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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 82ª reunión CIT (1995)

Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) - Perú (Ratificación : 1970)

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La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno y de la copia de la ley núm. 653 de promoción de las inversiones en el sector agrario que, en el artículo 5, declara "el dominio y conducción de la propiedad agraria pueden ser ejercidos por cualquier persona natural o jurídica, en igualdad de condiciones y sin más limitaciones que las establecidas en esta ley y la Constitución".

1. Recordando su solicitud anterior sobre la resolución ministerial núm. 167/92-TR, de 16 de julio de 1992, mediante la cual se constituyó una comisión sectorial compuesta de mujeres funcionarias del Ministerio de Trabajo, encargada de revisar las disposiciones legislativas relativas al trabajo de las mujeres, la Comisión solicita de nuevo al Gobierno que comunique informaciones detalladas sobre los trabajos de esta Comisión. Pide al Gobierno también de nuevo que informe sobre las medidas adoptadas que garantizaran la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato respecto de las mujeres en el empleo para dar efecto a las recomendaciones del coloquio de 1991 sobre las políticas de promoción de la mujer y de sus derechos (organizado por la Comisión Especial de Derechos de la Mujer), como por ejemplo:

i) aplicación de una política de servicios adecuada a las necesidades de la mujer, de tal manera que ella pueda aliviar la carga de las labores tradicionales asignadas a la mujer y así pueda acceder al empleo;

ii) promoción de la participación de las mujeres en las actividades del sector privado, así como en el seno del sector público;

iii) ejecución de una política educativa respecto de las mujeres y promoción de su calificación técnica y superior en el mundo del trabajo.

2. La Comisión toma nota de la declaración del Gobierno de la creación del Programa de Formación Laboral Juvenil y Prácticas Pre-Profesionales que tiene el objetivo de fomentar la generación de fuentes de trabajo para la población en condición de desempleo y subempleo, prestando para ello el asesoramiento técnico y legal a los usuarios que deseen constituir su micro y pequeña empresa. Toma nota que desde su creación en noviembre de 1990 ha ayudado a crear 4.281 empresas y ha atendido a 12.515 usuarios. La Comisión solicita al Gobierno que le comunique datos estadísticos acerca del número de solicitantes al Programa, de usuarios y participantes desglosándolos por sexo, y de informaciones acerca de qué medidas toma el Gobierno para apoyar y promocionar la entrada de mujeres a este Programa.

3. La Comisión toma nota de la memoria proporcionada al Comité sobre la Eliminación de la Discriminación contra las Mujeres (documento de las Naciones Unidas CEDAW/C/13/Add.29, de 17 de junio de 1991) de que a partir de 1991 se han empezado a impartir en las escuelas secundarias clases de educación familiar a chicas y de prácticas de trabajo para chicos. Observando que se contó con una evaluación de esta innovación, la Comisión espera que, en base al principio de no discriminación, podrán tener acceso a los dos cursos, ambos sexos indiscriminatoriamente, y solicita al Gobierno que mande información al respecto de los mismos.

4. La Comisión toma nota de la memoria suministrada por el Gobierno al CEDAW que las mujeres no tienen acceso a entrar en las fuerzas armadas; sin embargo, algunas han sido admitidas en el Centro de Altos Estudios Militares (CAEM), y entre 1975 y 1988 se han graduado 26 mujeres. La Comisión solicita al Gobierno informe acerca de si tiene alguna medida prevista para poder admitir mujeres en el ejército.

5. La Comisión recuerda que se habían solicitado al Tribunal de Garantías Constitucionales informaciones sobre los recursos de que se ocupaba para las personas que se consideraban víctimas de decisiones discriminatorias por parte de las autoridades administrativas del trabajo. La Comisión espera que el Gobierno se encuentre en condiciones de comunicar estas informaciones en su próxima memoria.

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