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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - Report No 349, March 2008

Case No 2510 (Panama) - Complaint date: 30-JUL-06 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 209. En su reunión de junio de 2007, el Comité formuló las siguientes recomendaciones [véase 346.º informe, párrafo 1259]:
    • — el Comité pide al Gobierno que examine con la federación querellante la situación en la que se encuentra la secretaria general de la Asociación (en formación) de Funcionarios de la Autoridad de la Región Interoceánica (AFARI) Sra. Vidalia Quiroz, que contrariamente a los demás dirigentes sindicales reintegrados, recibe según los alegatos, en la nueva institución en la que fue ubicada, un salario inferior al que percibía; el Comité pide al Gobierno que si se determina que ha habido discriminación antisindical tome medidas para mejorar, corregir y resolver esta situación. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado al respecto;
    • — el Comité pide al Gobierno que se asegure de que han sido efectivamente pagados a los dirigentes de AFARI los salarios y demás prestaciones laborales debidas, y que le mantenga informado al respecto, y
  2. 210. En su comunicación de fecha 17 de noviembre de 2007, la Federación Nacional de Empleados Públicos y Trabajadores de Empresas de Servicios Públicos (FENASEP) rechaza las anteriores declaraciones del Gobierno, señala que la Ley núm. 9 de Carrera Administrativa establece que no podrán ser «objeto de reducción de fuerza del Estado los directivos de asociaciones de servidores públicos legalmente reconocidos» y que no se han cancelado a los dirigentes sindicales todos los salarios caídos que se convinieron con FENASEP.
  3. 211. En su comunicación de fecha 17 de octubre de 2007, el Gobierno reitera que las supuestas destituciones de servidores públicos se debieron a que concluyó la vigencia del organismo extinto Autoridad de la Región Interoceánica, liquidándose los contratos el 31 de diciembre de 2005 y transfiriéndose por contratos temporales al Ministerio de Economía y Finanzas a partir del 3 de enero de 2006. El Gobierno añade que no se adeuda ningún tipo de prestaciones legales a los ex funcionarios. A los dirigentes sindicales no les corresponde el pago del decimotercer mes de diciembre de 2006 ya que sólo laboraron hasta el 13 de julio de 2006. Los ex funcionarios — incluidos los dirigentes sindicales como la Sra. Vidalia Quiroz — han sido contratados por un año en el Fondo de Inversión Social. El Gobierno señala que la Sra. Vidalia Quiroz tras ser consultada sobre la diferencia de salario respecto de su situación anterior aceptó esa situación correspondiente a sus nuevas funciones ya que no había en ese momento posición similar y con el mismo salario que recibía en la ARI. El Gobierno reitera que se han pagado todos los salarios y prestaciones.
  4. 212. El Comité toma nota de estas informaciones y dado que las versiones del Gobierno y de la organización querellante son divergentes, el Comité invita a las partes a que discutan estas cuestiones en el seno de la comisión bipartita Gobierno–FENASEP.
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