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Observación (CEACR) - Adopción: 1996, Publicación: 85ª reunión CIT (1997)

Convenio sobre las cláusulas de trabajo (contratos celebrados por las autoridades públicas), 1949 (núm. 94) - Camerún (Ratificación : 1962)

Otros comentarios sobre C094

Solicitud directa
  1. 2006
  2. 2001

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La Comisión lamenta comprobar que la memoria del Gobierno no contiene ninguna respuesta a sus comentarios. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior sobre las cuestiones siguientes:

La Comisión había tomado nota de la información contenida en la última memoria del Gobierno indicando que adoptaría todas las medidas necesarias para poner su legislación en conformidad con las disposiciones del Convenio. La Comisión recuerda que se permitió sugerir al Gobierno que considerara la oportunidad de solicitar el apoyo de la OIT a fin de adoptar la legislación necesaria que dé aplicación al Convenio. La Comisión ruega al Gobierno que continúe informando sobre las medidas tomadas a este respecto y que en un futuro próximo adoptará la legislación correspondiente que aplique el Convenio.

La Comisión espera que el Gobierno hará todo lo posible para no postergar de nuevo la adopción de las medidas necesarias.

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