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Interim Report - Report No 62, 1962

Case No 282 (Burundi) - Complaint date: 31-JAN-62 - Closed

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  1. 192. La queja original presentada ante la O.I.T el 31 de enero de 1962 por la Confederación Internacional de Sindicatos Cristianos fué transmitida al Gobierno, para que éste presentara sus observaciones, por carta del Director General de fecha 1.° de febrero de 1962. El Comité tuvo conocimiento del caso en su 30.a reunión (22 y 23 de febrero de 1962) y, a falta de las informaciones solicitadas del Gobierno, decidió aplazar el examen hasta su próxima reunión. Por comunicación de fecha 24 de febrero de 1962, la Unión Panafricana de Trabajadores Creyentes ha manifestado a la O.I.T que deseaba asociarse a la queja de la Confederación Internacional de Sindicatos Cristianos. Por su parte, esta última organización ha enviado el 1.° de marzo de 1962 informaciones complementarias en apoyo de su queja. La primera de estas comunicaciones fué transmitida al Gobierno, para observaciones, por carta de 14 de marzo de 1962 y la segunda por carta de 2 de marzo. El Gobierno ha respondido por una comunicación de fecha 4 de abril de 1962.

A. A. Alegatos de los querellantes

A. A. Alegatos de los querellantes
  1. 193. Los querellantes alegan que el 15 de enero de 1962 cuatro sindicalistas, los Sres. Nduwabique, Ndinzurwaha, Ntaymerijakiri y Baruvura, fueron asesinados en Usumbura. Estos asesinatos habrían sido realizados por miembros de la juventud del partido Uprona durante una manifestación realizada ante la tumba del príncipe Rwagasore.
  2. 194. Según los querellantes, dicho acto fué premeditado. En apoyo de esta afirmación, los querellantes señalan que varios meses antes de que ocurrieran los hechos en cuestión, los sindicalistas de Burundi habían sido amenazados y vejados por las autoridades. Citan a este respecto los términos de una carta escrita por una de las víctimas - el Sr. Nduwabike -, que decía:
    • Después de haber sido asesinado el Primer Ministro se nos han aplicado con frecuencia diversas represalias. Nuestro automóvil fué destrozado. Varios automóviles de nuestros militantes han sido incendiados o sus casas saqueadas. Otros han tenido que huir. Mi casa ha sido saqueada y han robado la máquina de escribir, que era la única que poseíamos. También han desaparecido varios objetos personales. Me encuentro obligado a vivir en estado de alerta, ya que figuro en la lista negra elaborada por el antiguo Primer Ministro.
  3. 195. Los querellantes dejan traslucir que el Gobierno ha provocado los incidentes que terminaron con la muerte de los cuatro sindicalistas antes mencionados, con objeto de decapitar un movimiento que era demasiado activo.
  4. 196. Los querellantes concluyen proponiendo que la O.I.T designe una comisión de encuesta que iría sobre el terreno para investigar objetivamente los hechos.
  5. 197. En su respuesta, el Gobierno belga declara en primer término que en caso de que el Consejo de Administración juzgue necesario el envío sobre el terreno de una comisión de investigación no tiene la intención de oponerse.
  6. 198. En lo que respecta a los hechos mismos, el Gobierno declara que tan pronto fueron conocidos se tomaron medidas. Las autoridades responsables de Burundi han detenido en particular a unos veinte sospechosos, entre los cuales figuran varios funcionarios importantes. El Gobierno declara haber aprobado las medidas enérgicas adoptadas por las autoridades locales.

B. B. Conclusiones del Comité

B. B. Conclusiones del Comité
  1. 199. Se desprende en primer término de la respuesta del Gobierno que éste no se opondría al envío de una comisión de encuesta a Burundi si el Consejo de Administración estimare que tal medida era necesaria. El Comité recomienda al Consejo de Administración que tome nota de la actitud del Gobierno a este respecto.
  2. 200. Parece desprenderse además de la respuesta del Gobierno que actualmente se procede a una investigación con objeto de establecer la identidad de las personas responsables de los hechos en cuestión.

Recomendación del Comité

Recomendación del Comité
  1. 201. En virtud de todo lo que antecede, y estimando que el resultado de la encuesta emprendida puede aportar elementos de información muy útiles para la apreciación de las acusaciones formuladas, el Comité recomienda al Consejo de Administración que solicite del Gobierno belga que tenga,a bien enviarle las conclusiones a que lleguen los investigadores, así como las medidas adoptadas o que se pretenda adoptar basadas en esas conclusiones, y que, en espera de ellas, se aplace el examen del caso.
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