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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - Report No 353, March 2009

Case No 2302 (Argentina) - Complaint date: 29-SEP-03 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 32. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de noviembre de 2007 [véase 348.º informe, párrafos 28 a 34] y en esa ocasión esperó que los procesos judiciales (sobre la exoneración /destitución del secretario general del Sindicato Judiciales Puntanos (SIJUPU)) y/o administrativos (sumarios administrativos contra miembros de la comisión directiva del SIJUPU) finalizaran en un futuro próximo y que continuara profundizándose el diálogo entre las partes que el Gobierno anuncia que se habría establecido a partir de la asunción de las nuevas autoridades del Superior Tribunal.
  2. 33. Por comunicación de 27 de noviembre de 2007, el SIJUPU informa que los sumarios administrativos iniciados contra los miembros de la comisión directiva del SIJUPU, Sres. María Fabiana Aquin, Raúl Suárez, Lía Barroso y Susana Muñoz, hace aproximadamente unos dos años a la fecha, se encuentran saturados de anomalías, por lo cual se presentaron las nulidades y prescripciones correspondientes, pero aún no se han resuelto. Asimismo, tampoco hay una resolución definitiva sobre el amparo gremial presentado por el secretario general del SIJUPU, Sr. Juan Manuel González, en el año 2004 (había sido exonerado/destituido teniendo fueros gremiales). Desde el año 2004, se encuentra un pedido de reconsideración sin resolver por parte de la patronal. Añade el SIJUPU que no se le ha dado participación en lo que hace a la organización del Instituto de Capacitación del Poder Judicial.
  3. 34. El Comité expresa la firme esperanza que los recursos administrativos relacionados con los sumarios administrativos de miembros de la comisión directiva del SIJUPU y el amparo gremial relacionado con la exoneración del secretario general del SIJUPU serán resueltos en un futuro muy próximo. El Comité recuerda que «la demora en la aplicación de la justicia equivale a la denegación de esta última» [véase Recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical, quinta edición, 2006, párrafo 105]. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado al respecto y que envíe sus observaciones en relación con la alegada falta de participación del SIJUPU en la organización del Instituto de Capacitación del Poder Judicial.
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