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Individual Case (CAS) - Discussion: 2022, Publication: 110th ILC session (2022)

Freedom of Association and Protection of the Right to Organise Convention, 1948 (No. 87) - Belarus (Ratification: 1956)

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2022-BLR-087-Sp

Informaciones escritas proporcionadas por el Gobierno

El Gobierno de Belarús ha examinado el informe de la Comisión de Expertos de 2022 y se ve obligado a indicar una vez más que, lamentablemente, al igual que antes, no se tienen en cuenta los argumentos esgrimidos por las autoridades de Belarús relativos al cumplimiento del Convenio, a la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta y a la situación después de las elecciones presidenciales de 2020.

La posición sobre el caso de Belarús se ha forjado únicamente sobre la base de las quejas presentadas por el Congreso de Sindicatos Democráticos de Belarús (BKDP), la Confederación Sindical Internacional (CSI), IndustriALL Global Union y otras estructuras. Sus evaluaciones y alegaciones a menudo están condicionadas por intereses políticos, y las opiniones de sus dirigentes sobre el camino del desarrollo y la elección geopolítica de Belarús son sesgadas, incorrectas y no deberían utilizarse como una pauta para forjarse una percepción objetiva de la situación en el país.

En la actualidad, es evidente que el cambio brusco negativo de orientación de las evaluaciones de los órganos de control de la OIT en relación con Belarús está asociado exclusivamente con los eventos políticos que han tenido lugar en el país.

El Gobierno insiste en que dicho enfoque es injusto, contraproducente y absolutamente inaceptable, y que puede constituir un gran obstáculo para el desarrollo continuo de la interacción constructiva sobre la aplicación de las recomendaciones tanto en el país como con los representantes de la OIT.

Los eventos de naturaleza estrictamente política, no relacionados con los procesos de diálogo social en el ámbito del trabajo, no deberían ser la base para evaluar la situación con respecto al Convenio.

Al mismo tiempo, las quejas recibidas por la OIT evidencian el deseo de sus autores de llevar deliberada e injustificadamente las cuestiones políticas al ámbito de competencia de la OIT, a fin de garantizar que se ejerza presión sobre el país a través de esta prestigiosa organización internacional.

A la luz de la información proporcionada anteriormente, así como de las recomendaciones de la Comisión de Expertos, el Gobierno considera necesario formular los siguientes comentarios.

Aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta

El Gobierno lamenta profundamente tomar nota de las evaluaciones negativas de sus esfuerzos continuos encaminados a crear una interacción constructiva con los interlocutores sociales y la OIT a fin de aplicar las recomendaciones dirigidas a las autoridades de Belarús.

El Gobierno presta debida atención a los comentarios y recomendaciones de los órganos de control de la OIT. Al mismo tiempo, los órganos de la OIT deberían adoptar un enfoque más crítico del contenido de las quejas que reciben, y no deberían forjarse una posición únicamente sobre la base de datos no confirmados. Las quejas de los sindicatos no siempre son causadas por una situación objetiva y no siempre reflejan la situación real.

Creemos que la posición abierta y la disposición del Gobierno para entablar un diálogo constructivo con los interlocutores sociales y la OIT son una buena base para continuar la interacción sobre la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta, cuya esencia conlleva el trabajo sistemático y a largo plazo de todos los actores interesados en mejorar el diálogo social con la consideración obligatoria de las realidades e intereses nacionales de Belarús.

El Gobierno ya ha adoptado una serie de medidas concretas, a raíz de las cuales se han aplicado plenamente algunas de las recomendaciones, y se han realizado progresos considerables en la aplicación de las recomendaciones restantes.

Así pues, las recomendaciones de la comisión de encuesta se han señalado a la atención del público en general. Se han adoptado medidas sistemáticas para informar a los representantes de las instituciones judiciales y a las autoridades judiciales sobre la necesidad de examinar atentamente las quejas sobre la discriminación antisindical. Se ha introducido un mecanismo adicional para la protección de los derechos sindicales —se ha confiado al Consejo para la Mejora de la Legislación en los Ámbitos Social y Laboral la función de un órgano independiente tripartito que goza de la confianza de todas las partes interesadas—. Se han adoptado medidas para liberalizar el proceso de registro de los sindicatos —se ha abolido la Comisión Nacional de Registro, y se ha anulado el requisito de contar con al menos el 10 por ciento del número total de trabajadores para constituir un sindicato—. El Gobierno supervisa continuamente las cuestiones de la interacción entre las administraciones de las empresas y los sindicatos, estableciendo claramente su posición sobre la inadmisibilidad de la injerencia de los directores de las empresas en las actividades de las organizaciones sindicales.

Cabe destacar que, durante todo este tiempo, el Gobierno se ha ceñido claramente a los acuerdos alcanzados y a los planes elaborados conjuntamente con la OIT para aplicar las recomendaciones.

Como consecuencia de la labor realizada por la misión de contactos directos en el país en 2014, con el apoyo de la OIT, se han realizado una serie de actividades internacionales de cooperación técnica encaminadas a aplicar determinadas recomendaciones de la comisión de encuesta.

A pesar de que, a día de hoy, las propuestas de la misión de contactos directos se han aplicado con éxito, el Gobierno está interesado en seguir interactuando con la OIT, tanto sobre la aplicación de las recomendaciones como sobre una gran diversidad de cuestiones que cumplen las metas y los objetivos de la Organización.

El Gobierno reafirma su compromiso con los principios y derechos fundamentales en el trabajo, y expresa su disposición para seguir colaborando de una manera constructiva con los interlocutores sociales y la Oficina Internacional del Trabajo en lo referente a cuestiones de interés, así como a muy diversas cuestiones sociales y laborales, siempre y cuando se tengan en cuenta la realidad y los intereses soberanos de la República de Belarús.

Recomendación 8 de la comisión de encuesta

Llevar ante la justicia a quienes infringen la ley

En sus recomendaciones, los órganos de control de la OIT se refieren a la recomendación 8 de la comisión de encuesta, conforme a la cual debería garantizarse a los dirigentes sindicales una protección adecuada, o incluso inmunidad contra la detención administrativa, en el desempeño de sus funciones o cuando ejerzan sus libertades civiles.

Cabe señalar que esta recomendación no se refiere en absoluto a la liberación de los trabajadores sindicalizados de toda responsabilidad en caso de cometer actos ilícitos. Además, el artículo 8, 1) del Convenio núm. 87 de la OIT prevé la necesidad de respetar el Estado de derecho en el ejercicio de los derechos reconocidos por dicho convenio.

En relación con esto, consideramos necesario destacar que cualquier alegación de que los activistas sindicales han sido considerados responsables únicamente por participar en protestas pacíficas y huelgas lícitas es falsa y está totalmente injustificada. Ha habido motivos legales fundados para llevar ante la justicia a los ciudadanos que realizaron actividades ilícitas.

Por consiguiente, cualquier llamamiento para liberar y retirar todas las acusaciones contra los activistas sindicales, que —insistimos— han sido considerados responsables de determinados actos de violación de la ley, parece estar totalmente injustificado.

Autoridades judiciales imparciales e independientes, juicio justo

En Belarús se respeta el principio del Estado de derecho. El Estado garantiza los derechos y las libertades de los ciudadanos, consagrados en la Constitución y la legislación, y estipulados por las obligaciones internacionales.

En virtud de las disposiciones del artículo 60 de la Constitución, un tribunal competente, independiente e imparcial garantiza a todas las personas la protección de sus derechos y libertades.

Los jueces al servicio de la administración de la justicia son independientes y se rigen únicamente por la ley. La injerencia en las actividades de los jueces es inaceptable e implica una responsabilidad de conformidad con la ley.

El juicio de las causas en todos los tribunales está abierto. Las vistas de las causas en una sesión a puerta cerrada se permiten en los casos especificados por la ley, de conformidad con todas las normas de las actuaciones judiciales.

La administración de la justicia tiene lugar sobre la base del principio de competitividad y la igualdad de las partes en el proceso.

Las decisiones judiciales son vinculantes para todos los ciudadanos y funcionarios.

Las partes y las personas que toman parte en el proceso tienen el derecho de recurrir las decisiones, sentencias y otras decisiones judiciales.

No existen obstáculos para que los ciudadanos recurran a un tribunal.

Registro de los sindicatos

Examen de las cuestiones relativas al registro en el marco del Consejo tripartito para la Mejora de la Legislación en el Ámbito Social y Laboral

En Belarús, al nivel de la legislación, se han tomado las disposiciones necesarias para garantizar que los sindicatos y sus estructuras organizativas pasen con éxito el procedimiento del registro estatal.

Las decisiones que afectan el derecho de los ciudadanos a afiliarse a sindicatos se toman en estricta conformidad con la legislación vigente, sobre la base del principio de la máxima consideración de los intereses y derechos de los ciudadanos y los sindicatos.

Con el fin de aumentar las posibilidades de los sindicatos en términos de obtener una dirección legal, se les brinda la oportunidad de estar ubicados, no solamente en la dirección del empleador, sino también en cualquier otro lugar.

Como muestra la práctica, en la actualidad la necesidad de confirmar la presencia de una dirección legal no es un obstáculo para el registro de los sindicatos.

Las denegaciones de registro son infrecuentes y se apoyan en motivos objetivos, que en la gran mayoría de los casos no están relacionados con la falta de confirmación de una dirección legal. Los principales motivos de denegación del registro son el incumplimiento por los sindicatos de las disposiciones de la ley relativas al procedimiento para crear organizaciones sindicales y para presentar a las autoridades registrales toda la información y los documentos necesarios.

Dado que, si se sigue el procedimiento para crear un sindicato, los documentos para el registro tras la eliminación de los obstáculos identificados pueden presentarse nuevamente a las autoridades registrales, la denegación del registro a un sindicato no es equivalente a una prohibición de creación de un sindicato (su estructura organizativa) y no es un obstáculo insuperable para el registro.

Las cuestiones relativas al registro de los sindicatos pueden ser examinadas en el Consejo tripartito, cuando este órgano reanude su labor (tras la mejora de la situación epidemiológica).

Al mismo tiempo, el examen de cualquier cuestión en el marco del Consejo solo es conveniente si los materiales presentados por las partes al Consejo confirman realmente la existencia de una cuestión problemática. De lo contrario, los miembros del Consejo no tendrán ningún motivo para examinar y discutir el punto del orden del día pertinente.

Organización y celebración de eventos públicos de masas

Recepción y utilización de ayuda gratuita extranjera

El Gobierno lamenta tomar nota de que no se tienen en cuenta sus argumentos relativos a las posibles consecuencias destructivas de la aplicación de las recomendaciones encaminadas a debilitar el control estatal de los fondos recibidos por el país del extranjero, y a la exención de las estructuras sindicales de toda responsabilidad cuando violen la ley durante los eventos de masas.

El procedimiento establecido en el país para recibir ayuda gratuita extranjera se vincula injustificadamente con los artículos 5 y 6 del Convenio. Estos artículos no contienen disposiciones sobre el derecho de los sindicatos a recibir gratuitamente asistencia financiera o de otro tipo para realizar actividades políticas o de agitación entre la población.

La legislación del país no prohíbe la recepción de ayuda gratuita extranjera por los sindicatos. Al mismo tiempo, la legislación define las condiciones (fines) para la utilización de la ayuda gratuita extranjera, y prevé asimismo que dicha ayuda debe estar registrada de conformidad con lo establecido. El procedimiento de registro es sencillo y puede llevarse a cabo en poco tiempo.

No existe información sobre casos en los que se haya denegado a los sindicatos la recepción de ayuda gratuita extranjera. No existen casos de liquidación de sindicatos por no respetar el procedimiento para su utilización.

Al mismo tiempo, si se facilita a las fuerzas externas la oportunidad de patrocinar eventos de masas en el país, esto puede utilizarse para desestabilizar la situación sociopolítica y socioeconómica, lo cual, a su vez, tendrá un impacto sumamente negativo en la vida de la sociedad y en el bienestar de los ciudadanos.

La prohibición de la recepción y utilización de ayuda gratuita extranjera con fines que conllevan actividades políticas o de agitación tiene por objeto proteger los intereses de seguridad nacional, y excluir oportunidades para que las fuerzas externas tengan una influencia destructiva y desestabilicen la situación sociopolítica y socioeconómica.

El procedimiento actual para organizar y celebrar eventos de masas en el país no está en conflicto con los principios de la libertad sindical y está en plena consonancia con las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

El objetivo de las disposiciones de la legislación que prevén un castigo por no respetar el procedimiento para la organización y celebración de un evento de masas, lo cual tiene consecuencias muy graves, es prevenir la realización de actividades ilícitas socialmente peligrosas que representen una amenaza real para la vida y la salud de los ciudadanos.

Al celebrar eventos de masas, los sindicatos tienen la obligación de respetar el orden público y, a priori, no deberían permitir actividades a raíz de las cuales el evento pueda perder su carácter pacífico y causar graves daños a los ciudadanos, la sociedad y el Estado.

El castigo previsto por la ley para los organizadores de eventos de masas por causar daños considerables y menoscabar los derechos e intereses de los ciudadanos y las organizaciones, así como los intereses públicos o estatales, no es, y objetivamente no debería ser interpretado, como un elemento disuasorio para que los ciudadanos y los sindicatos no ejerzan su derecho a la libertad de reunión pacífica.

La decisión de poner fin a las actividades de un sindicato por infringir la ley sobre los eventos de masas al realizar actividades que han causado daños graves y han menoscabado los derechos y los intereses de los ciudadanos, las organizaciones, la sociedad y el Estado, solo puede ser tomada en un tribunal.

Las enmiendas introducidas a la Ley «sobre los Eventos de Masas» no contienen disposiciones que prohíban a los ciudadanos ejercer su derecho a la libertad de reunión pacífica a fin de proteger sus derechos e intereses legítimos. La enmienda de la Ley tiene por objeto prohibir la organización, preparación y realización de actos que menoscaben la independencia, la integridad territorial y la soberanía del Estado, los cimientos del orden constitucional y la seguridad pública a través de la organización de disturbios masivos, la realización de actos de vandalismo asociados con daños o la destrucción de propiedad, la incautación de edificios y estructuras, y otros actos que atenten manifiestamente contra el orden público, o la participación activa en los mismos.

Teniendo en cuenta la presión política y económica sin precedentes ejercida sobre Belarús, que tiene por objeto socavar su potencial económico, ralentizar su desarrollo y rebajar el nivel de vida de los ciudadanos, creemos que disminuir la responsabilidad por no respetar el procedimiento para celebrar eventos de masas y eliminar las restricciones impuestas a la utilización de la ayuda gratuita extranjera para realizar actividades políticas y de agitación ayudará a crear condiciones para el fortalecimiento de la influencia destructiva externa en la situación del país, lo cual no beneficia a los intereses de Belarús.

Derecho de huelga

El procedimiento actual para organizar y llevar a cabo huelgas en Belarús no va en contra de las normas internacionales del trabajo y permite a los ciudadanos ejercer plenamente su derecho a organizar una huelga lícita a fin de resolver un conflicto laboral colectivo que haya surgido.

En virtud del artículo 8 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los Estados tienen la obligación de garantizar el derecho de huelga, a condición de que este se ejerza de conformidad con las leyes de cada país.

En Belarús, una huelga es una negación voluntaria temporal de los trabajadores a desempeñar sus funciones laborales (en su totalidad o en parte), con el fin de resolver un conflicto laboral colectivo (artículo 388 del Código del Trabajo).

A tenor de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Sindicatos, los sindicatos tienen el derecho de organizar y llevar a cabo huelgas de conformidad con la Ley, mientras que las reivindicaciones políticas están prohibidas durante las huelgas iniciadas por sindicatos.

La prohibición de presentar reivindicaciones políticas durante una huelga también se prevé en la tercera parte del artículo 388 del Código del Trabajo de la República de Belarús.

Las acciones de protesta no autorizadas que tuvieron lugar en la República, y los intentos de organizar una huelga en las empresas sin tener en cuenta los requisitos, no están relacionados en absoluto con la aplicación de los derechos y las libertades sindicales para proteger los intereses laborales, sociales y económicos de los ciudadanos, y tampoco con los asuntos que se pide a los sindicatos que solucionen.

Los organizadores de las acciones de protesta ilícitas en las empresas, cuyo objetivo es lograr exclusivamente objetivos políticos, y no hacer realidad los derechos y libertades de los trabajadores, engañaron deliberadamente a los trabajadores en cuanto a la legalidad de dichas acciones, sustituyendo conceptos legales tales como un movimiento de huelga y un evento de masas.

Por su parte, las autoridades han pedido reiteradamente a los ciudadanos que respondan de una manera equilibrada y prudente a los llamamientos para participar en los eventos de masas denominados movimientos de huelga, y que no sucumban a provocaciones que pueden causar daños económicos a las empresas y al Estado, y socavar los derechos e intereses de otros ciudadanos.

La aplicación de las propuestas de legalizar las huelgas políticas no contribuirán al ejercicio del derecho de los sindicatos a realizar sus actividades con plena libertad, ya que brindará nuevas oportunidades de abuso por diversas estructuras destructivas, además de utilizarse para socavar el potencial económico de la República, lo que no redunda en interés de ninguna de las partes en el diálogo social.

La información presentada en las quejas sindicales sobre los ciudadanos que son presuntamente objeto de discriminación, presión y represión por el mero hecho de ejercer su derecho a participar en una huelga pacífica no corresponde a la realidad.

No ha habido huelgas lícitas en las empresas de la República.

Los ciudadanos, representados en las quejas como trabajadores que han sido objeto de acciones represivas por parte de los empleadores y del Estado, se enfrentan con razón a una responsabilidad disciplinaria y/o administrativa por determinadas violaciones de la disciplina laboral y de otras disposiciones de la ley.

En relación con esto, parece ilógico, incorrecto y totalmente infundado señalar que dichos trabajadores han sido objeto de medidas represivas por el mero hecho de participar en huelgas presuntamente pacíficas y lícitas y que, por consiguiente, deben ser puestos en libertad, reincorporados a su trabajo (etc.) y recibir asimismo una indemnización compensatoria.

Consultas con las organizaciones de trabajadores y de empleadores

En la República de Belarús, se ha creado un sistema de alianzas sociales que está funcionando con éxito, en el marco del cual los órganos gubernamentales, las asociaciones de empleadores y los sindicatos interactúan en la formulación y aplicación de la política socioeconómica del Estado.

La elaboración de proyectos de texto jurídicos normativos que regulan las cuestiones del ámbito social y laboral se lleva a cabo con la participación directa de los interlocutores sociales.

Con respecto a las propuestas de enmendar el Reglamento del Consejo de Ministros de la República de Belarús (aprobado por el Decreto núm. 193 de 14 de febrero de 2009), consideramos necesario reiterar que los proyectos de resolución del Gobierno sobre las cuestiones que afectan los derechos e intereses laborales y socioeconómicos de los ciudadanos, de conformidad con el reglamento mencionado anteriormente, se remiten a la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB) para que formule los comentarios y/o propuestas que considere pertinentes, como centro sindical nacional —la mayor asociación independiente voluntaria republicana de sindicatos, que representa los intereses de más de 4 millones de personas, es decir, como la organización más representativa de trabajadores—.

Este enfoque no contradice ningún principio o norma, y permite tener en cuenta lo máximo posible los intereses de los trabajadores durante las consultas y durante la elaboración de disposiciones legislativas.

Resolución de conflictos laborales

El Gobierno confirma una vez más su interés en seguir colaborando con los interlocutores sociales y la OIT, a fin de mejorar el sistema para resolver los conflictos laborales.

El Gobierno valora enormemente la asistencia prestada por la Oficina Internacional del Trabajo en términos de mejorar la labor del Consejo tripartito para la Mejora de la Legislación en el Ámbito Social y Laboral, que se creó con el apoyo consultivo de la OIT como órgano que goza de la confianza de todas las partes, para examinar la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta y solucionar otros problemas de interacción con los interlocutores sociales, incluido el examen de las quejas recibidas.

Así pues, en esta fase, el Consejo tripartito es el órgano (fuera del procedimiento judicial) que debe examinar las cuestiones planteadas por los sindicatos. Al mismo tiempo, el Gobierno está dispuesto a seguir avanzando para mejorar esta función del Consejo o a través de la creación de otra estructura.

El Gobierno espera con interés seguir entablando un diálogo abierto y constructivo con la OIT a fin de garantizar el desarrollo progresivo y armonioso de la República de Belarús, y el bienestar y la prosperidad de sus ciudadanos.

Al mismo tiempo, el Gobierno está sumamente preocupado porque, en la actualidad, una serie de países, estructuras extranjeras y organizaciones, en lugar de desarrollar una cooperación mutuamente beneficiosa, y de fortalecer la solidaridad global y la coherencia de las políticas en los ámbitos económico, social y de otro tipo, está contribuyendo activamente a la desestabilización de la situación en la República de Belarús.

Ha tenido lugar un ataque agresivo y a gran escala a nuestro país en lo que respecta a la información proporcionada, y se están tomando medidas para forjar una imagen sumamente negativa del Estado en el ámbito internacional. El objetivo de todas estas acciones es justificar las sanciones sin precedentes e irrazonables contra las empresas, las organizaciones y los funcionarios de Belarús.

El Gobierno lamenta profundamente que países hostiles y diversas estructuras estén utilizando activamente la plataforma de la OIT para formular acusaciones infundadas contra la República de Belarús que no reflejan en absoluto la situación real.

Teniendo en cuenta la situación actual, el Gobierno agradecería a los órganos de la OIT que adopten una actitud imparcial hacia los procesos que están teniendo lugar en el país y que desestimen las evaluaciones críticas apresuradas de las acciones emprendidas por las autoridades nacionales a fin de restablecer la ley y el orden en el país.

El Gobierno insta a que se examine de manera objetiva y exhaustiva el denominado «caso de Belarús», a la luz de toda la información, los argumentos y los comentarios presentados por el Gobierno.

Discusión por la Comisión

Interpretación del ruso: representante gubernamental, Ministra de Trabajo y Protección Social - Gracias por darme la oportunidad de hablar ante la Comisión acerca de la aplicación del Convenio por parte de Belarús y la aplicación de las conclusiones de la comisión de encuesta.

El año pasado se criticó al Gobierno y se formularon recomendaciones. Mi esperanza es que estaremos en condición de informar sobre los progresos realizados, y me esforzaré por hacerlo. Estoy segura de que todos se habrán familiarizado con las conclusiones de la comisión de encuesta y comprenderán que la situación tiene contrastes.

En primer lugar, por lo que respecta a las recomendaciones, el Gobierno de Belarús informó a la OIT de que la aplicación de las conclusiones tendría en cuenta la situación real y el daño potencial para los intereses nacionales. De hecho, entre las 12 recomendaciones, hay algunas que no despertaron ninguna duda en cuanto a su posible aplicación. Se aplicaron de forma clara y rápida. Por ejemplo, difundimos rápida y ampliamente las conclusiones de la comisión de encuesta, adoptando medidas para informar a la judicatura y a la Fiscalía de la necesidad de examinar detalladamente las quejas de posible discriminación antisindical, y para ello se organizaron, junto con la OIT, una serie de seminarios.

En cuanto a la simplificación del registro, se adoptaron decisiones para modificar el requisito legal de un porcentaje del 10 por ciento de los empleados para crear un sindicato. De las 12 recomendaciones, algunas requieren acciones de carácter más amplio y generalizado. Por ejemplo, el Gobierno de Belarús tiene previsto revisar el sistema jurídico y el sistema de resolución de conflictos en colaboración con los interlocutores sociales. Es evidente que estas recomendaciones van a implicar un enlace sistémico con los interlocutores sociales sin un calendario definido para su aplicación. Es un ámbito de trabajo que está en marcha en muchos países, no solo en Belarús.

En cuanto a las recomendaciones relativas a la legislación sobre eventos de masas, quiero subrayar que en Belarús no hay normas distintas. Todos son iguales ante la ley y todos están igualmente obligados a cumplirla. En cuanto a las ayudas gratuitas extranjeras, no existe ninguna prohibición legal para recibirlas, pero la ley define claramente las finalidades de su uso y su orden de registro. Subrayo que esta normativa es de aplicación a todas las personas jurídicas.

Una de las preocupaciones planteadas por la Comisión de Expertos es que la supuesta prohibición de recibir ayudas gratuitas del extranjero viola el Convenio. Quisiera señalar que, aunque actualmente existen dificultades en la aplicación de la conclusión de la Comisión de Expertos, solo con orden judicial puede decidirse la disolución de sindicatos. En los últimos veinte años no ha habido ningún caso de disolución de un sindicato por uso indebido de ayuda gratuita extranjera.

Volviendo a la cuestión de los eventos de masas, la actual legislación de Belarús no plantea en la práctica ningún obstáculo para la libertad de reunión. Existen ciertas limitaciones en cuanto a los fines, o pueden tener su raíz en la seguridad del Estado y de la población, y se ajustan plenamente a las normas internacionales sobre derechos civiles y políticos. La disolución de sindicatos por haberse organizado eventos de masas es algo que tampoco ha ocurrido. Por lo tanto, la práctica de la aplicación de nuestra normativa habla por sí misma.

Quisiera pasar ahora a hablar sobre huelgas. El tema de las huelgas no está cubierto por las recomendaciones. Sin embargo, la Comisión de Expertos lleva varios años solicitando diversas modificaciones del Código del Trabajo en lo que respecta a la regulación de la organización y celebración de huelgas. La posición del Gobierno a este respecto es clara y conocida. Tanto la Constitución como el Código del Trabajo y la legislación sobre sindicatos contemplan todas las garantías necesarias del derecho de huelga de los ciudadanos en Belarús. La huelga es una posibilidad extrema para la resolución de conflictos (un último recurso) y, por tanto, existen condiciones para que estos se resuelvan mediante el diálogo y la conciliación. Creemos que en este ámbito la legislación de Belarús no supone ningún obstáculo para el cumplimiento de las normas de la OIT.

Otra cuestión importante sobre la que me gustaría llamar su atención es la siguiente. La cuestión de la aplicación de las recomendaciones se ha desarrollado siempre de forma positiva. En 2009 se creó el Consejo tripartito para la Mejora de la Legislación en el Ámbito Social y Laboral. Su mandato se diseñó conjuntamente con los interlocutores sociales y la OIT. El Consejo ha servido como principal foro de debate de cuestiones de actualidad sobre aplicación de derechos, entre ellos la libertad sindical y la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta, así como de posibles cambios legislativos. La Comisión tomó nota de estos pasos positivos.

En 2009 se constataron avances en cuanto a la aplicación por parte de Belarús de las conclusiones de la comisión de encuesta. En 2014, la misión de contactos directos en Minsk también observó elementos de pluralismo sindical. Estas son algunas de las medidas positivas adoptadas por el Gobierno para promover el tripartismo. Otro ejemplo tiene que ver con el hecho de que en 2017 Belarús no figuraba, por primera vez, en una lista corta, y las obligaciones de presentación de memorias sobre el Convenio estaban sujetas a un ciclo regular de presentación.

En la OIT se entiende que la situación relativa a la aplicación de las conclusiones de la comisión de encuesta ha dado un giro positivo. Belarús ha mostrado buena voluntad en cuanto a una mayor cooperación. En 2019, celebramos el centenario de la OIT; fue un acontecimiento importante al que siguió la ratificación del Convenio sobre las vacaciones pagadas (revisado), 1970 (núm. 132) y del Convenio sobre seguridad y salud en las minas, 1995 (núm. 176). Estos convenios entraron en vigor en febrero del año pasado.

Otros dos acontecimientos importantes tuvieron lugar: una conferencia tripartita sobre el diálogo social y una sesión del Consejo tripartito a nivel regional y de rama, en la que hubo una consulta con funcionarios de la OIT sobre las cuestiones del tripartismo. Se ha hecho mucho para impulsar nuestra colaboración con la OIT y, a este respecto, la OIT ha tomado debida nota de los esfuerzos del Gobierno.

Sin embargo, desgraciadamente en 2020 los órganos de control de la OIT cambiaron negativamente de sintonía, siendo bastante evidente que la raíz de esto está en los acontecimientos políticos. Después de las elecciones políticas de agosto de 2020, las fuerzas destructivas de la oposición intentaron tomar el poder en el país, dando lugar a la organización de protestas callejeras ilegales. Llamo su atención sobre el hecho de que dichas protestas no tenían ninguna relación con los derechos y las libertades sindicales y, en esa situación, el Estado tomó todas las medidas necesarias para garantizar el orden público y evitar el caos y la desestabilización de la situación en el país.

En la actualidad, la República de Belarús atraviesa un periodo difícil. Los países occidentales, y a su cabeza los miembros de la Unión Europea y los Estados Unidos de América y sus sindicatos representativos, están tratando de imponer medidas coercitivas unilaterales para perjudicar no solo a las empresas sino también a los ciudadanos de a pie y para generar tensiones en nuestra sociedad.

Nos preocupa profundamente que se ejerza este tipo de presión sobre Belarús en forma de descrédito de nuestro país sobre una base infundada. Es bien sabido que los miembros de la oposición de Belarús que se encuentran en el extranjero están muy implicados en tratar de socavar los esfuerzos del Gobierno de Belarús utilizando el artículo 33 de la Constitución de la OIT para alcanzar sus objetivos políticos.

Tales intentos pueden causar un grave daño a la autoridad de la OIT, pues indica que algunos países o grupos de países son capaces de manipularla para sus propios fines. El Gobierno de Belarús pide a la Comisión que evite los intentos de politizar su trabajo. La Comisión debe trabajar exclusivamente dentro de sus competencias.

El Gobierno de la República de Belarús está dispuesto a entablar una colaboración constructiva que no se quede en meras palabras. La República de Belarús es miembro de la OIT desde hace mucho tiempo y ha promovido los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Belarús ha ratificado todos los convenios fundamentales. El país ha puesto en marcha un amplio conjunto de medidas de protección social que abarca todos los ámbitos del quehacer humano y su nivel de desempleo es muy bajo. Es evidente que Belarús ha conseguido mejoras y avances significativos en la defensa de los principios y derechos fundamentales en el trabajo.

Miembros trabajadores - El Gobierno de Belarús sigue violando impunemente su obligación en el marco del Convenio. La Comisión ya debatió la aplicación del Convenio por parte de Belarús en 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2013, 2014, 2015 y 2021 y, antes de 2005, nuestra Comisión debatió sobre Belarús con respecto a este convenio en 1997, 2001, 2002 y 2003, lo que llevó a la creación de una comisión de encuesta por parte del Consejo de Administración en 2003, y a la adopción del informe de la comisión de encuesta en 2004. Nuestra Comisión está llamada a examinar este caso una vez más.

Durante nuestras discusiones del año pasado, el representante gubernamental de Belarús lanzó inquietantes amenazas a los sindicatos independientes tras haberlos calificado de enemigos del Estado. Condenamos las amenazas y lo pusimos en conocimiento de la Oficina y del Director General.

En la actualidad se ha deteriorado drásticamente la situación de los sindicatos independientes, sus dirigentes y sus afiliados en Belarús. El Gobierno está sumido en la represión y la destrucción intencionada y sistemática de los sindicatos independientes en Belarús.

Todos los sindicatos independientes, sus dirigentes y sus afiliados son objeto de acoso incesante. El 19 de abril de 2022, más de 20 dirigentes y activistas del Congreso de Sindicatos Democráticos de Belarús (BKDP) fueron detenidos por el Comité de Seguridad del Estado, entre ellos, los Sres. Alexander Yaroshuk, presidente del BKDP y miembro del Consejo de Administración de la OIT, Siarhei Antusevich, vicepresidente del BKDP y Gennady Fedynich, dirigente del Sindicato de Trabajadores de la Radio y la Electrónica de Belarús (REP). A ellos y a otras personas se les ha aplicado el artículo 342 de la primera parte del Código Penal, siendo acusados de organizar y preparar actos que alteran gravemente el orden público o de participar activamente en ellos, acusación que conlleva la amenaza de una pena de prisión de hasta cuatro años.

El 13 de mayo, el consejo del BKDP se reunió y nombró al Sr. Maxime Pazniakou como presidente en funciones del Sindicato Independiente de Mineros y Trabajadores Químicos de Belarús (BNP).

El 17 de mayo, el Sr. Maxime Pazniakou fue detenido por las autoridades del Estado. El 19 de mayo fue condenado a quince días de detención administrativa y esa condena debería haber expirado hoy, pero se le condenó a otro periodo de quince días.

El 18 de mayo, la vicepresidenta del sindicato REP, Sra. Zinaida Mikhniuk, fue declarada culpable de insultar al Presidente de la República de Belarús en aplicación del artículo 368 del Código Penal. Fue condenada a dos años de prisión en una colonia penal de seguridad general.

El 19 de mayo de este año los fiscales exigieron al BNP la entrega de documentos sindicales, incluso con detalles de los afiliados; se hicieron peticiones similares a otras filiales del BKDP, como el Sindicato Libre de Belarús (SPB) y el Sindicato Libre de Trabajadores del Metal (SPM).

Tales exigencias se formularon a pesar de que las fuerzas de seguridad especializadas ya habían incautado todos los documentos sindicales durante los registros de 19 de abril, un mes antes.

El 25 de mayo de este año los agentes de seguridad llegaron a la oficina del BNP situada en Soligorsk, llevándose al Sr. Alexander Mishuk, presidente del BNP en JSC «Belaruskali», sin dar más información. Se registró a los dirigentes del sindicato, se confiscaron los teléfonos móviles y otros dispositivos de oficinistas del sindicato y los empleados tuvieron que firmar acuerdos de confidencialidad.

A principios de abril de este año el régimen designó como organización extremista al sindicato REP y prohibió todas sus actividades. Cuando los dirigentes del sindicato REP cuestionaron la justificación de tal designación, el aparato de seguridad del Estado respondió intensificando sus registros y detenciones.

Esta extensa lista de actos intencionados, sistemáticos, injustificados e inaceptables de acoso contra los sindicatos independientes de Belarús se remonta solo a los dos últimos meses y estamos profundamente preocupados por la integridad física y la salud de nuestros colegas. Exigimos la liberación inmediata de todos los dirigentes y sindicalistas y la retirada de todos los cargos.

Es urgente que el Gobierno invite a la OIT a visitar a esos colegas en prisión y a comprobar su estado. Deben eliminarse las condenas de los colegas que hayan sido condenados. Por otra parte, el Grupo de los Trabajadores desea destacar la persistente falta de avances en la aplicación de las observaciones y recomendaciones de los órganos de control de la OIT. A los trabajadores de Belarús se les sigue negando el derecho a participar en manifestaciones pacíficas y a organizar reuniones sindicales.

En el debate de la Comisión sobre Belarús del año pasado llegamos a la firme conclusión de que los últimos acontecimientos suponían un paso atrás y un nuevo retroceso por parte del Gobierno respecto de sus obligaciones en virtud del Convenio, e instamos al Gobierno a tomar todas las medidas necesarias ante esta conferencia para aplicar plenamente todas las recomendaciones pendientes de la comisión de encuesta, y la Comisión decidió incluir sus conclusiones en un párrafo especial del informe.

En un informe de marzo de 2021 sobre Belarús, el Comité de Libertad Sindical lamentó profundamente el grave retroceso por parte del Gobierno de Belarús en cuanto a sus obligaciones en virtud de la Constitución de la OIT y a su compromiso de aplicar las recomendaciones de la comisión de encuesta.

Nos alarma profundamente el hecho de que el Gobierno no solo no está aplicando las recomendaciones de la comisión de encuesta ni por supuesto de las observaciones del sistema de control, sino que también está procediendo a la eliminación sindical con respecto a los sindicatos independientes. Un dirigente de un sindicato independiente se considera una amenaza automática para la seguridad y las fuerzas de seguridad lo acosan para que vaya al exilio o a la cárcel.

Podemos darles un ejemplo de la impunidad del Gobierno de Belarús respecto a su obligación para con las normas internacionales del trabajo: mientras que la recomendación 8 de la comisión de encuesta establece que se tomen medidas para liberar a todos los sindicalistas que siguen detenidos y retirar todos los cargos relacionados con la participación pacífica en protestas y acciones colectivas, el Gobierno se está empleando redobladamente en proceder a detenciones masivas de dirigentes y afiliados de sindicatos.

Además, los trabajadores de Belarús siguen sin tener derecho a crear sindicatos sin previa autorización, lo que es contrario al Convenio y a la recomendación 2 de la comisión de encuesta.

El Gobierno no está tomando ninguna medida para ocuparse de las observaciones anteriores de la Comisión de Expertos ni de las conclusiones de la Comisión adoptadas el año pasado.

En relación con los obstáculos al registro de sindicatos creados por el requisito del domicilio legal, observamos que hay nuevos casos de denegación de registro de organizaciones de base de las filiales del BKDP que tuvieron lugar después de la última sesión de esta Comisión. Recientemente se ha revocado el registro de varios sindicatos. El Gobierno no ha proporcionado información al sistema de control, tampoco los informes a la Comisión de Expertos sobre las reformas legislativas solicitadas por la Comisión el año pasado. No se ha producido ningún avance.

Siguen produciéndose novedades legislativas regresivas, como el Decreto Presidencial que aún exige autorización previa para registrar las ayudas gratuitas y que restringe el uso de la ayuda, la Ley de Actividades de Masas que restringe aún más los requisitos para celebrar actos públicos, etc. El Código Penal fue modificado añadiendo nuevas restricciones y sanciones. El Gobierno no ha hecho nada para modificar el Código del Trabajo con el fin de ajustarlo al Convenio.

Para terminar, dieciocho años después de la comisión de encuesta, la conclusión del Grupo de los Trabajadores es que no se ha producido ningún avance en la aplicación de sus recomendaciones. Por el contrario, la situación se ha deteriorado drásticamente tanto en la ley como en la práctica. Hace falta abordar con urgencia la impunidad de la que hace gala frente al sistema de control en su conjunto.

Nuestra discusión de hoy sobre este caso debe enviar una señal clara de que se deben respetar la Constitución y el sistema de control de la OIT y que se deben tomar las medidas apropiadas al respecto.

Miembros empleadores - Quisiera dar las gracias a la representante gubernamental por sus declaraciones en nombre del Gobierno de Belarús.

Como han señalado los miembros trabajadores, la Comisión de Expertos lleva formuladas 14 observaciones sobre este caso desde 1997, y en 2021 tuvo lugar la discusión más reciente en la Comisión del caso de Belarús y su aplicación del Convenio.

En sus conclusiones de 2021, la Comisión expresó su profunda preocupación por el hecho de que, diecisiete años después del informe de la comisión de encuesta, Belarús no haya tomado medidas para abordar la mayoría de las recomendaciones de la Comisión. En las conclusiones de 2021, nuestra Comisión instó al Gobierno a restablecer sin demora el pleno respeto de los derechos y libertades de los trabajadores, a aplicar la recomendación 8 de la comisión de encuesta garantizando una protección adecuada contra la detención administrativa de dirigentes sindicales en el ejercicio de sus funciones y de sus libertades civiles, a adoptar medidas para la liberación de todos los sindicalistas que permanecen detenidos y a retirar los cargos relacionados con la participación en acciones de protesta pacíficas, a abstenerse de arrestar o detener dirigentes o sindicalistas que realizan actividades sindicales legales o de participar en actos de violencia, intimidación o acoso, incluido el acoso judicial, contra ellos, así como la exigencia de investigar sin demora los presuntos casos de intimidación o violencia física, mediante una investigación judicial independiente.

Además, en las conclusiones de 2021 de la Comisión se pidió al Gobierno que garantizara que no quedaran obstáculos para el registro de los sindicatos ni en la ley ni en la práctica. Además, en tales conclusiones también se abordó la cuestión de la demanda por el Presidente de Belarús de crear sindicatos en todas las empresas privadas para 2020 y la Comisión instó, en los términos más enérgicos, a que el Gobierno se abstuviera de interferir en la constitución de sindicatos en empresas privadas y pusiera fin inmediatamente a las interferencias en la constitución de sindicatos y se abstuviera de mostrar su preferencia por determinado sindicato en las empresas privadas.

Además, en las conclusiones de 2021 de la Comisión también se abordó la cuestión de la organización de actos de masas por parte de los sindicatos y se instó al Gobierno a modificar la Ley de Actividades de Masas, a derogar la Ordenanza núm. 49 del Consejo de Ministros y a abordar las preocupaciones planteadas por los sindicatos respecto a la organización y celebración de actos de masas en la práctica.

Además, las conclusiones de 2021 de la Comisión también abordaron recomendaciones relacionadas con el funcionamiento del Consejo tripartito para la Mejora de la Legislación en el Ámbito Social y Laboral. En 2021, la Comisión invitó al Gobierno a valerse de la asistencia técnica de la OIT, solicitó que el Gobierno proporcionara información detallada sobre las medidas adoptadas con respecto a la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta, así como de las recomendaciones de la Comisión que datan de 2021 y de los años anteriores a 2021, y que transmitiera esa información a la Comisión de Expertos antes de su siguiente reunión. Asimismo, como han mencionado los miembros trabajadores, en las conclusiones de 2021 de la Comisión se incluyó la discusión de este caso en un párrafo especial de su informe.

Este año, los miembros empleadores observan que no ha habido ningún progreso significativo ni hacia la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta ni hacia la de las conclusiones de 2021 de la Comisión. Los empleadores señalan que esto indica una falta de compromiso por parte del Gobierno para garantizar el respeto de sus obligaciones en el marco del Convenio, así como de sus obligaciones con arreglo a la Constitución de la OIT. Esta es una situación profundamente preocupante para el Grupo de los Empleadores. Además, observamos que los miembros de los empleadores están profundamente preocupados con los nuevos alegatos de procesos penales, detenciones y encarcelamientos de sindicalistas, especialmente los alegatos acerca de los hechos acaecidos en los últimos dos meses.

Los miembros empleadores recuerdan que el pleno reconocimiento de las libertades civiles, en particular la libertad de opinión y de expresión, la libertad de reunión, el derecho a protección contra la detención y la prisión arbitrarias y el derecho a un juicio justo ante un tribunal independiente e imparcial son condiciones previas básicas para cualquier ejercicio significativo de la libertad sindical de los trabajadores y de los empleadores y es necesario para el pleno cumplimiento del Convenio. Los miembros empleadores observan que, según los datos disponibles, estas libertades han sido violadas de forma flagrante por el Gobierno de Belarús tras las elecciones presidenciales de agosto de 2020. Por tanto, debemos aprovechar este momento para expresar nuestra profunda preocupación con respecto al deterioro de las circunstancias relativas al fomento y la protección de la libertad sindical.

Con respecto a la cuestión del registro, los miembros empleadores observan la ausencia de nuevas explicaciones provenientes del Gobierno con respecto al registro del BKDP, el SPB y el Sindicato REP, y esta falta de información es preocupante. Pasamos a la preocupación señalada por la Comisión de Expertos con respecto a la reunión televisada entre el presidente de la FPB y el Presidente Lukashenko en la que este último instó a que para finales de 2020 se hubieran creado sindicatos en todas las empresas privadas bajo la amenaza de liquidación de esas empresas privadas. Los empleadores señalan que, en consonancia con el artículo 2 del Convenio, la libertad sindical implica y exige que los trabajadores y los empleadores puedan decidir libremente, sin injerencia del Estado, si constituir o no sus propias organizaciones. Por lo tanto, los empleadores hacen un llamamiento al Gobierno para que se abstenga de cualquier injerencia en la constitución de sindicatos en empresas privadas, en particular en lo que respecta a la exigencia de constituir un determinado sindicato bajo la amenaza de liquidación de dicha empresa.

Pasando a la cuestión de la asistencia financiera, los empleadores señalan que la aceptación por parte de una organización nacional de trabajadores o de empleadores de la asistencia financiera de una organización internacional de trabajadores o de empleadores sin necesidad de aprobación por el Gobierno y sin sanciones en caso de recibir dicha asistencia financiera forma parte del derecho previsto en el artículo 5 de afiliarse a organizaciones internacionales de empleadores o de trabajadores. El derecho a organizar reuniones y manifestaciones públicas constituye un aspecto importante de las actividades de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en virtud del artículo 3 del Convenio. En vista de ello, la Ley de Actividades de Masas modificada, junto con el reglamento que la acompaña, que limita el uso de la ayuda gratuita extranjera para la realización de acontecimientos de masas, limita indebidamente la posibilidad de los sindicatos de realizar sus actividades públicas. Por lo tanto, los empleadores instan al Gobierno a modificar la Ley de Actividades de Masas y el reglamento que la acompaña, con el fin en particular de fijar claramente los motivos de denegación de las solicitudes de celebración de actos sindicales multitudinarios de conformidad con los principios de la libertad sindical, a ampliar, y no restringir, el alcance de las actividades para las que se puede utilizar la ayuda financiera extranjera, y a abolir las sanciones impuestas a los sindicatos o sindicalistas por una única violación de la legislación respectiva. Los empleadores también reiteramos nuestro llamamiento al Gobierno para que derogue la Ordenanza núm. 49 del Consejo de Ministros, en su versión modificada, a fin de que las organizaciones de empleadores y de trabajadores puedan ejercer, en la legislación y en la práctica, su derecho a organizar actos multitudinarios.

Debemos aprovechar este momento para señalar simplemente que no abordaremos las numerosas observaciones de la Comisión de Expertos sobre el derecho de huelga, ya que la posición de los empleadores es que en efecto eso no lo cubre este convenio.

Permítanme terminar reiterando nuestra preocupación por el deterioro de las circunstancias en el país con respecto a sus obligaciones en virtud del Convenio.

Interpretación del ruso: miembro trabajador, Belarús - La FPB agrupa todos los ámbitos de la esfera económica y tiene el compromiso de colaborar con la OIT para desarrollar el tripartismo y con los interlocutores sociales para mejorar la legislación y su práctica y aplicación. Ahora tenemos la oportunidad de observar la condición real de los trabajadores y los empleadores en el país y no estamos de acuerdo con las conclusiones de la Comisión con respecto a que Belarús no aplica el Convenio.

Consideramos que la evaluación negativa de la situación está politizada y es parcial. Además, subrayaría que en otros países europeos se han dado casos de acoso a las actividades sindicales, por ejemplo, el uso por la policía de gases lacrimógenos contra los manifestantes sindicales. En Bélgica y Alemania se han tomado diversas medidas contra movimientos sindicales.

Según la CSI, en muchos países europeos se viola el derecho de huelga; el 41 por ciento de los países europeos viola el derecho de libertad sindical. Tenemos estadísticas que demuestran que a estos problemas en Europa Occidental no se les presta atención en la OIT ni en la Conferencia. Nuestro caso se estaría examinando sobre la base de información falsa. A continuación expongo un ejemplo concreto.

Según la información proporcionada por la Comisión de Expertos, a los trabajadores de Belarús se les niega el derecho de huelga y pueden ser arrestados y detenidos. Esta información no se ajusta a la realidad. El derecho de huelga está consagrado en nuestra Constitución. Existen reglamentos para la organización de huelgas, como en otros países, y eso está definido en la legislación, en Belarús. El sindicato está facultado para decidir ir a la huelga en interés del colectivo laboral. Debo subrayar que tales disposiciones existen en otros países, como Alemania.

En cuanto a la práctica de los últimos años, los comités de empresa no han decidido ir ni a una sola huelga cuando supuestamente se ha detenido a personas por haberlas hecho, lo cual es completamente falso. Además, los sindicatos son totalmente libres de declarar una huelga, como puede verse en el hecho de que, recientemente, hemos tenido casos de trabajadores que han planteado hacer huelga y que, al someterse a examen por los comités profesionales de la región, finalmente no se decidió hacerla. Esto demuestra el enfoque totalmente abierto y democrático de la libertad sindical y el derecho de sindicación en nuestro país.

Con respecto a la supuesta intervención e injerencia del Estado en los asuntos sindicales, así como al supuesto favoritismo, aquí me gustaría decir lo siguiente: actualmente, las organizaciones sindicales del BKDP representan a menos de un tercio de los trabajadores. La afirmación de que, supuestamente, cualquier crítica al Gobierno por parte de los sindicatos conlleva potencialmente un castigo es totalmente falsa. No ha habido incidentes de que se hayan tomado tales medidas. Además, el Gobierno escucha las propuestas de los sindicatos, por ejemplo, en materia de fijación de salarios, garantías de empleo y otras cuestiones que son cruciales para los trabajadores, como puede atestiguarse y documentarse.

Lamentablemente, la OIT recibe quejas poco fiables para su examen por la Comisión en relación con la aplicación del Convenio por nuestro país. Por otra parte, no se examinan los verdaderos incidentes de violación de los derechos laborales. Lamentablemente, algunos países, violando la Carta de las Naciones Unidas, han venido imponiendo medidas unilaterales contra Belarús. Ello contraviene los principios de los convenios y de la Constitución de la OIT. Consideramos totalmente negativa esa situación, que debe revertida. Nuestro país solo pretende garantizar unas condiciones de trabajo dignas y el desarrollo para todos los trabajadores y el pueblo.

Interpretación del ruso: miembro empleador, Belarús - Nosotros, como empleadores de Belarús, no podemos estar de acuerdo con el informe de la Comisión de Expertos. Con respecto a la aplicación del Convenio, las quejas infundadas se derivan de acontecimientos políticos de agosto de 2020 y las denominadas acciones de huelga por cierta parte de la población tras las elecciones presidenciales fueron de naturaleza totalmente política. No tenían ninguna relación con la protección de los intereses sociales y económicos en las relaciones laborales.

No hubo ninguna convocatoria de huelga por parte del movimiento obrero, y las empresas siguen funcionando con normalidad. Consideramos que estos hechos ajenos a la normalidad de las relaciones de trabajo y al diálogo no deberían servir de base para evaluar la situación del cumplimiento por el país de las disposiciones del Convenio objeto de la discusión de hoy.

Esto es lamentable y contraproducente. Hacemos un llamamiento a la OIT para que su proceder con las quejas sea más crítico y no construya su posición sobre la base de datos no confirmados. Es necesario adoptar una postura objetiva con respecto a la situación real sobre el terreno.

La Comisión de Expertos pidió el año pasado que se modificara la legislación de Belarús sobre el derecho de huelga. Quisiera llamar su atención sobre la discusión de años anteriores acerca del hecho de que el Convenio no necesariamente puede utilizarse para debatir el derecho de huelga o invocarse con ese fin. Hay que subrayar una vez más que el derecho de huelga no se evoca directamente en el Convenio. Se trata de una cuestión interna de cualquier Estado que es de su competencia nacional.

Los empleadores de Belarús también señalan que se han tomado medidas muy concretas para el seguimiento de las conclusiones de la comisión de encuesta con el fin de garantizar la aplicación de los convenios pertinentes y pediré a los participantes en la Comisión que tomen nota de lo ocurrido en ocasiones anteriores, así como precisamente durante el año pasado, cuando pasaron a primer plano consideraciones de índole más política.

Me gustaría ofrecer algunos ejemplos de lo que se ha hecho en la práctica y de la amplia utilización del diálogo social. Algunos sindicalistas de los distintos congresos y federaciones han seguido promoviendo los intereses de los trabajadores sobre una base tripartita. Al mismo tiempo, los empleadores se han esforzado por respetar el tripartismo para alcanzar acuerdos colectivos a través del diálogo tripartito. Estas cuestiones se han evocado en el transcurso de las misiones de la OIT, habiéndose puesto en práctica los acuerdos alcanzados.

Belarús ha tenido que soportar sanciones sin precedentes por parte de los Estados Unidos contra agentes económicos, incluidos hombres de negocios, lo que ha dado lugar a una guerra económica de facto contra dirigentes y sus propiedades, obstaculizando la capacidad de invertir e innovar y de hacer negocios con socios occidentales, con la consiguiente reducción de ingresos, pérdida de puestos de trabajo y empeoramiento de la situación económica y social en general.

Nosotros, como siempre, subrayamos nuestro compromiso de cooperar con la OIT y con la Comisión para asegurar que se proceda sobre cuestiones sociales en un espíritu de responsabilidad colectiva y de respeto con el fin de trabajar en una dinámica positiva en el país partiendo de las medidas positivas adoptadas por el Gobierno con los interlocutores sociales a fin de aplicar las recomendaciones de la OIT.

Miembro gubernamental, Francia - Tengo el honor de expresarme en nombre de la Unión Europea y sus Estados miembros. Se suman a la presente declaración Macedonia del Norte, Montenegro y Albania, países candidatos a la adhesión a la Unión Europea, e Islandia y Noruega, países de la Asociación Europea de Libre Comercio y miembros del Espacio Económico Europeo, así como Ucrania.

La Unión Europea y sus Estados miembros están comprometidos con la promoción, la protección, el respeto y la realización de los derechos humanos, incluidos los derechos en el trabajo, como el derecho fundamental de libertad sindical y de sindicación.

Alentamos vivamente la ratificación y aplicación universales de las normas internacionales fundamentales del trabajo, incluido el Convenio. Apoyamos a la OIT en su papel indispensable de elaboración, promoción y control de la aplicación y puesta en práctica de las normas internacionales del trabajo ratificadas y, en particular, de los convenios fundamentales.

Estamos profundamente preocupados por el fuerte deterioro de la situación de los derechos humanos y del trabajo en Belarús tras las elecciones presidenciales de 2020, que no fueron ni libres ni equitativas. Estas preocupaciones se agravan aún más tras la implicación de Belarús en la guerra de agresión de la Federación de Rusia contra Ucrania.

La libertad de reunión y de asociación pacíficas, la libertad de opinión, de expresión y de información, así como la libertad de los medios de comunicación, incluidos los medios en línea, están cada vez más restringidas, mientras que se oprime activamente el derecho sindical en lugar de protegerlo.

La Unión Europea y sus Estados miembros condenan con la mayor firmeza la violencia empleada por las autoridades de Belarús contra manifestantes pacíficos y los numerosos casos de detención, encarcelamiento, tortura y violencia sexual, en un intento flagrante de impedir que los trabajadores se asocien para resistir la represión de los derechos fundamentales en el trabajo por parte de las autoridades. Nos preocupa aún más que estos ataques contra militantes y dirigentes sindicales se intensifiquen en represalias aparentemente directas por su oposición a la participación de Belarús en la guerra de agresión de la Federación de Rusia contra Ucrania.

Compartimos en su totalidad las profundas preocupaciones expresadas por el Director General de la OIT en relación con las informaciones que dan cuenta de la detención de dirigentes sindicales, en particular la del Sr. Alexander Yaroshuk, miembro del Consejo de Administración de la OIT, y también las de los Sres. Siarhei Antusevich, Maksim Pozniakov, Oleg Podolinski y Elena Yeskova. También nos preocupan los informes de las inspecciones realizadas por las fuerzas de seguridad en los locales del BKDP y de otros sindicatos, así como en los domicilios de dirigentes y empleados sindicales.

Exhortamos una vez más a las autoridades a que investiguen, sin demora, todas las violaciones y todos los abusos de los derechos humanos y en el trabajo de manera realmente independiente e imparcial, y a que exijan cuentas a todos los responsables de dichas violaciones. Esperamos de las autoridades que garanticen el pleno respeto de los derechos y libertades de los trabajadores, que protejan el derecho sindical, incluido el de huelga, y que liberen inmediatamente y sin condiciones a todas las personas detenidas arbitrariamente, como presos políticos, sindicalistas, trabajadores y miembros de minorías nacionales. Nadie debe ser privado de su libertad ni ser objeto de sanciones penales por el simple hecho de organizar una manifestación o una huelga pacífica o participar en ellas. Además, deberían retirarse todas las acusaciones relacionadas con la participación en una manifestación pacífica.

El caso de las persistentes violaciones de los convenios fundamentales de la OIT por Belarús figura regularmente en el orden del día de esta Comisión desde 1997. No se ha producido ningún avance significativo con vistas a la aplicación, siquiera parcial, de las recomendaciones de la comisión de encuesta de 2004.

Belarús debe intensificar sus esfuerzos sin demora y procurar la aplicación completa de las recomendaciones de la comisión de encuesta, cumpliendo así las obligaciones que se comprometió a respetar en tanto que Miembro de la OIT y, además, ratificando voluntariamente y en su totalidad los ocho convenios fundamentales de la OIT.

De nuevo exhortamos vivamente al Gobierno a que, en consulta con los interlocutores sociales, modifique la Ley sobre los Sindicatos, el Código del Trabajo, la Ley de Actividades de Masas y el reglamento que la acompaña, así como el Decreto Presidencial núm. 3, de 25 de mayo de 2020, relativo a la utilización de ayuda extranjera gratuita, con el fin de que se ajusten a las obligaciones del Gobierno en materia de libertad sindical. Asimismo, nos hacemos eco de la petición de la Comisión al Gobierno de derogar las disposiciones que introducen restricciones suplementarias y las sanciones conexas en virtud de los artículos 342 y 369 del Código Penal.

Señalamos la importancia de tratar con imparcialidad a todas las organizaciones sindicales, de abstenerse de todo favoritismo, incluso en lo que concierne a las consultas, de toda injerencia en su creación, y de garantizar la protección del derecho de los trabajadores a afiliarse a organizaciones de su elección.

La Unión Europea y sus Estados miembros están del lado del pueblo de Belarús y apoyan su opción por la democracia y las libertades y derechos fundamentales. La Unión Europea sigue llamando a la celebración de elecciones libres y equitativas y exhorta a las autoridades de Belarús a procurar una solución pacífica y democrática de la crisis mediante un diálogo nacional inclusivo con el conjunto de la sociedad. Esperamos del Gobierno que se comprometa plenamente con los interlocutores sociales y la OIT para tratar las cuestiones mencionadas. También debería mejorarse el funcionamiento del Consejo tripartito.

Para concluir, tomamos nota con profundo pesar de la falta de acción y de compromiso del Gobierno, la ausencia de avances y también la urgencia de esta discusión. Apoyamos, si la Comisión lo solicita, que se pida replantear esta cuestión en la reunión de noviembre de 2022 del Consejo de Administración para examinar todas las medidas posibles previstas en la Constitución de la OIT con vistas a la plena aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta.

Representante gubernamental, Suecia - Hablo en nombre de los países nórdicos y bálticos (Dinamarca, Estonia, Finlandia, Islandia, Letonia, Lituania, Noruega y Suecia). Nos sumamos a la declaración de la Unión Europea y sus Estados miembros.

Belarús ha ratificado los convenios fundamentales de la OIT y, por tanto, se ha comprometido a respetar la libertad sindical, incluido el derecho a organizarse y participar en huelgas. Sin embargo, en esta Comisión se ha examinado en repetidas ocasiones a Belarús por incumplir los convenios que ha ratificado.

Estamos profundamente preocupados por los informes sobre las detenciones de líderes sindicales en Belarús y los informes sobre los registros en las oficinas de los sindicatos y en los domicilios de sus dirigentes, incautando ordenadores, documentos personales, pasaportes, banderas de los sindicatos, folletos y otros artículos.

Llamamos la atención sobre el hecho de que entre los detenidos se encuentra el Sr. Alexander Yaroshuk, presidente del BKDP, que también es vicepresidente de la CSI y miembro del Consejo de Administración de la OIT. Estas detenciones constituyen una grave violación de los principios de libertad sindical protegidos por la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Convenio.

El año pasado, esta Comisión tomó nota de la naturaleza prolongada del caso de Belarús y señaló con gran preocupación los numerosos alegatos de violencia extrema para reprimir protestas y huelgas pacíficas. La Comisión de Expertos también instó al Gobierno en los términos más enérgicos a investigar sin demora todos los supuestos casos de intimidación y violencia física mediante una investigación judicial independiente y a proporcionar información detallada sobre el resultado.

También queremos señalar que el Director General de la OIT ya ha pedido al Gobierno de Belarús que libere a todos los sindicalistas que siguen detenidos, que retire todas las acusaciones relacionadas con la participación en protestas pacíficas y que se abstenga de arrestar o detener a dirigentes y afiliados sindicales que realizan actividades sindicales legales o de ejercer contra ellos violencia, intimidación o acoso, incluido el acoso judicial.

Las autoridades de Belarús no han tomado las medidas mencionadas. Pedimos a las autoridades de Belarús responsables que liberen inmediatamente a los dirigentes sindicales, así como a todos los presos políticos, y que tomen todas las medidas necesarias para garantizar que los sindicatos puedan llevar a cabo sus actividades en un clima libre de violencia, intimidación o amenazas de cualquier tipo.

Los sindicatos son defensores clave de los derechos humanos, a nivel nacional e internacional, lo que incluye los derechos fundamentales en el trabajo. También son un componente clave en la construcción de la democracia. La defensa de los derechos de los trabajadores hay que saludarla, no criminalizada.

Lamentamos que el Gobierno de Belarús, diecisiete años después del informe de la comisión de encuesta, no haya tomado medidas para atender las recomendaciones de la Comisión. Observamos con profundo pesar la evidente falta de acción y compromiso del Gobierno, la ausencia de avances y también la urgencia de esta discusión. Apoyamos, si así lo pide la Comisión, la solicitud de remitir este asunto a la reunión de noviembre de 2022 del Consejo de Administración para examinar todas las posibles medidas previstas, incluidas las contempladas en el artículo 33 de la Constitución de la OIT, encaminadas a la plena aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta.

Miembro trabajador, Alemania - Hablo en nombre de los trabajadores de Alemania, Bélgica, los Países Bajos, el Canadá, Francia, Italia, los países nórdicos, Ucrania y Suiza. La gravedad de la violación del Convenio por parte de Belarús es cuantitativamente evidente en el informe de la Comisión de Expertos. La evaluación abarca 11 páginas del informe y enumera violaciones (en la legislación y en la práctica) de casi todos los artículos del Convenio.

Dieciocho años después del informe de la comisión de encuesta, vemos que no se aplica ninguna de las recomendaciones. Por el contrario, vemos una supresión sistemática y selectiva, por motivos políticos, del trabajo de los sindicatos independientes, que priva de base a toda labor sindical crítica. Esto se señaló también en el informe del Comité de Libertad Sindical de marzo de 2022, en el informe del Relator Especial de la Organización de las Naciones Unidas de 4 de mayo de 2022 y en la resolución del Parlamento Europeo de 19 de mayo de 2022.

La situación en Belarús es contraria a los principios fundamentales que el país se ha comprometido a defender como Miembro de la OIT. No existe un Poder Judicial independiente que examine las detenciones y la represión física y psicológica de los representantes sindicales. Lo mismo ocurre con los registros de las oficinas de los sindicatos, la confiscación de documentos y la obstrucción de actividades sindicales legítimas, y esto incluye las huelgas y las manifestaciones públicas. Precisamente, un indicador que habla en contra del respeto del principio de un juicio justo y transparente es el hecho de que el Gobierno no pueda aportar los fallos judiciales que subyacen a estas medidas.

Con la reciente ampliación de la pena de muerte al difuso delito de «intento de terrorismo», los acontecimientos en Belarús son especialmente alarmantes.

La situación en Belarús constituye una muy triste ilustración de la importancia de garantizar los derechos civiles y políticos básicos para el ejercicio de los derechos recogidos en el Convenio.

Por ello, exigimos el cese inmediato de la represión antisindical y la liberación inmediata de nuestros colegas de Belarús que trabajan por la libertad, la democracia y la paz en el país.

Miembro gubernamental, Cuba - Mi delegación agradece a la delegación de Belarús por la información proporcionada, lo cual es una muestra de la buena voluntad del Gobierno de ese país de cooperar con los órganos de control de la OIT. Consideramos que deben examinarse de forma imparcial, alejado de todo prejuicio y politización, los avances en el desarrollo del diálogo social en el país. Como parte de la labor de implementación de las recomendaciones realizadas en el marco de esta organización, la cooperación en virtud de la asistencia técnica debe constituir un apoyo para el Gobierno.

Las informaciones aportadas por la delegación de Belarús contienen elementos de actualización sobre diversos asuntos y describen la voluntad de este Gobierno para continuar avanzando en el diálogo social tripartito en su territorio y en el trabajo con la OIT.

Es de suma importancia conceder a los Gobiernos el tiempo y espacio necesarios para trabajar junto a los actores pertinentes en el marco de su legislación nacional y en el cumplimiento de sus obligaciones y compromisos en virtud de los instrumentos de la OIT.

Este foro se ha distinguido siempre por brindar soluciones consensuadas como resultado del diálogo amplio e inclusivo, donde la opinión y el consentimiento de los países concernidos resulta esencial.

Mi delegación espera que las conclusiones de esta Comisión sean objetivas, técnicas y equilibradas sobre la base de la información proporcionada por el Gobierno de Belarús.

Interpretación del ruso: miembro trabajador, Georgia - Hablo en nombre de Georgia y también del Presidente del Consejo Regional Paneuropeo. La situación en Belarús es la peor de toda la región del Consejo Regional Paneuropeo para los sindicatos y la libertad sindical. Es un asunto que se arrastra desde hace veinte años y muy recientemente la situación ha empeorado.

Es evidente que el Gobierno no quiere aplicar las recomendaciones de la OIT y está socavando las libertades básicas y cualquier acción colectiva, acallando la voz del pueblo.

Estamos consternados por el hecho de que el Sr. Alexander Yaroshuk, miembro del Consejo de Administración de la OIT, así como el Sr. Siarhei Antusevich, dirigente del BKDP, personas que han prestado declaración ante la Comisión, estén actualmente detenidos junto con otros diez dirigentes sindicales. No se les permite ningún contacto con sus familiares. Se encuentran bajo presión psicológica. El Gobierno ha desatendido las numerosas notas y esfuerzos de la OIT para conseguir su liberación.

Se declara a los sindicatos organizaciones destructivas y extremistas. Es evidente que ha habido una orden de liquidar el BKDP y sus organizaciones. La fiscalía anda pidiendo listas de los afiliados al sindicato y exige a los afiliados abandonar el sindicato. A los afiliados al sindicato, e incluso a sus familiares, no se les están renovando los contratos. Algunos sindicatos independientes ya han sido declarados ilegales. Es una bofetada a la OIT. El Gobierno simplemente no quiere cumplir las recomendaciones de la comisión de encuesta y esta Comisión debería hacer una evaluación contundente de esta situación tan negativa en Belarús, tal y como ha hecho este año el Comité de Libertad Sindical.

Miembro gubernamental, República Bolivariana de Venezuela - Mi Gobierno agradece la presentación de la distinguida delegación del Gobierno de Belarús con relación al cumplimiento del Convenio. Hemos tomado nota de las afirmaciones del Gobierno señalando que las consideraciones por las cuales se trae este caso, nuevamente ante esta Comisión, obedecen a hechos de naturaleza estrictamente política, no relacionados con el diálogo social laboral, y por lo tanto no deberían ser la base para la evaluación del cumplimiento del Convenio, ya que tienen su origen en el clima político nacional luego de las elecciones presidenciales celebradas en 2020.

Valoramos la buena disposición del Gobierno, para seguir avanzando y continuar la interacción constructiva con los interlocutores sociales y con nuestra Organización sobre la implementación de las recomendaciones de la comisión de encuesta vinculadas al Convenio, desarrollando aún más el diálogo social en el marco de su legislación laboral.

Hacemos un llamado para que los órganos de control de la OIT se alejen de consideraciones políticas por cuanto se extralimitan en sus comentarios, y como ya hemos dicho en reiteradas oportunidades, esto resta seriedad, credibilidad, y daña nuestro objetivo invadiendo la soberanía de los Estados.

El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela confía en que las conclusiones de esta Comisión, producto de este debate, sean objetivas y equilibradas con la finalidad de que el Gobierno de Belarús siga avanzando en el cumplimiento del Convenio para mantener, además, la paz y restablecer el orden público, tal como debe continuarse haciendo en atención a lo estipulado en este Convenio.

Interpretación del ruso: miembro trabajador, Federación Rusa - Observamos que hay incumplimiento sistemático por parte del Gobierno de Belarús de las recomendaciones de la OIT para garantizar los derechos de los trabajadores, y de ahí las detenciones a gran escala de dirigentes y activistas del BKDP y sus organizaciones filiales.

En estos momentos están detenidos el presidente del BKDP, Sr. Alexander Yaroshuk, el vicesecretario, Sr. Siarhei Antusevich, y la tesorera, Sra. Irina But-Gusaim. Se ha detenido a representantes del Sindicato REP: el vicepresidente, Sr. Gennady Fedynich, y el activista Sr. Vaclav Areshka. A representantes del SPM: la vicepresidenta, Sra. Yana Malash, el presidente en funciones del Consejo, Sr. Vasil Beresnev, el secretario del Consejo, Sr. Mijail Gromov, el miembro del Consejo, un inspector del trabajo, Sr. Vitaly Chichmarev, y el activista Sr. Miroslav Sabchuk, representante de la organización de base en la fábrica de automóviles de Minsk, Sr. Artyom Zhernak. También está detenido el presidente del BNP, Sr. Alexander Mishuk.

La Sra. Zinaida Mikhnyuk, vicepresidenta del Sindicato REP, así como los Sres. Igor Povarov y Yevgeny Khovar, activistas del BNP en la Planta Metalúrgica de Belarús, fueron condenados en causas penales. El Sr. Maksim Pozniakov, presidente en funciones del BKDP, fue condenado por la vía administrativa.

A otros sindicalistas se les ha dado la libertad vigilada, entre ellos los Sres. Mikalaj Sharakh, representante del SPB, así como Alexander Bukhvostov, representante del Sindicato de Trabajadores de la Metalurgia, y Andrey Khanevich, representante del Sindicato Independiente de Belarús. En total, 19 personas.

Pedimos a la Comisión que exija al Gobierno de Belarús que tome rápidamente medidas para liberar a estas personas y poner fin a los procedimientos administrativos y penales contra ellas, y también que instaure las condiciones para el funcionamiento normal del BKDP y sus organizaciones de rama.

Miembro gubernamental, China - Hemos leído atentamente el informe de la Comisión de Expertos y también sus comentarios sobre la aplicación del Convenio por parte de Belarús. Quisiéramos dar las gracias a la representante gubernamental por su presentación. Tomamos nota de que el Gobierno atribuye importancia a las recomendaciones de la comisión de encuesta. El Gobierno ha adoptado una serie de medidas bien dirigidas a cumplir a conciencia sus obligaciones en virtud del Convenio ratificado.

El Gobierno ha realizado enormes esfuerzos y ha logrado avances positivos. El Gobierno ha establecido mecanismos para proteger los derechos sindicales, flexibilizando los procedimientos para el registro de sindicatos, logrando avances constructivos y, además, la Constitución del país estipula claramente que la ley protege de forma independiente e imparcial los derechos y libertades de todas las personas. Existe una legislación que garantiza los derechos, entre ellos los derechos sindicales y el derecho de huelga. También apreciamos que hay una profunda comunicación e intercambios con los interlocutores sociales y cooperación técnica con la OIT, y que los conflictos laborales se resuelven activamente.

Creemos que la discusión de este caso debería centrarse en la aplicación del Convenio en lugar de interferir en los asuntos internos de los Estados Miembros, y mucho menos politizar cuestiones técnicas. Esperamos que cuando la Comisión llegue a sus conclusiones sobre este caso se pueda reflejar de forma objetiva y justa la situación real del país y los progresos que el Gobierno ha realizado en materia de aplicación, y deberían tomarse colectivamente decisiones constructivas para ayudar al Gobierno a seguir reforzando su capacidad de aplicar el Convenio y promover el desarrollo general del país.

Miembro trabajador, Estados Unidos de América - La Federación Estadounidense del Trabajo y Congreso de Organizaciones Industriales (AFL-CIO) condenan enérgicamente la reciente escalada de ataques del Gobierno de Belarús a los derechos de los trabajadores y piden la inmediata liberación de estos sindicalistas y de cualquier otro que haya estado en la diana por ejercer sus derechos laborales fundamentales.

Desde las elecciones presidenciales amañadas de 2020, el Gobierno de Belarús ha perseguido a los trabajadores que participan en protestas pacíficas para manifestar sus peticiones de elecciones libres y justas y de gobernación democrática en Belarús. A través de huelgas y otras protestas legales, los trabajadores y los sindicatos independientes han mostrado que son clave para la defensa de una democracia de base impulsada por los ciudadanos.

El BKDP ha estado en primera línea de la lucha por la democracia en su país. En respuesta, sus afiliados han sido objeto de duras condenas de prisión basadas en acusaciones vagas, políticamente motivadas, de «alteración del orden político».

En unas 11 páginas de texto, el informe de la Comisión de Expertos expone la terrible situación de los derechos sindicales en Belarús, tanto en la legislación como en la práctica. En otro informe especial aparte de 32 páginas al Consejo de Administración, la Comisión de Expertos también expuso su profunda preocupación por el incesante acoso y encarcelamiento de sindicalistas. Observamos con especial preocupación que el Gobierno ni siquiera ha observado los principios más básicos del debido proceso al no aportar las sentencias judiciales escritas que supuestamente justifican la detención de sindicalistas.

En abril de 2022, la AFL-CIO envió una carta pública al Primer Ministro Roman Golovchenko en la que pedía el cese inmediato de la represión antisindical y la liberación inmediata de los sindicalistas, periodistas y otras personas que han defendido la democracia y los derechos humanos en Belarús. Reiteramos esa petición y exhortamos al Gobierno a que atienda todas las recomendaciones que figuran en el informe de la Comisión de Expertos.

Miembro gubernamental, Lituania - Lituania se suma a la declaración de la Unión Europea y a la de los países nórdicos y bálticos. Desde 2004, la comisión de encuesta de la OIT investiga el respeto de los derechos laborales por parte de la República de Belarús. Durante todos estos diecisiete años, Belarús ha tenido innumerables oportunidades de demostrar su respeto de los convenios fundamentales de la OIT.

El año pasado, la Conferencia Internacional del Trabajo señaló que el Gobierno de Belarús no había atendido la mayoría de las recomendaciones de la Comisión. En concreto, la OIT pidió al Gobierno de Belarús que adoptara todas las medidas recomendadas antes de la siguiente Conferencia y que proporcionara información detallada y completa sobre las medidas adoptadas y los progresos realizados antes de la siguiente reunión de la Comisión de Expertos. Las autoridades de Belarús no solo no han tomado las medidas mencionadas, sino que durante el último año han intensificado considerablemente la represión de los sindicatos independientes, sus afiliados y sus dirigentes.

Represiones, detenciones y acoso, he ahí los hechos de cómo se desarrolló el último año. Es evidente que Belarús no ha aplicado las recomendaciones de la comisión de encuesta de la OIT y ha agravado la situación de sus sindicatos y trabajadores de forma consciente y deliberada.

El Comité de Libertad Sindical de la OIT, en su informe de marzo de 2022 al Consejo de Administración, examinó la mayoría de los hechos mencionados y decidió «señalar esta grave situación a la atención del Consejo de Administración para que considere cualquier otra medida para garantizar su cumplimiento», pidiendo así la aplicación del artículo 33 de la Constitución de la OIT con respecto a Belarús.

A este respecto, Lituania pide a la Comisión que formule recomendaciones al Consejo de Administración de la OIT para que se apliquen medidas estrictas que obliguen a las autoridades de la República de Belarús a cumplir plenamente sus obligaciones en virtud de los convenios fundamentales de la OIT.

Miembro trabajador, Japón - Hablo en nombre del Hind Mazdoor Sabha (HMS) de la India, de trabajadores de Myanmar, Singapur, Filipinas, Indonesia, la República de Corea, Fiji, Australia y Nueva Zelandia y de la Confederación Japonesa de Sindicatos (JTUC-RENGO). La Comisión ha debatido este caso más que otros desde el año 2000. Cuando se examinó en esta Comisión el año pasado, el Gobierno amenazó al BKDP, filial de la CSI. Hoy vemos que estas amenazas van seguidas de acciones concretas encaminadas al exterminio del sindicato.

En abril de 2022 fueron detenidos más de 20 sindicalistas. Diez de ellos siguen en prisión, por ejemplo, el Sr. Alexander Yaroshuk, presidente del BKDP y miembro del Consejo de Administración de la OIT, como muchos han mencionado. Intervenía con regularidad en esta Comisión. Él y otros dirigentes del BKDP se enfrentan a cargos de preparar protestas multitudinarias en un estado policial como Belarús, lo que podría conllevar cuatro años de prisión. Se está calificando de organizaciones extremistas a sindicatos independientes.

Tenemos pruebas claras de que el Gobierno de Belarús no está dispuesto a cooperar con la OIT, sino todo lo contrario. Las recomendaciones de la comisión de encuesta de 2004 son claras e inequívocas. El Gobierno no ha mostrado ninguna intención de ponerlas en práctica, a pesar de que el Comité de Libertad Sindical reiteró la petición a comienzos del presente año. Consideramos que ha llegado el momento de que la OIT tome nuevas medidas previstas en la Constitución de la OIT.

Exigimos la liberación inmediata de todos los sindicalistas encarcelados. El Gobierno debe retirar todos los cargos contra ellos y dejar de seguir atacándolos. Los trabajadores de Asia y el Pacífico se solidarizan con nuestra organización hermana, el BKDP.

Miembro gubernamental, Sri Lanka - El Gobierno de Sri Lanka se congratula de los continuos esfuerzos del Gobierno de Belarús para garantizar la aplicación de las disposiciones del Convenio y su compromiso con los principios y derechos fundamentales en el trabajo.

El Gobierno de Belarús ha expresado su compromiso de aplicar las recomendaciones de la comisión de encuesta dando la debida consideración a los acuerdos alcanzados y los planes elaborados conjuntamente con la OIT. Tomamos nota de que el Gobierno de Belarús ya ha adoptado una serie de medidas selectivas concretas, como resultado de las cuales se han aplicado plenamente algunas de las recomendaciones y se han logrado avances significativos en la aplicación de las demás.

Solicitamos que la Comisión adopte un enfoque equilibrado y ponderado del contenido de las quejas que le llegan. Creemos que el camino a seguir es fomentar un diálogo abierto y constructivo entre el Gobierno de Belarús y la OIT y los interlocutores sociales, proceso con el que el Gobierno de Belarús ya ha expresado su compromiso.

Miembro trabajador, Chipre - Como cuestión de principio, nos gustaría subrayar que apoyamos el pleno respeto y la aplicación de todos los convenios y recomendaciones internacionales de la OIT. Al mismo tiempo, sin embargo, nos gustaría señalar que existen diferentes enfoques sobre esta cuestión específica en cuanto a su aplicación. No cabe duda de que se registran casos de violaciones de las libertades sindicales fundamentales que, por conveniencia y prejuicios políticos, no se tratan.

En nuestra opinión, la Oficina Internacional del Trabajo tiene un importante papel que desempeñar para garantizar, sobre una base de igualdad y sin oportunismos políticos, la plena aplicación de las libertades y los derechos sindicales.

Miembro gubernamental, Nicaragua - El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional de la República de Nicaragua reconoce la voluntad del Gobierno de Belarús para trabajar de forma transparente y comprometida con las normas internacionales del trabajo. Asimismo, agradecemos la información compartida por Belarús referente a la aplicación que hace del Convenio, mostrando así la implementación de sus leyes laborales.

Como miembro de la Organización de las Naciones Unidas, reiteramos que es deber de todas las naciones fomentar las relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de igualdad de derechos y de obligaciones que nos impone la Carta de las Naciones Unidas a no intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados.

El Gobierno de Nicaragua hace un llamado al Comisión a no construir posiciones sobre la base de datos no confirmados en relación a las acciones de Belarús en la implementación del Convenio. Los eventos de naturaleza política no deben ser relacionados con los procesos de diálogo social en el campo del trabajo de esta Organización, y no pueden, ni deben, ser la base para evaluar la situación con respecto al Convenio.

Bien es conocido el respeto que ejerce la hermana República de Belarús, en protección de la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, apegado al sistema de Control de la OIT.

Aprovechamos el espacio que se da en esta importante Comisión para rechazar toda acción que promueva socavar la institucionalidad y soberanía de los Estados Miembros de la OIT. Alentamos a los países Miembros y organizaciones que conforman esta 110.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo a multiplicar esfuerzos a favor de establecer verdaderos mecanismos de cooperación, garantizando igualdad de condiciones y el respeto para todos los participantes. Reiteramos nuestro apoyo a la posición del Gobierno de Belarús, destacando su legitimidad y legalidad como Estado soberano.

Miembro trabajador, Colombia - La Confederación General del Trabajo (CGT), la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC), y CGT-Argentina se solidarizan con el pueblo de Belarús por la situación de violencia que viven los líderes sindicales.

Los trabajadores de Belarús están viviendo los peores ataques contra el derecho de asociación y de libertad sindical. Recientemente se produjo el arresto de por lo menos 14 dirigentes del movimiento sindical independiente del país. Como trabajadores del mundo expresamos profunda preocupación por la violencia y desaparición de trabajadores.

El Gobierno de Belarús no ha puesto fin a esta política de violencia y, por el contrario, intensifica el ataque al derecho de libertad sindical negando el registro de sindicatos independientes y presionando a los afiliados a desafiliarse bajo la amenaza de no renovar los contratos de trabajo.

El líder del BKDP declaró a esta comisión en varias oportunidades la forma en la que han sido aislados y discriminados, les ha expresado una supuesta tolerancia por su labor solo para aparentar ante la OIT; sin embargo, son constantes las actitudes de irrespeto, discriminación y repudio a los sindicatos independientes.

Es urgente que se den recomendaciones a este caso, que desde una misión se puede evidenciar la victimización de la que han sido objeto los sindicatos y sus miembros buscando restablecer sus derechos individuales y colectivos.

Lo que se requiere es urgente, pues es la vida la que está en grave y permanente peligro.

Miembro gubernamental, Turkmenistán - Turkmenistán desea saludar a la distinguida delegación de Belarús en esta sesión de la Comisión. Valoramos positivamente los esfuerzos realizados por la República de Belarús para tratar de hacer efectivas las medidas destinadas a desarrollar el diálogo social en el país y para garantizar que el Gobierno cumpla los acuerdos que ha alcanzado y otros planes que se han elaborado en coordinación con la OIT.

Aparte de eso, apoyamos la labor del Gobierno para tratar de dar efecto a las normas de la OIT y, de hecho, esto es algo que fue elogiado por la Comisión de Expertos, en particular en sus informes de 2020 y 2021, que se refieren al Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98), el Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) y el Convenio sobre el personal de enfermería, 1977 (núm. 149).

En estos informes se reconocía a Belarús como país que había hecho claros progresos. En lo que respecta a Belarús, consideramos que hay muchas razones para creer que, en la actualidad, los sindicatos del país son participantes de pleno derecho en la construcción de un mejor futuro para la población. Esta elección predeterminó el desarrollo de una asociación entre las autoridades y las organizaciones de la sociedad civil.

Recomendamos continuar el diálogo abierto y constructivo sobre todos los convenios ratificados y sobre todas las cuestiones de las relaciones sociales y laborales con el fin de mejorar el nivel de vida de la población de Belarús. Recomendamos tomar nuevas medidas para apoyar al pueblo de Belarús en el ámbito social, para mejorar el empleo y la protección de los trabajadores y para cooperar en todos los ámbitos de la vida del país, incluida la cooperación en todas las esferas humanitarias.

Recomendamos además seguir prestando mayor atención a la labor de los sindicatos en el marco de sus cometidos y de la necesidad de centrarse en que los salarios se paguen a tiempo y se incrementen, se asegure el empleo pleno y productivo, se apoye a las categorías de trabajadores más vulnerables, se mejoren las condiciones de trabajo, y asimismo se controle la disciplina.

En conclusión, deseamos hacer llegar a Belarús nuestras esperanzas de éxito en el futuro.

Miembro trabajador, Polonia - La situación en Belarús es cada día más difícil. Hay un ataque brutal a los derechos sindicales, a la libertad sindical y a la libertad de negociación.

Nueve trabajadores llevan detenidos desde septiembre de 2021. La mayoría de ellos pertenecen al BKDP. Se enfrentan a penas de varias decenas de años de cárcel. La acusación es de traición y creación de un grupo extremista, cuando solo organizaron la ayuda para los trabajadores reprimidos y valoraron escenarios de posibles huelgas en los centros de trabajo.

El 19 de abril de este año detuvieron a más de 20 dirigentes y afiliados del BKDP. Hasta hoy a muchos de ellos no se les ha liberado, por ejemplo, al Sr. Alexander Yaroshuk y al Sr. Siarhei Antusevich, presidente y vicepresidente, respectivamente, del BKDP. La base de la detención es la supuesta preparación de acciones que atentan gravemente contra el orden público.

Se dice que las organizaciones sindicales suponen una amenaza para la estabilidad del Estado. Al mismo tiempo, se están tomando medidas para privar al movimiento sindical independiente de su autonomía e independencia. Muchos activistas sindicales están abandonando el país por temor a la opresión. Sabemos de registros y de vigilancia. Son medidas bien conocidas que los regímenes utilizan contra el movimiento sindical libre. Lo sabemos de primera mano, por la historia de Solidarność.

En la información escrita a la Comisión, el Gobierno de Belarús afirmó que la información proporcionada por el movimiento sindical independiente no se basa en hechos, que es sesgada y que su motivación es política. Los argumentos y las conclusiones presentados por el Gobierno de Belarús ilustran perfectamente el enfoque del Gobierno sobre los derechos de los trabajadores y los derechos sindicales. También manifiestan miedo, aunque al mismo tiempo el deseo de suprimir cualquier signo de libertad e independencia.

Pedimos al Gobierno de Belarús que libere a los miembros del sindicato y que retire los cargos contra ellos. Pedimos al Gobierno de Belarús que respete plenamente los derechos sindicales, de conformidad con el marco legal del Convenio.

Miembro gubernamental, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte - En esta séptima jornada, este es el decimoséptimo caso que debatimos ante esta Comisión. Sí, estamos discutiendo el cumplimiento de las normas internacionales del trabajo, pero, en última instancia, estamos hablando de la repercusión de estas normas en la vida humana. Así que, al igual que otros colegas han hecho esta mañana, me gustaría aprovechar un momento para tener presentes en nuestros pensamientos a los seres humanos afectados.

Sres. Alexander Yaroshuk, Siarhei Antusevich, Irina Bud-Gusaim, Vasil Bersenev, Gennady Fedynich, Yana Malash, Mikhail Gromov, Vitaly Chichmarev, Miroslav Sabchuk, Vatslave Hajestch, Zinaida Mikhniuk, Maksim Pozniakov y Alexander Mishuk son solo algunos de los nombres de sindicalistas que actualmente se encuentran injustamente detenidos en Belarús. Uno de ellos es miembro de un Consejo de Administración y vicepresidente de la CSI; dos han declarado ante esta misma comisión; tres son mujeres sindicalistas; cuatro, dirigentes electos del BKDP. Todos han sido detenidos por ejercer su derecho humano de libertad sindical.

Las acciones de las autoridades de Belarús no solo son una muestra de flagrante violación del Convenio, sino que también ponen de manifiesto un marcado retroceso en la aplicación de las recomendaciones formuladas en 2004 por la comisión de encuesta y, como resultado, los trabajadores de Belarús afrontan niveles de represión sin precedentes.

Dado el absoluto deterioro de la situación de la libertad sindical en Belarús y la falta de avances significativos en la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta de 2004, el Reino Unido solicita que la Comisión remita esta cuestión a la 346.ª reunión del Consejo de Administración, que se celebrará en noviembre de 2022, para que se apliquen medidas adicionales, incluso las previstas en el artículo 33 de la Constitución de la OIT. La continua violación de los derechos de los trabajadores en Belarús es inaceptable. En conclusión, el Reino Unido hace un llamamiento a las autoridades de Belarús para que liberen inmediatamente a todos los sindicalistas injustamente detenidos y adopten todas las medidas necesarias para garantizar que puedan llevar a cabo sus actividades sindicales en un clima exento de violencia, intimidación o amenazas de cualquier tipo.

Miembro empleador, Francia - El caso de Belarús constituye una paradoja, al ser a la vez simple y complejo. En primer lugar, simple, porque ha sido objeto desde 1997 de 14 exámenes ante esta Comisión, y, hasta la fecha, de 26 observaciones de la Comisión de Expertos, lo que lamentablemente nos habla de la inercia del Gobierno en lo relativo a la puesta en conformidad de su situación jurídica con respecto a las normas internacionales, tanto más cuanto que la Comisión de Expertos no ha constatado ningún progreso desde las observaciones de 2004. En segundo lugar, complejo, ya que el caso que hoy se presenta se basa en el Convenio núm. 87, mientras que el conjunto de las violaciones constatadas en todos los informes desborda ampliamente el solo marco de este convenio fundamental.

¿Por qué el Convenio núm. 87? Porque la Comisión de Expertos ha constatado reiteradamente que se falta en numerosas ocasiones al respeto del ejercicio de la libertad sindical. En resumen, el Gobierno no responde ni a los alegatos de intimidación y violencia física contra los sindicalistas, ni a los casos de persecución penal y encarcelamiento de manifestantes que, según las observaciones del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, son pacíficos. ¿Añadiríamos los alegatos de registros de locales sindicales y de domicilios de dirigentes sindicales? Lamentablemente, la lista de infracciones graves de las obligaciones del Gobierno de Belarús elaborada por la Comisión de Expertos es tan clara como larga.

¿Qué pide la Comisión de Expertos? Pide al Gobierno de Belarús que atienda la cuestión del registro de las organizaciones sindicales, que deje de interferir en la organización del diálogo social en las empresas privadas y, por último, de manera general, que elimine toda disposición contraria al ejercicio de los derechos civiles y de los derechos fundamentales de la OIT a fin de que los interlocutores sociales dispongan de todo el espacio necesario en el sistema de regulación de los conflictos laborales.

En conclusión, las violaciones de las obligaciones del Convenio por parte del Gobierno de Belarús afectan de manera importante a los actores del diálogo social. Los empleadores necesitan organizaciones libres para ellos, pero también para los trabajadores, condición indispensable para la existencia de un diálogo social necesario para hacer del trabajo decente una realidad.

La situación constatada en Belarús es por tanto contraria a los principios y a la Constitución de la OIT.

Interpretación del chino: miembro trabajador, China - Agradecemos la información proporcionada por el Gobierno y estamos de acuerdo con las observaciones del delegado de los trabajadores de Belarús. En nuestra opinión, la información que contiene el informe de la Comisión de Expertos es parcial y, por lo tanto, no responde a la situación real de Belarús.

En Belarús operan varias empresas chinas y, por tanto, observamos algo sobre la situación de los derechos de los trabajadores y vemos que estos disfrutan del derecho a reunirse y a defender sus derechos con la ayuda de los sindicatos. También se ha firmado y ha entrado en vigor un acuerdo tripartito entre Gobierno, empleadores y sindicatos. Asimismo, conviene señalar, en particular, que se consulta a los sindicatos sobre todas las leyes y reglamentos de Belarús que tienen que ver con los derechos laborales y sociales. Lamentamos que la evaluación de la Comisión sea contraria a los hechos. Por otra parte, según las observaciones que nos llegan de las empresas chinas en el país, las prácticas en el país sí satisfacen los requisitos del Convenio.

Por último, creemos que es necesario prestar atención al hecho de que las actuales sanciones unilaterales impuestas a Belarús socavan el bienestar de los trabajadores y sus familias. También perjudican la estabilidad y la vitalidad de las empresas. La Declaración de la OIT hace hincapié en el compromiso de reforzar el papel de las empresas y de crear un entorno propicio a su actividad, ya que las empresas son una fuerza importante para el desarrollo económico y la creación de empleo. Confiamos en que la OIT contribuya al bienestar de los trabajadores.

Miembro gubernamental, Canadá - El Canadá está profundamente preocupado por el hecho de que, más de dieciocho años después de las conclusiones de la comisión de encuesta de 2004, el Gobierno de Belarús todavía no haya hecho progresos significativos para aplicar las recomendaciones de la Comisión y garantizar el cumplimiento del Convenio. Esto demuestra una falta inaceptable de respeto por el sistema de control de la OIT.

Al Canadá le preocupa especialmente los continuos informes de intimidación, violencia física y represalias contra sindicalistas, las detenciones y el encarcelamiento de trabajadores y sindicalistas, y los registros policiales de locales de sindicatos y de domicilios de dirigentes sindicales. El Canadá insta a la liberación inmediata de todos los dirigentes y representantes sindicales que fueron arrestados en abril de 2022 y que siguen detenidos.

Estamos profundamente preocupados por el fuerte deterioro que registra el país en los derechos humanos, incluidos los laborales, y por la represión de las libertades civiles fundamentales, en particular, la libertad de expresión, la libertad de reunión pacífica, el derecho a la protección contra la detención y la prisión arbitrarias y el derecho a un juicio justo ante un tribunal o Poder Judicial independiente e imparcial.

También seguimos estando preocupados por los continuos obstáculos al registro de sindicatos, la injerencia del Gobierno en la constitución de sindicatos y el lento o nulo progreso en las diversas reformas de la legislación laboral necesarias para el respeto de los principios del Convenio.

Por lo tanto, el Canadá vuelve a instar al Gobierno de Belarús a que adopte medidas inmediatas y concretas para aplicar las recomendaciones de la comisión de encuesta y de la Comisión de Expertos, en plena cooperación con los interlocutores sociales y la Oficina Internacional del Trabajo.

Ante la falta de progresos hasta la fecha, el Canadá se suma a otros países para pedir que esta Comisión remita la cuestión de la aplicación por el Gobierno de Belarús de las recomendaciones de la comisión de encuesta de 2004 a la reunión de noviembre de 2022 del Consejo de Administración de la OIT para que se consideren medidas adicionales, incluidas las previstas en la Constitución de la OIT.

Miembro trabajador, Nigeria - Hablo en nombre de los millones de trabajadores afiliados a la Organización de Sindicatos de África Occidental. El Gobierno de Belarús lleva veinte años suprimiendo la libertad sindical de los trabajadores. Ha denegado el registro de sindicatos independientes, ha obligado a sus afiliados a abandonar los sindicatos bajo amenaza de no renovar sus contratos, y ha ejercido presión y discriminación en el lugar de trabajo. Como en varias ocasiones declaró el líder del BKDP a esta Comisión, la situación de los sindicatos libres es la de un gueto tolerado, pero sin espacio para su desarrollo o actividades. Esta tolerancia era un gesto simbólico hacia la OIT.

Recientemente el Gobierno rechazó cualquier acto o muestra de tolerancia respecto de los trabajadores. El Jefe del Estado incluyó a los sindicatos independientes en la lista de organizaciones destructivas, ordenando de facto su intimidación y aniquilación por el KGB. Para finales de mayo se había detenido a todos los dirigentes de los sindicatos independientes de Belarús, luego puestos en libertad con la condición de no divulgar ninguna información sobre sus casos, se les había prohibido salir del país o se les había considerado delincuentes y retenido en prisión. Al menos 14 de ellos se encuentran ahora en detención preventiva. Las oficinas de los sindicatos se registran, algunas se precintan, se confiscan los documentos, se califica de extremistas las comunicaciones sindicales y se suprime la condición legal de grupos de base. Los activistas sindicales pueden ser detenidos y encarcelados a voluntad, sin acceso a protección jurídica y sometidos a presión psicológica e incluso física por el KGB. Muchos han tenido que huir del país, pero sus familiares están en el punto de mira.

Sin duda, no hay ningún respeto en Belarús por los derechos humanos. Hay que echar atrás estas relaciones de trabajo tipo gestapo y reinstaurar los espacios para el disfrute de las libertades civiles y los derechos humanos fundamentales.

Miembro gubernamental, Suiza - Suiza reitera las preocupaciones expuestas el año pasado en el seno de esta Comisión. Lamenta los escasos avances en la aplicación de las recomendaciones, dieciocho años después del informe de la comisión de encuesta.

A Suiza le inquieta en particular que las acciones colectivas y pacíficas sean sumamente limitadas, por no decir prácticamente inexistentes, y que mecanismos como el tripartismo y el diálogo social estén muy restringidos. A pesar de sus muchas peticiones, mi delegación insiste en que Belarús autorice las manifestaciones colectivas y pacíficas. El Estado no debe interferir en la organización de sindicatos independientes, que deberían poder desarrollarse libremente.

La libertad sindical es uno de los principios y derechos fundamentales del trabajo inherente a una democracia y elemento esencial de la justicia social. Este principio permite, mediante la acción colectiva, luchar contra el trabajo forzoso y desarrollar medidas basadas en la no discriminación y la igualdad en beneficio de todas y de todos. Suiza exhorta al Gobierno de Belarús que tome todas las medidas para liberar a los sindicalistas y garantizar a los responsables sindicales la inmunidad contra la detención administrativa en el ejercicio de sus funciones o de sus libertades públicas. Suiza anima a Belarús a incluir en su informe toda la información solicitada por la Comisión de Expertos.

Miembro trabajador, Cuba - Nuestra delegación sostiene los argumentos presentados por la FPB, lo cual no comparte las observaciones contenidas en el informe anual de la Comisión de Expertos sobre la supuesta violación del Convenio.

El movimiento sindical y el Gobierno de Belarús reconocen notables avances en los últimos años con respecto al desarrollo de un diálogo social tripartito más efectivo que ha posibilitado el desarrollo de políticas económico-sociales coherentes con los principios y derechos fundamentales en el trabajo defendidos por todos los Estados Miembros de la OIT.

Ejemplo de ello es el acuerdo general tripartito firmado entre el Gobierno de la República de Belarús, las asociaciones nacionales de empresarios y el movimiento sindical, que establece los derechos, deberes y obligaciones de los interlocutores sociales, las medidas acordadas para alcanzar el nivel adecuado de salarios, las pensiones y prestaciones sociales que garanticen el trabajo decente y empleos de calidad y un mayor acceso a los bienes y servicios básicos de la población.

De igual manera, nuestra delegación solicita a esta Comisión continuar promoviendo el espíritu de diálogo, colaboración, asistencia técnica y cooperación de la Oficina de Actividades para los Trabajadores (ACTRAV) y de la OIT con el Gobierno de Belarús relativo al cumplimiento del Convenio, de manera que también sea tenida en cuenta su declaración y de las demás delegaciones que la apoyen en defensa de los derechos de los trabajadores.

Interpretación del ruso: miembro gubernamental, Federación de Rusia - La Federación de Rusia comparte la opinión expresada en la declaración del representante de Belarús en relación con el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Convenio.

Está claro que la legislación de Belarús está en consonancia con el Convenio. Por ejemplo, la disolución de un sindicato por haber recibido ayuda del extranjero o la regulación de las manifestaciones pacíficas que tanto se han criticado están, en efecto, muy claramente definidas en las leyes y reglamentos de ese país, y está muy claro que hay filtros muy importantes en cuanto a la forma de aplicar cualquier tipo de sanción; solo tras un fallo judicial se puede disolver un sindicato, y eso es una garantía de independencia.

Está muy claro que no ha habido ninguna violación de las normas durante todo el tiempo que lleva en vigor esta legislación y seguramente esto parecería contradecir la idea de que se trata de una medida excesivamente opresiva como algunos han sostenido hoy aquí.

Creemos entonces que hay una clara agenda política en la forma en que se presentan las quejas contra Belarús y, si se analiza la situación política interna de ese país, está claro que mucho de lo que se está diciendo desborda bastante el mandato de la OIT. El representante de Belarús nos pidió no politizar el debate y nosotros reafirmamos lo que dijo.

Miembro gubernamental, Estados Unidos de América - A lo largo de los últimos dieciocho años, los órganos de control de la OIT han supervisado la aplicación del Convenio por parte de las autoridades de Belarús y han colaborado con ellas en el seguimiento de las conclusiones de la comisión de encuesta de 2004.

Aunque la OIT ha proporcionado asistencia técnica, las autoridades de Belarús no han aplicado plenamente estas recomendaciones y la situación de los sindicalistas en Belarús empeora más y más. En abril y mayo, funcionarios del Comité de Seguridad del Estado registraron las oficinas de los sindicatos y los domicilios de sus dirigentes y empleados, incautándose de documentos personales y otros objetos. Varios dirigentes y activistas sindicales fueron detenidos, entre ellos el miembro del Consejo de Administración de la OIT, Sr. Alexander Yaroshuk, y los Sres. Siarhei Antusevich, Oleg Podolinski, Elena Yeskova y Mikola Sharakh.

Pedimos la liberación inmediata de los sindicalistas que siguen detenidos y que se retiren todos los cargos contra ellos. Las autoridades deben poner fin a todas las detenciones y actos de violencia, acoso e intimidación contra los sindicalistas que ejercen sus derechos humanos y laborales, entre otras cosas expresando su oposición a las políticas y medidas del régimen de Lukashenko.

Volvemos a pedir a las autoridades de Belarús que apliquen la recomendación de la comisión de encuesta de garantizar una protección adecuada contra la detención administrativa de dirigentes sindicales cuando ejercen sus funciones o hacen uso de sus libertades civiles.

No se ha producido ningún avance significativo hacia la plena aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta, sino que las autoridades han reiterado que no tienen intención de modificar la legislación pertinente y Belarús se ha distanciado aún más de sus obligaciones en virtud de la Convenio.

En palabras de la Comisión de Expertos, la inacción de las autoridades de Belarús para dar seguimiento a las conclusiones de esta Comisión también demuestra su falta de compromiso hacia el respeto de las obligaciones de Belarús en virtud de la Constitución de la OIT.

Por tanto, pedimos a esta Comisión que remita el asunto de la aplicación por Belarús de las recomendaciones de la comisión de encuesta de 2004 a la reunión de noviembre de 2022 del Consejo de Administración para considerar las medidas adicionales que deben adoptarse, incluso las derivadas del artículo 33 de la Constitución de la OIT.

Miembro gubernamental, Azerbaiyán - Agradecemos a la delegación de Belarús la información actualizada sobre la aplicación del Convenio. Azerbaiyán aprecia los esfuerzos realizados por Belarús para cumplir sus obligaciones derivadas de este convenio fundamental, incluidas las medidas positivas adoptadas por el Gobierno para aplicar las recomendaciones de la comisión de encuesta. Entendemos que algunas de las recomendaciones han sido aplicadas en su totalidad y que se ha avanzado en la aplicación de las restantes.

También tomamos nota positivamente de las actividades de cooperación técnica llevadas a cabo con el apoyo de la OIT para abordar determinadas recomendaciones de la comisión de encuesta tras la misión de contactos directos en estrecha colaboración con los interlocutores sociales. El Consejo tripartito para la Mejora de la Legislación en el Ámbito Social y Laboral sigue desempeñando un importante papel en la promoción del diálogo social y la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta.

Estas actuaciones del Gobierno de Belarús demuestran su compromiso y voluntad de abordar las preocupaciones planteadas sobre la base del proceso de consulta tripartita y con la participación activa de la OIT.

Alentamos al Gobierno de Belarús a que siga colaborando estrechamente con la OIT y redoble sus esfuerzos para aplicar las normas de la OIT. Al mismo tiempo, invitamos a la OIT a que, en cumplimiento de sus obligaciones en el ámbito del trabajo, apoye plenamente al Gobierno de Belarús prestándole toda la asistencia técnica que solicite, incluso para mejorar el sistema de solución de conflictos laborales.

Interpretación del árabe: miembro gubernamental, República Árabe Siria - En lo que respecta al examen por la Comisión del caso de Belarús y del Convenio, la información proporcionada por Belarús respecto de este convenio, y la cooperación con la OIT, así como los esfuerzos desplegados en el marco de este convenio, nuestra delegación apoya la posición del Belarús de colaborar con la OIT y las partes interesadas, de proseguir esta colaboración y de evitar el camino que consistiría en politizar la acción de la OIT, lo que no sería conforme con los principios de la Organización ni serviría a los intereses de todas las partes.

Observador, IndustriALL Global Union - Hablo en nombre de tres sindicatos mundiales: IndustriALL, la Internacional de Servicios Públicos (ISP) y la Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF). El Gobierno de Belarús lleva años y años ignorando descaradamente sus obligaciones en virtud del Convenio, pero desde las elecciones amañadas la situación se ha vuelto catastrófica con innumerables ataques contra los sindicatos democráticos independientes, en particular, en los últimos dos meses.

El 7 de abril, las autoridades declararon organización extremista al Sindicato REP, afiliado a IndustriALL. La Sra. Zinaida Mikhniuk, ex presidenta del sindicato, ha sido condenada a dos años de prisión. El Sr. Gennady Fedynich, otro dirigente del mismo sindicato, sigue en prisión mientras hablamos aquí. El 11 de mayo, la organización local de la ciudad de Grodno, otra organización filial de IndustriALL, BNP, fue declarada organización extremista y ahora se expone a su disolución. Justo antes del comienzo de esta conferencia anual, el 25 de mayo, detuvieron al Sr. Maksim Pozniakov, presidente del BNP, y aún sigue en prisión.

Cientos de sindicalistas de a pie han sido objeto de diversas formas de acoso e intimidación. Se ha generalizado la presión ejercida contra sindicalistas para que se den de baja en sus sindicatos. Los interrogatorios a los activistas y la instalación ilegal de dispositivos de vídeo y escucha en los locales sindicales por las autoridades se han hecho habituales.

Tras siete horas de interrogatorio, el Sr. Alexander Bukhvostau, presidente de otra filial del SPM, fue hospitalizado. El 30 de mayo, el Sr. Vladimir Krysenok, antiguo miembro del BNP en Novopolotsk, se suicidó debido al acoso y las amenazas sufridas en sus doce años de cárcel.

La represión de los sindicatos independientes en Belarús tiene una motivación política y constituye un ataque a la democracia y sus instituciones. La detención de sindicalistas constituye una violación grave de los derechos sindicales y humanos fundamentales. Instamos al Gobierno de Belarús a que cambie de rumbo y se comprometa con las normas democráticas mundiales y a que demuestre este compromiso liberando a los dirigentes sindicales que han sido detenidos y retirando todos los cargos contra ellos.

Pedimos a la Comisión que observe el grave deterioro de los derechos sindicales fundamentales en Belarús y que aplique todas las medidas posibles en el marco de la Constitución de la OIT para asegurarse de que el Gobierno de Belarús cumpla sus obligaciones.

Interpretación del ruso: observador, Confederación General de Sindicatos (GCTU) - La cuestión del cumplimiento de las disposiciones del Convenio por parte de Belarús se ha planteado en varias ocasiones ante la Comisión y sigue siendo objeto de animados debates. Debemos señalar que el informe de la Comisión de Expertos sobre este tema a lo largo de los años no siempre ha reflejado plenamente la situación en lo que respecta al desarrollo del movimiento sindical en Belarús.

En los últimos años hemos visto que se han aplicado al país diversas sanciones y prohibiciones internacionales con los consiguientes efectos sobre la forma en que puede ejercer su soberanía. Debemos reconocer que no es aceptable acosar o perseguir a dirigentes sindicales por ejercer sus cometidos profesionales, por sus actos en defensa de los intereses de los trabajadores. Sin embargo, si nos fijamos en otras violaciones de la ley que sí afectan a los intereses de la seguridad nacional, estas deberían ser objeto de decisiones por parte de otros órganos judiciales.

Debemos reconocer que la información que tenemos del informe de la Comisión de Expertos constata que se han hecho progresos. También debemos reconocer que ahora tenemos un acuerdo tripartito en ese país que implica a los interlocutores sociales en la elaboración de los planes de desarrollo económico y en velar por que se respeten las garantías sociales en el país.

Cuando se trata de asuntos relacionados con las relaciones laborales que redundan en interés económico de los ciudadanos de Belarús, las voces de los sindicatos se escuchan adecuadamente, y también las pueden hacer oír a nivel legislativo. En casos de acusaciones de incumplimiento de las disposiciones del Convenio por Belarús, debemos reconocer que no siempre se han hecho teniendo en cuenta la situación completa en cuanto a tratar de asegurar el desarrollo económico del país. Hacemos un llamamiento al país para que respete el Convenio, pero también pedimos a esta Comisión que adopte una visión objetiva de los acontecimientos en Belarús y elabore sus recomendaciones en consecuencia.

Observador, Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación, Agrícolas, Hoteles, Restaurantes, Tabaco y Afines (UITA) - Nuestra contribución es complementaria a la declaración de IndustriALL Global Union y otras federaciones sindicales internacionales.

La OIT ha intentado en numerosas ocasiones y a lo largo de los años ofrecer al Gobierno de Belarús apoyo para la aplicación del Convenio, esfuerzos que han fracasado. El Gobierno no ha implementado las recomendaciones que figuran en el informe de 2004 de la comisión de encuesta y sigue mostrándose irrespetuoso con los principios fundamentales de la OIT y con la OIT como organización.

El año pasado, esta Comisión expresó su decepción por la lentitud en la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de encuesta e instó al Gobierno a aplicar plenamente las recomendaciones pendientes antes de la celebración de la Conferencia de este año. En lugar de eso, lo que hoy acontece en Belarús indica que el Gobierno se niega una vez más a cumplir con sus obligaciones en virtud del Convenio. La reciente detención de dirigentes sindicales y, entre ellos, del Sr. Alexander Yaroshuk, presidente del BKDP, que se dirigió a esta Comisión en la reunión anterior, es la ilustración más evidente de ello. Por lo tanto, creemos que esta Comisión debería adoptar unas conclusiones en las que se exhorte al Consejo de Administración y a la Oficina a que tomen todas y cada una de las medidas posibles en el marco de la Constitución de la OIT, para garantizar la observancia por Belarús de las recomendaciones de la Comisión de Expertos de la OIT y de la comisión de encuesta emitidas hace ya diecisiete años.

Interpretación del ruso: observador de la Confederación Sindical Internacional (CSI) - El Gobierno de la República de Belarús ha violado sistemáticamente durante las dos últimas décadas los Convenios núms. 87 y 98. Sin embargo, en muchos aspectos y gracias a las opiniones expresadas por los miembros de la Comisión, los sindicatos son las últimas organizaciones de la sociedad civil que no han sido destruidas en el país. Antes de la Conferencia del año pasado, los sindicatos fueron calificados de organizaciones destructivas, lo que abrió el camino a un empeoramiento de la situación que llevó a las organizaciones de trabajadores a ser detenidas, a las redadas, a la liquidación y a la disolución de las organizaciones sindicales.

Se consideró organización extremista al Sindicato REP. Hemos asistido a detenciones por el KGB de más de 20 dirigentes sindicales, entre ellos el Sr. Alexander Yaroshuk, presidente del BKDP, miembro del Consejo de Administración de la OIT y vicepresidente de la CSI, y al Sr. Siarhei Antusevich, vicepresidente del BKDP. Ambos llevan mes y medio entre rejas. También hemos visto casos similares entre sus compañeros trabajadores.

En vísperas de la Conferencia Internacional del Trabajo encarcelaron al Sr. Maksim Pozniakov, presidente del Sindicato Independiente de Belarús y presidente en funciones del BKDP, y al Sr. Aliaksandr Mishuk, líder del Sindicato Independiente de Mineros. La Sra. Zinaida Mikhniuk, vicepresidenta del Sindicato REP, fue condenada a dos años de prisión.

El Gobierno de Belarús está indicando que no está dispuesto a aplicar las recomendaciones de la comisión de encuesta. Está mostrando que no respeta a la OIT ni a sus órganos de control. Esperamos que se tomen las decisiones previstas en la Constitución de la OIT en respuesta a violaciones reiteradas de los principios fundamentales recogidos en el Convenio. También es esencial que se libere a todos los dirigentes detenidos y que se reanuden sus actividades sindicales legítimas.

Interpretación del ruso: representante gubernamental, Ministra de Trabajo y Protección Social - Les agradezco que me hayan dado la oportunidad de dirigirme a ustedes una vez más para explicar la posición del Gobierno de Belarús. Doy mis sinceras gracias a los países que han expresado su apoyo a la República de Belarús, apoyo que es muy importante para nosotros y nos da motivos para esperar que la evaluación de la situación en Belarús por esta Comisión sea fruto de una buena reflexión y un correcto equilibrio.

No obstante, también debo decir que rechazo categóricamente las declaraciones politizadas de los representantes de la CSI, de la Unión Europea y de algunos otros países. Dichas declaraciones carecen de todo fundamento y no hay ninguna prueba de lo que se alega. Consideramos que tales declaraciones tratan de arrastrar a la OIT a un juego político que convierta a la OIT y a esta Comisión en un mecanismo más para presionar a Belarús.

Debemos reconocer la necesidad de que esta organización se distancie en lo posible de esas acciones ilegítimas. Debemos actuar en estricto cumplimiento de nuestro mandato y el mandato de la OIT es muy claro. Se refiere a los convenios y recomendaciones adoptados en el marco de la OIT.

El trabajo decente para todos es un concepto universal, y pone bajo los auspicios de la OIT a todos los Estados que son Miembros de esta organización; siendo así, no puede haber lugar para medidas obligatorias unilaterales de ningún tipo. Creemos que las declaraciones politizadas que se han hecho son totalmente contrarias a la filosofía y a los principios fundamentales que sustentan a la OIT.

Algunos países, al tratar de alcanzar sus objetivos de política exterior, están dispuestos a adentrarse en una política de ejercer presión sobre otros sin prestar atención a si diversos foros se prestan o no a ello. Hace poco, sobre la cuestión de ejercer o adoptar normas o sanciones de algún tipo contra países incumplidores de las normas de la OIT, señalé a la atención del Director General de la OIT que la forma en que se estaba planteando no se ajustaba a los principios fundamentales de la OIT. La forma en que se estaba proponiendo la adopción de medidas coercitivas unilaterales no era legítima. El año pasado se lo planteé al Director General. Todavía no he recibido respuesta de él.

Sin embargo, creemos que debemos centrarnos en las cuestiones que están realmente dentro de nuestro mandato y que redundan de verdad en interés de los Miembros de la OIT. Tenemos que asegurarnos de que se nos considere un centro de excelencia a nivel internacional para cuestiones relativas al empleo y la protección de los trabajadores.

En segundo lugar, debemos ser vistos como una organización internacional que no divide a los países, sino que los une para servir a objetivos nobles y elevados.

Cuando intervine anteriormente en mi alocución introductoria, describí con cierto detalle las medidas que está adoptando el Gobierno de la República de Belarús para tratar de desarrollar e impulsar el diálogo social y el tripartismo, de acuerdo con las recomendaciones de la comisión de encuesta. Deseo subrayar que se ha obtenido un éxito en el desarrollo del diálogo social y el tripartismo, y así lo constataron la Comisión de Expertos y la misión de contactos directos. Pero algunos de los que han intervenido hoy parecen haberlo olvidado o simplemente no quieren reconocerlo.

Quisiera señalar también que en los últimos veinte años hemos hecho progresos considerables también en la cooperación con la OIT, y estamos trabajando para velar por que ahora podamos tener convenios colectivos que se puedan aplicar en diferentes partes del país y en diferentes sectores de nuestra economía.

De hecho, hemos conseguido crear muchos convenios de este tipo, y aunque en los últimos años debido a la pandemia no hemos podido hacer todo lo que queríamos, hemos hecho progresos significativos.

No se puede responsabilizar para nada a Belarús de que lo que ha hecho sea tratar de impedir que los sindicatos lleven a cabo las actividades que les son legítimas, es decir, participar en la negociación colectiva, proteger a los trabajadores en las empresas y los sectores. Efectivamente, no hay modo de que se nos pueda acusar de no respetar eso. Pero cuando hay sindicatos que desbordan su cometido para invadir otros ámbitos, deben estar dispuestos a responder de ello ante la ley. En nuestro país tenemos nuestra legislación, que se aplica de la misma manera a todos. Y eso no pasa solo en Belarús; pasa en todos los países del mundo.

Hoy se han mencionado los nombres de algunas personas, y es cierto que en la actualidad son objeto de procedimientos judiciales. Pero todos y cada uno de sus casos están siendo investigados a fondo, y a fondo serán vistos en los tribunales. Por lo que respecta a violaciones del Convenio, puedo asegurarles que tal cosa no se corresponde con los casos a los que se ha hecho referencia y, si desean más detalles sobre los casos, gustosamente facilitaremos esa información. Les pediría que no se precipiten en conclusiones infundadas.

El Gobierno de Belarús está interesado en continuar el diálogo abierto y constructivo con la OIT. Estamos dispuestos a colaborar con ustedes, no solo en cuanto a dar efecto a las recomendaciones de la comisión de encuesta, sino también en otras cuestiones más generales de índole laboral y de protección social. Estoy seguro de que nuestra cooperación puede aportar una significativa contribución a asegurar la mejora del nivel de vida de la población de Belarús y el disfrute por los más de 10 millones de personas que viven en el país de todos sus derechos humanos, incluidos los laborales.

De eso se supone que se ocupa la OIT. De eso se supone que se ocupa la Comisión. Para que eso sea así, les pediría no ver nuestra situación de manera parcial y unilateral ni tampoco precipitarse a conclusiones críticas de lo que lo que las autoridades de Belarús están haciendo, que no es más que tratar de garantizar el respeto de la ley y el orden en el país.

Permítanme, una vez más, hacer un llamamiento a los miembros de esta Comisión, a los representantes de los Gobiernos, a los empleadores y a los trabajadores para que no tomen ahora decisiones que en el futuro puedan suponer un obstáculo al desarrollo de una cooperación constructiva entre Belarús y la OIT.

Les exhortaría a que atiendan a lo dicho por todos los que han intervenido y que se abstengan de aplicar un enfoque unilateral y politizado de esta cuestión. Permítanme volver a recordarles que el concepto de trabajo decente para todos es universal y que la OIT puede aunar a todos los países del mundo para servir esa causa y, en ese ámbito, encontrarán en Belarús un socio fiable y comprometido.

Miembros trabajadores - Tomamos nota de los comentarios del Gobierno de Belarús y de que el Gobierno de Belarús ha desatendido su obligación en virtud del Convenio y la recomendación de la comisión de encuesta. El Gobierno de Belarús no solo no ha aplicado las recomendaciones de la Comisión, sino que ha intensificado sus medidas de represión y se ha intervenido en la destrucción intencionada y sistemática de sindicatos independientes.

Si no se toman medidas serias contra los actos impunes del Gobierno de Belarús, todo el sistema de control se verá seriamente debilitado. El Gobierno debe liberar inmediatamente a todos los dirigentes y afiliados sindicales detenidos por participar en huelgas y asambleas pacíficas, o lo que es igual, por ejercer sus libertades civiles en ejercicio de sus actividades sindicales legítimas, entre ellos los Sres. Alexander Yaroshuk, miembro del Consejo de Administración de la OIT, Siarhei Antusevich y Gennady Fedynich. Con carácter de urgencia, el Gobierno debe permitir el acceso a visitantes, entre ellos funcionarios de la OIT, para comprobar sus condiciones de detención y prisión y su bienestar.

Tomamos nota de que otros dirigentes sindicales detenidos en abril, como el presidente del SPB, Sr. Mikalaj Sharakh, y el presidente del SPM, Sr. Alyaksandr Bukhvastau, fueron puestos en libertad, pero se enfrentan a acusaciones similares. Debe anularse la sentencia de dos años contra la vicepresidenta del Sindicato REP, Sra. Zinaida Mikhniuk, quien debe ser liberada inmediatamente.

El Gobierno debe tomar medidas inmediatas para aplicar plenamente los informes de 2004 de la comisión de encuesta y las conclusiones de la Comisión, incluidas las conclusiones adoptadas por esta Comisión en 2021, así como las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical.

Tomamos nota del serio y grave deterioro de las condiciones para que los sindicatos independientes ejerzan sus derechos sindicales, por ejemplo, el desprecio del respeto a las libertades civiles por el Gobierno y las autoridades de Belarús, la detención y prisión de dirigentes sindicales y la continua injerencia en los asuntos sindicales, así como la violación de la privacidad mediante registros en locales de sindicatos.

Debemos recordar que se han dado todas las oportunidades al Gobierno de Belarús para que cumpla sus obligaciones en virtud del Convenio, sin éxito alguno. Observamos con profundo pesar que el Gobierno de Belarús no ha aplicado plenamente las conclusiones de la Comisión, tampoco las de 2021, y que no ha aplicado plenamente los informes y recomendaciones de 2004 de la comisión de encuesta, como tampoco las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical. En 2022, tras dieciocho años, esta Comisión debe remitir este asunto al Consejo de Administración para su seguimiento en su reunión de junio de 2022 y para que considere en ese momento toda otra medida que garantice el cumplimiento de las mismas de acuerdo con la Constitución de la OIT. Este caso debe volver a incluirse en un párrafo especial.

Miembros empleadores - Comenzamos tomando nota de los comentarios del Gobierno de Belarús y agradecemos al Gobierno la información que ha proporcionado hoy a nuestra Comisión. También damos las gracias a los participantes que se han sumado a la discusión de hoy sobre el caso de Belarús y su aplicación del Convenio.

Hemos escuchado con mucha atención a todos los representantes de los trabajadores, los empleadores y los Gobiernos que han tomado la palabra. En nuestra opinión, la mayoría de estas contribuciones se han centrado en la cuestión de la aplicación del Convenio en la legislación y en la práctica, teniendo en cuenta el informe que siguió a la comisión de encuesta en 2004, las observaciones de la Comisión de Expertos y las conclusiones de la Comisión, las más recientes en 2021. Por lo tanto, creemos que los temas que se han debatido en nuestra Comisión han estado dentro del mandato y agradecemos la información sobre estos temas que han aportado los oradores.

Los miembros empleadores debemos señalar que lamentamos que no haya habido ningún progreso significativo hacia la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta y también lamentamos profundamente que no haya habido ningún progreso hacia la aplicación de las conclusiones de 2021 de la Comisión. De hecho, según la información proporcionada por la Comisión de Expertos en sus observaciones, parece que la situación se está deteriorando. Esto es profundamente lamentable.

Además, los miembros empleadores estamos profundamente preocupados por los nuevos alegatos de enjuiciamientos penales, detenciones y encarcelamiento de sindicalistas. Por lo tanto, nos unimos al llamamiento de otros miembros de la Comisión para pedir la liberación inmediata de cualquier persona detenida o encarcelada por sus actividades sindicales o por su pertenencia o afiliación a sindicatos. A nivel fundamental, las organizaciones de empleadores y de trabajadores deben tener libertad para asociarse y organizar libremente sus actividades sin intimidación ni injerencias, y a nivel fundamental esta es una obligación derivada del Convenio cuyo cumplimiento es básico. En nuestra opinión, este principio se aplica lo mismo si estamos hablando de organizaciones de trabajadores o de empleadores y de su libertad y seguridad, pero es el requisito fundamental para el verdadero cumplimiento del Convenio, tanto en la legislación como en la práctica, por lo que, en nuestra opinión, no es posible que un Gobierno mantenga que lo está cumpliendo, o lo está haciendo sustancialmente, cuando no respeta este derecho básico.

Además, tomando en consideración nuestro profundo pesar de que no se haya realizado ningún progreso significativo en relación con la aplicación de las conclusiones de 2021 de la Comisión, los miembros empleadores debemos concluir este caso recordando las detalladas recomendaciones que se recogen en nuestras conclusiones de 2021 e instando, en los términos más enérgicos, a que el Gobierno aplique estas recomendaciones sin más demora ni excusa.

Los miembros empleadores invitan al Gobierno a que se valga en lo necesario de asistencia técnica y solicitan que el Gobierno proporcione información detallada y completa sobre las medidas adoptadas y los progresos realizados en relación con las cuestiones planteadas en las conclusiones de 2021 de la Comisión en consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores más representativas a nivel nacional, y que rinda informe a la OIT antes del 1.º de septiembre de 2022. Teniendo en cuenta las presentaciones realizadas y la discusión de este caso, así como las observaciones de la Comisión de Expertos, el Grupo de los Empleadores podemos apoyar la petición del Grupo de los Trabajadores de que este caso sea incluido en un párrafo especial.

Conclusiones de la Comisión

La Comisión tomó nota de la información oral y escrita proporcionada por la representante gubernamental y de la discusión que tuvo lugar a continuación.

La Comisión tomó nota de que este es un caso de larga data y ha sido examinado anteriormente en la Comisión en varias ocasiones, la más reciente en 2021.

La Comisión deploró y lamentó profundamente los alegatos de violencia extrema para reprimir las protestas y huelgas pacíficas, así como el arresto y encarcelamiento de los trabajadores y el trato violento al que estos fueron sometidos durante su detención. La Comisión lamentó la adopción de medidas cada vez más coercitivas para reprimir las actividades sindicales, así como la destrucción sistemática de los sindicatos independientes.

La Comisión expresó su profunda preocupación por el hecho de que, dieciocho años después del informe de la comisión de encuesta, el Gobierno no haya tomado medidas para aplicar la mayoría de las recomendaciones de la comisión de encuesta. La Comisión reiteró las recomendaciones de la comisión de encuesta de 2004, señalando que no se había avanzado en su aplicación y que era necesario aplicarlas de forma plena y efectiva, sin más demora.

Teniendo en cuenta el debate, la Comisión insta al Gobierno, en consulta con los interlocutores sociales, a:

- restablecer sin demora el pleno respeto de los derechos de los trabajadores en materia de libertad sindical;

- abstenerse de arrestar, detener, tratar con violencia, intimidación o acoso, incluido el acoso judicial, a los dirigentes sindicales y sindicalistas que lleven a cabo actividades sindicales lícitas;

- investigar sin demora los presuntos casos de intimidación o de violencia física a través de una investigación judicial independiente;

- liberar inmediatamente a todos los dirigentes y sindicalistas detenidos por participar en huelgas pacíficas o arrestados por ejercer sus libertades civiles en el marco de sus actividades sindicales legítimas y retirar todos los cargos asociados a estas actividades, en particular, contra las siguientes personas: Aliaksandr Yarashuk, miembro del Consejo de Administración de la OIT; Siarhei Antusevich, Vicepresidente del Congreso de Sindicatos Democráticos de Belarús (BKDP); Gennadiy Fedynich, líder del Sindicato de Trabajadores de la Radio y la Electrónica de Belarús (REP); Mikalai Sharakh, Presidente del Sindicato Libre de Belarús (SPB); Aliaksandr Bukhvostov, Presidente del Sindicato Libre de Trabajadores Metalúrgicos (SPM), y Zinaida Mikhniuk, Vicepresidenta del Sindicato de Trabajadores de la Radio y la Electrónica de Belarús (REP);

- dar acceso, con carácter de urgencia, a visitantes, incluidos funcionarios de la OIT, para comprobar las condiciones de arresto y detención y el bienestar de las personas mencionadas;

- tomar medidas inmediatas para aplicar plenamente el informe de 2004 de la comisión de encuesta y las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia, incluidas las conclusiones adoptadas por esta Comisión en 2021.

La Comisión también remite este asunto al Consejo de Administración para que le dé seguimiento en su reunión de junio de 2022 y considere, en ese momento, la adopción de cualquier otra medida, incluidas las previstas en la Constitución de la OIT para garantizar el cumplimiento de las recomendaciones de la comisión de encuesta.

Asimismo, la Comisión reproduce íntegramente sus conclusiones de 2021:

La Comisión tomó nota de la información escrita y oral proporcionada por la representante gubernamental y de la discusión que tuvo lugar a continuación.

La Comisión tomó nota de la naturaleza de larga data de este caso y de la discusión previa del mismo en la Comisión, más recientemente en 2015.

La Comisión tomó nota con gran preocupación y lamentó profundamente las numerosas alegaciones de violencia extrema para reprimir las protestas y huelgas pacíficas, así como el arresto, el encarcelamiento y la tortura de los trabajadores mientras permanecieron detenidos tras las elecciones presidenciales celebradas en agosto de 2020, y las alegaciones relativas a la falta de investigación en relación con estos incidentes.

La Comisión expresó su profunda preocupación por que, diecisiete años después del informe de la comisión de encuesta, el Gobierno de Belarús no ha adoptado medidas para dar curso a la mayoría de las recomendaciones de la Comisión.

La Comisión recordó las recomendaciones pendientes de la comisión de encuesta de 2004, y la necesidad de que se apliquen rápida, plena y efectivamente. Teniendo en cuenta la discusión, la Comisión insta al Gobierno a:

- restablecer sin demora el pleno respeto de los derechos y la libertad de los trabajadores;

- aplicar la recomendación 8 de la comisión de encuesta de garantizar la protección adecuada o incluso la inmunidad contra la detención administrativa para los sindicalistas en el desempeño de sus funciones o al ejercer sus libertades civiles (libertad de expresión, libertad de reunión, etc.);

- adoptar medidas para la liberación de todos los sindicalistas que permanecen detenidos y para la retirada de todos los cargos relacionados con la participación en protestas pacíficas;

- abstenerse de arrestar o detener, o de cometer actos de violencia, intimidación o acoso, incluido el acoso judicial, a los dirigentes sindicales y sindicalistas que realizan actividades sindicales lícitas, e

- investigar sin demora los presuntos casos de intimidación o de violencia física a través de una investigación judicial independiente.

En lo que respecta a la cuestión de la dirección legal como un obstáculo para el registro de los sindicatos, la Comisión insta al Gobierno a garantizar que no existan obstáculos para el registro de los sindicatos, en la legislación y en la práctica, y pide al Gobierno que le mantenga informada sobre nuevos avances en relación con esta cuestión, en particular sobre cualquier discusión entablada y sobre los resultados de estas discusiones en el Consejo Tripartito.

En lo referente a la exigencia por el Presidente de Belarús de establecer sindicatos en todas las empresas privadas para 2020 a petición de la Federación de Sindicatos de Belarús (FPB), la Comisión insta enérgicamente al Gobierno a:

- abstenerse de cualquier injerencia en el establecimiento de sindicatos en las empresas privadas, en particular de exigir la constitución de sindicatos bajo la amenaza de liquidación de las empresas privadas en caso contrario;

- aclarar públicamente que la decisión de establecer o no un sindicato en las empresas privadas se deja exclusivamente a la discreción de los trabajadores de estas empresas, y

- poner fin inmediatamente a la injerencia en el establecimiento de sindicatos, y a abstenerse de mostrar favoritismo hacia un sindicato determinado en las empresas privadas.

En lo tocante a las restricciones de la organización de eventos masivos por los sindicatos, la Comisión insta al Gobierno, en consulta con los interlocutores sociales, en particular en el marco del Consejo Tripartito, a:

- enmendar la Ley sobre las Actividades Masivas y el Reglamento que la complementa, especialmente con miras a:

-- establecer motivos claros para la denegación de las solicitudes de celebrar eventos masivos, garantizando el cumplimiento de los principios de la libertad sindical;

-- ampliar el alcance de las actividades para las que puede utilizarse la asistencia financiera extranjera;

-- eliminar todos los obstáculos, en la legislación y en la práctica, que impiden a las organizaciones de trabajadores y de empleadores beneficiarse de la asistencia de organizaciones internacionales de trabajadores y de empleadores en consonancia con el Convenio, y

-- abolir las sanciones impuestas a los sindicatos o a los sindicalistas que participan en protestas pacíficas;

- revocar la Ordenanza núm. 49 del Consejo de Ministros, en su forma enmendada, para que las organizaciones de trabajadores y de empleadores puedan ejercer su derecho a organizar eventos masivos en la práctica, y

- abordar y hallar soluciones prácticas a las preocupaciones expresadas por los sindicatos con respecto a la organización y celebración de eventos masivos en la práctica.

En lo que respecta a las consultas relativas a la adopción de nuevas leyes que afectan los derechos e intereses de los trabajadores, la Comisión pide al Gobierno que enmiende el Reglamento del Consejo de Ministros núm. 193, a fin de garantizar que los interlocutores sociales gocen de iguales derechos en las consultas durante la preparación de la legislación.

En lo referente al funcionamiento del Consejo tripartito para la Mejora de la Legislación en el Ámbito Social y Laboral, la Comisión insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para fortalecer el Consejo Tripartito, a fin de que pueda desempeñar un papel efectivo en la aplicación de las recomendaciones de la comisión de encuesta y de otros órganos de control de la OIT con miras al pleno cumplimiento del Convenio en la legislación y en la práctica.

La Comisión expresa su decepción por los lentos progresos al aplicar las recomendaciones de la comisión de encuesta. Los acontecimientos recientes han indicado un retroceso y un mayor incumplimiento por el Gobierno de sus obligaciones dimanantes del Convenio. Por consiguiente, la Comisión insta al Gobierno a adoptar antes de la siguiente Conferencia, en estrecha consulta con los interlocutores sociales, todas las medidas necesarias para aplicar plenamente todas las recomendaciones pendientes de la comisión de encuesta.

La Comisión invita al Gobierno a recurrir a la asistencia técnica de la OIT.

La Comisión pide al Gobierno que proporcione información detallada y completa sobre las medidas adoptadas y los progresos realizados en relación con todas las cuestiones mencionadas anteriormente, y que transmita todos los textos legislativos pertinentes a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones antes de su próxima reunión, en consulta con los interlocutores sociales.

La Comisión invita al Gobierno a recurrir a la asistencia técnica de la Oficina.

La Comisión pide al Gobierno que presente a la Comisión de Expertos antes del 1.º de septiembre de 2022 una memoria, elaborada en consulta con los interlocutores sociales, con información sobre la aplicación del Convenio en la legislación y en la práctica.

La Comisión decide incluir sus conclusiones en un párrafo especial de su informe y mencionar este caso como un caso de falta continua de aplicación del Convenio.

Interpretación del ruso: representante gubernamental - El Gobierno de Belarús ha examinado detenidamente las conclusiones de la Comisión con respecto al Convenio núm. 87. Nos vemos obligados a constatar que, una vez más, estas son injustas y politizadas y no objetivas. El Gobierno proporcionó información con respecto a los esfuerzos realizados para dar vida a las recomendaciones. Estos han sido ignorados. Algunos Estados afirmaron su apoyo a Belarús. Lamentablemente, nuestros temores se han hecho realidad. Este foro de la OIT se está utilizando con fines políticos y creemos que tal acción es injusta.

Belarús ha hecho mucho por desarrollar el tripartismo y el diálogo social sobre la base del partenariado social. Esto no se ha recogido en las conclusiones. Creemos que la inclusión de un párrafo especial sobre Belarús no se ajusta a la realidad sobre el terreno. No existe ninguna base, en virtud del artículo 33 de la Constitución de la OIT, para iniciar este procedimiento. En cuatro días se va a debatir de esto en la 345.ª reunión del Consejo de Administración. Yo ya había informado de que para agosto se facilitará un informe detallado a la Oficina.

Belarús es un socio fiable de la OIT desde hace mucho tiempo. Estamos convencidos de que quienes piden la aplicación del artículo 33 contra Belarús buscan deliberadamente hacer un mal uso de la OIT. No debería permitirse eso. El Gobierno está a favor de un diálogo constructivo y abierto con todos los Miembros de la OIT para lograr un ámbito laboral inclusivo, justo y seguro. Todos los intentos de ejercer presión con fines políticos deberían ser total e inmediatamente excluidos de este tipo de foros.

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