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Direct Request (CEACR) - adopted 2018, published 108th ILC session (2019)

Human Resources Development Convention, 1975 (No. 142) - Argentina (Ratification: 1978)

Other comments on C142

Observation
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Direct Request
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La Comisión toma nota de las observaciones formuladas por la Confederación General del Trabajo de la República Argentina (CGT-RA), recibidas el 31 de agosto de 2018. La Comisión solicita al Gobierno que envíe sus comentarios al respecto.
Artículos 1 a 4 del Convenio. Formulación y aplicación de políticas y programas de orientación y formación profesional. En respuesta a los comentarios anteriores de la Comisión, el Gobierno indica que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) ha reforzado sus funciones en materia de formación profesional a través de la Secretaría de Empleo con el objetivo de mejorar la formulación, implementación y monitoreo de políticas, planes, programas y acciones para promover el empleo, la capacitación laboral y el mejoramiento de las condiciones de empleo y de empleabilidad de los desocupados. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en relación con la ejecución de los programas de orientación y formación profesional señalados en su memoria anterior, tales como el «Programa de Jóvenes con Más y Mejor Trabajo». Asimismo, el Gobierno informa de la adopción en 2018 del Programa de formación laboral básica, destinado a personas en situación de vulnerabilidad, en especial jóvenes con dificultades para acceder al mercado laboral, desocupados o subocupados, sin formación escolar básica completa o adecuada. Este programa se especializa en otros más específicos con miras a alcanzar distintos objetivos: i) Programa de competencias sociolaborales básicas, que tiene como fin proporcionar una formación a jóvenes mayores de 18 años que no han completado sus estudios, para lo cual colabora en alcanzar y certificar el nivel de desarrollo de competencias sociolaborales básicas requeridas en el mundo laboral para el trabajo autónomo o dependiente; ii) Programa de orientación laboral, cuyo objetivo es promover las competencias necesarias para acceder al mercado laboral y/o reposicionarse en el mismo; iii) Programa de formación laboral inicial, que proporciona capacitación en distintas ramas, entre otras, formación por área ocupacional, formación para la economía familiar y formación transversal. El Gobierno informa también de la creación del sitio web denominado Trabajo en Red, que permite establecer nexos de manera gratuita entre las personas que buscan trabajo y las empresas. Además, el Gobierno se refiere al desarrollo de acciones bajo el programa «Entrenamiento para el Trabajo», a través del cual se proporciona un aprendizaje práctico en un puesto de trabajo, con la finalidad de mejorar las competencias y habilidades de los trabajadores desocupados para promover su inserción laboral, brindando a las empresas la posibilidad de formar a los beneficiarios de acuerdo con sus requerimientos. Por último, el Gobierno indica que, en el marco del Programa de Inserción Laboral (PIL), se otorgan incentivos económicos durante un plazo de hasta veinticuatro meses a aquellas empresas que recluten a trabajadores desocupados. La Comisión toma nota de que, en sus observaciones, la CGT RA destaca la falta de información disponible acerca del impacto de los programas sobre recursos humanos implementados por el MTEySS. Por otro lado, la CGT RA afirma que se prevé la unificación de las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral (GECAL) con las agencias territoriales, lo cual podría dar lugar a que se pierda la especificidad en el tratamiento de las materias de las que son responsables tales entidades. A este respecto, la CGT RA observa que mientras que las GECAL tienen injerencia en la ejecución de los programas de empleo y capacitación, las agencias territoriales tienen competencia en materia de relaciones y conflictos laborales. La Comisión solicita al Gobierno que continúe proporcionando información actualizada y detallada, incluyendo estadísticas desglosadas por edad y sexo, sobre el impacto de las políticas y los programas aplicados en relación con la orientación y formación profesionales. La Comisión también solicita al Gobierno que comunique información sobre la propuesta de unificación de las GECAL con las agencias territoriales, y sobre su posible impacto.
Artículo 5. Cooperación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de que el Gobierno se refiere a la conformación de la Comisión permanente de Formación Profesional en el seno del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil (CNEPySMVM), en la que participan representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores, así como del Estado Nacional y del Consejo Federal del Trabajo (gobiernos provinciales) con el fin de celebrar consultas sobre temas relativos a las relaciones laborales, realizar estudios y formular recomendaciones al respecto. Igualmente, la Comisión observa que el Gobierno indica que los interlocutores sociales participaron en el establecimiento de las competencias en el Programa de competencias sociolaborales básicas y en la formación por área ocupacional prestada en el marco del Programa de formación laboral inicial. La Comisión toma nota de que, por su parte, la CTG RA alega la desaceleración con que se convoca a los interlocutores sociales a participar en las instancias de diseño y definición de políticas de formación profesional de trabajadores. La CTG RA indica que, si bien se han celebrado reuniones con los interlocutores sociales en los consejos sectoriales de formación y certificación entre 2017 y agosto de 2018, no se han aprobado, desarrollado ni financiado acciones de formación en conjunto con los sectores de cada actividad. Finalmente, la CGT RA se refiere a la presentación por parte del Gobierno de un proyecto de ley para crear una agencia nacional de formación laboral, diferenciando la formación laboral de la formación profesional. Ante ello, la CGT RA solicita espacios de diálogo social efectivo en las instancias de definición de las políticas en materia de formación laboral, a fin de poder exponer experiencias e incidir en los cambios y propuestas. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información más específica y detallada sobre el modo en el que se consulta a las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores en relación con la formulación, aplicación y seguimiento de las políticas y programas de orientación y de formación profesional y laboral.
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