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Observación (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 82ª reunión CIT (1995)

Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) - Argentina (Ratificación : 1968)

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En relación con sus comentarios anteriores sobre la eliminación de la discriminación en el empleo público basada en la opinión política, la Comisión toma nota de la declaración del Gobierno según la cual la situación en relación a la ley núm. 22140 de 1980 sobre el régimen jurídico básico de la función pública no ha variado. Observa no obstante, que se han comunicado al organismo oficial competente (Secretaría de la Función Pública), los comentarios efectuados por la Comisión sobre la necesidad de derogar expresamente los artículos 8, g) y 33, g) de esta ley (que prohíben el acceso a la administración pública nacional y disponen la destitución de los agentes públicos por vinculación presente o pasada con grupos que aboguen por la negación de los principios constitucionales o por la adhesión personal a una doctrina de esta índole), para evitar toda incertidumbre sobre el tema, dado que hoy en día en la práctica no se aplican los referidos artículos. Solicita al Gobierno que, en su próxima memoria le informe si las correspondientes derogaciones han sido llevadas a cabo.

En este contexto, la Comisión toma nota con interés de la promulgación de la nueva Constitución el 22 de agosto de 1994 que, en su capítulo IV, artículo 75 (22) atribuye jerarquía superior a los tratados y concordatos internacionales en respeto a la ley nacional. Agradecería al Gobierno que le indique acerca de qué tipo de impacto ha causado esta provisión constitucional en relación al Convenio, en particular con la eliminación de la discriminación en el empleo basada en la opinión política.

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