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Observación (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) - Hungría (Ratificación : 1961)

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En su solicitud directa anterior, la Comisión había solicitado información sobre la aplicación del artículo 2 de la ley de promoción del empleo (núm. IV), de 1991, en su tenor modificado, que prohíbe la discriminación en la promoción del empleo al tiempo que concede "derechos adicionales" a las personas que se encuentran en situación desventajosa en el mercado del trabajo. La Comisión había solicitado también información de orden general sobre la aplicación de la política nacional contra la discriminación en: a) el acceso a la formación profesional; b) la admisión en el empleo y en las diversas ocupaciones; y c) las condiciones de empleo, con inclusión de estadísticas detalladas, en particular, sobre las minorías étnicas. La Comisión toma nota con interés de la memoria del Gobierno, de que en la actualidad están en curso numerosas medidas destinadas a que las personas con problemas de empleo, en particular los gitanos que constituyen el grupo más grande de desempleados con escasas calificaciones, puedan obtener admisión en el empleo y en las diversas ocupaciones, y el acceso a la educación y formación profesional, que se examinan más detalladamente en la solicitud directa que se dirige al Gobierno.

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