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Observación (CEACR) - Adopción: 1994, Publicación: 81ª reunión CIT (1994)

Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100) - Filipinas (Ratificación : 1953)

Otros comentarios sobre C100

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En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota con interés de que, al aplicar el Plan de Desarrollo de Filipinas para la Mujer (1989-1992), el Ministerio de Trabajo y Empleo dio prioridad a la promoción de la igualdad de oportunidades en el empleo y, a tales efectos, ha emprendido varias actividades, entre las cuales la preparación de una monografía que esboza las medidas prácticas para promover la igualdad en los lugares de trabajo, así como una investigación para averiguar la extensión de las desigualdades salariales entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina que se basen en el sexo del trabajador. La Comisión solicita al Gobierno se sirva continuar comunicando informaciones sobre estas diversas actividades, en la medida que sirvan como estímulo para aplicar mejor el Convenio.

La Comisión también había tomado nota de que se habían presentado al Congreso varios proyectos legislativos para completar y reforzar las medidas en vigor para promover la igualdad de oportunidades en el empleo. La Comisión solicita al Gobierno se sirva comunicar el texto de toda legislación que se adopte y que interese a la aplicación del Convenio.

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