejo para la Mejora de la Legislación en los Ámbitos Social y Laboral.

El Gobierno respeta los principios en que está basada la OIT y los procedimientos relacionados con las normas internacionales del trabajo y aprecia mucho la cooperación de la OIT que ha contribuido a menudo a acercar las distintas posiciones involucradas. El Gobierno está abierto al diálogo y dispuesto a discutir todos los temas que plantean problemas. Es plenamente consciente de que las tareas que le corresponden según las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, no se han realizado plenamente todavía y esto no implica una pausa, sino que se propone realizar todos los esfuerzos necesarios para lograr relaciones constructivas con los interlocutores sociales y desarrollar la cooperación de la OIT.

Los miembros trabajadores declararon que era desalentador tratar una vez más este caso, después de más de 20 años de comentarios de la Comisión de Expertos que concluyen en el no respeto de los principios del Convenio núm. 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, así como del Convenio núm. 98 sobre el derecho de sindicación y la negociación colectiva. También fueron numerosas las conclusiones adoptadas por la Comisión de Aplicación de Normas frente a las carencias del Gobierno para intensificar sus esfuerzos para que la libertad sindical y el respeto de las libertades públicas estén plenamente garantizados. Las quejas ante el Comité de Libertad Sindical son igualmente numerosas. En 2003, una queja basada en el artículo 26 de la Constitución ha dado lugar a una Comisión de Encuesta cuyo informe contenía 11 recomendaciones preconizando, especialmente, que los sindicatos libres e independientes puedan tener el lugar que les corresponde en su calidad de actores del desarrollo económico y social del país. En 2010, con ocasión del examen de la situación en Belarús en virtud del Convenio núm. 87, la Comisión de Aplicación de Normas tomó nota de una serie de progresos en apariencia positivos en relación con el Consejo y sobre el registro de ciertos sindicatos. Sin embargo, la Comisión lamentó la falta de una propuesta concreta de modificación del decreto presidencial núm. 2 sobre el registro de los sindicatos, de la Ley núm. 24 sobre las Actividades de Masa y del decreto presidencial relativo a la ayuda extranjera gratuita, como lo solicitó la Comisión de Encuesta. En 2011, la Comisión discutió nuevamente el caso de Belarús en el marco del Convenio núm. 98 y lamentó los nuevos alegatos sobre la injerencia en las actividades sindicales, las presiones y el acoso, declarándose preocupada por el hecho de que la determinación de la representatividad de los sindicatos sólo puede tener significado si el Gobierno adopta las medidas necesarias para garantizar el pleno respeto de la libertad sindical de todos los trabajadores, así como de las garantías relativas al registro de las organizaciones de los trabajadores libremente escogidas y la promoción de su derecho a la negociación colectiva. La Unión Europea se declaró igualmente preocupada por la situación de no respeto de los derechos humanos en Belarús, insistiendo sobre la necesidad de poner fin al acoso de los miembros de la oposición y de la sociedad civil y decidió adoptar medidas restrictivas a fin de mantener la presión sobre el país, al menos hasta octubre de 2013. Ahora bien, teniendo en cuenta que los derechos garantizados por los Convenios núms. 87 y 98 son derechos humanos, su respeto representa una condición para levantar eventualmente las medidas de restricción.

Se refirieron a la declaración de los miembros empleadores quienes subrayaron que en 2012 el Gobierno no había deseado comunicar espontáneamente un informe respondiendo a las múltiples observaciones de la Comisión de Expertos. Su memoria de este año no contiene, una vez más, ninguna información nueva relativa a la puesta en práctica de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta de 2004. El Comité de Libertad Sindical está profundamente preocupado frente a la falta de cooperación del Gobierno. La situación experimenta una regresión frente a la débil esperanza suscitada con ocasión de la discusión de 2010, la voluntad política de cooperar con la OIT está ausente y se trata más bien de destruir el sindicalismo independiente.

La solicitud de modificación del decreto presidencial núm. 2 para el registro de los sindicatos y su reglamento de aplicación no ha sido acogida favorablemente por el Gobierno manteniéndose el umbral mínimo necesario del 10 por ciento del efectivo de las empresas. Según la nueva interpretación del párrafo 3 del decreto núm. 2 parecen presentarse otros obstáculos para el registro y el derecho de elegir libremente a los representantes sindicales y de organizar su gestión. Otros casos merecen mencionarse. La dirección de la empresa Granit se negó, violando el Convenio, a otorgar el domicilio legal exigido por el decreto presidencial núm. 2 a una nueva organización de base, el Sindicato Independiente de Belarús (BITU); los sindicatos independientes han visto rechazado su registro, a saber, el Razam Union y Delta Style, y se ha despedido a todos los dirigentes de los sindicatos independientes de varias empresas; el CSDB ha recurrido al Consejo Nacional de Trabajo y Asuntos Sociales por un caso de rechazo de inscripción de un sindicato de base fundándose en el umbral del 10 por ciento, siendo que la regla del mínimo del 10 por ciento del efectivo ya mencionado, no se aplica a los sindicatos de base; el recurso sistemático a los contratos de trabajo temporales para controlar mejor a los trabajadores a fin de bloquear el desarrollo de los sindicatos independientes; la existencia de prácticas asimilables al trabajo forzoso que se producen en la industria de transformación de la madera.

Para concluir, los miembros trabajadores insistieron sobre el hecho de que este caso merece toda la atención de la Comisión ya que se juega la credibilidad de los mecanismos de control de la OIT por una parte, y el respeto de los trabajadores afiliados a los sindicatos independientes. La Unión Europea, que ha manifestado su reprobación en lo relativo a las cuestiones examinadas, se encuentra igualmente preocupada por los trabajos de la Comisión, la que deberá mostrarse muy firme sobre la obligación del Gobierno de intensificar sus esfuerzos para asegurar que la libertad sindical y el respeto de las libertades públicas estén plenamente garantizados, tanto en el derecho como en la práctica.

Los miembros empleadores indicaron que, cuando el presente caso se discutió en la reunión de la Comisión en 2007, observaron un aparente cambio de actitud en el Gobierno con respecto a los problemas planteados. En esa ocasión, el Gobierno reconoció que no era necesario adaptar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta a las condiciones nacionales, abandonó las propuestas legislativas que apuntaban en una dirección errónea e instituyó el diálogo social. Después de la discusión del caso en 2010, los miembros empleadores tuvieron la impresión de que el Gobierno había cooperado con la OIT y que el proceso de diálogo social estaba positivamente encaminado. Sin embargo, observaron que queda aún mucho por hacer y que no se han resuelto los problemas legislativos fundamentales. Aunque el Gobierno se enfrentaba a los intereses contradictorios de los empleadores y los trabajadores, las recomendaciones de la Comisión de Encuesta abordaban las cuestiones relativas a la discriminación antisindical y el registro de los sindicatos. Los miembros empleadores estiman que ha llegado la hora de que Belarús aplique las recomendaciones de la Comisión de Encuesta en la legislación y en la práctica.

Señalaron que los comentarios más recientes de la Comisión de Expertos constituyen un seguimiento de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Los miembros empleadores desearon recordar, no obstante, que la Comisión de Expertos ha formulado observaciones sobre las disposiciones del Código del Trabajo que tratan del derecho de huelga, incluso si no hay consenso en la Comisión de la Conferencia en cuanto a si el derecho de huelga está reconocido en el texto del Convenio núm. 87. Los miembros empleadores plantearon claramente su postura sobre esa cuestión durante la discusión este año sobre el Estudio General y el Informe General de la Comisión de Expertos el año anterior y consideran que esos puntos no pueden recogerse en las conclusiones de la Comisión de la Conferencia. La Comisión de Expertos observó con pesar que la memoria del Gobierno no contiene ninguna información nueva sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta o las peticiones de la Comisión de la Conferencia. La Comisión de Expertos ha urgido al Gobierno a que tome las medidas necesarias para modificar el decreto presidencial núm. 2 de tal forma que se supriman los obstáculos existentes para el registro de los sindicatos, aunque no se ha facilitado ninguna información al respecto. Los miembros empleadores expresaron profunda preocupación por el hecho de que el Gobierno no ha suministrado la información relativa al decreto presidencial núm. 2, por lo que asumen que no se han adoptado medidas tangibles para su modificación. Sin embargo, acogieron con agrado las indicaciones del representante del Gobierno según las cuales el Consejo Tripartito está funcionado nuevamente desde 2009, que las relaciones entre los interlocutores sociales se ha estabilizado y que se han concluido una serie de convenios colectivos. También señalaron que en 2012 no se registraron casos de denegación del registro de sindicatos y que el Gobierno ha manifestado su disposición a entablar un diálogo con los interlocutores sociales y la OIT. Sugirieron asimismo que se organice un seminario para examinar las medidas que se podrían adoptar en el futuro para dar cumplimiento a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta.

Los miembros empleadores observaron con profundo pesar que, al parecer, no ha habido ningún avance sustancial en lo tocante a la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Por consiguiente, instaron al Gobierno a que tome las medidas necesarias, en consulta con los interlocutores sociales, para garantizar la libertad sindical en la legislación y en la práctica. Pidieron al Gobierno que intensifique su cooperación con los interlocutores sociales con ese fin y que solicite el asesoramiento especializado y la asistencia de la OIT. Es también imprescindible que el Gobierno presente una memoria sobre las medidas adoptadas. Lamentaron constatar que el progreso que se esperaba obtener en el momento en que el caso fue abordado por última vez en la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia no se ha alcanzado, y subrayaron que es hora de pasar de las palabras a los hechos. Dijeron que esperan poder observar cambios en la situación en el futuro inmediato.

El miembro empleador de Belarús indicó que se ha avanzado en la implementación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, incluso en relación con la adaptación de la legislación nacional, así como en la elaboración de una reglamentación más detallada con respecto a las relaciones entre los interlocutores sociales. Mencionó la igualdad de trato para todos los sindicatos; la elegibilidad de todos los sindicatos para participar en la negociación colectiva, incluido el CSDB y la aplicación de la Ley sobre Despidos Injustificados a todos los trabajadores con independencia de su afiliación a determinado sindicato. Los sindicatos también participan activamente en la mejora de la legislación en el Consejo Nacional de Asuntos Laborales y Sociales, y han participado en la elaboración y aplicación de la política nacional en materia de salarios y condiciones de trabajo. Consideró que el diálogo social ya se aplica sistemáticamente en el país e indicó que la continuación de la asistencia técnica, que ya se prestó en el Seminario sobre normas internacionales del trabajo, contribuirá a comprender mejor el diálogo social. Dadas las condiciones actuales y los problemas que enfrenta el país, no pueden justificarse las sanciones. Hizo votos para que el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos y la Unión Europea levanten las sanciones y refiriéndose al proyecto de cooperación «Eastern Partnership», expresó la esperanza de que se normalicen las relaciones entre Belarús y la Unión Europea. Los empleadores reconocieron que el umbral del 10 por ciento para constituir un sindicato constituye un problema, e indicaron que debe haber una decisión que tenga en cuenta los intereses tanto de los empleadores como de los trabajadores. Por último, pidieron que la Comisión haga una evaluación realista en lo tocante al desarrollo del diálogo social en el país.

El miembro trabajador de Belarús recordó que hace casi 10 años que la OIT había formulado recomendaciones sobre la libertad sindical en Belarús y el Gobierno no ha dejado de trabajar para ponerlas en práctica. Indicó que la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB) cuenta con más de 4 millones de afiliados, lo que equivale a casi la mitad de la población del país, y que no se la puede comparar con organizaciones sindicales sumamente pequeñas. Si bien en 2002 no existía un diálogo social ni convenios colectivos, actualmente se encuentran en vigor más de 550 acuerdos salariales y más de 18 000 convenios colectivos en el país. No obstante, pese a las invitaciones de la FPB, los demás sindicatos tienen una participación muy reducida en la negociación colectiva. A fin de defender los intereses de los trabajadores y la población, la FPB trabaja con el Gobierno de manera que se logren avances en sus reivindicaciones, en particular en materia de creación de empleo y protección social. Después de haber destacado las convergencias entre varias orientaciones de la Memoria del Director General de la OIT y las actividades de la FPB, manifestó estar sorprendido por las críticas formuladas contra su Federación por pequeños sindicatos de su país, con el pretexto de que ésta solo había obtenido aumentos salariales en determinados sectores de actividad, según parecía. Denunció las sanciones impuestas por la UE a una serie de entidades de Belarús. Tales medidas son nefastas, en particular para el bienestar de la población. Subrayó que la OIT y la UE son instituciones diametralmente opuestas en cuanto a su naturaleza y que conviene evitar toda confusión en ese sentido. Posteriormente, afirmó que 10 de las 12 recomendaciones formuladas por la Comisión de Encuesta ya se han puesto en práctica y que el Gobierno está examinando el requisito del 10 por ciento de afiliaciones que se exige para poder fundar un sindicato de empresa. En cuanto a la cuestión general de la inscripción de los sindicatos, señaló que esta problemática, objeto de debate desde hace 10 años, ya no es un tema de actualidad como ilustra el hecho de que 45 000 empresas privadas sólo en Minsk no exigen domicilio legal para crear sindicatos, los pequeños sindicatos que no están afiliados a la FPB, no aprovechan esta oportunidad a pesar de que tienen ese derecho. Por último, solicitó a la Comisión de la Conferencia respaldar los esfuerzos del Gobierno; sostuvo la propuesta del Gobierno de organizar una reunión en Minsk que permita abordar las distintas cuestiones pendientes de debate.

Un representante de la Unión Europea, hablando en nombre de la Unión Europea (UE) y sus Estados Miembros, así como de Croacia, la ex República Yugoslava de Macedonia, Islandia, Montenegro, Serbia, Albania, Bosnia y Herzegovina y Noruega, expresó una gran preocupación por la falta de respeto por los derechos humanos, la democracia y la ley en Belarús. La democracia no puede existir sin la libertad de expresión, de opinión, de reunión y de sindicación. Instó al Gobierno de Belarús a cooperar plenamente con la OIT para proporcionar información sobre el seguimiento dado a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta y para eliminar los obstáculos para el registro de los sindicatos, en particular, los requisitos impuestos por el decreto núm. 2 sobre el domicilio legal y el requisito del mínimo de afiliación del 10 por ciento. Se deben adoptar las medidas necesarias en consulta con los interlocutores sociales, de modo que se asegure que el derecho a organizarse está efectivamente garantizado. El decreto presidencial núm. 9, firmado el 7 de diciembre de 2012, que impide a los empleados del sector de procesamiento de la madera renunciar hasta el final de la modernización de sus empresas, es alarmante. La legislación que restringe tanto las libertades de los ciudadanos de Belarús para reunirse, también es muy inquietante. Debe ponerse término a toda penalización o discriminación en contra de quienes ejercen su derecho a la libertad de expresión y la libertad de reunión. Solicitó a las autoridades que enmienden o revoquen esta legislación que no está en conformidad con el derecho de los trabajadores a organizarse, en concordancia con las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Finalmente, expresó la voluntad de compromiso crítico de los países en nombre de los cuales hizo uso de la palabra, inclusive mediante el diálogo y la participación en el Partenariado del Este, y recordó que el desarrollo de las relaciones bilaterales bajo el Partenariado del Estado estaba condicionada al progreso hacia el respeto por parte de Belarús, de los principios de democracia, y el respeto de la ley y de los derechos humanos. Están deseosos de ayudar al Gobierno a cumplir con sus obligaciones a este respecto y continuarán controlando estrechamente la situación en el país.

El miembro empleador de Uzbekistán resaltó que se realizaron importantes progresos en el fortalecimiento del diálogo social, de conformidad con las normas de la OIT, por ejemplo, a través de la conclusión de convenios colectivos aplicables en todos los sectores y de la inscripción en el registro del CSDB. Se comprobó que la asistencia técnica suministrada por la OIT es beneficiosa en este sentido. Insistió en que las sanciones socavan la interlocución social y son inaceptables, no idóneas para resolver los problemas y sólo exacerban la situación de los trabajadores y las empresas. Debería proseguirse un diálogo continuo.

Un observador representando a la Confederación Sindical Internacional (CSI) destacó que en Belarús el control del Estado sobre el movimiento sindical es total y que es imposible crear sindicatos independientes. Mencionó varios ejemplos de despidos masivos de trabajadores que habían participado en la creación de sindicatos, práctica posteriormente avalada por los tribunales. Las sanciones de carácter administrativo son igualmente utilizadas como medio de presión, sin que la Fiscalía reaccione. Además, durante las celebraciones del 1.º de mayo, se impidieron reuniones de trabajadores que deseaban manifestar su solidaridad respecto de estas situaciones. De manera más general, los mecanismos de aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta se han utilizado para manipular y los verdaderos problemas no han sido tratados en absoluto. El observador declaró que espera que la OIT persista en sus esfuerzos para que finalmente la libertad sindical se respete en Belarús. Puntualizó que el precio a pagar en Belarús por parte de los defensores de la libertad es muy alto, pero la democracia misma no tiene precio.

El miembro gubernamental de la Federación de Rusia consideró que el informe presentado y las declaraciones formuladas por el Gobierno son exhaustivos y demuestran su compromiso de cooperar y mantener un diálogo con la OIT. Entiende que en la actualidad el Consejo de Ministros de Belarús está examinando las propuestas para la modificación del decreto presidencial núm. 2, particularmente con miras a abolir el requisito del umbral mínimo del 10 por ciento de afiliados para el registro de sindicatos. Los hechos no corroboran las alegaciones que hablan de numerosas infracciones, hostigamientos, denegaciones de registros y detenciones. También le sorprende el hecho de que la Comisión de Expertos no haya tenido en cuenta las explicaciones del Gobierno con respecto a la situación en las dos empresas mencionadas en el informe de dicha Comisión. Exhortó a la Comisión de la Conferencia a que se esfuerce por hacer una evaluación objetiva y no sesgada de la situación con respecto a la aplicación de los convenios de la OIT.

La miembro gubernamental de Cuba destacó que la cooperación técnica de la OIT ha jugado un papel importante, pues ha contribuido de manera tangible a favor de la implementación del Convenio. Se han realizado progresos en materia de diálogo social, lo cual se evidencia en el aumento de la suscripción de convenios colectivos en el curso de los últimos 10 años, y en el hecho de que en 2012 no se hayan presentado casos de sindicatos a los cuales se les haya denegado el registro. El Gobierno, junto con los interlocutores sociales, otorga la mayor prioridad a mejorar la legislación, de conformidad con las recomendaciones formuladas por la Comisión de Encuesta y recientemente se han emitido propuestas y medidas concretas para ello, en particular en relación con el registro de los sindicatos. Celebró la disposición y esfuerzos del Gobierno para mantener relaciones constructivas, el diálogo social y un trabajo estrecho con la OIT y alentó a la continuidad de la asistencia técnica con miras a alcanzar los objetivos a que apunta el Convenio.

El miembro gubernamental del Canadá expresó su gran preocupación por la situación general de los derechos humanos, incluidos los derechos laborales, en Belarús. A su Gobierno le han perturbado las continuas noticias sobre numerosas violaciones del Convenio, entre otras, la injerencia por parte de las autoridades en las actividades sindicales, el arresto y la detención de miembros de sindicatos independientes, los despidos antisindicales, las amenazas y el hostigamiento. Instó al Gobierno a tomar las medidas necesarias para abordar estas graves alegaciones y hacer un esfuerzo real por eliminar las infracciones a los derechos sindicales, incluido el derecho de los trabajadores a participar en manifestaciones pacíficas para defender sus intereses profesionales en su país. Su Gobierno también siente una gran inquietud por el bajísimo nivel de cooperación del Gobierno con los órganos de control de la OIT. El Gobierno no ha aportado la información relativa al curso dado a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Las observaciones de la Comisión de Expertos también detallan varios otros ámbitos en los que el Gobierno no ha aportado respuestas o no ha colaborado de alguna otra manera. En calidad de Miembro de buena fe de la Organización, es crucial que Belarús coopere con los mecanismos de control de la OIT. Instó al Gobierno a respetar sus obligaciones y colaborar plenamente con la OIT.

El miembro trabajador de la Federación de Rusia afirmó que la libertad sindical no puede ejercerse libremente en Belarús. Las estrechas conexiones existentes entre ambos países permiten a las organizaciones sindicales rusas acceder a fuentes de información fiables que denuncian presiones policiales, despido masivo de dirigentes sindicales y ausencia de diálogo social. Por otra parte, se ha informado también sobre casos de trabajo forzoso impuesto a determinadas personas. Manifestó que lamenta que una situación de tipo feudal subsista en el corazón de Europa y que las recomendaciones de la Comisión de Encuesta se queden en letra muerta. Al tiempo que indicó que debe ponerse en pie un mecanismo fiable de seguimiento de la situación, pidió al Gobierno que presente hechos concretos que refuten las alegaciones persistentes sobre violación del Convenio.

El miembro gubernamental de China indicó que la cuestión del registro de sindicatos mejora año tras año y que en el transcurso de 2012, ninguna reclamación en este sentido se había presentado y que el decreto núm. 2 de registro de los sindicatos debe aplicarse. Destacó el papel importante del Consejo e hizo un llamado a apoyar los esfuerzos del Gobierno y a que se preste la asistencia técnica para ayudar al país a aplicar plenamente el Convenio.

La miembro trabajadora de Polonia consideró que no se han realizado progresos en la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta ni en la mejora de la aplicación del Convenio. Lamentó tener que comunicar a la Comisión nuevos casos de violaciones de los derechos sindicales en varias empresas. La violación de los derechos sindicales en Belarús incluye, en particular, la denegación de registro de los sindicatos independientes, el hostigamiento y el despido de dirigentes y activistas sindicales independientes, la injerencia en las actividades sindicales, la exclusión de los sindicatos independientes del proceso de negociación colectiva, las presiones a los afiliados para que abandonen los sindicatos independientes, la denegación del derecho de organizar reuniones y manifestaciones y la persecución de dirigentes sindicales con pretextos delictivos. Además, la legislación vigente también se utiliza contra los trabajadores y los afiliados de los sindicatos independientes, como ilustran las dificultades encontradas por el recientemente establecido Sindicato Independiente en la Empresa Granit, en Mikashevichi, para obtener la reintegración de los dirigentes despedidos con base en disposiciones del Código del Trabajo. La exigencia de un domicilio legal y el umbral del 10 por ciento para el registro sindical, constituyen uno de los principales obstáculos para el libre accionar de los sindicatos. De los informes de la Comisión de Expertos y de las declaraciones formuladas por el Gobierno, puede concluirse que ninguna medida concreta y eficaz ha sido adoptada para dar curso a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Las declaraciones del Gobierno acerca del diálogo social, son vacías, y no mejoran en modo alguno la situación de los trabajadores y de los sindicatos independientes; las declaraciones del Gobierno deberían quedar reflejadas en acciones concretas y recordó que la libertad sindical no puede ejercerse plenamente en un contexto en el que no se respetan las libertades civiles. Por consiguiente, la oradora está convencida de que el Gobierno de Belarús debería introducir primero un sistema que garantice y respete las libertades civiles para todos. Mientras el Gobierno no dé cumplimiento a sus obligaciones internacionales, continuará la presión internacional.

El miembro trabajador de Egipto respaldó la postura del miembro trabajador de Belarús sobre los pasos positivos dados por el Gobierno en lo que a la aplicación del Convenio se refiere. Subrayó la importancia del diálogo social tripartito como herramienta para garantizar el progreso de cualquier país hacia el cumplimiento de los convenios de la OIT y los derechos de los trabajadores. En cuanto al sistema de diálogo social, lo calificó de eficiente gracias al Consejo Nacional de Asuntos Sociales y Laborales, que se compone de un número igual de representantes de sindicatos, empleadores y Gobierno. La mayoría de los sindicatos han participado en la negociación de convenios colectivos y en la elaboración de legislación, lo cual constituye la base del diálogo social. A este respecto, 18 000 convenios colectivos han sido adoptados por organizaciones de trabajadores y empleadores en el país. El orador concluyó expresando la certeza de que el diálogo continuado entre la OIT y Belarús ha garantizado el derecho de afiliación sindical en los últimos años, y resaltando los avances en lo relativo al Convenio núm. 87.

El miembro gubernamental de la República Bolivariana de Venezuela se felicitó por el fortalecimiento del diálogo social en el país, el cual ha repercutido en el pleno reconocimiento de los derechos sindicales, en el aumento de la suscripción de convenios colectivos y de consejos de asuntos laborales y sociales. Su Gobierno está convencido de que el Gobierno continuará adoptando medidas que redundarán en beneficio de la estabilización del país en materia de libertad sindical y de protección del derecho de sindicalización. El Gobierno está comprometido en ello, como lo muestra la propuesta a la OIT de realizar un seminario con los interlocutores sociales sobre la labor del Consejo, con participación de la FPB y el CSDB. El orador abogó por que esta Comisión destaque los progresos realizados por el Gobierno en lo que se refiere al cumplimiento de las recomendaciones formuladas con respecto al Convenio por la Comisión de Encuesta.

El miembro trabajador del Sudán se sumó a lo dicho por el miembro trabajador de Belarús y otros miembros de la Comisión en lo tocante a algunos de los cambios positivos observados en relación con la aplicación del Convenio. Dijo que se siente alentado por la participación de los interlocutores sociales en un diálogo amplio con la OIT, y tomó nota de la participación de los sindicatos de Belarús en el proceso de aplicación de las recomendaciones de la OIT. Observando con interés el hecho de que no ha habido problemas con el registro de los sindicatos desde 2012, se han adoptado medidas para mejorar la legislación y se ha instituido un amplio diálogo social, concluyó que ha mejorado el cumplimiento del Convenio, gracias a los esfuerzos de la OIT.

El miembro gubernamental de Uzbekistán estimó que la información escrita y oral facilitada por el Gobierno pone de manifiesto que la situación relativa a la libertad sindical en el país se ha estabilizado y que el Gobierno ha logrado colaborar con todos los sindicatos (en particular la FPB y el CSDB). El Consejo se esfuerza por mejorar la situación y resolver las cuestiones polémicas. El hecho de que no se consignaron problemas con el registro de los sindicatos en 2012, demuestra que se han logrado avances. Las discusiones sobre la supresión del umbral del 10 por ciento para el registro de los sindicatos es una iniciativa positiva. Es preciso recoger adecuadamente todas esas medidas positivas en las discusiones de la Comisión de la Conferencia.

Una observadora representando a la Federación Sindical Mundial (FSM) respaldó en su integridad la postura de la Federación de Sindicatos de Belarús, que representa a 4 millones de trabajadores en todo el país. Declaró que conoce bien la situación laboral y económica de Belarús y se dijo complacida en razón de los importantes avances operados en el país. El país tiene actualmente sólo 1,6 por ciento de desempleo; ocupa el noveno lugar en el mundo por su nivel de ocupación y el decimotercer lugar entre los países libres de analfabetismo. Es el Estado más rico de la Comunidad Económica Euroasiática y uno de los países más industrializados de la región. En su visita al país en 2012, pudo comprobar el alto nivel de participación en las empresas de que gozan los trabajadores y las garantías de que disponen con respecto a la libertad de asociación y de los derechos de los trabajadores. Asimismo, pudo confirmar las condiciones en las que los más de 30 sindicatos nacionales pueden luchar y defender los derechos sociales y económicos de los trabajadores sin discriminación alguna por parte de las autoridades. Resaltó que todos los interlocutores sociales trabajan para poner en práctica las recomendaciones de la Comisión de Expertos y de la Comisión de Encuesta.

La miembro gubernamental de los Estados Unidos lamentó la importante ausencia de avances registrados por el Gobierno en la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta de 2004, en vista del tiempo transcurrido. Esto es especialmente preocupante, dado el detalle con el que se ha examinado esta situación en todo el sistema de control de la OIT y de la magnitud del asesoramiento técnico y de la asistencia prestada por la Oficina Internacional del Trabajo. En consecuencia, instó de nuevo al Gobierno de Belarús a adoptar sin más dilación todas las medidas necesarias para garantizar efectivamente la libertad sindical. Alentó también decididamente una vez más al Gobierno a que, en la consecución de este objetivo, colabore estrechamente con los interlocutores sociales y celebre consultas periódicas con la OIT, de manera que los órganos de control de la OIT estén en condiciones de confirmar, en un futuro próximo, avances sustantivos, concretos y duraderos. Recordando la declaración conjunta sobre democracia y derechos humanos realizada en 2010 por los Gobiernos de los Estados Unidos y Belarús, señaló que sindicatos libres y enérgicos son vitales para la democracia. Su Gobierno espera el momento en que los órganos de control de la OIT puedan confirmar su aplicación.

La miembro gubernamental de Suiza indicó que su Gobierno comparte la preocupación expresada por la Unión Europea en relación con la situación de la democracia en general en Belarús y específicamente con la de la libertad sindical. A este respecto, resulta muy importante garantizar el seguimiento a las recomendaciones formuladas por la Comisión de Encuesta. El Gobierno debe, en colaboración con los interlocutores sociales, hacer todo lo que esté a su alcance para garantizar una aplicación efectiva del Convenio.

El miembro gubernamental de la India saludó las medidas adoptadas por el Gobierno para dar seguimiento a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Destacó especialmente la función del Consejo para la mejora de la legislación en los ámbitos social y laboral, y saludó el hecho de que la FPB y el CSDB estén representados en el Consejo. Todos estos elementos dan fe de la disposición del Gobierno de dar seguimiento a dichas recomendaciones. Felicitó a la OIT por la cooperación y asistencia técnica prestada a Belarús para cumplir con las recomendaciones de la Comisión de Encuesta y se mostró deseoso de que la colaboración siguiera en el futuro.

La representante gubernamental declaró que hay toda una serie de cuestiones que aún deben resolverse y que su Gobierno seguirá avanzando hacia el desarrollo del pluralismo. Se otorga prioridad a las normas internacionales del trabajo en la legislación nacional, al igual que al cumplimiento de los convenios ratificados. Su Gobierno cumple plenamente sus compromisos con los órganos de control de la OIT y ha presentado dos informes al Comité de Libertad Sindical, así como la memoria sobre la aplicación del Convenio en virtud del artículo 22 de la Constitución de la OIT. La situación en la empresa «Granit» se ha examinado y las constataciones fueron comunicadas a la OIT. Respecto del decreto presidencial núm. 2, la propuesta del Consejo tripartito para la mejora de la legislación en los ámbitos social y laboral de junio de este año, no estaba relacionada con la interpretación del decreto, sino con las enmiendas al decreto que derogarán la disposición que exige que los sindicatos representen a más del 10 por ciento de los trabajadores. Esta enmienda está pensada para responder a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Las relaciones laborales dan pie a conflictos en todo el mundo, en particular en lo relativo a las relaciones entre los empleadores y los sindicatos en los lugares de trabajo, y hay diversas causas para estos conflictos al margen de la legislación o las políticas nacionales. Al tiempo que recordó un caso en el que el antiguo vicepresidente de un sindicato había sido despedido del congreso del sindicato, que después fue sancionado por no respetar el plazo estipulado para este despido, la oradora declaró que cuando los empleadores violan claramente los derechos de los trabajadores, incluso si se trata de sindicatos, el Gobierno se ve obligado a responder de conformidad con las disposiciones de la legislación existente. Si bien los oradores han emitido diversas evaluaciones del grado de progreso logrado en Belarús en cuanto al cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, hay hechos objetivos que no pueden negarse, como la oportunidad de que los sindicatos representen a los trabajadores independientemente del número de trabajadores a los que representan. Todos los interlocutores sociales pueden entablar un diálogo social. El Consejo ha tomado una decisión especial en relación con la eficacia de las enmiendas a la legislación sobre los sindicatos. La oradora propuso que se celebre un seminario tripartito con la participación de la OIT. Aseguró a la Comisión que su Gobierno seguirá siendo un firme defensor de los principios de la OIT en los ámbitos de la libertad sindical y el tripartismo.

Los miembros trabajadores señalaron que el panorama descrito por la representante gubernamental no corresponde a la situación que viven los sindicatos independientes. La situación, no sólo no mejora, sino que empeora. En este sentido, la instancia tripartita ya no se reúne y no se ha dado ningún seguimiento notable a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Si es verdad que se ha cumplido una etapa decisiva, nadie sabe en qué dirección. En realidad, la única dirección que hay que seguir es la de la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Además, el Consejo ha examinado la cuestión de la creación de sindicatos y nada indica que este examen vaya a ser objeto de un seguimiento, y los sindicatos independientes ponen en duda la credibilidad de este organismo. Al tratarse de un seminario propuesto por el Gobierno, los miembros trabajadores indicaron que no tienen ninguna expectativa puesta en el mismo. Es preciso revisar los textos legislativos que limitan los derechos sindicales a la luz de los comentarios de los órganos de control. Habida cuenta de la antigüedad del caso y la inercia del Gobierno, está plenamente justificado que se envíe una misión de contactos directos con el fin de encontrar una respuesta jurídica y estructural a los actos de los que son víctimas los sindicatos independientes. Debería invitarse al Gobierno a facilitar información sobre los progresos realizados a este respecto. Los miembros trabajadores solicitaron que las conclusiones de este caso figuren en un párrafo especial del Informe de la Comisión.

Los miembros empleadores concluyeron que se trata de un caso serio en lo que atañe al ejercicio de los derechos sindicales y la libertad sindical, pero manifestaron optimismo ante los acontecimientos que han tenido lugar desde 2007. Si bien ha habido progresos, éstos han sido lentos. Actualmente el Gobierno se halla en una encrucijada: puede elegir entre seguir avanzando a ritmo paulatino, o comprometerse a intensificar sus esfuerzos con miras al pleno cumplimiento de las disposiciones del Convenio. El proceso de diálogo social iniciado es esencial y debe continuarse. La plena aplicación del Convenio sólo puede lograrse mediante la adopción y aplicación rigurosa de las disposiciones legislativas necesarias. Ese cumplimiento exige la modificación de la situación tanto en la legislación como en la práctica. Los miembros empleadores solicitaron que el Gobierno intensifique su cooperación con los interlocutores sociales y recurra al asesoramiento especializado y la asistencia de la OIT. A ese respecto, los miembros empleadores apoyaron la solicitud de los miembros trabajadores de que el Gobierno acepte una misión de contactos directos.

Conclusiones

La Comisión tomó nota de las informaciones orales y escritas de la representante gubernamental y de la discusión que tuvo lugar a continuación.

La Comisión recordó que las cuestiones pendientes se refieren a la necesidad de garantizar el derecho de los trabajadores a constituir las organizaciones de su elección y a organizar sus actividades y sus programas sin injerencias de las autoridades públicas, tanto en la legislación como en la práctica. La Comisión también puso de relieve las recomendaciones pendientes, desde hace mucho tiempo, de la Comisión de Encuesta sobre la necesidad de enmendar el decreto presidencial núm. 2 relativo al registro de sindicatos, el decreto núm. 24 relativo al uso de ayuda gratuita del extranjero y la Ley sobre Actividades de Masas.

La Comisión tomó nota de la información comunicada por el Gobierno sobre los trabajos del Consejo tripartito para la mejora de la legislación en el ámbito social y laboral y, en particular, de su decisión de apoyar la enmienda del decreto núm. 2, derogando el requisito relativo a la necesidad de contar con al menos el 10 por ciento de los trabajadores en el ámbito de la empresa para poder constituir un sindicato. La Comisión tomó nota también de que el Gobierno manifestó su compromiso con el diálogo social y con la cooperación con la OIT.

La Comisión lamentó tomar nota de los nuevos alegatos sobre violaciones de la libertad sindical en el país, incluidos los relativos a injerencias en las actividades sindicales, presiones y acoso. En particular, la Comisión, al tiempo que observó que el Gobierno declara que no se han denegado registros en 2012, tomó nota de los alegatos sobre la negativa de registro al Sindicato Independiente de Belarús (BITU), sindicato de base en la empresa «Granit» y de que, al respecto, el Gobierno señaló que esta cuestión es objeto de examen por el Consejo Tripartito.

La Comisión observó con profunda preocupación que el Gobierno no ha comunicado nueva información y que no se ha logrado ningún progreso tangible en el cumplimiento de las recomendaciones formuladas por la Comisión de Encuesta de 2004.

Recordando el vínculo intrínseco entre la libertad sindical, la democracia, el respeto de las libertades públicas esenciales y los derechos humanos, la Comisión urgió al Gobierno a que intensifique sus esfuerzos para poner la legislación y la práctica en conformidad con el Convenio, en estrecha cooperación con todos los interlocutores sociales y con la asistencia de la OIT. La Comisión urgió al Gobierno a que tome inmediatamente todas las medidas necesarias para garantizar que todos los trabajadores y los empleadores en el país puedan ejercer plenamente sus derechos de libertad de expresión y de reunión. La Comisión invitó al Gobierno a que acepte una misión de contactos directos con objeto de obtener un panorama completo de la situación de los derechos sindicales en el país y de asistir al Gobierno en la rápida y efectiva aplicación de todas las recomendaciones pendientes formuladas por la Comisión de Encuesta. La Comisión esperó firmemente que el Gobierno presente información detallada para la próxima reunión de la Comisión de Expertos de este año sobre las enmiendas propuestas a las leyes y decretos mencionados y confió en que, para entonces, estará en condiciones de constatar progresos significativos sobre todas las cuestiones pendientes.

La Comisión decidió incluir sus conclusiones en un párrafo especial de su informe.

La representante gubernamental declaró que su Gobierno había tomado nota de las conclusiones, pero que dará su decisión final sobre si eran aceptables y fundadas sólo después de examinar con mucho cuidado las discusiones que se habían llevado a cabo en esta Comisión.

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