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Observación (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Hungría (Ratificación : 1969)

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Observación
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1. En relación con su observación anterior, la Comisión tomó nota de la memoria del Gobierno para el período que finalizaba en junio de 1994, que contiene una descripción de la evolución del empleo y del desempleo, y que expone las orientaciones de la política del empleo llevada por el Gobierno.

2. Según los datos comunicados por el Gobierno y los que figuran en los estudios de la OCDE, la recesión de la actividad económica se atenuó en 1992 y dio lugar, a partir de 1993, a una modesta recuperación del crecimiento, cuya tasa se estimó, para 1994, en el 2 por ciento. Tras haber culminado en el 13,6 por ciento de la población activa, a principios de 1993, la tasa de desempleo obtenida a través del censo bajó regularmente desde entonces, para situarse en aproximadamente el 11 por ciento para el final del período. Sin embargo, además de haberse visto acompañada de una disminución significativa de las tasas de actividad, en particular en los trabajadores de edades mayores de 50 años, este reflujo del desempleo ha beneficiado sobre todo a las regiones menos afectadas y ha ahondado las disparidades regionales: situada en alrededor del 9 por ciento en Budapest y en el noroeste del país, la tasa de desempleo supera el 20 por ciento en la región nororiental. La incidencia creciente del desempleo de larga duración (42 por ciento del desempleo total, frente al 14 por ciento de principios de 1992), así como del desempleo de los jóvenes y de las personas menos calificadas, constituyen otras tantas características preocupantes de la estructura del desempleo.

3. Sin embargo, la evolución del desempleo no refleja sino de modo imperfecto la repercusión de las transformaciones económicas en el mercado del trabajo. El nivel y la estructura del empleo han sufrido rápidas modificaciones durante los últimos años. El empleo total bajó a aproximadamente el 25 por ciento, entre 1989 y 1994 (40 por ciento en la agricultura), a pesar de la creación de empleo registrada especialmente en el sector de la pequeña empresa. El Gobierno es consciente de que un nuevo descenso del empleo, asociado al aumento del número de personas inactivas en la población que se encuentra en edad de trabajar, pondrá en peligro el equilibrio del presupuesto. La Comisión agradecería al Gobierno que tuviera a bien seguir comunicando informaciones sobre la evolución de las tendencias de la población activa, del empleo, del desempleo y del subempleo.

4. El Gobierno considera que, debido a la recesión de los principales sectores de actividad, y agravado por las supresiones de empleos, en el marco de las reformas estructurales, el desempleo ha pasado a constituir un fenómeno masivo y durable sobre cuya evolución las acciones políticas tropiezan, necesariamente, con límites. Indica que, en el marco de una economía social de mercado que se quiere establecer, el Estado se abstiene de intervenir directamente en el libre juego de las leyes económicas, incluido el mercado del trabajo, pero adopta medidas de política económica y social que tienen por efecto el fomento del empleo. A este respecto, el Gobierno menciona medidas de apoyo a las exportaciones, de promoción de la empresa y de la inversión, de la enseñanza y de la formación. La Comisión agradecería al Gobierno que tuviera bien comunicar en su próxima memoria informaciones más precisas sobre estas medidas, así como sobre las orientaciones de su política económica general, en terrenos tales como las políticas monetaria y presupuestaria o las políticas de precios, de ingresos y de salarios. Al recordar las alegaciones relativas a la integración insuficiente de los objetivos del empleo en los demás objetivos económicos y sociales, de los que se hizo eco en su observación anterior, la Comisión espera que el Gobierno exponga en su próxima memoria, de modo más pormenorizado, de qué manera todas estas medidas, adoptadas "como parte integrante de una política económica y social coordinada", contribuyen a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido, "como un objetivo de mayor importancia", de conformidad con los artículos 1 y 2 del Convenio.

5. Paralelamente a las medidas adoptadas para crear las condiciones de desarrollo de la economía de mercado, el Gobierno utilizó diferentes instrumentos de política de mercado del trabajo y del empleo, con el fin de luchar contra el desempleo y sus consecuencias sociales, especialmente en las regiones más afectadas. Si bien el Gobierno señaló la importancia de los recursos que se asignan a su financiación, a este respecto la Comisión lamenta que no haya comunicado, como había hecho en su memoria anterior, elemento alguno que permita apreciar el alcance y la eficacia de esas medidas. Lo invita a que comunique cualquier evaluación de los resultados que tenga a su disposición, obtenidos por aquéllas, en términos de inserción duradera de sus beneficiarios en el empleo. La Comisión le solicita asimismo que se sirva comunicar informaciones completas sobre las acciones emprendidas como consecuencia del proyecto de cooperación técnica de la OIT, en relación con las políticas del empleo para la transición (parte V del formulario de memoria).

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