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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - Report No 359, March 2011

Case No 2718 (Argentina) - Complaint date: 26-MAY-09 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 13. El Comité examinó este caso en el que se alegó que las autoridades de la Caja Municipal de Préstamos de Corrientes ha decidido no descontar la cuota sindical de sus afiliados, no otorgar un espacio físico para el desarrollo de sus actividades, no permitir la realización de asambleas y sancionar con una suspensión de 30 días a la delegada de ATE, Sra. María Elena Villalba, así como que las autoridades de la Municipalidad de Corrientes dispusieron por resolución núm. 2526, de 8 de octubre de 2008, quitar el código de descuento de la cuota sindical de los afiliados, en su reunión de marzo de 2010 y en esa ocasión formuló las siguientes recomendaciones [véase 356.º informe, párrafo 288]:
    • a) el Comité pide al Gobierno que le mantenga informado del resultado del procedimiento judicial en curso interpuesto por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) contra la Municipalidad de Corrientes al que se refiere el Gobierno, y
    • b) el Comité pide al Gobierno que se asegure que la Caja Municipal de Préstamos de Corrientes y la Municipalidad de Corrientes procedan a retener y entregar a la ATE las cuotas sindicales de sus afiliados, de conformidad con el certificado (resolución MTSS núm. 51/87) otorgado por el Ministerio de Trabajo de la Nación. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado al respecto.
  2. 14. Por comunicación de 19 de agosto de 2010, el Gobierno informa que: 1) el procedimiento judicial en cuestión se encuentra en pleno trámite ante el Juzgado Laboral núm. 3 de la ciudad de Corrientes, y 2) la Caja Municipal de Préstamos de la Ciudad de Corrientes informó que se están haciendo los descuentos respectivos en los salarios de los afiliados a los distintos gremios sindicales y que se depositan dentro de los diez primeros días posteriores al cobro de haberes.
  3. 15. El Comité toma nota de estas informaciones. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado del resultado del procedimiento judicial relacionado con el caso en instancia ante el Juzgado Laboral núm. 3 de la ciudad de Corrientes. Asimismo, el Comité pide al Gobierno que le mantenga informado de toda medida que se adopte para asegurar que la Municipalidad de Corrientes proceda a retener y a entregar a la ATE las cuotas sindicales de sus afiliados, de conformidad con el certificado (resolución MTSS núm. 51/87) otorgado por el Ministerio de Trabajo de la Nación.
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