ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards
NORMLEX Home > Country profiles >  > Comments

Direct Request (CEACR) - adopted 2018, published 108th ILC session (2019)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Peru (Ratification: 1967)

Display in: English - FrenchView all

La Comisión toma nota de las observaciones formuladas por la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP), recibidas el 3 de septiembre de 2018, así como de las respuestas del Gobierno a dichas observaciones, recibidas el 30 de octubre de 2018.
Artículos 1 a 3 del Convenio. Política activa del empleo. Participación de los interlocutores sociales. En respuesta a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de que el Gobierno indica que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), en el marco de las diversas estrategias y programas de empleo implementados, ha establecido, entre otros, los siguientes objetivos a seguir: promover empleos formales con acceso a derechos laborales y cobertura de seguridad social, desarrollar la empleabilidad y fomentar el autoempleo de los jóvenes, potenciar el órgano tripartito Consejo Nacional de Trabajo, así como generar competencias y oportunidades laborales para personas en situación de vulnerabilidad (particularmente mujeres víctimas de violencia de género y personas con discapacidad) y para personas en condiciones de desempleo o subempleo. El Gobierno se refiere a la implementación de, entre otros, el Programa nacional para la promoción de oportunidades laborales «Impulsa Perú», que promueve el empleo mediante la mejora de las competencias laborales y el incremento de los niveles de empleabilidad de las personas desempleadas, subempleadas y en riesgo de perder el empleo. El Gobierno informa también de la implementación del Programa para la generación de empleo social inclusivo «Trabaja Perú» con miras a generar empleo sostenido y de calidad para la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y extrema pobreza, a través del confinamiento en mano de obra no calificada de proyectos de inversión pública de infraestructuras básicas sociales y económicas. Los beneficiarios de dicho programa son mujeres, jefas del hogar, jóvenes y personas con discapacidad en situación de pobreza o extrema pobreza. Asimismo, el Gobierno informa de la elaboración de una propuesta de Plan nacional de empleo verde, que tiene como objetivo promover la creación de empleos decentes que incidan en el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y en la mejora del medio ambiente, incluyendo a los grupos en situación de vulnerabilidad. Además, a través de los centros de empleos se ofrecen servicios gratuitos y personalizados de asesoría y capacitación laboral a los buscadores de empleo. En relación con las medidas tomadas con la finalidad de disminuir la informalidad en el empleo, el Gobierno se refiere a la adopción de la Estrategia sectorial para la formación laboral 2018-2021, que incluye la aplicación de incentivos de ingreso a la formalización y del cumplimiento de la legislación, la sensibilización sobre los beneficios de la formalidad y la creación del Centro para la formalización laboral «Formaliza Perú», que permite el acceso a servicios públicos y privados que facilitan el acceso a la formalización. Por su parte, la CATP afirma que tales medidas no son suficientes, ya que existen sectores formales con alta tasa de informalidad, tales como el sector de transporte terrestre por carretera y el transporte urbano (el 99 por ciento de los trabajadores no se encuentran registrados en los libros de planilla de la empresa). La CATP señala que el MTPE no cuenta con recursos suficientes para fiscalizar el cumplimiento de las medidas implementadas en materia de formalización, de manera que hay numerosos trabajadores informales en empresas formales que no gozan de los beneficios sociales y de la remuneración mínima que se prevé en el ordenamiento jurídico. En lo que respecta a las tendencias del mercado de trabajo, el Gobierno informa de que en 2017 había 236 365 hombres y 177 915 mujeres económicamente activos en empresas privadas que cuentan con dos a diez trabajadores en condición de formalidad laboral. El Gobierno añade que la tasa de formalidad era del 13,4 por ciento (11,9 por ciento entre los hombres y 16 por ciento entre las mujeres). Por último, la Comisión toma nota de que el Gobierno indica que la Política nacional del empleo fue derogada en virtud del decreto supremo núm. 032-2018-PCM23 de marzo de 2018. El Gobierno agrega que posteriormente se aprobó la Política general de gobierno al 2021, que incluye entre los lineamientos generales del Gobierno, la elaboración de la Política nacional de empleo, y en particular el fomento de la generación de empleo formal y de calidad, con énfasis en los jóvenes. La Comisión toma nota de que la CATP sostiene que los interlocutores sociales no participan en la formulación de la política de empleo ni son consultados sobre los lineamientos que ésta ha de tener. La Comisión solicita al Gobierno que continúe comunicando información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas para alcanzar los objetivos del Convenio, y en especial, sobre la manera en que éstas propiciaron que las personas beneficiadas (en particular mujeres, jóvenes y personas con discapacidad) obtuvieran empleo pleno, productivo y duradero. Además, solicita al Gobierno que continúe proporcionando información sobre las medidas previstas o adoptadas para fomentar la formalización laboral, así como el impacto de las mismas. La Comisión solicita también al Gobierno que continúe proporcionando información estadística actualizada sobre la evolución del mercado de trabajo, particularmente sobre las tasas de población activa, empleo y desempleo, tanto en la economía formal como en la informal, desglosadas por sexo y edad y, de ser posible, por zona urbana y rural. La Comisión solicita asimismo al Gobierno que envíe información detallada sobre las consultas celebradas con los interlocutores sociales en relación con las materias cubiertas por el Convenio.
Categorías de trabajadores en situación de vulnerabilidad. En sus comentarios anteriores, la Comisión solicitó al Gobierno que comunicase información sobre las medidas adoptadas o contempladas para mejorar la empleabilidad de personas pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad, incluyendo personas con discapacidad, trabajadores mayores y pueblos indígenas. Asimismo, solicitó al Gobierno que proporcionara información sobre el impacto del proyecto para mejorar la empleabilidad de las mujeres recolectoras de oro (pallaqueras). La Comisión toma nota de que el Gobierno informa de la elaboración de una propuesta de Plan nacional de autoempleo productivo, que busca promover el autoempleo de alta productividad y formalidad para la generación de empleo decente. En este marco, se ha conformado una mesa de trabajo para proponer mecanismos de promoción y formalización del autoempleo productivo entre el MTPE y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT). La Comisión toma nota también de las preocupaciones planteadas por la CATP acerca del reducido número de personas con discapacidad que trabajan en el sector público y aborda esta cuestión en su observación en virtud del Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983 (núm. 159). Finalmente, el Gobierno informa de la aprobación del Plan de actuación de capacitación para el emprendimiento a favor de mujeres recolectoras de oro (pallaqueras) o sus hijos en las provincias de San Antonio de Putina, Sandia y Carabaya en Puno, que tiene como objetivo facilitar que tales trabajadoras emprendan un negocio formal sin impacto ambiental mediante el desarrollo de sus capacidades para el emprendimiento, así como el asesoramiento y la asistencia técnica para la elaboración de planes de negocio. El Gobierno indica, sin embargo, que hasta la fecha el plan de actuación no ha sido ejecutado, ya que aún no ha sido dotado de presupuesto. En relación con la promoción del empleo de los pueblos indígenas, la CATP afirma que no se han adoptado medidas al respecto y que la deforestación de la selva, la contaminación de los ríos así como de los lagos de las comunidades indígenas empujan a la población a la minería ilegal o la deforestación de los bosques tropicales. La Comisión observa que el Gobierno no incluye información en su memoria sobre las medidas adoptadas o previstas con miras a mejorar la empleabilidad de trabajadores mayores y pueblos indígenas. Por consiguiente, la Comisión reitera su solicitud al Gobierno de que comunique información actualizada y detallada sobre las medidas tomadas o previstas para mejorar la empleabilidad de las personas en situación de vulnerabilidad, incluyendo los trabajadores mayores e indígenas, incluidas aquéllas adoptadas en el marco del Plan nacional de autoempleo productivo. Solicita también al Gobierno que envíe información sobre el impacto de tales medidas. Asimismo, la Comisión solicita al Gobierno que envíe información sobre la situación en la que se encuentra la ejecución del Plan de actuación de capacitación para el emprendimiento a favor de mujeres recolectoras de oro o sus hijos, así como sobre el impacto del mismo. En lo que respecta a las personas con discapacidad, la Comisión se remite a su solicitud bajo el Convenio núm. 159.
Empleo juvenil. En respuesta a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de que, según información estadística proporcionada por el Gobierno, en 2017 habían 4 594 592 jóvenes económicamente activos, de los cuales 1 219 492 eran ocupados asalariados en condición formal (el 43,4 por ciento). El Gobierno indica que se continúa implementando el Programa nacional de empleo Juvenil «Jóvenes Productivos», el cual tiene entre sus objetivos desarrollar y fortalecer las competencias laborales de los jóvenes en situación de pobreza y pobreza extrema, facilitar su acceso al mercado laboral y apoyar el emprendimiento juvenil. El programa tiene dos líneas de acción: capacitación para la inserción laboral y para el autoempleo. El Gobierno informa de que entre 2016 y junio de 2018 se han beneficiado de dicho programa 6 912 hombres jóvenes y 6 084 mujeres jóvenes. El Gobierno indica que ha elaborado una propuesta de Plan nacional de empleo juvenil, que tiene como finalidad promover el empleo productivo y decente de los jóvenes, la empleabilidad de las jóvenes trabajadoras, las capacidades emprendedoras de los jóvenes, así como la inclusión social de aquellos grupos de jóvenes que se encuentran en situación de pobreza y exclusión social. El Gobierno informa de la adhesión en abril de 2016 al Plan de acción para la juventud de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para abordar la crisis del desempleo juvenil y la transición de los jóvenes al mercado de trabajo. El Gobierno se refiere a la implementación desde 2017 del Programa «Fortalece Perú», cuya vigencia es de cinco años y que tiene como objetivo la mejora y la ampliación de los Servicios del Centro de Empleo (SCE) para la inserción laboral formal de jóvenes urbanos en diversas regiones del país. No obstante, la Comisión toma nota de que la CATP alega que las medidas implementadas por el Gobierno con miras a promocionar el trabajo de los jóvenes tienen tan sólo un impacto temporal. La CATP destaca la elevada tasa de empleo informal y de inadecuación ocupacional de los jóvenes. En particular, la CATP indica que los jóvenes son más vulnerables de trabajar en un empleo informal que los adultos y que más de la mitad de los jóvenes profesionales trabajan en una ocupación que no se encuentra acorde con su nivel educativo. Finalmente, la CATP señala que no se ha tomado en cuenta el impacto en el mercado laboral del avance de los cambios tecnológicos y de la migración laboral de los jóvenes. La Comisión solicita al Gobierno que continúe proporcionando información detallada y actualizada, desagregada por sexo y edad, sobre el impacto de las medidas adoptadas en la creación de oportunidades de empleo productivo y duradero para los jóvenes, especialmente aquéllas adoptadas con miras a promover el empleo formal de los jóvenes.
Coordinación de las medidas de enseñanza y formación técnica y profesional con la política de empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión solicitó al Gobierno que informase sobre el impacto que las medidas de coordinación de la política nacional de empleo y de la política de formación vocacional han tenido en la creación de empleo. La Comisión toma nota de que el Gobierno informa de la celebración el 24 de abril de 2017 de un nuevo convenio de cooperación institucional entre el MTPE, el Ministerio de Educación y el Instituto Peruano de Administración de Empresas (IPAE) para continuar trabajando en el fortalecimiento del Observatorio de educación y empleo «Ponte en Carrera». El Gobierno agrega que desde la implementación de la plataforma electrónica de dicho observatorio en junio de 2016 hasta agosto de 2018, se registraron 855 617 usuarios. Además, el Servicio de orientación vocacional e información ocupacional (SOVIO) del MTPE, ofreció entre enero de 2016 y junio de 2018 orientación profesional y ocupacional de manera gratuita a 162 522 jóvenes de entre 16 y 24 años de edad. En este sentido, la CATP alega que el número de jóvenes a los que se les ofreció orientación es insuficiente, ya que cada año finalizan sus estudios 400 000 jóvenes de entre 16 y 18 años. Asimismo, la Comisión toma nota de que la CATP sostiene que es necesaria la elaboración de una política pública que genere un proceso de cambio en la manera de articular la educación con el trabajo. La CATP denuncia que las organizaciones de trabajadores no participan en las instituciones públicas de formación profesional y que no existe diálogo social en materia de formación profesional. La Comisión observa, sin embargo, que el Gobierno no comunica información en su memoria sobre el impacto que las medidas de coordinación de la política nacional de empleo y de la política de formación vocacional han tenido en la creación de empleo. La Comisión solicita al Gobierno que comunique información detallada actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas, en colaboración con los interlocutores sociales y los representantes de los diferentes sectores para coordinar las políticas de educación y formación con las posibles oportunidades de empleo. Asimismo, reitera su solicitud al Gobierno de que envíe información estadística, desagregada por sexo y edad, sobre el impacto de la aplicación de dichas medidas en la creación de empleo.
Cooperativas. En respuesta a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en relación con las medidas tomadas para promocionar la creación de empleo productivo a través de las cooperativas y para combatir y erradicar las prácticas de las «pseudocooperativas». A este respecto, el Gobierno informa de que se encuentra en proceso de evaluación la adopción de una nueva ley general de cooperativas con miras a actualizar la normativa vigente hasta el momento, ya que muchos de sus aspectos se encuentran desactualizados y causan confusión al momento de constituir una cooperativa o de determinar los aspectos tributarios o el régimen de supervisión. El Gobierno indica que la nueva propuesta unifica la regulación relativa a las cooperativas y que su elaboración ha sido consensuada con los gremios cooperativos e instituciones públicas competentes en materia de cooperativas. Asimismo, la dirección de cooperativas e institucionalidad de la Dirección General de Desarrollo Empresarial (DGDE) ha señalado la necesidad de diseñar e implementar una política pública para las cooperativas, que defina los objetivos y lineamientos estratégicos para la promoción y el desarrollo sostenible de dicho sector. Por otro lado, el Gobierno se refiere al Programa My.COOP Perú, que busca mejorar la competitividad de las cooperativas agrarias mediante el desarrollo de capacidades de gestión y el fomento de la educación cooperativa con el objetivo de ofrecer productos y servicios de alta calidad. El Gobierno indica que entre enero de 2012 y julio de 2018 se capacitaron a 1,25 millones de representantes (directivos y trabajadores) de 251 cooperativas en diversos departamentos del país. La Comisión observa que, según el censo de cooperativas de 2016, las cooperativas tienen presencia en más de 300 distritos a nivel nacional y cuentan más de 1,5 millones de socios. La Comisión toma nota de que, en sus observaciones, la CATP sostiene que no existe un verdadero desarrollo cooperativo en el país. Respecto a las medidas tomadas para combatir y erradicar las prácticas de las «pseudocooperativas», el Gobierno informa de la elaboración de una norma de supervisión de cooperativas con miras a que las cooperativas de ahorro y crédito cuenten con un marco regulatorio y sean supervisadas. La citada norma contempla también la creación de un fondo de seguro de depósito cooperativo del que forma parte el Ministerio de la Producción (PRODUCE). La Comisión solicita al Gobierno que envíe información detallada y actualizada sobre el impacto de las medidas tomadas o previstas para fomentar la creación y promoción de empleo productivo por parte de las cooperativas, incluyendo aquéllas adoptadas en el marco del Programa My.COOP Perú. La Comisión solicita también al Gobierno que comunique información sobre la situación en la que se encuentra la elaboración y adopción de la nueva ley general de cooperativas, de una política pública para las cooperativas y de una norma para la supervisión de cooperativas, y que proporcione una copia de las mismas una vez éstas sean adoptadas.
Micro, pequeñas y medianas empresas (MYPE). La Comisión toma nota de que el Gobierno se refiere a la adopción de diversas medidas con miras a impulsar las micro, pequeñas y medianas empresas, tales como la aprobación en 2017 del Programa Nacional «Tu Empresa», con la finalidad de contribuir al aumento de la productividad y de las ventas de las micro y pequeñas empresas, brindándoles facilidades para formalizarse, acceder al crédito formal, digitalizarse y desarrollar las capacidades de los empresarios. En enero de 2017, se aprobó el decreto legislativo núm. 1332, el cual optimiza los procesos de asesoría y asistencia técnica para la constitución de empresas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial (CDE), con el fin de promover la formalización empresarial. El Gobierno se refiere también a los Centros de Mejor Atención al Ciudadano MYPE (MACMYPE), que centraliza los servicios relacionados con apertura de negocios y desarrollo empresarial que ofrecen las instituciones públicas, permitiendo de esta forma un ahorro de costo y tiempo. Además, el Gobierno indica que se han llevado a cabo una serie de acciones en el marco de la Alianza del Pacífico (AP), integrada por Colombia, Chile, México y Perú, con la finalidad de crear un área de integración en la que se asegure plena libertad para la circulación de bienes, servicios, capitales y personas. En este sentido, el Gobierno indica que se prevé la suscripción de un memorando de entendimiento con el objetivo de crear una Red de CDE de la AP para impulsar el crecimiento y la internacionalización de las MYPE en los señalados países. La Comisión toma nota también de que la CATP denuncia las dificultades de las MYPE para acceder a créditos (las tasas crediticias en ocasiones son de más del 50 por ciento de interés anual), lo que dificulta su formalización, de manera que se convierten en empresas que tan sólo subsisten y muchas veces establecen un dumping social en contra de sus trabajadores. La Comisión solicita al Gobierno que continúe enviando información detallada y actualizada sobre las medidas tomadas o previstas para facilitar la creación de micro, pequeñas y medianas empresas en el país, especialmente aquéllas que destinadas a promover su formalización y acceso al crédito. Asimismo, la Comisión solicita al Gobierno que proporcione datos estadísticos sobre el número y tipo de empresas creadas y el número de puestos creados por dichas empresas.
© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer