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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración- 18. El Comité examinó por última vez el presente caso en su reunión de
marzo de 2015 [véase 374.º informe, aprobado por el Consejo de Administración en su
323.ª reunión, párrafos 25 30]. En esa ocasión, el Comité expresó su preocupación por lo
que parecía ser un proceso muy largo de certificación de un agente de negociación
colectiva para el personal empleado a tiempo parcial en los colegios comunitarios de
Ontario. Ante la falta de nuevas informaciones sobre lo sucedido tras las decisiones del
Consejo de Relaciones de Trabajo de Ontario (OLRB) en 2013, el Comité pidió al Gobierno
que revisara, en consulta con los interlocutores sociales, las disposiciones de la Ley
de Negociación Colectiva en los Colegios (CCBA) de 2008, a fin de velar por que los
procedimientos vigentes no dieran lugar a retrasos excesivos y manipulaciones que
pudieran, de forma efectiva, impedir el derecho de negociación colectiva de los
empleados a tiempo parcial. El Comité también pidió al Gobierno que indicara de qué modo
el personal académico y auxiliar a tiempo parcial, empleado en los colegios públicos de
Ontario, podía ejercer su derecho de negociación colectiva en la actualidad.
- 19. En una comunicación de fecha 14 de agosto de 2015 transmitida por el
Gobierno del Canadá, el Gobierno de Ontario recuerda en los siguientes términos los
antecedentes del presente caso. En diciembre de 2008, el Sindicato de Trabajadores del
Servicio Público de Ontario (OPSEU) presentó una solicitud de certificación para
representar al personal docente contratado por períodos y al personal docente contratado
a tiempo parcial en los 24 colegios de Ontario. En julio de 2009, el OPSEU presentó una
solicitud de certificación para representar al personal auxiliar contratado a tiempo
parcial en los colegios. En los dos casos se llevaron a cabo votaciones secretas
supervisadas por el OLRB. Las urnas se precintaron en espera de una decisión sobre si el
OPSEU había cumplido el requisito de alcanzar el umbral del 35 por ciento de carnés de
afiliado firmados que se necesita para celebrar una votación de certificación en virtud
de la CCBA. Entre 2010 y 2013, el OLRB emitió una serie de fallos que proporcionaban
claridad y orientación sobre quiénes debían y quiénes no debían contarse como parte de
las unidades de negociación a efectos de determinar si se había alcanzado el umbral del
35 por ciento exigido. El 12 de agosto de 2013, el OLRB determinó que el sindicato había
comunicado carnés de afiliado de menos del 35 por ciento de los miembros de cada unidad
de negociación y que, por tal motivo, desestimaba las solicitudes de certificación. Las
urnas se destruyeron sin proceder al recuento de votos.
- 20. El Gobierno de Ontario reitera que la CCBA otorga al personal
académico y al personal auxiliar contratado a tiempo parcial en los colegios de artes
aplicadas y tecnología de Ontario el derecho a afiliarse a un sindicato y a participar
en sus actividades legítimas. La CCBA establece un proceso de certificación por el que
el sindicato puede adquirir el derecho a representar a los trabajadores en una unidad de
negociación. Dicho proceso procura establecer un equilibrio de intereses y asegurar que
se respeten las verdaderas preferencias de los trabajadores. El OLRB, un tribunal cuasi
judicial independiente especializado en relaciones laborales, se encarga de resolver los
conflictos que puedan surgir entre las partes durante el proceso de certificación, así
como de determinar si se ha producido o no un retraso indebido o injustificado en dicho
proceso. El proceso de certificación previsto en la CCBA sigue el modelo del proceso
establecido para otros trabajadores de Ontario amparados por la Ley de Relaciones
Laborales (LRA) de 1995, que a su vez es análogo al que se aplica en otras
jurisdicciones canadienses. Dada su semejanza con el proceso previsto en la LRA, el
Gobierno de Ontario estima que el proceso de certificación de la CCBA no impide el
ejercicio del derecho a afiliarse a un sindicato y a participar en sus actividades
legítimas a los trabajadores contratados a tiempo parcial en los colegios de artes
aplicadas y tecnología de Ontario. Así pues, no está previsto emprender su revisión por
el momento.
- 21. El Gobierno de Ontario señala además que, con arreglo a la CCBA, una
organización de trabajadores puede presentar en cualquier momento una solicitud de
certificación ante el OLRB para actuar como agente negociador de una unidad de
negociación sin agente de negociación certificado ni convenios colectivos. Si el OLRB
emite un fallo por el que desestima una solicitud de certificación, la organización
deberá esperar un año a partir de la fecha en que se emita este fallo antes de presentar
de nuevo una solicitud de certificación para actuar como agente negociador de la unidad
de negociación a que se refería el fallo. El Gobierno de Ontario señala que, en el caso
del personal académico y el personal auxiliar contratado por los colegios de artes
aplicadas y tecnología de Ontario, ya ha pasado más de un año desde que el OLRB
desestimó sus solicitudes de certificación, y que nada impide a la organización de
trabajadores preparar una solicitud de certificación para representar a una u otra de
las unidades de negociación del personal contratado a tiempo parcial en los
colegios.
- 22. El Comité toma debida nota de la respuesta del Gobierno de Ontario.
Asimismo, el Comité observa que el Consejo de Empleadores de los Colegios (en nombre de
los colegios de artes aplicadas y tecnología) y el OPSEU han celebrado convenios
colectivos sobre el personal auxiliar (vigente entre el 1.º de septiembre de 2014 y el
31 de agosto de 2018) y el personal académico, incluido el contratado a tiempo parcial o
por períodos (vigente entre el 1.º de septiembre de 2014 y el 30 de septiembre de
2017).