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Observation (CEACR) - adopted 2019, published 109th ILC session (2021)

Social Policy (Basic Aims and Standards) Convention, 1962 (No. 117) - Nicaragua (Ratification: 1981)

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Observation
  1. 2019
  2. 2018
  3. 1995

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Seguimiento de las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas (Conferencia International del Trabajo, 108.ª reunión, junio de 2019)

La Comisión toma nota de la discusión que tuvo lugar en la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia, en junio de 2019, respecto a la aplicación del Convenio. La Comisión de la Conferencia instó al Gobierno a que, con carácter de urgencia: i) garantizase que las políticas del mercado de trabajo se aplican en consulta con las organizaciones de trabajadores y de empleadores más representativas, libres e independientes a fin de ayudar a cumplir los principios del Convenio, con la asistencia técnica de la OIT; ii) asegurase que los trabajadores migrantes y sus familias reciban una protección adecuada contra la discriminación, y iii) elaborase y aplicase políticas económicas y del mercado de trabajo sólidas y sostenibles, en consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores más representativas, libres e independientes. A este respecto, la Comisión de la Conferencia alentó al Gobierno a que recurriera a la asistencia técnica de la OIT. Asimismo, pidió al Gobierno que transmitiera a la Comisión de Expertos más información sobre las medidas adoptadas con miras a que fuera examinada en su siguiente reunión.
Partes I y II del Convenio. Mejoramiento del nivel de vida. En sus comentarios anteriores, la Comisión expresó su profunda preocupación por la grave situación en el país provocada por la crisis política y social originada tras las protestas que se iniciaron el 18 de abril de 2018 y que perjudicó seriamente las condiciones de vida de la población. La Comisión tomó nota de la información incluida en el informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) «Violaciones de derechos humanos y abusos en el contexto de las protestas en Nicaragua, del 18 de abril al 18 de agosto de 2018», en el que se expresó preocupación en relación con las violaciones de derechos humanos y abusos en el contexto de las protestas. En particular, la Comisión tomó nota de que, desde el inicio de la crisis, numerosas personas perdieron sus empleos, aumentó el número de personas en situación de pobreza, se produjeron ocupaciones ilegales de tierras privadas por parte de grupos progubernamentales y el derecho a la salud se vio significativamente afectado. Al respecto, la Comisión solicitó al Gobierno que proporcionase información sobre los resultados alcanzados por el Plan Nacional de Desarrollo Humano (PNDH 2012-2016), la Estrategia de Alianza con el País (EAP) de Nicaragua para 2018 2022, así como sobre todas aquellas medidas destinadas a asegurar el mejoramiento del nivel de vida de la población nicaragüense, especialmente en relación con grupos en situación de vulnerabilidad, tales como mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, pequeños productores que practican agricultura de subsistencia, y comunidades indígenas y afrodescendientes. Asimismo, al tiempo que tomó nota del detrimento de las condiciones de vida de la población como consecuencia de la crisis política y social en el país, la Comisión solicitó al Gobierno que tomase las acciones necesarias para que tales medidas tuvieran en cuenta las necesidades familiares de los trabajadores, de carácter esencial. La Comisión solicitó además al Gobierno que enviase información sobre todas las medidas tomadas al respecto y el resultado de éstas. En este contexto, la Comisión recordó al Gobierno la posibilidad de solicitar la asistencia técnica de la OIT.
La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que, gracias a la implementación de diversos programas y proyectos sociales, se han alcanzado importantes avances en el aumento del bienestar de la población y la disminución de la pobreza y la pobreza extrema. El Gobierno informa, no obstante, de que, en 2018, algunos sectores económicos experimentaron un decrecimiento económico del 3,8 por ciento como consecuencia de los altercados acaecidos en el país en los últimos meses. La Comisión toma nota también de la información proporcionada por el Gobierno sobre los programas implementados en relación con los pequeños productores y los trabajadores del sector rural entre 2014 y 2018. Entre otros, el Gobierno se refiere a la implementación del «Proyecto apoyo de adaptación a cambios en los mercados y a los efectos del cambio climático», mediante el cual 14 273 familias productoras de café y cacao, recibieron capacitación y apoyo técnico. Además, en el marco del «Plan especial de apoyo a pequeños productores» se proporcionó asistencia técnica y acompañamiento a 205 979 productores y productoras. Por otro lado, el Gobierno indica que, gracias a la negociación colectiva, se incrementó el salario mínimo de 380 000 trabajadores de los diferentes sectores económicos. En lo que respecta al acceso a la salud de la población nicaragüense, el Gobierno indica que en el país hay 1 520 centros de salud y 66 clínicas móviles, y que el número de personal sanitario se incrementó de 5 566 a 6 318 médicos y de 31 124 trabajadores de la salud a 35 841. El Gobierno añade que 752 052 trabajadores se encuentran afiliados al sistema de la seguridad social. En lo que respecta a la educación, el Gobierno se refiere al desarrollo del «Plan de Educación 2017-2021», que tiene como objetivo continuar mejorando el acceso de la población a la educación (en especial de los miembros de comunidades indígenas y afrodescendientes), así como la calidad educativa y la formación integral. Por último, el Gobierno informa de la construcción de 57 859 viviendas con miras a garantizar el derecho a la vivienda de 236 165 personas. La Comisión toma nota, no obstante, de que el Gobierno continúa sin proporcionar información sobre los resultados alcanzados por el PNDH 2012-2016 y la EAP de Nicaragua para 2018-2022. La Comisión reitera su solicitud al Gobierno de que proporcione información detallada, incluyendo estadísticas desagregadas por sexo y edad, sobre los resultados alcanzados por la Estrategia de Alianza con el País (EAP) de Nicaragua para 2018-2022, así como sobre todas aquellas medidas destinadas a asegurar el mejoramiento del nivel de vida de la población nicaragüense (artículo 2), especialmente en relación con grupos en situación de vulnerabilidad, tales como mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, pequeños productores que practican agricultura de subsistencia, y comunidades indígenas y afrodescendientes. La Comisión solicita al Gobierno que continúe enviando información sobre las acciones adoptadas para que tales medidas tengan en cuenta las necesidades familiares de los trabajadores, de carácter esencial, tales como los alimentos y su valor nutritivo, la vivienda, el vestido, la asistencia médica y la educación en tales medidas (artículo 5, párrafo 2). Solicita además al Gobierno que continúe enviando información detallada sobre todas las medidas tomadas al respecto y el resultado de éstas.
Parte III. Trabajadores migrantes. En sus comentarios anteriores, la Comisión solicitó al Gobierno que proporcionase información sobre las medidas adoptadas para que las condiciones de trabajo de los trabajadores migrantes obligados a vivir fuera de sus hogares tengan en cuenta sus necesidades familiares. Asimismo, solicitó al Gobierno que enviase información estadística sobre el número de trabajadores migrantes obligados a vivir fuera de sus hogares. La Comisión toma nota de que, según información proporcionada por la Dirección General de Migración y Extranjería, el número de nicaragüenses que han emigrado al extranjero por motivos laborales, así como de trabajadores extranjeros que llegaron al país buscando trabajo, ha ido en aumento. En 2014, el número de nicaragüenses que emigraron al extranjero fue de 2 641, mientras que en 2018 fueron 336 965 nacionales los que emigraron. Por su parte, el número de trabajadores inmigrantes en Nicaragua en 2014 era de 5 194, mientras que en 2018 había 183 275 trabajadores inmigrantes. Por otro lado, la Comisión toma nota de la copia del acuerdo celebrado entre Costa Rica y Nicaragua en diciembre de 2007, con miras a regular el procedimiento de gestión migratoria laboral binacional en materia de trabajadores temporales. El acuerdo establece que el Gobierno de Costa Rica deberá asegurar a los trabajadores nicaragüenses los mismos derechos laborales, remuneraciones y liquidaciones laborales que las previstas para los trabajadores nacionales en el ordenamiento jurídico nacional, así como condiciones de alojamiento que se ajusten a las recomendadas por las disposiciones nacionales en materia de higiene y seguridad. En el marco de dicho acuerdo, el Gobierno se refiere a la «recomendación colectiva específica sobre el trabajador temporal agrícola» aprobada el 1.º de septiembre de 2017 por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) de Costa Rica, por la que se autoriza a 750 trabajadores extranjeros a trabajar por un período determinado en la siembra y cosecha del melón en Costa Rica. La Comisión solicita al Gobierno que continúe enviando información estadística actualizada, desagregada por sexo y edad, sobre el número de trabajadores migrantes obligados a vivir fuera de sus hogares.
Artículo 13. Ahorro voluntario. En sus comentarios anteriores, la Comisión solicitó al Gobierno que enviase información sobre las medidas adoptadas para estimular a los asalariados y a los productores independientes que practiquen alguna de las formas de ahorro voluntario contempladas por el Convenio. La Comisión solicitó también al Gobierno que indicase las medidas adoptadas para proteger a los mismos contra la usura, especialmente las medidas dirigidas a las mujeres. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que 524 cooperativas se encuentran inscritas en el Registro nacional de cooperativas del Ministerio de la Economía Familiar, Cooperativa y Asociativa (MEFCCA). El Gobierno añade que dichas cooperativas realizan actividades de intermediación financiera, tanto de ahorro como de crédito, con sus 123 862 asociados, de los cuales casi la mitad (52 588) son mujeres. La Comisión solicita al Gobierno que continúe enviando información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas para estimular a los asalariados y a los productores independientes que practiquen alguna de las formas de ahorro voluntario contempladas por el Convenio. Solicita también al Gobierno que envíe información específica y detallada sobre las medidas adoptadas para proteger a los mismos contra la usura, en particular, que especifique las medidas tomadas con miras a reducir los tipos de interés de los préstamos mediante el control de las operaciones de los prestamista y mediante el aumento de facilidades para obtener préstamos para fines apropiados por intermedio de organizaciones cooperativas de crédito o de instituciones sujetas al control de la autoridad competente. Por último, la Comisión solicita al Gobierno que continúe proporcionando información detallada sobre aquellas medidas adoptadas al respecto que estén especialmente dirigidas a las mujeres.
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