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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - Report No 348, November 2007

Case No 2342 (Panama) - Complaint date: 07-FEB-04 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 137. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de noviembre de 2006 [véase 343.er informe, párrafos 165 a 168] y en esa ocasión pidió al Gobierno que: 1) continúe tomando las medidas necesarias para que la totalidad de los 25 dirigentes sindicales despedidos en el Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia en agosto de 1999 (según los alegatos sin ninguna causa y solamente por pertenecer a un partido político distinto del partido gubernamental, violando así el fuero sindical previsto en la ley) sean reintegrados en sus puestos de trabajo; y 2) comunique sus observaciones sobre el despido del dirigente sindical, Sr. Pedro Alaín, y en particular si ha iniciado la investigación solicitada por el Comité en su reunión de noviembre de 2006 [véase 343.er informe, párrafo 168].
  2. 138. En su comunicación de 17 de abril de 2007, la Federación Nacional de Empleados Públicos y Trabajadores de Empresas de Servicios Públicos (FENASEP) informa que de los 25 dirigentes sindicales despedidos faltan diez por ser reintegrados y que no se han cancelado a ninguno sus salarios caídos.
  3. 139. En sus comunicaciones de fechas 10 y 11 de mayo de 2007, el Gobierno declara que se ha logrado el reintegro del dirigente sindical Sr. Pedro Alaín como parte de la política actual del Gobierno de respetar el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) y a tal efecto se dictó una resolución el 12 de enero de 2006. En lo que respecta a los 25 dirigentes sindicales del Ministerio de Desarrollo Social (anteriormente Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia) que habían sido despedidos, el Gobierno declara que la actual administración ha logrado varios reintegros y que sólo quedan por ser reintegrados diez dirigentes. El Gobierno señala que no ha podido atenderse al reintegro de estos diez dirigentes hasta ahora por razones de presupuesto y que se están realizando las gestiones financieras necesarias. El Gobierno declara que realizará sus mejores esfuerzos para gradualmente, en la medida de sus posibilidades, cumplir con las recomendaciones del Comité.
  4. 140. En su comunicación de 29 de octubre de 2007, el Gobierno informa que los diez dirigentes sindicales en cuestión han sido reintegrados en el Ministerio de Desarrollo Social o en otras instituciones públicas.
  5. 141. El Comité toma nota con satisfacción de estas informaciones. El Comité pide al Gobierno que asegure el pago de los salarios caídos debidos, en virtud de la legislación.
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