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Observación (CEACR) - Adopción: 1997, Publicación: 86ª reunión CIT (1998)

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81) - Brasil (Ratificación : 1989)

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La Comisión toma nota del informe del Gobierno. La Comisión también toma nota de las observaciones presentadas por el Sindicato de los Trabajadores de Industrias Alimentarias de Jundiaí, Cajamar, Campo Limo Paulista, Louveira, Itupeva, Várzea Paulista y Vinhedo en referencia de la aplicación del Convenio como asimismo, de la respuesta del Gobierno a estos comentarios, recibida en la OIT al 28 de noviembre de 1997. La Comisión toma nota de que los sindicatos alegan la falta de eficiencia de la inspección del trabajo en relación con la aplicación de las disposiciones sobre la seguridad y la salud en el trabajo. La Comisión examinará en su próxima sesión esos comentarios, como asimismo, la información presentada por el Gobierno. La Comisión también remite a su observación en relación con la aplicación del Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155).

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