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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1991, Publicación: 78ª reunión CIT (1991)

Convenio sobre el examen médico de los menores (industria), 1946 (núm. 77) - España (Ratificación : 1971)

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Solicitud directa
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1. La Comisión ha tomado nota de las informaciones comunicadas por el Gobierno en su última memoria, así como de la orden ministerial de 18 de octubre de 1989 por la que se suprimen las explotaciones radiológicas sistemáticas en los exámenes de salud de carácter preventivo. Asimismo, la Comisión toma nota con interés de las informaciones relativas al proyecto de real decreto sobre prevención de las enfermedades y promoción y educación sanitarias, en el cual se consideran, según la memoria del Gobierno, fines u objetivos mínimos comunes en materia de salud laboral, la vigilancia de la salud de los trabajadores para detectar los factores de riesgo general y, en particular, de los trabajadores sometidos a especial riesgo derivado de sus condiciones biológicas (incluso los menores de 18 años). La Comisión espera que este decreto extienda la vigilancia mencionada de la salud a los menores y adolescentes que sin poseer la condición de asalariados desempeñan una actividad en empresas de carácter familiar, como lo requiere el artículo 1, párrafo 1, del Convenio.

2. La Comisión toma nota de las observaciones formuladas por la Unión General de Trabajadores y la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO.) donde se afirma que el Convenio carece de cobertura legal en el país; que no se exige, en la práctica, la verificación de que el menor haya sido reconocido por médico cualificado en condiciones idóneas para realizar el trabajo de que se trate; que no está determinada quién es la autoridad competente para expedir el documento que pruebe la aptitud del menor para el empleo y defina las condiciones en que deba prestarse. La Comisión agradecería que el Gobierno se sirva formular en su próxima memoria comentarios y esclarecimientos sobre estas observaciones.

[Se invita al Gobierno a que comunique una memoria detallada para el período que finaliza el 30 de junio de 1991.]

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