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Direct Request (CEACR) - adopted 2013, published 103rd ILC session (2014)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Peru (Ratification: 1967)

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Precarización y economía informal. En su observación de 2011, la Comisión había pedido al Gobierno que presente informaciones que permitan examinar que al fomentar la creación de empleos productivos y sostenibles en las empresas más pequeñas se garantice también que los derechos contenidos en los convenios ratificados son aplicados a los trabajadores de dichas empresas. El Gobierno indica en la memoria recibida en agosto de 2012 que, según el registro de las MYPES (medianas y pequeñas empresas), entre 2009 y el primer trimestre de 2012, algo más del 76 por ciento de los trabajadores de las microempresas cuentan con prestaciones de salud. Además, el 60 por ciento de los trabajadores de la microempresa se encuentra afiliado a algún esquema de pensiones (casi un 60 por ciento se encuentra afiliado a la Oficina de Normalización Previsional). Por su parte, la CATP reitera que el marco legislativo no garantiza que se termine con la precarización y la erosión de los beneficios sociales que afecta a unos 5 millones de trabajadores en microempresas. Según la CATP, las MYPES se disuelven fácilmente y los derechos adquiridos de los trabajadores se diluyen sin que se controlen a los malos empresarios que utilizan el sistema para generar nuevas MYPES y enriquecerse a costa de la falta de pago de las cotizaciones sociales de los trabajadores. La Comisión recuerda nuevamente que, en las conclusiones relativas a la promoción de empresas sostenibles (96.ª reunión, junio de 2007), la Conferencia instó a todas las empresas, sin importar su tamaño, a aplicar prácticas en el lugar de trabajo basadas en el pleno respeto de los principios y derechos fundamentales en el trabajo y las normas internacionales del trabajo. La Comisión invita al Gobierno a incluir en su próxima memoria informaciones actualizadas que permitan examinar los avances logrados en la creación y formalización de las micro y pequeñas empresas, facilitando el acceso a la información comercial, asesoría y otros servicios de desarrollo empresarial y financiero que favorezcan su expansión en un entorno propicio, así como la ejecución de políticas y programas que contribuyan a mejorar su productividad y competitividad.
Categorías vulnerables de trabajadores. Empleo de personas con discapacidad. El Gobierno transmite indicaciones sobre el número de beneficiaros de los programas de empleo del Ministerio de Trabajo en particular para las personas con discapacidad y del programa «Trabaja Perú» para jefas del hogar. La CATP manifiesta que los esfuerzos gubernamentales son insuficientes debido a que no se han establecido las acciones apropiadas a nivel sectorial, en la industria textil, en la agroindustria y en otros sectores donde se encuentran mujeres particularmente afectadas por la informalidad del mercado del trabajo. La CATP manifiesta que falta voluntad política para cumplir con las cuotas establecidas por la legislación vigente para las personas con discapacidad. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que en su próxima memoria sobre el Convenio núm. 122 incluya informaciones actualizadas sobre el impacto de las medidas adoptadas para que las categorías más vulnerables de trabajadores obtengan empleo productivo y de calidad. La Comisión espera que en la memoria que se debe presentar en 2014 sobre el Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983 (núm. 159), se agreguen informaciones actualizadas que permitan examinar la eficacia de las medidas en vigencia para promover la integración de las personas con discapacidad en el mercado abierto del trabajo.
Empleo juvenil. La Comisión toma nota de que mediante la ejecución del Plan Sectorial de Acción para la Promoción del Empleo Juvenil 2009-2012, se ha reconocido el rol clave de la inserción de los jóvenes en el mercado del trabajo. El Gobierno se propone diseñar e implementar un nuevo plan sectorial de empleo juvenil para el período 2012-2016. Además, como resultado del taller «Diálogo Nacional Juvenil» realizado en marzo de 2011, se conformó un espacio de diálogo juvenil al interior del CNTPE con el objetivo de analizar la problemática del empleo juvenil y desarrollar iniciativas a favor del trabajo decente, con el acompañamiento técnico de la OIT. La Comisión toma nota con interés de que la Mesa de Diálogo Social Juvenil para el Trabajo Decente ha sido seleccionada, identificada y evaluada como una «buena práctica» para la promoción de programas y políticas destinadas a fomentar el papel de la gente joven como protagonistas en el desarrollo de su propia comunidad. El Gobierno también indica que se hace necesario desarrollar una estrategia de emprendimientos sostenibles para jóvenes emprendedores brindando orientación y capacitación a personas de 15 a 29 años. El Gobierno indica que se está ejecutando un proyecto piloto «Cultura Emprendedora». La CATP manifiesta que los proyectos se realizan en colegios emblemáticos de cada localidad y pareciera una equivocación de no beneficiar a los sectores de la población con mayor pobreza. Según la CATP, se debería adoptar una política pública interministerial que promueva la inclusión de jóvenes en empleos dignos, sostenibles y suficientes ya que los jóvenes son los principales beneficiarios de programas temporales y de empleos precarios. La Comisión se felicita que se haya seguido un enfoque tripartito con la participación de jóvenes para promover empleo juvenil. La Comisión invita al Gobierno a agregar, en su próxima memoria, indicaciones que permitan examinar el impacto de las medidas adoptadas para estimular el empleo juvenil, la formación profesional y el desarrollo empresarial de los jóvenes emprendedores.
Coordinación de las políticas de formación y del empleo. El Gobierno indica que se busca suscribir un convenio de cooperación interinstitucional entre el sector gubernamental responsable del trabajo y el sector responsable de la educación para ejecutar armónicamente las políticas y planes nacionales y sectoriales en materia de formación profesional. En 2011, se realizaron estudios sobre las necesidades de formación profesional en la región La Libertad y en Lima Metropolitana. La CATP reitera su preocupación sobre la falta de equipos técnicos necesarios y de compromiso de los actores sociales para garantizar que los lineamientos de una política de formación cuenten con la validación necesaria. Además, la CATP insiste para que el Servicio de Orientación Vocacional e Información Ocupacional – SOVIO, un servicio gratuito que busca orientar y facilitar la elección de la carrera profesional, técnica u ocupacional que podrían seguir los jóvenes al egresar de la etapa escolar, reciba una mayor difusión en los medios de comunicación estatales direccionándolo a los grupos sociales más vulnerables. En su observación anterior, la Comisión había entendido que se implementaban los Lineamentos Nacionales de Política de Formación Profesional (LNPFP) para vincular con mayor eficiencia la formación profesional con las exigencias del mercado laboral. En 18 regiones se habían establecido políticas de formación profesional, seis regiones contaban con un plan regional de formación profesional. Las centrales sindicales habían observado que el nivel de la inversión en educación era anormalmente bajo. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria indique el impacto que han tenido las políticas y planes regionales para mejorar las perspectivas del empleo duradero de las personas que participaron en los planes de enseñanza y formación profesional. La Comisión pide también al Gobierno que incluya indicaciones precisas sobre la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con las políticas de empleo y, específicamente, sobre cómo la oferta de capacitación se coordina con la demanda de conocimientos y aptitudes y las necesidades del mercado de trabajo.
Cooperativas. El Gobierno indica que se llevaron a cabo 278 inspecciones laborales en cooperativas de trabajo y fomento del empleo involucrando a 14 393 trabajadores desde 2010 hasta el primer trimestre de 2012. Las cooperativas de trabajadores han creado 9 222 empleos en el mismo período. Entre 2009 y 2011, disminuyó el número de trabajadores socios de cooperativas de trabajo, pasando de 5 522 trabajadores a 3 464 trabajadores. Además, la Comisión toma nota de que mediante el artículo 68 de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, núm. 29783, promulgada y publicada en agosto de 2012, se hace responsable al empleador de las condiciones de seguridad y salud previstas por la legislación en las instalaciones donde desarrollan sus actividades las cooperativas de trabajadores. La Comisión reitera la importancia de asegurar la aplicación de la legislación laboral para evitar la aparición de «pseudocooperativas», cuyo único propósito es beneficiarse de ventajas fiscales y de seguridad social inherentes al estatuto de las cooperativas, eludiendo al mismo tiempo la aplicación de la legislación laboral (véase el Estudio General sobre los instrumentos relativos al empleo, de 2010 párr. 465). La Comisión invita al Gobierno a incluir informaciones actualizadas sobre el impacto de las medidas tomadas para combatir y erradicar las prácticas de las «pseudocooperativas». La Comisión se remite también a la Recomendación sobre la promoción de las cooperativas, 2002 (núm. 193), y espera poder examinar información actualizada sobre la manera en que las cooperativas han contribuido a la promoción del empleo productivo.
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