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Observation (CEACR) - adopted 2016, published 106th ILC session (2017)

Labour Inspectorates (Non-Metropolitan Territories) Convention, 1947 (No. 85) - Anguilla

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La Comisión toma nota con profunda preocupación de que la memoria del Gobierno no contiene ninguna respuesta a sus comentarios anteriores. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores.
Repetición
La Comisión toma nota de las indicaciones del Gobierno según las cuales el Reino Unido ya no ofrece donaciones en ayuda al Gobierno de Anguilla para garantizar una mayor autonomía económica y política de territorio. También toma nota de que el territorio no tiene competencia en materia de políticas de desarrollo económico, de progreso social y de empleo. La Comisión pide al Gobierno que comunique a la OIT una copia de las disposiciones legales relativas al estatuto del territorio y su impacto en la aplicación del Convenio. 
La Comisión observa que durante más de veinte años, ninguna nueva información había sido recibida en la OIT sobre las medidas adoptadas para dar efecto en la legislación y en la práctica del Convenio, y que la única información que figura en el informe es que los inspectores del trabajo asistan a todos los programas de formación relativos a la inspección del trabajo y a la higiene ocupacional y seguridad en la ocupación, organizados por la Oficina Subregional de la OIT. La Comisión espera que el Gobierno comunicará en su próxima memoria, información lo más detallada posible sobre la aplicación de cada una de las disposiciones del Convenio, así como copia de los textos legales pertinentes y las estadísticas disponibles sobre las actividades de inspección del trabajo realizadas durante el período cubierto por la memoria.
La Comisión espera firmemente que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.
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