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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - Report No 320, March 2000

Case No 1581 (Thailand) - Complaint date: 14-MAY-91 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 83. El Comité examinó por última vez este caso en su reunión de noviembre de 1999 cuando observó que el Senado y la Cámara de Representantes todavía no habían llegado a un acuerdo sobre un proyecto de la ley de relaciones laborales en las empresas del Estado a la que se había referido el Gobierno desde 1993. El Comité instó al Gobierno a que garantizara que la ley, en su forma definitiva, estuviera de conformidad con los principios de libertad sindical y solicitó al Gobierno que le mantuviera informado de cualquier evolución al respecto (véase 318.o informe, párrafos 77 a 79).
  2. 84. Por comunicación de fecha 16 de marzo de 2000, el Gobierno indica que el proyecto de ley de relaciones laborales en las empresas del Estado fue adoptado por la Cámara de Representantes y el Senado el 16 de febrero de 2000, y que se encuentra a la espera de la sanción. Según el Gobierno, en virtud de dicha ley, los empleados de las empresas estatales disfrutarán de los derechos de sindicación y de negociación colectiva en una forma compatible con las normas de la OIT. En este sentido, pueden formar sindicatos libres y federaciones. La nueva ley permite también que los sindicatos de empresas estatales se afilien a organizaciones sindicales del sector privado. Para que estos derechos sean efectivos se precisa la modificación de la actual ley de relaciones laborales. El proceso de modificación está llevándose a cabo actualmente.
  3. 85. El Comité toma nota con interés de esta información. El Comité confía en que esta nueva legislación restablecerá en su integridad los derechos de sindicación y de negociación colectiva de los empleados en las empresas estatales; el Comité solicita al Gobierno que le tenga informado de toda novedad que surja al respecto y de las enmiendas a la ley sobre relaciones laborales, y que le remita una copia de la SELRA, en su versión recién adoptada por el Parlamento.
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