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Observation (CEACR) - adopted 2022, published 111st ILC session (2023)

Worst Forms of Child Labour Convention, 1999 (No. 182) - Nicaragua (Ratification: 2000)

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Artículo 3, d) y 7, 2), apartado b) del Convenio. Trabajos peligrosos. Asistencia directa necesaria para librar a los niños de las peores formas de trabajo infantil y asegurar su rehabilitación e inserción social. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica en su memoria bajo el Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138) que, entre 2018 y el primer trimestre de 2022, se realizaron 7 395 inspecciones especiales en materia de trabajo infantil, de las cuales 927 inspecciones se dieron en el sector agropecuario, y 36 en minas de cantera y sal. Como resultado de dichas inspecciones se ordenó el retiro inmediato de 12 niños y 4 niñas de sus lugares de trabajo. La Comisión pide al Gobierno que continúe tomando medidas para detectar y sancionar situaciones de trabajo de niños y niñas menores de 18 años de edad en ocupaciones peligrosas, incluyendo en los sectores de agricultura y minería. Al respecto, pide al Gobierno que continúe informando sobre el número de inspecciones realizadas, las infracciones detectadas y las sanciones impuestas. Finalmente, pide al Gobierno que continúe tomando medidas para liberar y rehabilitar a los niños y niñas de esta peor forma de trabajo infantil, y que informe sobre los resultados alcanzados al respecto.
Artículo 7, 2) del Convenio. Medidas efectivas y en un plazo determinado. Apartado a). Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil. Acceso a la educación básica gratuita. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica en su memoria que para mejorar el acceso a la educación a niños y niñas se han implementado modalidades de educación a distancia para los niveles primario y secundario, y que se ha hecho entrega de paquetes de útiles escolares. Toma nota de que el Plan nacional de lucha contra la pobreza para el desarrollo humano 20222026 establece entre sus metas alcanzar, hasta el 2026, el 94 por ciento de permanencia y el 96,9 por ciento de aprobación en educación primaria (6 a 12 años); así como el 93 por ciento de permanencia y 95,6 por ciento de aprobación en educación secundaria (12 a 17 años). También contempla capacitar a 20 000 docentes y directores de centros escolares en el buen uso de la tecnología educativa, y a 260 000 estudiantes, docentes, padres y madres de familia desde acciones de consejería de las comunidades educativas. Por otra parte, la Comisión toma nota de que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, en sus observaciones finales de 2021 para Nicaragua, expresó su preocupación por las deficiencias encontradas en cuanto a la calidad en la educación tanto a nivel de infraestructura y material como en lo referente al contenido de los programas escolares y la formación de maestros y maestras, situación que es más grave en las zonas rurales y en la Costa Caribe (E/C.12/NIC/CO/5 párrafo 46). Recordado que la educación es fundamental para impedir la ocupación de niños y niñas en las peores formas de trabajo infantil, la Comisión pide al Gobierno que prosiga sus esfuerzos para mejorar el funcionamiento del sistema educativo y facilitar el acceso a una educación básica gratuita y de calidad a todos los niños y niñas.Al respecto, pide al Gobierno que proporcione información sobre los resultados del Plan Nacional de Lucha contra la Pobreza para el Desarrollo Humano en materia de educación primaria y secundaria, incluyendo estadística actualizada sobre las tasas de matrícula, retención y finalización escolar.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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