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Observación (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

Convenio sobre la protección del salario, 1949 (núm. 95) - Zambia (Ratificación : 1979)

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  1. 2019
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La Comisión toma nota que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

La Comisión toma nota de las observaciones recibidas del Congreso de Sindicatos de Zambia (ZCTU), señalando que la mayoría de las autoridades locales no han pagado los salarios durante períodos que van de dos a 19 meses, situación que afecta a cerca de 10.000 trabajadores y 100.000 personas, incluidas sus familias. Esas observaciones fueron transmitidas al Gobierno para sus comentarios en septiembre de 1998. Ante la falta de respuesta del Gobierno, la Comisión lo invita a enviar su observación sobre la cuestión planteada en relación con lo dispuesto en el artículo 12, 1), del Convenio, sobre el pago de los salarios a intervalos regulares.

La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

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