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Observación (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) - Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Ratificación : 1949)

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La Comisión toma nota de los comentarios formulados por el Congreso de Sindicatos Británicos (TUC), el 21 de diciembre de 1989 y el 19 de enero de 1990, relativos a la aplicación del Convenio. Dichos comentarios se refieren a: i) derechos sindicales en el Centro General de Comunicaciones de Cheltenhan (GCHQ); ii) la denunciada omisión del Gobierno en adoptar medidas para ampliar las protecciones o inmunidades legislativas contra la responsabilidad civil que establece el "common law", y para simplificar la compleja legislación actual relativa a acciones laborales; iii) las nuevas incertidumbres surgidas como resultado de decisiones judiciales sobre una huelga propuesta en los muelles en mayo-julio de 1989 y, iv) las modificaciones legislativas propuestas con respecto a acciones de solidaridad y despido de huelguistas.

Las comunicaciones del TUC se han transmitido a su vez al Gobierno para recabar sus comentarios. En su próxima reunión la Comisión examinará los temas planteados por el TUC, habida cuenta de las observaciones que al respecto formule el Gobierno.

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