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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - Report No 333, March 2004

Case No 2160 (Venezuela (Bolivarian Republic of)) - Complaint date: 15-OCT-01 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 164. En su reunión de marzo de 2003, el Comité formuló las siguientes recomendaciones sobre las cuestiones que quedaron pendientes [véase 330.º informe, párrafo 179]:
    • El Comité pide al Gobierno que envíe el texto de la sentencia que pronuncie la autoridad judicial sobre la negativa de registro de la organización querellante (Sindicato de Trabajadores Revolucionarios del Nuevo Milenio). Por otra parte, el Comité deplora que el Gobierno no haya facilitado informaciones sobre su recomendación relativa al reintegro de todos los trabajadores despedidos por haber participado en la constitución del sindicato en cuestión y le insta por tanto que tome medidas sin demora para que esos trabajadores sean reintegrados en su puesto de trabajo. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado al respecto.
  2. 165. En su comunicación del 4 de septiembre de 2003, el Gobierno declara que el Ministerio de Trabajo cumplirá la sentencia que dicte la autoridad judicial en relación con la decisión administrativa que negó el registro del sindicato en cuestión. El Gobierno acompaña por otra parte las actas transaccionales de carácter económico entre seis trabajadores (Jonatán Pacheco, Iván Orlando Suárez, Jaime Gómez, Daniel León, Alcides A. Hernández y Gerardo Montenegro) y la corporación INLACA en las que libremente reconocen que dichas actas tienen carácter de cosa juzgada y renuncian a todo procedimiento.
  3. 166. El Comité toma nota de estas informaciones. El Comité pide al Gobierno que envíe la sentencia que se dicte sobre la negativa de registro del sindicato querellante. El Comité toma nota de las actas transaccionales firmadas por seis trabajadores despedidos y pide al sindicato querellante que indique si siguen despedidos otros trabajadores por haber participado en la constitución del sindicato (en particular la organización querellante se había referido también en su comunicación de 26 de diciembre de 2001 a Jorge Amaro, Alfredo Aular, Guido Sivira, Otiel Montero y Orlando Acuña).
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