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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - Report No 367, March 2013

Case No 2898 (Peru) - Complaint date: 08-AUG-11 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 107. En su anterior examen del caso en junio de 2012, el Comité formuló las siguientes recomendaciones sobre las cuestiones que quedaron pendientes [véase 364.º informe, párrafo 912]:
    • a) el Comité expresa la firme esperanza de que los cambios que el Gobierno considera necesarios en el sistema de concesión de «pases intersindicales» en el sector taurino se realicen pronto y de conformidad con los principios expresados en las conclusiones, de manera que las organizaciones sindicales del sector taurino, sin ninguna distinción, puedan conceder pases intersindicales, y
    • b) el Comité pide al Gobierno que le mantenga informado al respecto.
  2. 108. En su comunicación de fecha 26 de octubre de 2012, el Gobierno declara que ha propuesto la conformación de una mesa de trabajo intersectorial sobre los pases intersindicales, conformada por aquellas representaciones sindicales que agrupan a los trabajadores artistas; asimismo se invitó a participar de dicha mesa a entidades estatales vinculadas, tales como el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Seguro Social de Salud – EsSalud, la Defensoría del Pueblo, un representante de la Organización Internacional del Trabajo, y la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y el Ministerio de Cultura. El día 12 de octubre de 2012 se realizó una reunión con los sindicatos para conocer su apreciación respecto al tema y se espera que en la segunda reunión a llevarse a cabo se pueda llegar a un consenso sobre el tema y se pueda delimitar el ámbito de aplicación subjetivo del citado derecho y establecer un mecanismo no discriminatorio en cuanto a la legitimidad de las organizaciones para entregar los pases intersindicales, a efectos de salvaguardar la libertad sindical de las mismas.
  3. 109. El Comité toma debida nota de estas informaciones, pide al Gobierno que se asegure de que en las consultas se incluye al sindicato querellante (SIPAT-PERU) y espera que en un futuro próximo se alcanzará una solución satisfactoria para las partes concernidas.
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