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Individual Case (CAS) - Discussion: 2022, Publication: 110th ILC session (2022)

Freedom of Association and Protection of the Right to Organise Convention, 1948 (No. 87) - Guatemala (Ratification: 1952)

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2022-GTM-087-Sp

Información escrita proporcionada por el Gobierno el 16 de mayo de 2022

El Gobierno ha proporcionado la siguiente información escrita, así como el informe del sector gubernamental ante la Comisión Nacional Tripartita de Relaciones Laborales y Libertad Sindical con datos de indicadores clave actualizados a 2022 y la carta del Ministro a los sectores empleador y trabajador de dicha comisión de 16 de mayo de 2022.

Derechos sindicales y libertades públicas

El Gobierno de Guatemala comunica que en atención a la importancia de las iniciativas de la Subcomisión de cumplimiento de hoja de ruta, así como de los alegatos presentados por el sector trabajador relativos a la investigación de actos de violencia contra dirigentes sindicales y sindicalistas, con el propósito de deslindar las responsabilidades y sancionar tanto a los autores materiales como intelectuales de los hechos; tomando plena consideración de las investigaciones de las actividades sindicales de las víctimas; así como brindando una protección rápida y eficaz a todos los dirigentes sindicales y sindicalistas en situación de riesgo de manera que se evite la comisión de cualquier nuevo acto de violencia antisindical; el Gobierno se encuentra sumando esfuerzos y tomando medidas firmes que permitan que el movimiento sindical pueda desarrollarse en un clima exento de violencia, amenazas, presiones y con ello que los derechos sindicales puedan desarrollarse con total normalidad. Como parte de estos esfuerzos, el Gobierno recuerda que el Ministerio Público ha obtenido sentencias desde 2007, con lo cual se ha evidenciado un aumento significativo del número de casos de homicidios de dirigentes sindicales y sindicalistas, denunciados ante la OIT esclarecidos y que han dado lugar a una condena, como está referido en el indicador clave 1 de la hoja de ruta; comportamiento que se puede observar en los informes enviados a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR). A pesar del contexto de la pandemia, respecto al número de las sentencias obtenidas con relación a la muerte de líderes sindicales y sindicalistas, el Ministerio Público informa que de los tres casos que se encuentran en fase de juicio oral y público para 2022, el Tribunal de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Retalhuelu ha señalado en mayo de 2022 el inicio del debate oral y público para uno de ellos, con lo cual, se prevé continuar con la obtención de sentencias para 2022.

Así también, el Ministerio Público informa que la Fiscalía de Delitos contra Operadores de Justicia y Sindicalistas (FDCOJYS) continúa realizando esfuerzos exhaustivos de investigación en observancia al Estado de derecho, instando a la colaboración del sector trabajador a proveer en aquellos casos en donde obtienen la colaboración de los líderes sindicales y sindicalistas que coadyuvan a una efectiva y pronta investigación. En consecuencia, el Ministerio Público, atendiendo a lo señalado por la CEACR y las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical en el caso núm. 2609 (informado por el Gobierno el 30 de septiembre, 22 y 25 de octubre y 6 de diciembre de 2021, 7 y 17 de enero y 15 de febrero de 2022), respecto: i) al continuo desarrollo de la mesa técnica sindical del Ministerio Público, informa que ha celebrado reuniones de alto nivel el 28 de octubre y 29 de noviembre de 2021 y el 27 de enero de 2022, espacios donde se ha proporcionado información y ha habido un diálogo interactivo con la plena participación de los representantes sindicales; en tanto que la reunión del 28 de abril de 2022 no pudo celebrarse en atención a la excusa presentada por el sector trabajador; ii) a ponerse en contacto y reunirse con las organizaciones querellantes para facilitar la identificación de todos los casos de violencia antisindical denunciados por las mismas en su última comunicación, se manifiesta que el Ministerio Público puso a disposición de los representantes del sector trabajador desde el 29 de noviembre de 2021 reuniones semanales asignándole la Fiscal General a la FDCOJYS los viernes para atender casos relacionados, sin que a la fecha los representantes del sector trabajador las hayan atendido; iii) al fortalecimiento institucional, manifiesta que ha habido un aumento significativo con atribución de los recursos humanos y financieros necesarios, las capacidades de investigación criminal de esa fiscalía para 2022, según lo informado en el Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental del Ministerio Público cuenta con un presupuesto de 605 885,31 dólares de los Estados Unidos (4 645 359 quetzales) que cubre el salario del personal (91 por ciento) e insumos para funcionamiento (9 por ciento); de ello, la Fiscalía tiene un incremento de 1 697,19 dólares de los Estados Unidos (13 006 quetzales) en la asignación presupuestaria de insumos para funcionamiento; en 2021 contó con un monto de 52 560,93 dólares de los Estados Unidos (406 994 quetzales) y en 2022 con 54 806,96 dólares de los Estados Unidos (420 000 quetzales); iv) a la investigación de los 35 casos de homicidios (uno repetido) señalados por la Comisión Nacional Tripartita (CNT) reitera que adicionalmente ha tomado las medidas necesarias para la atención y recursos a estas, habiendo obtenido siete sentencias de tales casos, y v) a todos los casos que continúan en investigación, se realizan conforme a la instrucción núm. 1-2015 del Ministerio Público con el que se procede sobre la seguridad de los sindicalistas, en consecuencia, el número telefónico asignado a la FDCOJYS para atender denuncias sigue habilitado y en funcionamiento. Aunado a ello, la señora Fiscal General ha puesto a disposición de los líderes sindicales y sindicalistas un número telefónico para denunciar específicamente delitos cometidos en contra de líderes sindicales y sindicalistas atendidos al más alto nivel por el Secretario de Asuntos Internacionales, con atención personalizada; de ello, cabe destacar la atención de dos casos planteados por el sector trabajador en 2022.

Respecto a la intensificación de las medidas de seguridad necesarias, especialmente a aquellas de carácter personal, el Ministerio de Gobernación provee la logística y planificación para proporcionar la cobertura y atención a los requerimientos de seguridad realizados por la Fiscalía General; en ese sentido, se continúan brindando medidas de seguridad, informando que de 2021 al 15 de abril de 2022 fueron recibidas 109 denuncias y otorgadas 119 medidas de protección, entre ellas, la del Presidente de la CNT y representante del sector trabajador, Sr. Carlos Mancilla, a quien, entre otros, se le ha provisto de medidas de seguridad personal. Así también, el señor Presidente Constitucional de la República de Guatemala ha girado instrucciones precisas para que se ponga en marcha la instancia de Análisis de ataques contra líderes sindicales y sindicalistas, a fin de reforzar el cumplimiento de la declaración conjunta efectuada por los ministerios Público, Trabajo y Gobernación.

Aspectos legislativos

El Gobierno de Guatemala sobre los esfuerzos tripartitos atendidos desde 2018 (carta de 7 de marzo y el acuerdo tripartito de agosto), y la propuesta de iniciativa de ley abordada y dialogada por los tres sectores, en marzo y abril de 2021, ha manifestado su buena voluntad para que la misma sea presentada nuevamente ante el Congreso de la República, ajustándola en un proyecto de iniciativa de ley previo consenso tripartito, para que conforme a su mandato constitucional procedan a la reforma legal correspondiente. Lo anterior fue derivado del diálogo social y tripartito manifestado en los siguientes aspectos: i) el sector trabajador, añadió un considerando que hiciera relación a la armonización de la legislación nacional con los principios de libertad sindical; ii) el sector Gobierno propuso que no se reforme el artículo 12 del Decreto núm. 7-2017 del Congreso —como fue plasmado en la propuesta enviada el 7 de marzo de 2018—- toda vez que ha sido superado por la jurisprudencia de la Corte de Constitucionalidad y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y que un error técnico legislativo como en este caso no inhibe el cumplimiento de fondo del derecho, entre otros, y iii) el sector empleador, a la luz de ese diálogo, realizaría una nueva revisión; en consecuencia, se estarían presentando los comentarios oportunamente. El Gobierno en el marco del respeto a los principios de diálogo social y tripartismo ha requerido ante los sectores sus comentarios y/o anuencia a la propuesta de iniciativa de ley, los mismos que no han sido recibidos y en consecuencia que no se concrete su presentación ante el Congreso de la República como una propuesta tripartita. Asimismo, se informa que el Gobierno de Guatemala se permitió transmitir y requerir los aportes de los sectores en comunicaciones del 22 de abril, 19 de septiembre y 31 de octubre de 2021, 24 de enero de 2022, y del 10 de enero de 2022 se requirió su abordaje en la CNT (espacio reconocido y privilegiado de diálogo), para que pueda transmitirse una propuesta consensuada tripartitamente ante el Congreso y no solo el Gobierno como Estado concernido y responsable último de procurar las reformas legislativas tomando en consideración lecciones aprendidas y mejores prácticas en presentar proyectos plenamente consensuados y acuerdos alcanzados tripartitamente. Al respecto, el Gobierno confía en que, derivado del diálogo social, tripartismo y con la AT-OIT podrá finalmente presentar una propuesta legislativa que atienda las realidades nacionales, así como las observaciones de la CEACR, y que esta sea presentada tripartitamente para que sea aprobada por el Congreso sin mayor trámite.

Convenio en la práctica

El Gobierno de Guatemala tomando nota de las recomendaciones de la CEACR respecto a acudir en el marco del Programa de Cooperación Técnica (PCT) de la Oficina y a la luz de la decisión adoptada por el Consejo de Administración en su 334.ª reunión, por medio del Ministerio de Trabajo y Previsión social solicitó apoyo a la Oficina para el rediseño de los procesos críticos y construcción de una herramienta informática que permita agilizar el acceso interno a información sobre registro sindical y generar reportes y manejo de expedientes. Así también, informa que en la actualidad el Ministerio de Trabajo y Previsión social ha registrado 17 nuevas organizaciones sindicales de septiembre de 2021 a mayo de 2022. Asimismo, sobre el tratamiento de conflictos, dinámica a cargo de la Subcomisión de mediación y resolución de conflictos, y que el Gobierno como miembro concernido, ha efectuado esfuerzos por medio de la Inspección General del Trabajo (IGT) en la constitución de 64 mesas de diálogo, entre 2021 y 2022 (hasta abril). De la solución de conflictos, se puede referir que se arrojan 15 casos en donde se alcanzaron resultados, entre ellos, la municipalidad de Mixco que no obstante de concluir el proceso judicial, se atiende la problemática en la IGT por medio de la mesa de diálogo y después de 18 reuniones de diálogo se reinstalan a nueve personas, según acta de 14 de diciembre de 2021, todo lo anterior a requerimiento de organizaciones sindicales ante la IGT para el desarrollo y democratización de derechos y prácticas sindicales mediante el diálogo social y tripartito.

El Gobierno de Guatemala se permite indicar que, respecto al aumento significativo del porcentaje de sentencias de reintegro de trabajadores objeto de despidos antisindicales efectivamente cumplidas —relacionado con el punto 7 de la hoja de ruta por el Convenio núm. 87—, el organismo judicial mediante oficio núm. Ref. 052-2022/DGL/Orza de 30 de marzo de 2022 y su ampliación, por medio del reporte de diligencias de reinstalaciones aceptadas a nivel nacional de septiembre de 2021 a marzo de 2022, se reportaron 255 diligencias de reinstalaciones efectivas.

El Gobierno de Guatemala reitera su compromiso en el cumplimiento de la hoja de ruta de la que se ha indicado en sus últimos tres años, su constante avance señalando que la lección más importante que se ha obtenido de este proceso es la necesidad de consolidar un verdadero diálogo social para Guatemala, enfatizando que se ha dado el acompañamiento de constantes muestras de voluntad política en el cumplimiento de la hoja de ruta y resultados en cada uno de sus indicadores clave. Los esfuerzos del Gobierno aunados al PCT de la OIT, acogido por el Consejo de Administración en su 340.ª reunión y su puesta en marcha, han logrado los siguientes resultados: 1) funcionamiento de la CNT integrada por sus tres subcomisiones —como órgano rector de diálogo social en políticas de trabajo y tutela de derechos laborales, en particular de la libertad sindical y la negociación colectiva—; 2) mejoras en los mecanismos de protección y tutela de los derechos laborales, con el ofrecimiento de la Unión Europea, que aún no se ha concretado, se espera que se maximicen y potencien los esfuerzos; 3) armonización de la legislación con las normas internacionales del trabajo, particularmente los Convenios núms. 87 y 98 de la OIT, y 4) promoción efectiva de la negociación colectiva a fin de optimizar y reforzar un planteamiento tripartito sobre la legislación armonizada con las normas internacionales del trabajo.

De lo indicado anteriormente, el Gobierno de Guatemala mantiene y continuará con firmes esfuerzos que permitan generar espacios de confianza que garanticen las prácticas, libertades y derechos sindicales a nivel nacional, mediante el diálogo social y consultas tripartitas.

Información escrita proporcionada por el Gobierno el 2 de junio de 2022

1. Antecedentes

El Gobierno de Guatemala manifiesta que ante el cumplimiento de la hoja de ruta en virtud del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) de la OIT y la medición a través de sus indicadores clave, en observancia al Acuerdo Tripartito suscrito en noviembre de 2017, en Ginebra, Suiza; y en atención a los documentos que permiten los procedimientos referidos por la Comisión de Aplicación de Normas para la 110.ª reunión de Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo, en Ginebra 2022, CAN/D.1, se permite remitir un documento con suministro de información relativo al Convenio señalado.

El Consejo de Administración de la OIT da seguimiento a la implementación de la hoja de ruta, y según lo resuelto en su 340.ª reunión (noviembre de 2020), se adopta el Programa de Asistencia y Cooperación Técnica, y se solicita a la Oficina un reporte anual de su implementación en sus sesiones de octubre a noviembre durante los tres años del Programa (señalado en el GB.340/INS/PV, párrafo 114), habiendo presentado su primer informe en noviembre 2021 ante el Consejo de Administración durante su 343.ª reunión, en consecuencia el Gobierno considera que se ha informado y continuará informando en el marco del Consejo de Administración en total y estricto respeto a lo adoptado por el Consejo de Administración. Asimismo, el Gobierno de Guatemala señala que se podrán maximizar los esfuerzos institucionales para el cumplimiento de la hoja de ruta por el Convenio a través del Programa de Asistencia y Cooperación Técnica, no dejando de recalcar que sumarán y reforzarán los propios esfuerzos que ha venido realizando el Estado de Guatemala, a través de las instituciones que centran sus acciones en el pleno respeto de los derechos a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación en pleno cumplimiento del marco de sus competencias.

2. Hoja de ruta

Como referido, se trabaja bajo 11 puntos que son medidos por 9 indicadores clave, siendo los siguientes:

a) Derechos sindicales y libertades públicas

Indicador clave núm. 1: Aumento significativo del número de casos de homicidios de dirigentes sindicales y sindicalistas, denunciados ante la OIT esclarecidos y que han dado lugar a una condena —relacionado con los puntos núms. 1 y 2 de la hoja de ruta—.

El Ministerio Público, mediante Oficios SAIC/G 2021-000957/behedq y SAIC/G 2021-000990/behedq, de 7 y 10 de septiembre de 2021, brindó la siguiente información, que se amplía para conocimiento y detalle del histórico del seguimiento al presente indicador clave [Cuadro no reproducido]

De la información anterior, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, se permite presentar el siguiente gráfico estadístico.

Gráfico 1. Sentencias obtenidas: Seguridad y corrección, absolutorias y condenatorias - Fiscalía de Delitos contra Operadores de Justicia y Sindicalistas del Ministerio Público (2007-2021) [Gráfico no reproducido]

De 2007 a septiembre de 2021, se observa una constante en que las instituciones a cargo del sector de la justicia en el marco de su competencia, actúan para la conformación de casos con investigación robustecida y en la observancia de la objetividad y los principios procesales, concluyendo como resultado las resoluciones judiciales basadas en el debido proceso, emitidas a través de sentencias condenatorias o absolutorias, con lo cual el Estado ratifica que observa la aplicación de la ley, en casos relacionados a muertes de líderes sindicales y sindicalistas, como lo es el presente indicador. Asimismo, se presenta el siguiente gráfico el estado de cada uno de los casos denunciados ante la Organización Internacional del Trabajo:

Gráfico 2. Estatus histórico de muertes de líderes sindicales y sindicalistas - Fiscalía de Delitos contra Operadores de Justicia y Sindicalistas del Ministerio Público (2004-2021) [Gráfico no reproducido]

Ante la Subcomisión de Cumplimiento de la hoja de ruta en su reunión 03-2021, de 18 de mayo de 2021, así como en Oficio 304-2021, ampliado ante esa subcomisión en reunión ordinaria 04-2021, así como en Oficio MISU-ws 325-2021, de 23 de septiembre de 2021, y en atención a lo que se observa en la tabla supra, el Estado de Guatemala ha informado sobre sentencias en casos de muertes de líderes sindicales y sindicalistas siendo 16 por autoría material, 5 por autoría intelectual y 3 por autoría material e intelectual.

Indicador clave núm. 2: Realización, con las organizaciones sindicales pertinentes, de los estudios de riesgo para todos los dirigentes sindicales y sindicalistas amenazados y asignación de las medidas de protección correspondientes —relacionado con el punto núm. 3 de la hoja de ruta—.

El Ministerio de Gobernación, mediante Oficio DM-2300-2021/GRRM/jmt-ss, de 8 de septiembre de 2021 y su ampliación en Oficio DM-1141-2022 de 22 de abril de 2022, brindó la siguiente información: de 2021 al 15 de abril de 2022, se reporta un número de 109 denuncias recibidas y otorgadas 119 medidas de protección, entre ellas al presidente de la Comisión Nacional Tripartita de Relaciones Laborales y Libertad Sindical, Sr. Carlos Mancilla García, a quien se le otorgaron medidas de seguridad personal. Conforme a las acciones de coordinación interinstitucional, el Ministerio Público ha manifestado mediante Oficio FDCOJS/G 2022-000151/wzvrdc de 26 de mayo de 2022, que la Fiscalía de Delitos contra Operadores de Justicia y Sindicalistas ha efectuado al menos 11 diligencias investigativas adicionales a las nueve reportadas a inicios de mayo de 2022, para la investigación y esclarecimiento de los hechos de intimidación denunciados por el presidente de la Comisión Nacional Tripartita de Relaciones Laborales y Libertad Sindical, y con ello determinar la identidad de los responsables de los hechos denunciados así como el móvil del hecho.

b) Aspectos legislativos

Indicador clave núm. 4: Elaboración y sumisión al Congreso de un proyecto de ley que garantice, con base en los comentarios de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, la puesta en conformidad de la legislación nacional con el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) y el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) —relacionado con el punto núm. 5 de la hoja de ruta—.

El Gobierno de Guatemala sobre los esfuerzos tripartitos atendidos desde 2018 (carta de 7 de marzo y el Acuerdo Tripartito de agosto), y la propuesta de iniciativa de ley abordada y dialogada por los tres sectores, en marzo y abril de 2021, ha manifestado buena voluntad que la misma sea presentada nuevamente ante el Congreso de la República, ajustándola en un proyecto de iniciativa de ley previo consenso tripartito, para que conforme a su mandato constitucional procedan a la reforma legal correspondiente. Lo anterior derivado del diálogo social y tripartito manifestado en los siguientes aspectos: i) el sector trabajador propone añadir un considerando que hiciera relación con la armonización de la legislación nacional con los principios de libertad sindical; ii) el sector gubernamental propone que no se reforme el artículo 12 del Decreto núm. 7-2017 del Congreso —como plasmado en la propuesta enviada el 7 de marzo de 2018— toda vez que ha sido superado por jurisprudencia de la Corte de Constitucionalidad y la Corte IDH que un error técnico legislativo como en este caso no inhibe el cumplimiento de fondo del derecho, entre otros, y iii) El sector empleador, a la luz de ese diálogo, realizaría una nueva revisión; en consecuencia se estarían presentando los comentarios oportunamente.

c) Convenio en la práctica

Indicador clave núm. 5: Aumento significativo del porcentaje de sentencias de reintegro de trabajadores objeto de despidos antisindicales efectivamente cumplidas —relacionado con el punto núm. 7 de la hoja de ruta—.

La Dirección de Gestión Laboral del Organismo Judicial, mediante comunicación Ref. 292-2021/DGL/Orza, de 14 de septiembre de 2021, y sus ampliaciones a 2022 remitió la siguiente información:

Respecto al tema de reinstalación con ubicación, la Dirección de Gestión Laboral del Organismo Judicial mediante Oficio Ref. 052-2022/DGL/Orza, de 30 de marzo de 2022, y sus ampliaciones, y en reciente Oficio Ref. 066-2022/DGL/Orza, de 30 de mayo de 2022, se comunica que para 2021; conforme al cierre del dato contable presentado por el Centro de Información, Desarrollo y Estadística Judicial en Oficio 331-2022/CIDEJ, de 30 de mayo de 2022, se efectuaron 727 reinstalaciones de las cuales, el 75,93 por ciento corresponden al departamento de Guatemala, y el 24,07 por ciento a 13 departamentos de la República de Guatemala, y para 2022, la Dirección de Gestión Laboral reporta 188 diligencias de reinstalación efectivas.

Indicador clave núm. 6: Tratamiento y resolución de conflictos por la Comisión de Resolución de Conflictos en materia de libertad sindical y negociación colectiva —relacionado con el punto núm. 8 de la hoja de ruta—.

Sobre el presente indicador clave, el Gobierno de Guatemala reitera que la dinámica está a cargo de la Subcomisión de Mediación y Resolución de Conflictos, y podrá ser referida por esta; en tanto, el Gobierno como miembro concernido, refiere y amplía que ha efectuado su esfuerzo en la constitución de al menos 67 mesas de diálogo, entre 2021 y 2022 (a finales de mayo de 2022). De la solución de conflictos, se puede referir que se arrojan 15 casos en donde se alcanzaron resultados positivos, entre ellos, la Municipalidad de Mixco, que por medio de la Inspección General del Trabajo constituyó una Mesa de Diálogo, espacio que cuenta con 18 reuniones reportadas y con resultados satisfactorios como la reinstalación a nueve trabajadores (según Acta de 14 de diciembre de 2021 de la IGT). Entre otros casos de éxito, el Gobierno se permite mencionar mesas de diálogo en las Municipalidades de Aguacatán y Cuilco, Huehuetenango; Morales, Izabal; San Cristóbal Totonicapán, Totonicapán; Retalhuleu, San Felipe y Champerico, Retalhuleu; San Pedro y Malacatán, San Marcos.

Indicador clave núm. 8: Inscripción sin trabas de las organizaciones sindicales en el Registro Sindical del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

La Dirección General de Trabajo informó mediante Oficio 374-2021 MRGE/LASC. de 16 de septiembre de 2021, Oficio 102-2022 DGT-LASC/Napl, de 29 de marzo de 2022, y Oficio 167-2022 DGT-DISH/Napl, de 1.º de junio de 2022, que para finales de 2021 se inscribieron 57 organizaciones sindicales en el Registro Público de Sindicatos del Ministerio de Trabajo y Previsión Social de Guatemala. Asimismo, la Dirección General del Trabajo en Oficio 148-2022 DGT-DISH/Napl, de 12 de mayo de 2022, y por medio de Oficio 164-2022 DGT-DISH/Napl, de 30 de mayo de 2022, informa que durante el año 2022 (hasta el 30 de mayo de 2022), se han inscrito 12 organizaciones sindicales en el Registro Público de Sindicatos.

Indicador clave núm. 9: Evolución del número de solicitudes de homologación de pactos colectivos de condiciones de trabajo con la indicación de su rama de producción

La Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, mediante Oficio 388 2022 SG/MNAL/arp, de 12 de mayo de 2022, y su ampliación, informa que ha homologado entre 2021 y 2022 (al 1.º de junio como fecha de reporte para informe suplementario ante la Comisión de Aplicación de Normas), la cantidad de 18 pactos. Así también, el Gobierno de Guatemala ha requerido asistencia técnica y apoyo de la Oficina Internacional del Trabajo, para atender la negociación colectiva con atención a las observaciones y solicitudes directas que ha efectuado la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, en un taller sobre negociación colectiva y diálogo social, enfocado a funcionarios públicos del sector gubernamental, la que se desarrolló en las fechas de 23 y 24 de mayo de 2022, con el consultor Alexander Godínez Vargas; y la participación de representantes de las siguientes instituciones relacionados con la materia: Asociación Nacional de Municipalidades, Contraloría General de Cuentas, Ministerio Público, Ministerio de Finanzas Públicas, Oficina Nacional de Servicio Civil, Organismo Judicial a través de la Dirección de Gestión Laboral y Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Discusión por la Comisión

Representante gubernamental, Ministro de Trabajo y Previsión Social - Agradezco el espacio que le permite a Guatemala dirigirse a ustedes en este respetable pleno, en virtud de informar sobre la atención que el Estado de Guatemala ha venido prestando a las observaciones referidas por la Comisión de Expertos, así como lo manifiesta ante el Comité de Libertad Sindical y frente al Consejo de Administración, en virtud de las decisiones alcanzadas por este importante órgano durante sus 334.ª, 337.ª, 340.ª y 343.ª reuniones, celebradas en 2018, 2019, 2020 y 2021 respectivamente, por lo que me permito recalcar que Guatemala ha informado y seguirá informando sobre los avances en los diferentes puntos de la hoja de ruta.

Respecto a las medidas adicionales adoptadas por el Gobierno en el marco del cumplimiento de la hoja de ruta, me encuentro acompañado en el día de hoy de manera presencial por los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de manera virtual por el Ministerio Público, quienes tenemos responsabilidad compartida en la ejecución de acciones que permiten el cumplimiento de la hoja de ruta, con quienes hemos construido en conjunto y presentado en tiempo, ante esta honorable Comisión, la información suplementaria que señala el documento D.1.

Debo destacar que el Ministerio Público, atendiendo a la recomendación del Comité de Libertad Sindical según su 387.º informe, de noviembre de 2018, ha incrementado su presupuesto de manera constante y, según lo manifiesta en su misiva de 10 de mayo de 2022, la Fiscalía de Delitos contra operadores de justicia y sindicalistas cuenta con una asignación presupuestaria para el presente año 2022 de 1 288 252 dólares de los Estados Unidos. Con ello evidenciamos el alto nivel de importancia y compromiso de Estado ante las acciones urgentes que realiza el ente investigador nacional para efectuar investigaciones inmediatas independientes, exhaustivas, eficientes e imparciales, para la procuración de justicia en casos relacionados a nuestros líderes sindicales y sindicalistas, demostrando que desde su creación en 2011 hasta la fecha, con más de diez años de funcionamiento, se le ha elevado no solo la categoría de fiscalía de sección, sino que actualmente cuenta con una asignación 12 veces mayor que el presupuesto con el cual inició.

La Fiscalía ha trabajado oportunamente la totalidad de los casos que tiene a su conocimiento y señala que un caso ya se encuentra en curso de debate oral y público, otro caso más relacionado a hechos acaecidos en el municipio de Coatepeque (Quetzaltenango) presenta ya un requerimiento fiscal oportuno y pertinente ante el órgano jurisdiccional, esperado que de manera pronta pueda juzgarse en debate oral y público, juntamente con otros dos casos con postura fiscal, con lo cual proyectamos obtener cuatro sentencias más a las 28 que Guatemala ha venido informando y con ello continuar demostrando, como lo establece el indicador clave 1 de la hoja de ruta, el aumento significativo del número de casos de homicidio de dirigentes sindicales y sindicalistas denunciados ante esta Organización que ya están esclarecidos y que han dado lugar a sentencia o a una condena.

Por lo que, el Gobierno de Guatemala manifiesta, de esta forma, y reitera su completa disposición que, con el recurso humano asignado, un presupuesto robustecido y las acciones de coordinación útiles, oportunas y contundentes, podrá continuar dando muestras de cumplimiento a los puntos 1, 2, 3 y 4 de la hoja de ruta relativos a la vida e integridad física de los líderes sindicales y sindicalistas cuya responsabilidad está a cargo del Estado de Guatemala, y que se continuarán maximizando los esfuerzos necesarios para demostrar con pasos firmes su cumplimiento.

Asimismo, debo señalar que el Ministro de Gobernación, por instrucciones del Presidente constitucional de la República, el doctor Alejandro Giammattei, firmó el Acuerdo Ministerial núm. 288-2022 de 3 de junio de 2022, el pasado viernes, y el mismo fue publicado en el día de hoy en el Diario Oficial, con lo cual se reinicia la operación de la instancia de análisis de ataques de líderes sindicales y sindicalistas, con lo cual enfocamos ese análisis priorizando esta vez a nuestros líderes sindicales y sindicalistas.

Respecto a las cuestiones legislativas, debo reiterar y referir que para dar impulso a la propuesta de una iniciativa de ley cuyo contenido abarque los consensos tripartitos ya alcanzados, en concordancia y atención a la realidad nacional, con miras a que contengan la evolución de estudios jurídicos y la jurisprudencia, hemos trabajado de manera tripartita en dos reuniones amplias de la Comisión Nacional Tripartita de Relaciones Laborales y Libertad Sindical, junto con la Subcomisión de Legislación y Política Laboral de esa comisión, celebradas en marzo y abril de 2021. Me permito señalar que como Estado concernido entendemos perfectamente que somos responsables últimos de procurar las reformas legislativas tomando en consideración las lecciones aprendidas y mejores prácticas en presentar proyectos ante el Congreso de la República. Sin embargo, estamos a la espera de las reacciones de los mandantes ante las últimas observaciones del Gobierno para dar continuidad a la discusión y búsqueda de un consenso en cuanto a la redacción final, lo que no dudamos pueda materializarse este año 2022. En ese sentido hemos procurado y continuaré promoviendo un espacio ante la Comisión Nacional Tripartita de Relaciones Laborales y Libertad Sindical para que sea una constante el abordaje de las reformas legislativas como parte del diálogo tripartito en este espacio. No obstante, el Organismo Legislativo tiene conocimiento de nuestro compromiso internacional como Estado, por lo que oportunamente, cuando esté lista dicha reforma, se requerirá nuevamente audiencia para que, tan pronto se plantee el proyecto en formato de iniciativa de ley, se coloque en la agenda y se reciba a los mandantes tripartitos para su diálogo y continúe el proceso hasta su efectiva reforma.

Respecto al Convenio en la práctica, quiero manifestar que hemos hecho un avance significativo en materia de sentencias de reinstalación. He de mencionar que el Organismo Judicial, hoy representado por sus magistrados, en conjunto con el Ministerio Público y el Ministerio de Trabajo y Previsión Social han fortalecido el espacio de coordinación interinstitucional para dar respuesta a las preocupaciones del sector trabajador en casos específicos. Es por ello que, se informa que en 2021 se efectuaron 727 reinstalaciones, de las cuales el 75 por ciento corresponden al departamento de Guatemala y el otro 25 por ciento al restante de los 13 departamentos de la República de Guatemala; para 2022, la Dirección de Gestión Laboral ha reportado 188 diligencias de reinstalación efectivas. Manifestar también que el Ministerio de Trabajo ha hecho una verificación exhaustiva de sus registros y reporta, entre 2021 y mayo de 2022, la inscripción de 69 organizaciones sindicales. Señalar que se requirió el apoyo de esta Oficina, tanto para el rediseño de los procesos críticos y la construcción, también, de una herramienta informática que esperamos y estamos seguros va a permitir agilizar el acceso interno a información sobre el registro sindical y generar así reportes y manejo de expedientes para que todo el trámite sea más expedito, como para el desarrollo de un taller interinstitucional relativo a la negociación colectiva y el diálogo social, espacio donde participaron ya instituciones relacionadas con la temática.

Me complace manifestar que el 24 de mayo de 2022 se ha abordado el cumplimiento de la hoja de ruta e indicadores clave a nivel de Gabinete de Gobierno, donde he planteado los retos, desafíos y propuestas para su cumplimiento a los demás miembros de este y al mismo Presidente, fijando como propuesta regular los esfuerzos institucionales para el efectivo cumplimiento de la hoja de ruta y dar pronto cumplimiento de la misma. Para ello se exhortó a que: i) las instituciones de gobierno continúen acatando las órdenes de reinstalación emitidas por el juez competente; ii) se asignen medidas de protección personales a miembros del movimiento sindical en situación de riesgo, como las que ya se hicieron de forma ágil en el lamentable caso de amenazas al Sr. Carlos Mancilla, presidente de la Comisión Nacional Tripartita de Relaciones Laborales y Libertad Sindical, y iii) la solicitud de aprobar la instancia de análisis de ataques a líderes sindicales y sindicalistas que, como mencioné anteriormente, ya fue atendida.

Resalto que, recientemente, sostuvimos una constructiva reunión con la Directora del Departamento de Normas Internacionales del Trabajo y con los mandantes tripartitos nacionales e internacionales a quienes reiteramos nuestra complacencia por el fortalecimiento de la Comisión Nacional Tripartita y sus subcomisiones, espacios que consideramos de vital importancia en el desarrollo del diálogo, en el que se puedan alcanzar soluciones integrales a las dinámicas laborales de nuestro país de forma conjunta, así como un continuo abordaje del desarrollo de la hoja de ruta, en virtud del Convenio. A quienes hemos expresado, y de quienes hemos escuchado, sobre los retos y desafíos por cumplir y con quienes coincidimos en la preocupación de alcanzar el pleno cumplimiento de la hoja de ruta e indicadores clave en el menor tiempo posible,

No dudamos que el programa de asistencia y cooperación técnica, solicitado a la Oficina por el Consejo de Administración en su 334.ª reunión, coadyuve a la sostenibilidad del proceso del actual diálogo social e impulse los avances de la aplicación de la hoja de ruta, procurando que dicho programa, acogido por el Consejo de Administración en su 340.ª reunión de noviembre de 2020, pueda funcionar de manera pronta, sumando a los esfuerzos y fondos propios que esta Oficina ha aportado, y con aquellos que esperamos vengan de la Unión Europea en este 2022, a los que desde ya estamos agradecidos, lo que sin duda alguna, juntamente con el diálogo social y el tripartismo, robustecerá no solo la propuesta legislativa sino redoblará los esfuerzos institucionales para el cumplimiento de la hoja de ruta, no dejando de recalcar que se sumarán y maximizarán a los propios esfuerzos que ha venido realizando el Estado de Guatemala a través de las instituciones que centran sus acciones en el pleno respeto de los derechos a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación en pleno cumplimiento del marco de sus competencias.

Así también, agradecemos el tiempo y apoyo de los interlocutores sociales internacionales, a la OIT, a la Oficina de Actividades para los Trabajadores (ACTRAV) y a la Oficina de Actividades para los Empleadores (ACT/EMP) para la consolidación en este camino del diálogo social y la continua aplicación del Convenio en la práctica.

En ese sentido, y en aras de una democratización y refuerzo al ejercicio de respeto de los derechos laborales en Guatemala, se nos ha propuesto, a nosotros los mandantes tripartitos en mi país, un acompañamiento técnico devenido de la aplicación equilibrada del programa de asistencia y cooperación técnica, por lo cual, me complace en referir que agradecemos nuevamente el apoyo ofrecido y consideramos que el intercambio de experiencias y conocimientos podrá impulsar la decisión alcanzada por el Consejo de Administración en su 334.ª reunión, párrafo 401, apartado b), por medio de la que se insta firmemente al Gobierno de Guatemala, a los interlocutores sociales y a las demás autoridades públicas pertinentes a que con el apoyo de la Organización Internacional de Empleadores y de la Confederación Sindical Internacional (CSI) y con la asistencia técnica de la OIT elaboren y adopten las reformas legislativas que se ajustan plenamente al punto 5 de la hoja de ruta.

Debo destacar que conscientes de la responsabilidad gubernamental en el cumplimiento de la hoja de ruta y sus indicadores clave, su compromiso se mantiene irrestricto, esforzándose en atender las preocupaciones de los sectores, procurando proveer de una respuesta institucional que alcance los mayores niveles de eficiencia y enfoque a la atención de nuestros líderes sindicales y sindicalistas.

En una realidad de país que, aunque ha sido golpeado en su economía fuertemente, mantiene su irrestricto compromiso y voluntad estatal en dar pleno cumplimiento a toda la legislación nacional y a los compromisos internacionales en materia de derechos laborales individuales y colectivos, y en continuar con un diálogo enfocado en acciones que permitan la generación de empleo digno, el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible.

Miembros trabajadores - Cinco años después del último examen del caso, la Comisión está llamada de nuevo a revisar la aplicación del Convenio en Guatemala, país que ostenta el triste récord de haber comparecido ante la Comisión en 19 ocasiones en relación con la aplicación del Convenio.

El Gobierno de Guatemala no ha actuado sistemáticamente en respuesta a las graves observaciones y recomendaciones de los mecanismos de control de la OIT. Hace exactamente diez años, los delegados de los trabajadores presentaron una queja para el establecimiento de una comisión de encuesta en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT sobre el incumplimiento del Convenio. Nuestra queja se cerró finalmente en 2018, y se adoptó un programa de cooperación técnica de tres años con vistas al «Fortalecimiento de la Comisión Nacional Tripartita de Relaciones Laborales y Libertad Sindical en Guatemala para la aplicación efectiva de las normas internacionales del trabajo». El objetivo principal de esta iniciativa es precisamente «la protección y promoción de los derechos laborales con especial atención a las acciones contra la violencia antisindical y la impunidad».

Sin embargo, y lamentándolo mucho, no se ha logrado ningún avance sustancial para poner fin a los actos de violencia antisindical, incluidos los numerosos asesinatos de dirigentes sindicales y la situación de impunidad que conlleva.

El Gobierno de Guatemala afirma haber realizado 55 análisis de riesgo para los miembros del movimiento sindical en el transcurso de 2020, con una medida de seguridad personal y 47 medidas de seguridad perimetral. En 2021 se realizaron 19 análisis de riesgo para miembros del movimiento sindical, adoptándose 15 medidas de seguridad perimetral. Estas medidas distan mucho de ser satisfactorias; por el contrario, la violencia contra los trabajadores y los dirigentes sindicales no ha disminuido. Entre 2020 y 2021, nueve líderes y miembros de sindicatos fueron asesinados.

En respeto a su memoria, los miembros trabajadores quieren mencionar sus nombres completos Sres. Gerson Hedelman Ortiz Amaya, miembro del Sindicato de Trabajadores Municipales del Instituto de Fomento; José Miguel Alay, miembro del Sindicato de Trabajadores de la Universidad de San Carlos; Héctor David Xoy Ajualip, miembro de un sindicato de trabajadores a nivel de empresa; Julio César Zamora Álvarez, miembro de un sindicato de trabajadores portuarios; Ludim Estuardo Ventura Castillo y Cinthia del Carmen Pineda Estrada, del Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG); Misael López, Fidel López y Medardo Alonzo Lucero, miembros de la Central de Organizaciones Campesinas Chorti Nuevo Día, y Carlos Enrique Coy, miembro de la Unión Verapacense de Organizaciones Campesinas (UVOC).

Cada uno de estos brutales crímenes permanece impune. Otros innumerables sindicalistas y sus familias siguen siendo víctimas de intentos de asesinato, agresiones violentas, amenazas de muerte, intimidación y acoso.

Mientras tanto, todavía no se han producido condenas por la gran mayoría de los numerosos asesinatos registrados de miembros del movimiento sindical. El Gobierno no está cumpliendo con las expectativas y los compromisos adquiridos en la realización de investigaciones y procesamientos; incluso acciones tan básicas como la recogida de testimonios de familiares, testigos o aspectos de análisis balísticos no se realizan, cuando se producen crímenes antisindicales. Como consecuencia de estas deficiencias, a día de hoy, al menos 105 asesinatos siguen sin resolución judicial.

El grado extremo de violencia que invade a toda la sociedad, agravado por la falta de acción del Gobierno para investigar y perseguir los crímenes antisindicales y proteger a los sindicalistas, no puede seguir siendo tolerado y exige una acción firme e inmediata.

La libertad de asociación no puede ejercerse si no se respetan y salvaguardan plenamente los derechos humanos, especialmente el derecho a la vida y a la seguridad personal. El Gobierno de Guatemala no puede seguir eludiendo sus responsabilidades. Es necesario recordarle sus compromisos en virtud de las normas internacionales, incluso en el marco del programa de cooperación técnica en curso, y sus obligaciones para con su población de garantizar un clima libre de violencia, presión y amenazas.

La situación en el país se ve agravada por las lagunas existentes desde hace tiempo en la legislación nacional, que niegan de hecho los derechos laborales básicos a los trabajadores. El artículo 215, c) del Código del Trabajo, que exige una afiliación del «50 por ciento más uno» de los trabajadores del sector para constituir un sindicato sectorial. Los artículos 220 y 223 del Código del Trabajo, que establecen el requisito de ser de origen guatemalteco y trabajar en la empresa o actividad económica correspondiente para poder ser elegido como dirigente sindical: El artículo 241 del Código de Trabajo, según el cual las huelgas deben ser convocadas por la mayoría de los trabajadores y no por la mayoría de los votos. Los apartados d), e) y g) del artículo 4 del Decreto núm. 71-86, que prevé la posibilidad de imponer un arbitraje obligatorio en los servicios no esenciales y establece otros obstáculos al derecho de huelga. Los artículos 390, 2) y 430 del Código Penal y el Decreto núm. 71-86, que establecen sanciones laborales, civiles y penales en caso de huelga de funcionarios o trabajadores de determinadas empresas y la exclusión de varias categorías de trabajadores del sector público contratados con cargo a la partida 029 y otras partidas del presupuesto.

A pesar de las reiteradas peticiones de los distintos órganos de control de la OIT, el Gobierno de Guatemala no ha realizado ningún avance concreto para adecuar la legislación al Convenio. Los miembros trabajadores instan al Gobierno a que modifique la legislación en consulta con los interlocutores sociales y en consonancia con el Convenio.

Tampoco se han producido avances en la cuestión, ya antigua, del registro de los sindicatos. Según la información proporcionada por el Gobierno, más de un tercio de las solicitudes de registro de sindicatos revisadas en los últimos dos años han sido rechazadas y un número importante de solicitudes siguen siendo tramitadas varios meses después de su presentación.

Tampoco el Gobierno ha hecho cualquier esfuerzo para que se cumpla con las sentencias de reintegro de trabajadores objeto de despidos antisindicales.

Por último, el Gobierno no ha avanzado en la difusión de la campaña de sensibilización sobre la libertad sindical y la negociación colectiva en el país. Por el contrario, medios masivos de comunicación atacan continuamente a dirigentes sindicales y sus organizaciones. Desde que se cerró el procedimiento de denuncia del artículo 26, el Gobierno no ha mostrado ninguna voluntad de cumplir con los compromisos adquiridos a través de la hoja de ruta de 2013.

Los miembros trabajadores están sumamente preocupados por la persistencia de los asesinatos antisindicales y otros actos violentos relacionados con las actividades sindicales de las víctimas, por el clima de impunidad generalizado en el país y por la ausencia total de avances o incluso de muestras de voluntad por parte del Gobierno, a pesar de los múltiples y reiterados llamamientos de los distintos órganos de control de la OIT y del Consejo de Administración y de la asistencia técnica de la OIT.

Exigimos al Gobierno que tome medidas inmediatas, decididas y efectivas para proteger la vida y la integridad física de todos los dirigentes y afiliados sindicales y de los trabajadores, que agilice las investigaciones de los delitos antisindicales y que castigue a los culpables de estos delitos. También esperamos que el Gobierno ponga la legislación en conformidad con el Convenio en consulta con los interlocutores sociales y sin más demora.

Miembros empleadores - Empezamos por manifestar que a nosotros igualmente nos conmueven y sensibilizan actos que impliquen la pérdida de vidas humanas. En este caso asuntos que están referidos a la de líderes y activistas sindicales.

Este es un asunto que venimos abordando de tiempo atrás, ya la distinguida representante de los trabajadores mencionaba que en 2012 fue presentada una queja en relación con el artículo 26 de la Constitución, la misma que fue cerrada en 2018.

Pero, en el transcurso de la evaluación en seguimiento del Consejo de Administración en 2013 se aprobó un memorándum de entendimiento al más alto nivel, con la CSI apoyando dicho proceso; en 2014 se aprobó el inicio de una hoja de ruta; en 2015 se incorporaron específicamente nueve indicadores claves para el seguimiento de la hoja de ruta; en 2017 se llegó a un acuerdo tripartito sobre cuatro de los seis temas legislativos que acaba de mencionar la representante de los trabajadores; en 2018 se instaló la Comisión nacional Tripartita de Relaciones Laborales y Libertad Sindical, que entre otras, llegó a unos acuerdos adicionales y complementarios en donde hay tres subcomisiones que están deliberando en distintos aspectos: uno de ellos en temas específicamente internacionales.

Al cierre de la queja se acordó finalmente, a partir de 2020, tener un programa de asistencia técnica y, particularmente el Consejo de Administración pidió que se le hiciera un seguimiento a ese programa de asistencia técnica en la evaluación de los indicadores de la hoja de ruta. Hechos que, efectivamente, se han venido suscitando en 2020 al aprobarse por tres años el programa, pues se han presentado, finalmente, informes y reportes en la reunión de noviembre de 2021 sobre la implementación de esa cooperación y de estos programas de asistencia técnica.

Y también, el Comité de Libertad Sindical desde 2005 viene atendiendo alegatos sobre serios y preocupantes actos de violencia contra líderes sindicales y miembros de las organizaciones sindicales. El caso núm. 2609 el cual fue analizado por última oportunidad en octubre del año pasado y en donde estamos haciendo la evaluación de actos entre 2004 y 2021, precisamente, en asesinatos y homicidios de personas del movimiento sindical.

Nos conmueve fundamentalmente, como digo esta naturaleza. Pero, precisamente en el ejercicio de evolución de la hoja de ruta, uno tiene que, objetivamente, anotar elementos que van significando acciones específicas de las distintas instituciones de Guatemala. En cuanto al número de asesinatos, se han venido presentando sentencias en los últimos tiempos, en donde, pues si bien no es el ideal de lo que uno quisiera tener como información porque nos gustaría tener detalles específicos de todos ellos, encontramos sí, que hay 22 sentencias condenatorias; que hay 1 condena con medidas de seguridad y corrección; que hay 5 sentencias absolutorias; que hay 56 casos en la fiscalía y en otras dependencias de fiscalización por un número de 59, y que hay otra serie de datos informativos entre los cuales: algunos archivos de investigación por la muerte de las personas que debían ser investigadas como perpetradores de estos crímenes.

Tenemos también, asuntos de carácter legislativo pendientes de los cuales, si bien han habido estos acuerdos que he mencionado, es necesario, precisamente, que se den pasos complementarios en el Congreso de Guatemala para ser adoptado un acuerdo tripartito mediante una ley de ese país.

También, en mecanismos de prevención y protección de líderes se ha destacado el hecho de que hay 119 medidas de protección en los dos últimos años. Y, si bien, probablemente no sea suficiente, sí demuestra una acción específica de brindar particulares programas de protección. Incluyendo, particularmente, al distinguido representante de los trabajadores de Guatemala, del cual conocemos que tiene un esquema de protección especial, para brindarle todas las garantías para su ejercicio.

En cuanto a inspección del trabajo, nosotros hemos registrado que desde 2017 se expidió por el Congreso de la República una normatividad que adopta nuevos sistemas de aplicación de sanciones y que mejora las formas individualizadas de establecer estadísticas, y adicionalmente, de fortalecer institucionalmente a todo lo que significa la administración del trabajo.

De igual manera, en los distintos indicadores de la hoja de ruta vemos en relación con sentencias proferidas por tribunales laborales que se ha pedido la reinstalación de trabajadores objeto de actividades que implican despidos antisindicales y que en 2020 se produjeron 761 diligencias de reinstalaciones, en 2021 (727) y en lo corrido de 2022 (188).

Al mismo tiempo hay una segunda campaña de sensibilización sobre la libertad sindical que está en proceso de desarrollo, después de la primera implementada. Y tenemos toda la esperanza de que efectivamente a través de la Subcomisión de cumplimiento de la hoja de ruta se le pueda dar desarrollo y seguimiento concreto a este indicador.

También, la inscripción sin trabas de organizaciones sindicales, donde en 2021 hay 57 organizaciones inscritas y en lo transcurrido de este año dos organizaciones, igualmente inscritas con personalidad jurídica.

En cuanto a la homologación de pactos colectivos para 2020 registramos que hay 13 homologaciones y en el transcurso de 2021 y 2022 hay 18 nuevas homologaciones.

Finalmente, dentro de los indicadores de la hoja de ruta, nosotros registramos los programas de asistencia técnica que se han venido implementando y que, a través de los mismos, hay acciones específicas en temas muy concretos; mencionaba ya el funcionamiento de la Comisión Nacional Tripartita de la cual sería bueno conocer muchos mayores detalles sobre el desarrollo de su propia actividad, y específicamente, sobre la disposición que tienen los distintos actores tripartitos, tanto de las instituciones de las autoridades públicas, como de los empleadores, pero también igualmente de la actitud de los trabajadores en función de la buena marcha de esta organización.

De igual manera, sabemos que se han mejorado los mecanismos de protección y tutela de derechos laborales; ha habido más actividades en función de las autoridades judiciales. Hay una búsqueda de armonizar la legislación con las normas internacionales, fruto de cuatro de los seis puntos específicos que pidió la Comisión de Expertos que se enmendaran. Algunos de ellos refiriéndose a la huelga, de lo cual, en ese tema nosotros no haremos detalle particular.

Por último, hay una promovida y efectiva negociación colectiva como lo registran, precisamente, los datos de inscripción de estos pactos homologados. En ese sentido, nosotros vemos que ha habido un proceso evolutivo, no suficiente, en donde la institucionalidad de Guatemala necesita reforzarse en su funcionamiento y ejercicio, y particularmente creeríamos pertinente una acción conjunta de dichas autoridades en reforzar la institucionalidad existente en estos diálogos, a fin de que siga habiendo progresos.

Termino, diciendo que el Consejo de Administración hará evaluaciones en los próximos años alrededor de estos indicadores y siendo así, es precisamente, un órgano competente para poder seguir en relación con estos temas.

Miembro empleador, Guatemala - Agradecemos la información facilitada por el Gobierno de Guatemala en la cual se puede observar el reporte de avances relacionados con la implementación de la hoja de ruta adoptada tripartitamente en 2013.

Me refiero en primer lugar al tema que más preocupa, esto es, los hechos de violencia y el seguimiento a las investigaciones de los casos de muerte violenta. Partimos del hecho de que la pérdida de cualquier vida es condenable, y no debe ser tolerada sea por la razón que fuere, sea o no consecuencia de la actividad sindical de la víctima.

Años atrás, las cifras reportadas permanecieron sin variaciones sensibles. Se observa desde hace algún tiempo, no obstante, una tendencia interesante en los resultados que se muestran y que parecen indicar que ha habido voluntad política del Estado que ha trascendido a administraciones gubernamentales en atender estos casos.

Queremos destacar que, según investigaciones de las sentencias condenatorias y absolutorias hasta ahora, en ningún caso se ha demostrado el móvil antisindical. En efecto, entre los móviles podemos encontrar problemas personales, actividad de pandillas, robos, accidentes de tránsito, extorsiones, problemas conyugales, y problemas de propiedades inmuebles, tal como se nos ha reportado a la Subcomisión de seguimiento de la hoja de ruta. Esto es entendible por el contexto de violencia que desafortunadamente vive nuestro país, que durante 2021 estuvo entre los 15 países más violentos del mundo, según índices de organismos internacionales. Y solo en la última década ha contabilizado más de 60 000 asesinatos de acuerdo con cifras oficiales. Reiteramos nuestra condena a tales hechos, pero nos parece de justicia hacer la relación de los móviles por los reiterados señalamientos que en esta sala se han hecho en ese sentido en años anteriores.

De igual forma, parece importante mencionar que la gran mayoría de estos casos provienen de muchos años atrás y que, en ese contexto, su resolución judicial se hace bastante complicada. No obstante a ello, notamos, de las cifras presentadas, que se han obtenido resultados positivos que muestran que no ha existido una persecución antisindical en Guatemala, como en su momento señaló a la Comisión Tripartita de Asuntos Internacionales de Trabajo, en aquel entonces, el Comisionado contra la impunidad en Guatemala luego de analizar los casos denunciados en ese foro.

En el mismo sentido, vemos la voluntad política de actuar en el hecho de que los mecanismos de prevención, protección y reacción en contra de amenazas y atentados, en contra de líderes sindicales, están activos y dando resultados.

Confiamos que tal curso de acción contribuye a resolver la situación que está enfrentando el Sr. Carlos Mancilla, Presidente de la Comisión Nacional Tripartita, con quien nos solidarizamos.

Paso a referirme a las cuestiones de índole legislativa, y partimos del hecho que, desde hace varios años, se alcanzaron acuerdos bipartitos y tripartitos para modificar la legislación en el sentido que lo pide la Comisión de Expertos, concretamente el Código Penal y la Ley de Sindicalización de Trabajadores del Estado y el Código del Trabajo. En cuanto a este último, si bien no se alcanzaron acuerdos en los temas de naturaleza más sensibles para trabajadores y empleadores, al menos se pactó en qué sentido tales reformas deberían hacerse. Todo esto fue reportado a esta Comisión y considerado un hito importante.

Vemos con preocupación, por una parte, que las reformas acordadas no hayan avanzado en el Congreso de la República, por otra, que la Comisión Nacional Tripartita no haya sido capaz de avanzar en el tratamiento de las reformas pendientes.

Se requiere voluntad sincera de todos los involucrados en tal Comisión para arrojar resultados concretos. Conviene hacer una autocrítica en este último aspecto, y hablo en primera persona, como miembro que soy de la Comisión Nacional Tripartita. Me pregunto, ¿hemos hecho lo suficiente para convencer al organismo legislativo en el sentido de aprobar las iniciativas que les hemos presentado?, ¿hemos sido proactivos en la discusión de las reformas pendientes?, ¿hemos abordado los temas de fondo de la Comisión Nacional?, o por el contrario, ¿hemos perdido el tiempo en discusiones intrascendentes, e incluso, de mera forma en la discusión de ayudas de memoria?

Confiamos en que los temas pendientes, tal como el caso de la conformación de sindicatos de rama de actividad y la representatividad para negociar pactos colectivos de condiciones de trabajo sean discutidos y ojalá acordados tripartitamente. Muy pronto como tema prioritario de la referida Comisión Nacional, que debería pensar mejor su agenda inscribiendo esta como su primera tarea.

Un buen ejemplo de que tales resultados son alcanzables, lo encontramos en las reformas legislativas que permiten a la inspección general de trabajo cumplir con su mandato de velar de manera efectiva por la aplicación de la legislación laboral, que fueron introducidas por el Congreso de la República mediante el Decreto núm. 7 de 2017, que respondieron a un acuerdo entre los actores sociales.

Los actores sociales, en definitiva, debemos asumir el compromiso de avanzar desde el sector empleador, así lo entendemos, y lo hemos puesto en práctica desde hace muchos años, para lo cual, aportamos nuestro esfuerzo en los foros de diálogo social, en mesas institucionales y otros esfuerzos ad hoc, con el objetivo de dar cumplimiento a los indicadores de la hoja de ruta, y a los comentarios de la Comisión de Expertos.

Miembro trabajador, Guatemala - Antes que nada, queremos agradecer al Grupo de los Trabajadores por sus muestras de apoyo y solidaridad para la clase trabajadora guatemalteca, para poner fin a la violencia en contra de dirigentes sindicales y por el respeto a la vida del pueblo guatemalteco, por el Estado de derecho, la aplicación de la justicia pronta y cumplida y por la plena vigencia de los derechos humanos, laborales, la libertad sindical y la negociación colectiva. De la misma forma, nuestra solidaridad con las compañeras y compañeros trabajadores de nuestra América y del mundo, a quienes al igual que nosotros se nos violenta y asesina sin ninguna consideración, y sin que haya poder supremo que lo pueda superar, para que en nuestros países haya paz y justicia social.

El Movimiento Sindical y Popular Autónomo Guatemalteco y los Sindicatos Globales de Guatemala, en relación a la queja relativa al incumplimiento por Guatemala del Convenio núm. 87, presentada por varios delegados a la 101.ª reunión (2012) de la Conferencia Internacional del Trabajo, en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT y en seguimiento de la hoja de ruta adoptada por el Gobierno de Guatemala en 2013, realizamos las siguientes consideraciones.

Las permanentes y graves violaciones a la libertad sindical que desde hace años se viven en Guatemala, no solo afectan profundamente a las relaciones de trabajo, sino que cuestionan la vigencia de la propia democracia y los derechos humanos en el país. Una feroz campaña antisindical impulsada desde sectores empresariales y estatales que pretende hacer ver a las organizaciones sindicales como las responsables del desgobierno, la corrupción y la crisis económica que sufren la mayor parte de las y los guatemaltecos. Prueba contundente de ello lo constituye la campaña periodística en la que se descalifica y deslegitima de manera general —y directamente— a la dirigencia sindical, incluyendo autónomos y globales, cuya autoría corresponde a algunos personajes relacionados con el sector empresarial.

Estas acciones antisindicales preparan el terreno y se transforman en hechos que ponen en alto riesgo la integridad de la organización sindical y de los sindicalistas. No es de ningún modo casual, que varios de nuestros compañeros dirigentes y sus familias reciban amenazas de muerte. Lamentablemente, cuando se requiere desde el movimiento sindical la intervención de las autoridades responsables de preservar la seguridad ciudadana se nos reprocha que somos malos ciudadanos por el simple hecho de demandar atención y protección ante estos ataques, que muchas veces terminan en asesinatos que quedan en la impunidad. Así los datos de la violencia contra sindicalistas en Guatemala son concluyentes, en tanto se han registrado más de 100 asesinatos en los últimos años, solo considerando que los que se encuentran denunciados en la Fiscalía Especializada del Ministerio Público.

En materia de derechos laborales, son muchos los trabajadores que han sido despedidos por intentar organizarse sindicalmente, pero las sentencias de reinstalación no son cumplidas por los empleadores en la mayor parte de los casos sin que ese verdadero desacato tenga consecuencias sancionatorias o de ejecución forzada; continúan las múltiples trabas ministeriales para la inscripción de nuevos sindicatos, así como para la homologación de los convenios colectivos que logran acordarse entre patronos y trabajadores; y por último, y sin agotar el inventario de problemas, el Gobierno de la República emite una circular por la cual prácticamente prohíbe la negociación colectiva en el sector público.

El problema no se detiene en gravedad extrema de los asesinatos, amenazas, vigilancia y otras formas de violencia física, sino que existe una pertinaz impunidad con la que el Gobierno no ha sido capaz de acabar.

El Ministerio Público ha presentado al Consejo de Administración informes sobre el estado de las investigaciones de algunos de los asesinatos de sindicalistas. Estos documentos no hacen más que corroborar la incapacidad técnica y la falta de voluntad política en investigar los asesinatos de los y las compañeras sindicalistas. La gran mayoría de los casos no avanzan procesalmente, y en los que se registran novedades, en general se trata de absoluciones o cierres de investigaciones. Es decir, impunidad total.

Por otra parte, los resultados de la hoja de ruta acordada en la OIT han sido absolutamente insuficientes y no han denotado cambios significativos respecto a la libertad sindical en el país. Se ha incumplido la hoja de ruta por el Gobierno, y con ello se ha desconocido el valor del tripartismo y se ha desconocido también la solución que ha aportado la OIT respecto de la violencia contra sindicalistas.

El Gobierno tampoco ha cumplido con las reiteradas observaciones de los órganos de control de la OIT acerca de la necesidad de apegar la legislación y la práctica a la libertad sindical y la negociación colectiva, tal como se deriva de los convenios internacionales respectivos y ratificados por Guatemala.

Se invoca recurrentemente la voluntad de diálogo, pero en muchas oportunidades no se respetan ni siquiera los espacios tripartitos relacionados con los convenios internacionales de trabajo.

Lamentablemente debemos afirmar que ser sindicalista en Guatemala sigue siendo tan peligroso ahora como hace nueve años, cuando se firmó la hoja de ruta.

Por tanto, sin perjuicio de reiterar nuestros compromisos en realizar todos los aportes que estén a nuestro alcance para hacer cumplir los compromisos de la hoja de ruta y, en general, para hacer realidad los derechos de las personas que trabajan, las organizaciones sindicales solicitamos que esta Conferencia reclame al Estado de Guatemala acciones concretas para garantizar los derechos previstos en el Convenio, e igualmente por su naturaleza y convergencia el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98).

En virtud de lo manifestado, las organizaciones sindicales insistiremos en la necesidad del establecimiento de la comisión de encuesta para Guatemala, tal y como lo manifestamos en la queja presentada hace ya varios años.

Miembro gubernamental, Francia - Tengo el honor de hablar en nombre de la Unión Europea y sus Estados miembros. Se suman a la presente declaración Montenegro y Albania, países candidatos a la adhesión a la Unión Europea, y Noruega, país de la Asociación Europea de Libre Comercio y miembro del Espacio Económico Europeo.

La Unión Europea y sus Estados miembros están comprometidos con el fomento, la protección, el respeto y el cumplimiento de los derechos humanos, incluidos los derechos laborales, como el derecho de sindicación y la libertad de asociación.

Alentamos activamente la ratificación y aplicación universal de las normas internacionales del trabajo fundamentales, incluido el Convenio núm. 87 sobre libertad sindical. Apoyamos a la OIT en su indispensable papel de elaborar, promover y controlar la aplicación de las normas internacionales del trabajo ratificadas y de los convenios fundamentales en particular.

Queremos recordar el compromiso asumido por Guatemala, en el marco del capítulo de Comercio y Desarrollo Sostenible del Acuerdo de Asociación Centroamérica-Unión Europea, de aplicar efectivamente, en la ley y en la práctica, los convenios fundamentales de la OIT.

Aunque el Consejo de Administración, en su 334.ª reunión, archivó la queja hace tres años, la Unión Europea y sus Estados miembros siguen muy de cerca la aplicación efectiva del Convenio en la legislación y en la práctica, incluido el programa de cooperación técnica, continuando con sus compromisos con Guatemala en cuestiones laborales.

Las consultas tripartitas y un diálogo social significativo y eficaz son bases esenciales para la aplicación de los principios y derechos fundamentales en el trabajo.

Sobre la base del último informe de la Comisión de Expertos, lamentamos profundamente que, a pesar de las discusiones en la Conferencia Internacional del Trabajo y en el Consejo de Administración, de la existencia de la Comisión Nacional Tripartita y de la asistencia técnica proporcionada por la Oficina, no haya habido ningún progreso tangible en el cumplimiento de los compromisos del Gobierno relativos a la aplicación efectiva del Convenio núm. 87 desde el archivo de la queja.

Aunque tomamos debida nota de la información proporcionada por el Gobierno, y reconocemos la importancia de las iniciativas solicitadas por la Subcomisión de Cumplimiento de la Hoja de Ruta, seguimos profundamente preocupados por la persistencia de graves actos de violencia antisindical, incluidos los asesinatos de dirigentes y miembros de los sindicatos, y por la situación de impunidad conexa. Debe garantizarse la protección efectiva de los dirigentes y activistas sindicales para evitar nuevos actos de violencia antisindical. Si no se refuerzan los mecanismos para prevenir, proteger y responder a las amenazas y ataques contra los dirigentes y activistas sindicales, es probable que esta lamentable situación continúe e incluso empeore. En este sentido, pedimos que se investigue y enjuicie efectivamente a los autores e instigadores de estos actos.

Instamos nuevamente al Gobierno a adoptar, sin demora, las reformas legislativas que fueron sometidas por consenso tripartito al Congreso de la República para dar pleno cumplimiento al Convenio núm. 87 e implementar la hoja de ruta. Observamos con preocupación las persistentes dificultades relacionadas con el proceso de registro de los sindicatos.

En relación con lo anterior, destacamos la importancia de la aplicación efectiva de las recomendaciones derivadas de la asistencia técnica prestada, incluida la difusión de campañas de sensibilización sobre la libertad sindical y la negociación colectiva.

Nos complace anunciar que, en el marco del programa bilateral «Apoyo al Empleo Decente», la Unión Europea aprobó hace apenas dos semanas un acuerdo con el Gobierno y la OIT. En consecuencia, se está apoyando al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, a otras instituciones públicas y a los interlocutores sociales en el cumplimiento de los compromisos incluidos en la hoja de ruta.

La Unión Europea y sus Estados miembros seguirán supervisando y analizando la situación y seguirán comprometidos con una estrecha cooperación y asociación con Guatemala en el cumplimiento de todas sus obligaciones en virtud de los convenios de la OIT, prestando especial atención a los convenios fundamentales, como el Convenio núm. 87.

Miembro gubernamental, Chile - Pronuncio esta intervención en nombre de una significativa mayoría de países de América Latina y el Caribe. Agradecemos la información que el señor Ministro de Trabajo y Previsión Social del Gobierno de la República de Guatemala ha tenido bien a presentar el día de hoy ante esta Comisión relativa a la aplicación del Convenio. Reconocemos el compromiso de los mandantes guatemaltecos para fortalecer los procesos de negociación y consecución de acuerdos en el seno de la Comisión Nacional Tripartita de Relaciones Laborales y Libertad Sindical y sus subcomisiones, priorizando el dialogo social y el respeto a las normas internacionales del trabajo. Invitamos a la autoridad del Estado a redoblar los esfuerzos y avance de la hoja de ruta para consolidar el diálogo social, labor desempeñada hasta ahora por la Comisión Nacional Tripartita, y garantizar la aplicación del Convenio. Recordamos que el Consejo de Administración de la OIT da seguimiento anualmente a la implementación de la hoja de ruta sobre este mismo convenio en el marco del programa de fortalecimiento de la Comisión Nacional Tripartita de Relaciones Laborales y Libertad Sindical en Guatemala, para la efectiva aplicación de las normas internacionales del trabajo. Una significativa media de países de América Latina y el Caribe recuerda también el llamado del Gobierno guatemalteco a los donantes, durante la presentación del primer informe anual sobre la aplicación de dicho programa en noviembre de 2021, para contribuir financiera y técnicamente a fortalecer los recursos y esfuerzos nacionales destinados a su implementación. Se toma nota de que las acciones referidas por el Gobierno de Guatemala han sido financiadas con fondos propios y con fondos ubicados por la Oficina provenientes de otros programas.

Finalmente, reiteramos nuestra preocupación por la utilización simultánea de mecanismos para tratar las mismas alegaciones relativas a un país que ya está bajo consideración del Consejo de Administración. Estimamos que la aplicación de mecanismos podría debilitar el funcionamiento de los órganos de control de la OIT.

Miembro empleador, Panamá - Visto el informe de la Comisión de Expertos y luego de escuchar y analizar la respuesta y explicaciones detalladas del Gobierno que dan cuenta de los avances relacionados con la hoja de ruta adoptada tripartitamente, proceso al que los empleadores hemos dado seguimiento con interés, en nuestra condición de ciudadanos y empleadores centroamericanos, vemos con preocupación la situación de inseguridad que sufre la República de Guatemala, que afecta a líderes sindicales, a sindicalistas y a la población en general.

La seguridad personal y la integridad física de todos no tiene precio. Es fundamental para generar un clima de estabilidad en el país que permita el desarrollo social y económico a nivel nacional e inclusive regional. Dicho esto, es importante destacar que las cifras y estadísticas reportadas en los procesos penales realizados bajo los principios de independencia judicial y debido proceso, fundamentales en un Estado de derecho, instruidos por el Ministerio Público y realizados ante los tribunales de justicia, dan cuenta de un gran número de sentencias en casos de violencia que forman parte del Informe de la Comisión de Expertos. Para ello, se reporta que se aumentó inclusive el presupuesto del Ministerio Público y se dedicó una fiscalía especial, lo cual muestra un gran interés en cumplir lo dispuesto por la Comisión y en atacar el flagelo que los afecta.

Por otro lado, es importante destacar que el diálogo social y los acuerdos tripartitos resultan fundamentales para alcanzar las reformas legislativas a que se refiere el Informe de la Comisión de Expertos. Sabemos que en el pasado se realizó un diálogo, el cual quedó estancado, para la adquisición de propuestas legislativas. Sin embargo, consideramos que el mismo debe ser retomado lo más urgentemente posible. Este diálogo más que un derecho es una obligación, y a él estamos llamados todos a dar nuestro mayor esfuerzo con una actitud de buena fe en beneficio de la población del país.

Miembro trabajador, Botswana - Tengo el honor de hablar en nombre del Consejo de Coordinación Sindical de África Austral (SATUCC). Cualquier esfuerzo por mejorar la situación de la libertad sindical en Guatemala se ve comprometido por la mala fe del Gobierno.

El SATUCC señala que la Comisión de Expertos recordó que el Consejo de Administración había solicitado a la Organización Internacional del Trabajo que desarrollara un programa de cooperación técnica para impulsar los avances en la aplicación de la hoja de ruta adoptada en 2013. El programa titulado «Fortalecimiento de la Comisión Nacional Tripartita de Relaciones Laborales y Libertad Sindical en Guatemala para la aplicación efectiva de las normas internacionales del trabajo» preveía la elaboración de informes anuales de seguimiento por parte de la OIT durante tres años a partir de la adopción de la hoja de ruta. En relación con los objetivos acordados en la hoja de ruta, el Gobierno de Guatemala niega ahora que esos objetivos sean válidos.

Una de las formas en que el Gobierno de Guatemala ha invalidado los objetivos de la hoja de ruta es no reconocer que los trabajadores tengan representación. Hemos sabido que el Ministerio de Trabajo de Guatemala ha consultado a la OIT para verificar la representatividad de los delegados de los trabajadores que participan en la Comisión tripartita. La negación de estas normas laborales perjudica a los trabajadores, al violar sus derechos de sindicación y de negociación colectiva.

La actitud del Gobierno de Guatemala contrasta con la información que proporcionó a la Comisión de Expertos, en la que reconocía que el papel activo desempeñado por la Comisión Nacional Tripartita se ajustaba a la hoja de ruta.

El cuestionamiento de la representación de las organizaciones sindicales que forman parte de la gestión democrática de las relaciones laborales en Guatemala es una clara evidencia de que no se están cumpliendo los compromisos adquiridos con la Comisión Nacional Tripartita. Este cuestionamiento de la representación sindical es también un golpe para los interlocutores sociales, ya que parece que el Gobierno de Guatemala no reconoce ahora a los trabajadores como uno de los actores fundamentales del diálogo social.

La consulta del Gobierno de Guatemala a la OIT se produce en un contexto en el que se incumplen las sentencias sobre la readmisión de los trabajadores despedidos por discriminación antisindical y el incumplimiento de las obligaciones derivadas de los objetivos acordados en la hoja de ruta.

Resulta increíble que en un país en el que los sindicalistas son acosados, asesinados y amenazados desde hace más de cuatro décadas, su Gobierno decida dar inicio a una discusión para decidir si los trabajadores están debidamente representados o no. No se trata de una hábil estrategia para acabar con los sindicatos, sino de una acción incuestionable que se enmarca en la paranoia estatal. En nuestra región de África, nuestras experiencias anticolonialistas y de apartheid nos dicen que esta práctica es un acto de mala fe y una clara táctica de intimidación contra la que una sociedad consciente debe levantarse.

Miembro empleador, Honduras - Hemos escuchado las explicaciones del Gobierno de Guatemala sobre los avances relacionados con la hoja de ruta adoptada tripartitamente en 2013, proceso al cual hemos dado seguimiento como empleadores centroamericanos.

Guatemala sufre de una situación de inseguridad que afecta a los líderes sindicales y sindicalistas, lo mismo que al resto de la población. No obstante, las cifras parecen respaldar el hecho que las autoridades de aquel país, el Ministerio Público y los tribunales de justicia vienen trabajando en la resolución de los casos de violencia reportados en el informe, lo cual nos parece destacable.

Como sector empleador condenamos cualquier tipo de acto de violencia, pero es necesario que comprendamos que la inseguridad solo es posible resolverla con procesos transparentes que fortalezcan los sistemas de justicia en los países, estos son procesos que pueden durar varios años, pero resaltamos que, derivado de los acuerdos alcanzados en forma tripartita en Guatemala, se ha logrado aclarar muchos de los casos en contra de los sindicalistas en Guatemala, determinando que no han sido casos de violencia antisindical.

Por otro lado, vemos que las reformas legislativas a que se refiere la Comisión de Expertos aún no han sido adoptadas, pues existen acuerdos bipartitos y tripartitos sobre varios de los temas a que se refiere la Comisión; insistimos en la necesidad de apoyar y confiar en el diálogo social como el mecanismo idóneo para que los actores sociales y el Gobierno den una respuesta adecuada a todos los temas planteados.

Muchas de las reformas legislativas que recomienda la Comisión de Expertos son procesos de diálogo que requieren de mucha discusión. Se debe destacar, que estos ya se encuentran en etapas avanzadas, por lo que pronto se alcanzarán acuerdos que permitan contar con que la legislación se encuentre en total armonía con lo establecido en el Convenio.

Conocemos el proceso que se ha llevado en el pasado para la adopción de propuestas legislativas por parte de los actores sociales; entendemos que ese diálogo debe retomarse en el entendido que todos los involucrados deben obrar de buena fe, con verdadera voluntad de alcanzar acuerdos.

Finalmente, pedimos a esta comisión que continúe confiando en los esfuerzos que han emprendido los trabajadores, empleadores y el Gobierno de Guatemala, porque gracias al diálogo social, están alcanzando soluciones favorables que han contribuido al combate de la impunidad y con ello dar garantías al ejercicio del derecho de libertad sindical en Guatemala.

Miembro trabajador, Colombia - Hablo en nombre de las tres confederaciones de Colombia, CUT, CTC y CGT, quienes vemos con inmensa preocupación el nivel de violación a la libertad sindical en Guatemala y el grave riesgo a la vida que corren los líderes sindicales en este país.

La situación de violencia y persecución que viven nuestros compañeros y compañeras sindicalistas en Guatemala ha escalado a niveles aún más graves, persistiendo el abandono gubernamental y la impunidad. Informes de los trabajadores han reportado el asesinato de más de 100 líderes del movimiento sindical en los últimos tiempos. El 7 de mayo de 2021 se dio el asesinato de la lideresa la Sra. Cinthia del Carmen Pineda Estrada, dirigente sindical del Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG), así como otros actos graves de violencia antisindical cometidos en 2020 y 2021. Además, el acceso a la justicia para los trabajadores ha sido ineficaz y casi inexistente, tan solo ha habido 22 sentencias condenatorias.

Vemos con preocupación los elementos normativos que en Guatemala ponen en riesgo el derecho a la huelga y además prevé la posibilidad de imponer el arbitraje de manera obligatoria en servicios que no son esenciales; situación que obstaculiza el derecho de huelga, elemento fundamental en el libre ejercicio de libertad sindical que tienen las organizaciones a partir del Convenio.

Será imposible superar este lastre de incumplimientos del Gobierno a sus obligaciones internacionales, cuando, ni antes, ni ahora, se han dispuesto las condiciones y acciones necesarias para esclarecer los asesinatos del movimiento sindical, y tal como lo dice la CSI, Guatemala es uno de los países más peligrosos para ejercer esta actividad.

No acatar los llamados de la Comisión de Expertos y del Comité de Libertad Sindical resulta inexplicable y absurdo cuando de la vida se trata. Esta falta de acción y resultados para la protección de los líderes sindicales amplían las posibilidades de nuevos asesinatos de compañeros y compañeras, a quienes le reconocemos su importante labor de afianzar la paz laboral.

La persecución y judicialización arbitraria a los sindicalistas que honrosamente defienden los principios de la OIT y postulados del Convenio debe cesar e instamos, como también lo hicieron la Comisión de Expertos, a que se aceleren las investigaciones y sanciones, así como la protección y garantías para el ejercicio de la Libertad sindical y respeto por los derechos fundamentales, los mismos que no dan espera si no son atendidos con seriedad.

Miembro gubernamental, Estados Unidos de América - Esta es la primera vez que la Comisión discute el cumplimiento del Convenio por parte del Gobierno de Guatemala desde que se archivó la queja de larga data presentada en virtud del artículo 26. Tomamos nota de la profunda preocupación de la Comisión de Expertos por la grave y continua violación del Convenio. Instamos al Gobierno a realizar progresos significativos en las cuestiones que fueron objeto de la queja, tanto en la ley como en la práctica, en los casi cuatro años transcurridos desde su archivo. Pedimos al Gobierno que aplique plenamente todas las recomendaciones pendientes de los distintos órganos de control de la OIT, incluida la hoja de ruta de 2013. A tal fin, insta al Gobierno a que tome medidas para: mejorar los procesos de investigación y aumentar el número de enjuiciamientos de los responsables de actos de violencia y asesinatos perpetrados contra sindicalistas; reconocer las amenazas y los incidentes de intimidación y acoso contra los sindicalistas como actos de violencia; crear un entorno seguro y propicio que permita a todos los trabajadores ejercer libremente sus derechos; adoptar una legislación consensuada que permita ajustar las leyes nacionales a las normas internacionales sobre libertad sindical y negociación colectiva; seguir mejorando el sistema de registro de las organizaciones sindicales y los convenios colectivos, y garantizar la notificación oportuna a los empleadores de la intención de sindicalización de los trabajadores. A tal fin, el Gobierno deberá dotar a la inspección de trabajo de recursos adicionales para que pueda operar eficazmente en todas las regiones del país, especialmente en los sectores de la agricultura y la maquila, donde persisten especialmente las violaciones de la legislación laboral relacionada con la libertad sindical y la negociación colectiva.

Seguimos comprometidos a trabajar con el Gobierno para promover los derechos de los trabajadores en el país. Instamos al Gobierno a aplicar estas recomendaciones en estrecha colaboración con los interlocutores sociales de la OIT.

Miembro trabajador, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte - Desde 2013, la CSI ha estado trabajando en asociación con el sindicato del sector privado más antiguo de Guatemala. Ese sindicato de trabajadores bananeros fue, durante varios años, uno de los más perseguidos del mundo, con 12 miembros de alto nivel asesinados en un periodo de siete años, incluyendo un dirigente asesinado solo cinco días después de reunirse con el Ministerio de Trabajo para quejarse de acoso. Ninguno de esos asesinatos ha dado lugar a juicios. A pesar de esta traumática historia, el sindicato estaba decidido a fortalecerse aún más y a establecer un diálogo tripartito constructivo con sus empleadores, hasta entonces hostiles, y con el Ministerio de Trabajo, que había fallado a su colega.

Su éxito es una perfecta ilustración del hecho de que el Convenio permite otros derechos fundamentales. Un informe de 2021 mostraba que los trabajadores bananeros sindicalizados de la costa del Caribe ganaban el doble que sus colegas no sindicalizados de otros lugares y trabajaban, de media, 12 horas menos a la semana. Una conclusión notable del informe era que el 58 por ciento de las mujeres de las plantaciones no sindicalizadas sufrían acoso sexual en el trabajo, frente a solo el 8 por ciento de las mujeres de las plantaciones sindicalizadas.

Durante la pandemia de COVID-19, en los centros de trabajo sindicalizados, para respetar el distanciamiento, los sindicatos negociaron un transporte especial y la distribución de turnos seguros de los trabajadores en las plantas de embalaje. Pero el 85 por ciento del empleo en el sector bananero se encuentra en la región del sur, donde los salarios son más bajos, las condiciones de trabajo más precarias y los sindicatos inexistentes.

La marcada diferencia entre los dos grupos de trabajadores pone en peligro los logros de los sindicatos. Una importante multinacional bananera abandonó cinco fincas sindicalizadas en el norte y ahora produce la misma cantidad de fruta que antes se producía en esas instalaciones del norte en instalaciones subcontratadas —y no sindicalizadas— en el sur. La respuesta sencilla —sindicalizar el sur— se ve obstaculizada por la violenta reacción al anterior intento de introducir sindicatos. En 2007, trabajadores agrícolas en Escuintla se movilizaron para sindicalizarse.

Menos de un año después de la constitución de la organización, un dirigente sindical fue asesinado a tiros. Un mes después, la hija del secretario general del sindicato fue violada por hombres armados presuntamente vinculados a la dirección de la plantación. Las investigaciones sobre estos casos no se han resuelto.

El sindicato se desplomó poco después, y todavía no ha surgido ningún otro que ocupe su lugar en ninguna parte de la región. Como dice una publicación online del sector frutícola, simplemente no es creíble concluir que no hay sindicatos en el sur porque no hay injusticias o mejoras que hacer, los trabajadores no han constituido sindicatos o no se han afiliado a los mismos porque los empresarios desaniman a los sindicatos independientes y los trabajadores temen represalias.

La ausencia de sindicatos en el sur es persistente, y el peligro no ha desaparecido. Hace apenas unas semanas, un dirigente sindical nacional que acababa de participar en una discusión con un empresario del sur sobre la posibilidad de crear una escuela de formación de dirigentes sindicales, recibió amenazas de muerte, al igual que su familia.

A raíz de esto, el sindicato me dijo que el interés del Gobierno por violar nuestros derechos, especialmente en el sur de Guatemala, ha crecido de forma abrumadora. Allí los empleadores no cumplen con las garantías mínimas de nuestro Código del Trabajo y quienes intentan organizar un sindicato son perseguidos y despedidos de sus trabajos, solo por reclamar sus derechos.

Mientras que los intentos de destruir los sindicatos en el norte fracasaron, ahora son capaces de llevar los beneficios de la negociación colectiva a sus miembros. Está claro que en la mayor parte de la industria bananera y en todo el sector privado siguen existiendo demasiadas barreras para trabajar como para afiliarse o constituir sindicatos libremente, lo que perpetúa una cultura de bajos salarios, largas jornadas y abusos.

Miembro trabajador, México - Las y los trabajadores de México expresamos nuestra solidaridad a las y los compañeros trabajadores de Guatemala por los hechos de violencia suscitados hacia los dirigentes de las organizaciones sindicales, actos que laceran y quebrantan los principios de protección a su integridad. Lamentamos que estos acontecimientos sean recurrentes desde hace más de veinte años, pugnamos y solicitamos al Gobierno que mantenga un Estado de derecho que garantice la correcta aplicación, no solo de las normas fundamentales del trabajo, sino de los principios básicos de derechos humanos. En esta conferencia se encuentran nuestros compañeros de Guatemala que han sido víctimas de la violencia, recibiendo amenazas de muerte que han sido denunciadas al Ministerio Público.

Otro de los puntos que vemos con preocupación es el cuestionamiento a la representatividad de la presidencia de una de las centrales sindicales, actitud limitativa de la libertad sindical y contradictoria con la pretensión de implementar un diálogo tripartito para superar las observaciones de los órganos de control de la OIT.

A pesar de que se han tenido diversas mesas de diálogo, estas no han dado los resultados esperados, dando cuenta de que los problemas siguen siendo de fondo y sistémicos. En este sentido, expresamos nuestra preocupación por que estas medidas se queden cortas, ya que, si bien existe una hoja de ruta, su finalidad es resolver los problemas de fondo y no únicamente servir para la presentación de informes que pueden distar mucho de la realidad que se vive en el sindicalismo del día a día.

La violencia, los ataques por medios de prensa, las intimidaciones contra los sindicalistas deben terminar. La correcta aplicación del Convenio debe de venir acompañada de medidas que garanticen la seguridad de los sindicalistas, sin que sean señalados como malos guatemaltecos por alzar la voz de forma genuina para hacer valer sus derechos laborales.

Creemos que es momento de tomar medidas urgentes que garanticen la protección a los derechos labores y a la libertad sindical, por lo que es importante que el Gobierno acepte una solicitud de una misión tripartita de alto nivel que permita analizar en el propio terreno las violaciones y condiciones en las que los líderes sindicales mantienen en nuestro país hermano.

Miembro trabajador, El Salvador - Estamos ante un caso de un violador serial del Convenio, que además de las numerosas observaciones recibidas por parte de la Comisión de Expertos, esta Comisión de la Conferencia ha discutido en 2011, 2013, 2015, 2016, 2017 y ahora nuevamente. Como se dijo en la discusión del caso del Ecuador «ya no se trata de una discusión técnica o legal», sino de un caso de obstinación política de Gobiernos de distintos signos a lo largo de estos años.

Además de los aspectos legislativos resaltados por la Comisión de Expertos, y a pesar de los datos que aporta el Gobierno, los ataques a los sindicalistas siguen produciéndose con total impunidad. Por ejemplo, la sede del Sindicato de Trabajadores del Órgano Legislativo fue asaltada y quemada, sin que hasta la fecha los autores hayan sido identificados. Además, sus dirigentes sindicales y miembros del comité ejecutivo, junto con otros sindicalistas, han sido despedidos y luego procesados penalmente, al querer dar una conferencia de prensa por denunciar los despidos injustificados.

En fecha 17 de enero de 2019, los dirigentes del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Salud de Guatemala fueron detenidos junto con otras nueve personas en el marco de una investigación por un supuesto fraude en contra del Estado. El fraude en este caso consistía en un contrato colectivo que, los ahora detenidos, firmaron en su oportunidad con el Ministerio de Salud, en 2013. Este contrato colectivo fue producto de una negociación previa; como tal, contenía tanto derechos como obligaciones para las partes. La Fiscalía Anticorrupción caracterizó como fraude un acuerdo que, en su interpretación, representaba un perjuicio para el Estado a raíz de que este no se hallaba en condiciones de (o no quería) cumplir.

El Gobierno informa que la Fiscalía de Delitos contra Operadores de Justicia y Sindicalistas continúa realizando esfuerzos exhaustivos de investigación en observancia al Estado de derecho, y resalta una gran inversión en materia de seguridad para los sindicalistas amenazados. Sin embargo, en la actualidad existen más de 25 operadores de justicia, entre jueces y los mismos fiscales, que se encuentran en el exilio por actos intimidatorios y de represión en contra de ellos por ejercer su trabajo, entonces, ni el que debe proteger está protegido.

Para acabar, instamos a esta Comisión a que adopte conclusiones que reflejen la gravedad de este caso, y al Consejo de Administración de la OIT a que retome el establecimiento de una comisión de encuesta para Guatemala.

Miembro trabajador, Estados Unidos - Una vez más, el caso del prolongado incumplimiento del Convenio por parte de Guatemala es objeto de discusión en esta Comisión. A pesar de décadas de compromiso por parte de los mecanismos de control de la OIT y de los proyectos de asistencia técnica, los dirigentes sindicales de Guatemala siguen poniendo sus vidas y medios de vida en grave riesgo.

Desde 2005, la Comisión de Expertos y el Comité de Libertad Sindical han examinado un flujo constante de graves actos de violencia contra dirigentes y miembros de sindicatos, incluidos numerosos asesinatos, que en su gran mayoría permanecen en la impunidad. A pesar de estos esfuerzos, la violencia y las amenazas continúan con otros nueve dirigentes sindicales asesinados en 2020 y 2021. Anteriormente nos enteramos de las amenazas contra el Sr. Carlos Mancilla, contra él y su familia. Esto es especialmente alarmante ya que el Sr. Mancilla es el Presidente de la Comisión Nacional Tripartita de Relaciones Laborales y Libertad Sindical de Guatemala, a la que se le ha encomendado la tarea de ayudar a implementar la hoja de ruta de 2013.

Más allá de la cuestión de la violencia, el Gobierno de Guatemala en general no está aplicando eficazmente sus leyes laborales relacionadas con la libertad sindical y la negociación colectiva.

En su presentación a la Comisión de Expertos en relación con este caso, los sindicatos de Guatemala identificaron 90 casos distintos en los que los empleadores están violando los Convenios núms. 87 y 98 con impunidad. Estos resultados coinciden con un informe de 2017 de un panel de arbitraje independiente que encontró que Guatemala no estaba aplicando efectivamente sus leyes laborales nacionales, como se requiere en el Tratado de Libre Comercio de América Central.

Como el Comité de Libertad Sindical y la Comisión de Expertos han dicho en numerosas ocasiones, «los derechos sindicales solo pueden ejercerse en un clima libre de violencia, de presiones o de amenazas de cualquier tipo contra dirigentes y afiliados sindicales». Lamentablemente, Guatemala sigue incumpliendo esta obligación esencial.

En consecuencia, volvemos a pedir al Gobierno que adopte medidas urgentes para hacer frente a las amenazas y la violencia contra los sindicalistas y abordar todas las demás recomendaciones contenidas en el informe de la Comisión de Expertos.

Miembro trabajador, España - Observamos con profunda tristeza y decepción cómo la labor que la OIT ha llevado a cabo durante años en Guatemala para la efectiva aplicación de las normas internacionales del trabajo está siendo menospreciada. A pesar de la asistencia técnica ofrecida por la Oficina y de las reiteradas peticiones de la Comisión de Expertos, del Comité de Libertad Sindical, de esta Comisión y del propio Consejo de Administración, el Gobierno de Guatemala continúa sin tomar las medidas necesarias para adecuar la legislación y la práctica a las disposiciones del Convenio.

El Gobierno sigue obstaculizando la inscripción y registro de organizaciones sindicales, la ejecución de las sentencias sobre despidos antisindicales, el desarrollo de la negociación colectiva y el ejercicio del derecho de huelga. Asimismo, se continúa sin hacer lo suficiente para poner fin a la grave situación de violencia y acoso que padecen los miembros sindicales y sus familias.

El movimiento sindical en Guatemala sufre una intolerable política de terror y represión, la cual no solo se ha perpetuado a lo largo del tiempo, sino que se ha recrudecido en los últimos años. Las personas sindicalistas son detenidas y encarceladas ilegalmente; son secuestradas y asesinadas; son señaladas, descalificadas y expuestas públicamente por los medios de comunicación, y son amenazadas de muerte por defender unas mejores condiciones de vida y de trabajo, como así lo ha sido recientemente el compañero Carlos Mancilla al que trasladamos nuestra solidaridad, apoyo y respeto.

Frente a la inacción e indiferencia por parte del Gobierno de Guatemala a las reiteradas y graves violaciones del derecho a la libertad sindical, es el momento de que esta Comisión proporcione una respuesta firme y contundente. Por este motivo, solicitamos a la Comisión que invite al Consejo de Administración a nombrar una misión tripartita de alto nivel que examine la no aplicación del Convenio núm. 87 por parte del Gobierno de Guatemala.

Observador, IndustriALL Global Union - Hablo en nombre de industriALL Global Union, que es una federación sindical internacional que representa a más de 50 millones de trabajadores en los sectores de minería, energía y manufactura en todo el mundo, incluida Guatemala. Como fue mencionado anteriormente por los miembros del Grupo de los Trabajadores, Guatemala se encuentra en un momento en que los derechos fundamentales de los trabajadores están siendo violados a través de amenazas, e intimidaciones que seriamente obstaculizan el pleno ejercicio del Convenio. Evidentemente hay un gran ataque contra los dirigentes sindicales que continúa día a día mientras defienden el derecho de los trabajadores.

Quiero mencionar aquí algunos ejemplos concretos sobre el terreno de cómo los trabajadores no pueden hacer uso de la libertad sindical. El sindicato afiliado a IndustriALL, la Federación Sindical de Trabajadores de la Alimentación, Agroindustria y Similares de Guatemala (FESTRAS) y uno de sus sindicatos de base tuvo un conflicto laboral de ocho años con la filial guatemalteca de una empresa siderúrgica con sede en Luxemburgo. Se inició un proceso de denuncia ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) porque la empresa se negó a reconocer y negociar con el sindicato en Guatemala.

Finalmente, después de ocho años, el sindicato local logró registrar el primer convenio colectivo sobre condiciones de trabajo. Una vez más, se necesitaron ocho años para llegar a un convenio colectivo durante el cual los trabajadores sufrieron mucho, ya que no existe en el país un entorno propicio que garantice el respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores.

Lamentablemente, nuestro sindicato afiliado, FESTRAS, ha informado a IndustriALL que otro de sus afiliados de base sigue enfrentando violaciones de los Convenios núms. 87 y 98. En la filial de una empresa multinacional con casa matriz en Corea del Sur, la empresa no respeta el derecho a la libertad de asociación. Hace dos semanas, la empresa cerró sus operaciones y despidió a varios de los trabajadores con el propósito de impedir la afiliación sindical. Es preciso agregar que los trabajadores de la empresa coreana han buscado ubicarse en maquilas del sector. Además, la filial de la empresa multinacional utiliza la violencia física, psicológica, intimidación y amenazas contra el sindicato local. La secretaria general del sindicato local fue hostigada y recibió además amenazas de muerte, por lo que se coordinó su salida de emergencia del lugar donde vivía con sus hijos menores ubicándola en un lugar seguro.

Hay otro sector en la economía guatemalteca donde la libertad sindical es prácticamente imposible, y donde existe una inmensa presión contra los sindicatos: es el sector de la maquila. Los trabajadores del sector de la maquila generalmente temen que las empresas puedan tomar represalias contra ellos si deciden afiliarse a un sindicato. A menudo son intimidados, amenazados, incluidos en listas negras e incluso despedidos.

Instamos entonces al Gobierno de Guatemala a tomar medidas inmediatas que resulten en la creación de un entorno propicio para que los trabajadores ejerzan su derecho fundamental, la libertad sindical, con plazos claros y en conformidad con el Convenio.

Representante gubernamental, Ministro de Trabajo y Previsión Social - Deseo iniciar reiterando que el Gobierno de Guatemala lamenta profundamente las muertes violentas de todas las personas que se dan en nuestro país, incluyendo las de las y los sindicalistas.

Acto seguido, quiero hacer uso de la palabra para manifestar que he escuchado con detenimiento e interés las intervenciones de los honorables representantes de los sectores empleador, trabajador y Gobierno, y señalar que, no obstante, nos ha tocado levantarnos de la crisis que nos deja la pandemia de COVID‑19, sumada a desastres naturales como las tormentas Eta e Iota, encarar con entereza nuestras economías y observar a aquellos, los menos favorecidos en el crecimiento económico y aún con secuelas de la pandemia, el Gobierno de Guatemala ha mantenido y mantiene el compromiso de redoblar esfuerzos para atender las observaciones de la Comisión de Expertos y actuar con determinación en las acciones que permitan avanzar en el cumplimiento del Convenio. Así también confiamos en que, como referido en su momento, ante representantes del sector trabajador y del sector empleador, reconocemos y reafirmamos que es necesario enfocar los esfuerzos tripartitos en una dinámica nacional como una ruta estratégica a mediano y largo plazo, que trascienda el corto plazo con el que se ha venido discutiendo en los órganos de control de la OIT, y permita obtener resultados sostenibles.

Sabiendo que los procesos de generación de confianza y los resultados mismos de estos procesos conllevan un tiempo que puede extenderse más de lo deseado. Sin embargo, debemos continuar esforzándonos en afrontar los retos que tenemos por delante, como lo es nuestra historia nacional reciente, donde se suma la divergencia en determinados puntos. Resaltando, que lo más importante es privilegiar el diálogo tripartito, el diálogo social y la oportunidad que este espacio nos ofrece a los tres sectores que conformamos la honorable Comisión Nacional Tripartita de Relacionales Laborales y Libertad Sindical, en que su fortaleza es que, más allá de alcanzar acuerdos, podamos seguir dialogando y avanzando en acciones concretas en el cumplimiento de la hoja de ruta como lo hemos venido informando, esfuerzos que se materializan, como ya lo indiqué, en acciones concretas, como por ejemplo, el Acuerdo núm. 288 del Ministro de Gobernación, quien por instrucciones del Presidente de la República, el Doctor Alejandro Giammattei, firmó el 3 de junio y fue publicado el día de hoy, reiniciando así la operación de la instancia de análisis de ataques a líderes sindicales y sindicalistas, con lo cual enfocamos ese análisis priorizando a nuestros líderes sindicales y sindicalistas y así evitar nuevamente lamentables casos como el del presidente de la Comisión Nacional Tripartita, el Sr. Carlos Mancilla, a quien se le asignaron de forma ágil medidas de protección personal.

En observancia de la aplicación de los convenios fundamentales de la OIT, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto internacional de derechos civiles y políticos, la Declaración de Filadelfia, nuevamente y respetuoso me permito reiterar el compromiso del Estado de Guatemala en el cumplimiento de los convenios internacionales y especialmente en los convenios fundamentales de la OIT, de los que se ha indicado su constante avance recordando que la lección más importante que se ha obtenido del proceso de la hoja de ruta, que como ya se mencionó, data de años atrás, y sus indicadores clave propuestos tripartitamente desde 2015, es la necesidad de construir confianza y consolidar un verdadero diálogo social para nuestro país acompañado de muestras constantes de voluntad política que han trascendido cambios de Gobierno y de quienes dirigen a cada una de las instituciones que tienen responsabilidades en la hoja de ruta, en el cumplimiento de esta y en los resultados de cada uno de sus indicadores claves. Lo cual se ha informado ante el Consejo de Administración de la OIT y se continuará informando bajo el programa de asistencia y cooperación técnica, disposición referida en su 340.a reunión de noviembre de 2020, en observancia al acuerdo nacional tripartito firmado en noviembre de 2017 en Ginebra, Suiza.

Previo a concluir, y porque considero que las circunstancias lo ameritan, me quiero referir a uno de los puntos que se ha tocado previamente, y quiero hacer y reiterar que el Gobierno de Guatemala en ningún momento ha intentado interferir ni cuestionar los procesos internos de organizaciones sindicales de trabajadores ni de empleadores. Únicamente ha intentado dejar sentadas bases para que se respeten los principios que inspiran las instituciones democráticas, las decisiones y procesos internos de las organizaciones en cuanto a su representatividad de conformidad con los principios establecidos en el mismo Convenio. El Estado de Guatemala tiene el compromiso de evitar y sancionar cualquier hecho de violencia, sobre todo si parten de discriminación antisindical.

Nuestra historia reciente transita desde los obstáculos que impone una desigualdad social dentro del contexto de una economía globalizada, hasta la persistencia de causas históricas vinculadas a la transición de una sociedad de conflicto a una sociedad democrática, que condicionan los actos creíbles en la consolidación institucional que garantiza el respeto de los derechos fundamentales de libertad sindical y negociación colectiva y empiezan por la aceptación y práctica de los aspectos básicos que sustentan todo este sistema, como lo es el de la institucionalidad de la representatividad, tanto de las organizaciones de trabajadores como las de los empleadores.

La verdadera base democrática de la práctica libre y voluntaria de las organizaciones de trabajadores solo será posible cuando el fortalecimiento de las mismas, a través de procesos de afiliación lo suficientemente amplios, constituya una práctica aceptada por la sociedad como un mecanismo que garantice el desarrollo de relaciones sociales democráticas y una economía estable, productiva y sobre todo incluyente. Solo así, la justicia social, como anhelo de esta organización en las relaciones laborales y principio constitucional de la República de Guatemala, podrá ser una realidad; lo que implica que, hablar sobre el tema de forma transparente y directa, no significa cuestionar sino la necesidad de abordarlo como parte sustancial de los procesos democráticos.

Nuestra hermosa Guatemala está atenta a que tripartitamente se alcancen consensos que presenten soluciones a las necesidades y preocupaciones de la población guatemalteca en el mundo laboral. Sin duda alguna debemos reconocer la importancia de continuar con el diálogo social y mostrar signos de humildad en requerir ayuda cuando es necesaria. En ese sentido, reitero nuestro firme deseo en que haya más países que contribuyan financieramente al programa de asistencia y cooperación técnica que seguramente coadyuvará a los esfuerzos que refleja el Gobierno. No me resta más que alentar a mis compañeros constituyentes de la Comisión Nacional Tripartita de Relaciones Laborales y Libertad Sindical, a que resolvamos las cuestiones relativas a las relaciones laborales y a la libertad sindical, y a los países respaldarnos y apoyar la continuación del diálogo constructivo y resultados que nos permitan seguir informando ante el Consejo de Administración de la OIT, en el marco del programa de cooperación técnica.

Miembros trabajadores - Lamentablemente, las respuestas proporcionadas por el Gobierno de Guatemala no han calmado nuestra profunda preocupación por la difícil situación de los trabajadores y sindicalistas en el país. Lamentamos también que el portavoz del Grupo de los Empleadores haya afirmado ver signos de progresos. Mientras haya un solo asesinado en Guatemala no es decente hablar de progreso. Miembros trabajadores nunca harán concesiones en este punto.

Miembros trabajadores deploran, en los términos más enérgicos, la falta de voluntad del Gobierno para hacer frente de una vez por todas a los numerosos asesinatos antisindicales y a los actos de violencia y acoso, a la situación de impunidad que caracteriza estos crímenes y al clima general de violencia y miedo que actúa como un fuerte elemento disuasorio para que los trabajadores ejerzan su derecho a formar y afiliarse libremente a los sindicatos y a defender colectivamente sus intereses.

Guatemala ha sido objeto de numerosas revisiones por parte de los órganos de control de esta casa. A pesar de las recomendaciones formuladas, la situación en el país sigue deteriorándose con nueve líderes y miembros sindicales asesinados en 2020-2021. La investigación y el enjuiciamiento de los numerosos casos de asesinato son, en el mejor de los casos, lentos, pero la mayoría de ellos se encuentran en un punto muerto. Otros actos violentos antisindicales, como agresiones, amenazas de muerte y acoso, simplemente no son investigados por las autoridades. Sobre este punto, los delegados empleadores de Guatemala y Honduras han puesto en cuestión la conexión de estos asesinatos con la actividad sindical. Es, sin duda, una sorprendente coincidencia que todas las personas que mencioné en mi primera intervención fueran sindicalistas.

Guatemala no puede seguir eludiendo sus responsabilidades. La gravedad de los delitos cometidos y la impunidad que los rodea no pueden seguir ignorándose y exigen una acción urgente, decidida y eficaz. Están en juego vidas humanas.

Miembros trabajadores reiteran firmemente que la libertad de asociación no puede ejercerse si no se respetan y salvaguardan plenamente los derechos humanos, en particular el derecho a la vida y a la seguridad personal.

Instamos al Gobierno de Guatemala, en el marco de la cooperación técnica con la OIT a: investigar todos los actos de violencia contra dirigentes y miembros de sindicatos, incluyendo los asesinatos pero también las agresiones, las amenazas físicas y de muerte, la intimidación y el acoso, con el fin de determinar las responsabilidades y castigar a los autores e instigadores de estos actos, teniendo plenamente en cuenta las actividades sindicales de las víctimas en las investigaciones; proporcionar una protección rápida y eficaz a todos los dirigentes y miembros de los sindicatos que se encuentren en situación de riesgo con el fin de evitar nuevos actos de violencia antisindical, aumentando el presupuesto de los programas de protección de los miembros del movimiento sindical para que los protegidos no tengan que financiar personalmente ninguno de los costes asociados; eliminar los diversos obstáculos legislativos a la libre creación de organizaciones sindicales y revisar los procedimientos de solicitud de registro; garantizar que las sentencias de reintegro de trabajadores objeto de despidos antisindicales sean efectivamente cumplidas; adoptar las medidas necesarias para la difusión efectiva de la campaña de sensibilización sobre la libertad sindical y la negociación colectiva en los medios de comunicación nacionales, y dejar inmediatamente de estigmatizar y denigrar a través de los medios de comunicación a los funcionarios sindicales, a sus organizaciones y a los convenios colectivos.

En cuanto a las numerosas cuestiones legislativas planteadas desde hace tiempo por la Comisión de Expertos, miembros trabajadores subrayan que el marco legislativo actual obstaculiza gravemente el ejercicio del derecho a formar sindicatos y afiliarse a ellos en el sector público, a nivel sectorial y en las pequeñas empresas, que representan la inmensa mayoría de las empresas de Guatemala. La legislación también impone restricciones indebidas al derecho de huelga.

Lamentamos la falta de avances en la adecuación de la legislación nacional al Convenio e instamos al Gobierno de Guatemala a que modifique la legislación en consulta con los interlocutores sociales y en consonancia con el Convenio y las recomendaciones de la Comisión de Expertos. Exhortamos al Gobierno a aceptar, antes de la próxima reunión de la Comisión de Expertos, una misión tripartita de alto nivel. Y, dada la gravedad de los hechos aquí comentados, solicitamos que este caso figure con un párrafo especial en las conclusiones de la Conferencia.

Miembros empleadores - Nosotros vemos que hay significativos elementos para llegar a unas propuestas que a continuación haré. Pero, antes quisiera destacar del mensaje del señor Ministro la referencia a un Acuerdo Ministerial núm. 288 que fue publicado el 3 de junio, en donde se crea la instancia de análisis de ataques contra líderes sindicales y sindicalistas. Y, nos parece una excelente noticia. Sin embargo, en el marco de la OIT donde hay espacios de carácter tripartito nos hubiera gustado que en dicha disposición, también haya la posibilidad de la participación de representantes del sector empleador.

En segundo lugar, nos gustaría congratular la decisión de un acuerdo con la Unión Europea como lo manifestó la distinguida representante de esa unión, para que se fortalezca la institucionalidad y el desarrollo de los programas, que ya ha anunciado el propio Gobierno de Guatemala.

En tercer lugar, y no podría dejar de hacerlo, mencionar que ha habido progresos no significa que está todo superado. Efectivamente, es como cuando un paciente, que estaba en cuidados intensivos, sale a cuidados especiales y después sale a su casa a acabar de recuperarse, no significa que haya un estado pleno de salud, pero, sí, ha significado que haya mejoría. Y, efectivamente, nosotros constatamos con todos los detalles que expliqué, que ha habido mejorías. Y particularmente, quiero recordar lo que manifestó el representante de los empleadores de Guatemala en el sentido de que en la última década con cifras oficiales se han presentado más de 60 000 asesinatos en Guatemala. Nos conmueven todas esas vidas, las vidas de los representantes de los trabajadores pero también probablemente muchas otras vidas en donde, hay seguramente, y nosotros no traemos lista, empleadores en Guatemala.

El ejercicio de la libertad sindical solamente puede desarrollarse en un ambiente exento de violencia, de intimidaciones o de amenazas de cualquier tipo. Por eso, los Gobiernos deben asegurar que efectivamente las libertades se ejerzan de esa manera. Y es por eso que nosotros creemos que se deben incorporar algunas propuestas: la primera de ellas tiene que ver con parte de lo que en el informe aparece en relación con el ofrecimiento que ha hecho la Fiscalía de ese país, de Guatemala, en relación con que el Ministerio Público puso a disposición de los representantes del sector trabajador desde el 29 de noviembre de 2021, reuniones semanales asignándole a la Fiscalía General de la Fiscalía de Delitos contra Operadores de Justicia y Sindicalistas la posibilidad de hacer reuniones, y directamente los viernes de cada semana atender casos relacionados. Y, nos informan que hasta la fecha de este informe no había habido ninguna reunión por parte de los trabajadores.

Una primera propuesta nuestra es invitar y alentar a los trabajadores y sus organizaciones a que acudan a instancias de esta naturaleza que se están ofreciendo por las autoridades públicas de Guatemala.

En segundo lugar, y en relación con los hechos de violencia que nos conmueven, nosotros creemos que se deben investigar todos los actos de violencia contra líderes sindicales y contra sindicalistas con miras a determinar los responsables y a sancionar a todos los perpetradores e instigadores de dichos actos. También nos parece que debe proveerse, y de manera pronta, una efectiva protección a todos los líderes sindicales y a los miembros de los sindicatos que puedan estar en riesgo, de cara a prevenir cualquier futuro acto de violencia antisindical.

En tercer lugar, nos parece importante alentar al Gobierno a que dentro del programa de asistencia técnica con el que cuentan se desarrolle un diálogo nacional con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores. De forma que se hagan progresos y que se faciliten los procesos del registro de los sindicatos en Guatemala.

En cuarto lugar, nos parece importante que se pueda hacer una difusión mediante una campaña sobre un reconocimiento de la libertad de asociación y de la negociación colectiva en los medios de comunicación dentro del más alto espectro.

Finalmente, mencionar que, de parte del Grupo de los Empleadores, habrá el interés de hacer seguimiento a través del Consejo de Administración, a través de los reportes posteriores a los que está comprometido el Gobierno de Guatemala, para hacerle seguimiento a la hoja de ruta.

Conclusiones de la Comisión

La Comisión tomó nota de la información oral y escrita proporcionada por el representante gubernamental y de la discusión que tuvo lugar a continuación.

La Comisión deploró y lamentó profundamente los persistentes actos de violencia general y la violencia contra los dirigentes y miembros de los sindicatos, incluidos los asesinatos y las agresiones físicas, así como la cultura de impunidad que prevalece en el país.

Habida cuenta de la discusión, la Comisión pide al Gobierno de Guatemala que, en consulta con los interlocutores sociales, tomara las siguientes medidas:

- investigar sin demora todos los actos y amenazas de violencia contra dirigentes y miembros de sindicatos con el fin de identificar y comprender las causas profundas de dicha violencia, tomando en consideración sus actividades sindicales como motivación, y determinar las responsabilidades y castigar a los autores;

- proporcionar una protección rápida y eficaz a todos los dirigentes y miembros de los sindicatos que estén amenazados, aumentando el presupuesto para dichos programas, y garantizar que las personas protegidas no tengan que asumir personalmente ningún coste derivado de dichos programas;

- eliminar los diversos obstáculos legislativos a la libre constitución de organizaciones sindicales, en consulta con los interlocutores sociales, y resolver la tramitación de las solicitudes de registro;

- garantizar que las decisiones judiciales de reincorporación al empleo tras los despidos antisindicales se ejecuten sin demora;

- aumentar la visibilidad de la campaña de sensibilización sobre la libertad sindical en los medios de comunicación y garantizar que no se estigmatiza a los sindicatos, sus dirigentes y los convenios colectivos;

- poner la legislación nacional de conformidad con el Convenio, en consulta con los interlocutores sociales, y

- redoblar los esfuerzos para aplicar plenamente la hoja de ruta adoptada el 17 de octubre de 2013, en consulta con los interlocutores sociales.

La Comisión invita al Gobierno a recurrir a la asistencia técnica de la Oficina para dar pleno efecto a estas conclusiones.

La Comisión pidió al Gobierno que, antes del 1.º de septiembre de 2022, presente a la Comisión de Expertos una memoria que contenga información sobre la aplicación del Convenio en la legislación y en la práctica, en consulta con los interlocutores sociales.

Representante gubernamental - Me permito reiterar el compromiso de Guatemala de continuar velando por el cumplimiento del Convenio, y redoblar los esfuerzos no solo para seguir construyendo un diálogo más maduro entre los sectores que conformamos la Comisión Nacional Tripartita sino también para dar muestras firmes de los avances que hemos hecho en la hoja de ruta; y que podamos, como país, construir confianza entre los sectores involucrados a nivel nacional e internacional a fin de que pueda lograr ver ese compromiso de avances, del cual hemos venido informando, en todos los espacios que nos ha señalado la OIT.

Por lo anterior, tomamos nota y atenderemos las conclusiones que se acaban de presentar en este espacio.

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