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Observation (CEACR) - adopted 2013, published 103rd ILC session (2014)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Sudan (Ratification: 1970)

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Artículos 1 y 2 del Convenio. Políticas para promover el empleo y coordinación con la reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de la breve memoria del Gobierno recibida en mayo de 2013, donde se menciona el lanzamiento de un proyecto nacional de desarrollo de las mujeres rurales (2012 2016) y al establecimiento del Departamento de mujeres, niños y personas con discapacidad. El Gobierno enumeró las medidas adoptadas en virtud del Programa tripartito de recuperación para el período 2011-2013: i) un aumento de la financiación educativa en beneficio de los más pobres basada en incrementos de la tributación; ii) un aumento de la financiación dedicada a la microfinanza del 12 por ciento en 2011 al 13 por ciento en 2012; iii) un aumento de la financiación dedicada a los sectores productivos (agricultura e industria) del 30 por ciento en 2011 al 40 por ciento en 2012; iv) la promoción del empleo juvenil y la reducción del flujo de desempleados provenientes del extranjero, y v) la reducción del número de trabajadores en la economía informal, integrándolos en la economía nacional. La Comisión se refiere a sus observaciones anteriores e invita al Gobierno a señalar, en su próxima memoria, los progresos realizados para formular una política activa de empleo, como requiere el Convenio. La Comisión invita también al Gobierno a incluir información sobre la aplicación y los resultados de las medidas adoptadas en virtud del Proyecto Nacional de Desarrollo de las Mujeres Rurales, del Programa Tripartito de Recuperación o de otros planes y programas destinados a promover el empleo pleno, productivo y libremente elegido.
Recopilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno señala en su memoria que, en 2012, se realizó una encuesta sobre la población activa con la asistencia de la OIT. La Comisión toma nota de que los resultados preliminares de dicha encuesta sugieren que la población total suma alrededor de 29,95 millones de personas, de las cuales 19,2 millones (64,1 por ciento) reside en zonas rurales y otros 10,74 millones (35,9 por ciento) en zonas urbanas. La Comisión toma nota además de que la cifra total de población activa es de 8,97 millones de personas, de las cuales 1,66 millones están desempleadas (8,5 por ciento en zonas rurales y 10,7 por ciento en zonas urbanas). La Comisión invita al Gobierno a señalar, en su próxima memoria, de qué modo se utilizan los datos sobre el empleo recopilados en la encuesta sobre población activa para decidir y examinar las medidas en materia de empleo, en cooperación con los interlocutores sociales y los representantes de las partes interesadas en el sector rural y en la economía informal (artículos 2 y 3). La Comisión pide también al Gobierno que incluya estadísticas detalladas, lo más desglosadas posible, sobre la situación y las tendencias del empleo, el desempleo y el subempleo tanto en la economía formal como en la economía informal.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la formulación e implementación de políticas. La Comisión hace referencia a sus comentarios anteriores y expresa una vez más su firme esperanza en que el Gobierno proporcionará, en su próxima memoria, información detallada sobre las consultas celebradas con los interlocutores sociales sobre la formulación y la aplicación de una política activa de empleo. La Comisión pide también al Gobierno que suministre información sobre las consultas celebradas con los representantes de las personas afectadas por las medidas que adoptará para fomentar el empleo, como las que trabajan en el sector rural y en la economía informal.
Programa de asistencia técnica de la OIT. La Comisión toma nota de que la OIT suministró asistencia técnica al Gobierno del Sudán mediante la organización de un taller tripartito en agosto de 2013, que incluía formación sobre la mejor manera de cumplir con la obligación dimanante del Convenio de presentar memorias. La Comisión confía en que el Gobierno, en su próxima memoria debida en 2015, estará en condiciones de proporcionar información detallada sobre la eficacia de las políticas activas de empleo para lograr los objetivos establecidos en el Convenio.
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