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Observación (CEACR) - Adopción: 1997, Publicación: 86ª reunión CIT (1998)

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81) - Costa Rica (Ratificación : 1960)

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La Comisión toma nota de que el informe del Gobierno no fue recibido. La Comisión toma nota de las observaciones presentadas por el Comité Inter Confederal Costarricense (CICC) que hacen denuncia sobre el incumplimiento por el Gobierno de Costa Rica de ocho convenios ratificados por ella incluyendo el Convenio núm. 81. Las denuncias del Comité Inter Confederal se refieren a los puntos siguientes: i) falta de capacitación adecuada de los inspectores del trabajo para el cumplimiento de sus tareas (artículo 7, párrafo 3 del Convenio); ii) insuficiente número de inspectores del trabajo (artículo 10); iii) suministro de material insuficiente (artículo 11); iv) retardo en los procedimientos coactivos (artículo 17); y v) falta de publicación de informes (artículo 20).

La Comisión espera que el Gobierno presente el informe detallado sobre la aplicación del Convenio así como sus comentarios relativos a las denuncias del Comité Inter Confederal Costarricense.

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