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Observation (CEACR) - adopted 2018, published 108th ILC session (2019)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Albania (Ratification: 2009)

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Artículos 1 y 2 del Convenio. Aplicación de una política activa de empleo. Tendencias del empleo. La Comisión toma nota con interés de los esfuerzos sostenidos realizados por el Gobierno para mejorar la empleabilidad de la fuerza de trabajo, reducir la pobreza y mejorar el sistema de educación y formación técnica, situando un foco en los jóvenes y en los grupos específicos vulnerables a los déficits de trabajo decente. En este contexto, la Comisión toma nota de la información comunicada por el Gobierno sobre la organización del Servicio Nacional del Empleo (NES), incrementando sus capacidades administrativas y de formación. La reforma del NES se centró en la aplicación y en la evaluación de las políticas activas de mercado laboral (ALMP). Como consecuencia las oficinas de empleo introdujeron un nuevo modelo de servicio centrado en la reorganización de los entornos laborales, la introducción de solicitantes de empleo y de empleadores, ofreciendo servicios, de conformidad con las normas relativas a los servicios de empleo público de la Unión Europea, revisando las ALMP vigentes y adaptando el respectivo marco regulatorio. La reforma del NES dio lugar a una transformación de las oficinas de empleo público, lo que entraña la modernización de la infraestructura y una reconceptualización e informatización de los servicios. La Comisión toma nota asimismo de que la reforma prevé la reducción de las brechas de las competencias profesionales de género, para elevar la empleabilidad de las mujeres, así como para abordar las necesidades de grupos específicos, como los romaníes y otras minorías étnicas, las personas con discapacidad y las personas que residen en zonas rurales o lejanas, para garantizar su inclusión en el mercado de trabajo. Además, se establecieron, en los ámbitos regional y local, 21 nuevas oficinas de empleo. La Comisión también toma nota de que la Estrategia nacional de empleo y competencias profesionales 2014 2020 y su Plan de acción, desarrollados con la asistencia de la OIT, se dirige a aportar un marco integral en materia de políticas, para mejores puestos de trabajo y mayores competencias profesionales. Según el Programa de Trabajo Decente por País (PTDP), 2017 2021, para Albania, el desarrollo económico del país en la última década, se acompañó de cambios positivos en el empleo en general y de una reducción de las tasas de pobreza. La Comisión toma nota de que, si bien este crecimiento se vio reflejado en unas tasas reducidas de desempleo en general, según el PTDP, el crecimiento en la economía de Albania no siempre condujo a la creación de más puestos de trabajo, especialmente para mujeres y jóvenes. Las elevadas tasas de desempleo juvenil siguen representando una preocupación para el Gobierno, especialmente debido a que cerca del 42 por ciento de la población tiene menos de 30 años de edad. En ese sentido, la Comisión toma nota de que, en el primer trimestre de 2018, la tasa de desempleo de las personas de edades comprendidas entre los 15 y los 29 años (el 24,5 por ciento), fue casi dos veces superior a la tasa del desempleo general de las personas mayores de 15 años de edad (el 12,5 por ciento). La tasa de desempleo descendió para ambos grupos de edad, desde el primer trimestre de 2016, del 30,4 por ciento, en el caso de los jóvenes de 15 a 29 años de edad, y del 16,6 por ciento, en el caso de los mayores de 15 años de edad. Durante el mismo período, la tasa de empleo ascendió, pasando del 47,5 por ciento al 51,9 por ciento, en el caso de las personas mayores de 15 años, y del 32,1 por ciento al 35,9 por ciento, en el caso de aquellos de edades comprendidas entre los 15 y los 29 años. En el primer trimestre de 2018, las tasas de participación en la fuerza del trabajo se situaron en el 59,3 por ciento (67,4 por ciento, en el caso de los hombres, y 51,3 por ciento, en el caso de las mujeres), para los mayores de 15 años de edad, y en el 47,5 por ciento, para las personas de edades comprendidas entre los 15 y los 29 años (el 54,9 por ciento, en los hombres, y el 39,7 por ciento, en las mujeres). La Comisión solicita al Gobierno que siga comunicando información sobre los progresos realizados respecto de la formulación y la adopción de una política activa de empleo, en consulta con los interlocutores sociales, así como el impacto de las medidas de mercado laboral aplicadas para promover el pleno empleo, productivo y libremente elegido. Solicita asimismo al Gobierno que comunique, en su próxima memoria, información actualizada sobre las tendencias del empleo, incluyendo el empleo, el desempleo y el subempleo, aportando también información estadística desglosada por sector, edad y sexo. Además, la Comisión solicita al Gobierno que comunique información sobre las medidas adoptadas para mejorar la situación del empleo de los grupos vulnerables a los déficits de trabajo decente, incluidas las mujeres, los jóvenes, las personas con discapacidad, los trabajadores rurales, los trabajadores pertenecientes a la población romaní y a otras minorías étnicas, y aquellos que se encuentran en la economía informal. La Comisión también solicita al Gobierno que transmita información sobre las medidas adoptadas o contempladas para mejorar la creación de empleo y aumentar la participación en el mercado laboral, especialmente de los jóvenes.
Educación y formación profesionales. La Comisión toma nota de que, según el PTDP, las encuestas del NES llevadas a cabo en Albania, en 2008,2010 y 2012, arrojaron el resultado de que existen brechas en las competencias profesionales de todos los sectores de la economía. Además, la educación y la formación técnicas profesionales (TVET), impartidas en las 53 escuelas existentes, están casi todas situadas en zonas urbanas. La Comisión toma nota de la adopción de la Ley núm. 15/2017 sobre Educación y Formación Profesional, de 16 de febrero de 2017, que apunta a mejorar el desarrollo de las competencias profesionales, a efectos de abordar la brecha de las competencias profesionales. También toma nota de la adopción de la decisión núm. 64 sobre el programa de promoción del empleo de los jóvenes que adquirieron la condición de huérfanos, de 27 de enero de 2016, así como el apoyo recibido de 2010 a 2017 del Ministerio Federal Alemán de Cooperación Económica, como parte del «Programa de educación y formación profesional (VET)». La Comisión también toma nota de la información comunicada sobre el actual proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y del Fondo de Población de las Naciones Unidas (PNUD), aplicado en colaboración con el Ministerio de Bienestar Social y Juventud, que se dirige a mejorar las oportunidades de empleo juvenil en las regiones de Lezha, Kukes y Shkodra, que tienen elevadas tasas de desempleo. En particular, la Comisión acoge con agrado el enfoque del proyecto en los jóvenes con discapacidad, con el objetivo de creación de oportunidades de empleo para promover su inclusión sostenible en el mercado de trabajo. La Comisión solicita al Gobierno que siga comunicando información sobre el impacto de las medidas adoptadas en el terreno de la TVET y sobre su relación con las posibles oportunidades de empleo. También solicita al Gobierno que indique de qué manera se consulta a los interlocutores sociales y a otras partes interesadas respecto del desarrollo de los programas de la TVET.
Artículo 3. Consulta con los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de que el Gobierno no ha comunicado información sobre este punto. En consecuencia, reitera su solicitud de que el Gobierno comunique información sobre las actividades del Consejo Administrativo Tripartito y del Consejo Nacional del Trabajo respecto de la formulación y de la aplicación de las medidas activas de mercado de trabajo. También solicita al Gobierno que indique la naturaleza y los resultados de las consultas celebradas con los representantes de las personas afectadas por las medidas adoptadas o previstas.
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